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lunes, 27 de marzo de 2017

Ofrecer a la mujer objeto de violencia acceso a programas eficaces de rehabilitación y capacitación que le permitan participar plenamente en la vida pública, privada y social


La mujer víctima de violencia debe contar con recursos y medios de rehabilitación eficaces y suficientes que consideren el enfoque de género y la multiculturalidad. En general, los servicios especializados pueden aportar a este proceso pero podrán incluirse otros según las necesidades de las mujeres. 

La rehabilitación debe considerar el hecho de que las mujeres sufren efectos físicos, emocionales y psicológicos de la violencia, y que tienen que hacer frente a las consecuencias económicas y sociales que afectan sus vidas y sus relaciones, así como a su productividad y sus logros en materia de educación y empleo. Es por ello que las mujeres necesitan contar con acceso oportuno a los servicios de atención de la salud y a los servicios de apoyo que dan una respuesta en el corto plazo a las lesiones, y las protegen contra nuevas infracciones y atienden las necesidades de largo plazo.231

Asimismo, la rehabilitación para ser integral debe ir acompañada con la sanción del delito. Los programas de rehabilitación promoverán el bienestar y seguridad física, emocional y económica de las mujeres víctimas y les permitirán sobreponerse a las múltiples consecuencias de la violencia y recomponer sus vidas. Para ello, las mujeres deben poder acceder a servicios adecuados y disponer de diversas opciones de apoyo que tengan en cuenta las necesidades particulares de acceso de las mujeres que sufren una discriminación múltiple. Asimismo, para asegurar la calidad óptima de los servicios para la rehabilitación de la mujer víctima, es importante considerar la capacitación de las y los profesionales involucrados en un enfoque de la violencia contra las mujeres centrado en la víctima. Estos programas a que hace alusión la Convención de Belém do Pará deben estar orientados a empoderar a las mujeres para tomar el control de sus vidas.232

 En este sentido, el empoderamiento económico de las mujeres puede servir como factor de protección contra la violencia de género a través del acceso a bienes y a empleos dignos que permitan a las mujeres evitar y escapar de relaciones abusivas y situaciones de explotación.233

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