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jueves, 23 de marzo de 2017

Suministrar los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer objeto de violencia, por medio de entidades de los sectores público y privado, inclusive refugios, servicios de orientación para toda la familia, cuando sea del caso, y cuidado y custodia de los menores afectados

Se trata de servicios especializados gratuitos, de diversa naturaleza, para apoyar a las mujeres víctimas de violencia y a su familia. Su existencia responde a la obligación de debida diligencia de los Estados en cuanto a proteger a las mujeres contra la violencia. Deben consistir, como mínimo, en la creación de refugios, casas de acogida y centros de atención integral; asistencia jurídica previa al proceso penal; patrocinio jurídico durante el proceso penal; servicios de salud que cubran igualmente la atención de la salud sexual y reproductiva así como la interrupción legal del embarazo, y la consejería psicológica, apoyo terapéutico y grupos de autoayuda.221 

Los programas sociales para las mujeres víctimas y los programas productivos son necesarios en tanto como servicios especializados pueden ayudar a las mujeres a enfrentar las consecuencias de la violencia en el plano social, comunitario y económico. El objetivo de los servicios especializados es brindar atención integral a las necesidades de las mujeres víctimas de violencia. Esto es, contar con equipos multidisciplinarios integrados por abogados/as, psicólogos/as, médicos/as, y/o trabajadores/as sociales y otros especialistas debidamente preparados. Con ello se garantiza una atención más coordinada, eficaz e inmediata para la usuaria. La intervención multidisciplinaria con énfasis en la garantía y el ejercicio de todos los derechos de las mujeres debe implicar “una debida comprensión y sensibilización sobre las condiciones y necesidades de salud física y emocional propias de las víctimas de violencia doméstica y delitos sexuales.”222 

Así, los servicios de atención integrales serán no revictimizantes y respetuosos de los derechos de las mujeres.223 Para la accesibilidad, disponibilidad, sostenibilidad y continuidad de estos servicios, los Estados deben aportar los recursos suficientes y establecer las coordinaciones interinstitucionales e institucionales requeridas. De ser necesario, deben establecer mecanismos de colaboración con organizaciones de la sociedad civil, especialmente organizaciones de mujeres que cuentan con experiencia en la prestación de estos servicios a mujeres víctimas. Además, es necesario un monitoreo cercano y constante de losservicios para determinar su eficacia y efectividad, toda vez que pese a su adopción, la irregularidad de su aplicación y la incapacidad de ejercer la debida diligencia pueden implicar una nueva victimización de las mujeres que denuncian los casos de violencia. 

La existencia de protocolos de atención dependiendo de los servicios aporta a clarificar los procedimientos y las responsabilidades y sobre todo a evitar la revictimización de las mujeres. Estos protocolos son especialmente importantes entre la policía o entidades receptoras de denuncias, las fiscalías y los servicios de salud porque muchas veces de ellos depende que las mujeres puedan continuar con sus procesos de denuncia y rehabilitación. Los servicios especializados deben ser provistos por el Estado. La participación de organizaciones de la sociedad civil no exime al Estado de su responsabilidad. También deben tener una presencia y cobertura nacional. No deben estar sometidos a restricciones geográficas, económicas, y de horario.224 

Para mayor efectividad de los servicios especializados, los Estados deben insertarlos en los planes nacionales contra la violencia hacia las mujeres y favorecer estrategias de difusión coordinada sobre la existencia de los mismos, ya sea en el marco de las campañas de prevención y sanción de la violencia contra las mujeres o de la promoción de los derechos de las mujeres, o como parte de un plan de difusión organizado que evitaría la duplicidad de esfuerzos y gastos. La inclusión de dicha estrategia dentro del plan nacional es también necesaria para que pueda recibir recursos que permitan su ejecución y el cumplimiento de sus metas.225 

Los servicios especializados deben ser evaluados periódicamente a efecto de implementar los correctivos y acciones necesarias para analizar los resultados de estas evaluaciones y así mejorar la atención prestada a las mujeres.226 


https://www.oas.org/es/mesecvi/docs/BdP-GuiaAplicacion-Web-ES.pdf

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