246. El ser humano es el elemento central del desarrollo sostenible. Tiene derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza. La función de la mujer en la creación de modalidades de consumo y producción sostenibles y ecológicamente racionales y de métodos para la ordenación de los recursos naturales es sumamente importante, como se reconoció en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo y en la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, y se dejó plasmado en todo el Programa 21. En el último decenio ha aumentado considerablemente la preocupación por el agotamiento de los recursos, la degradación de los sistemas naturales y los peligros de las sustancias contaminantes. Esas condiciones de degradación causan la destrucción de ecosistemas frágiles y el desplazamiento de comunidades, en particular el de las mujeres que forman parte de ellas, de las actividades productivas y representan una amenaza cada vez mayor para un medio ambiente seguro y saludable. La pobreza y la degradación del medio ambiente están estrechamente vinculadas entre sí. Aunque la pobreza crea ciertos tipos de tensiones ambientales, la principal causa del continuo deterioro del medio ambiente mundial son las modalidades insostenibles de consumo y producción, especialmente en los países industrializados, que son motivo de gran preocupación, ya que agravan la pobreza y los desequilibrios. El aumento del nivel de los mares como consecuencia del calentamiento de la Tierra constituye una amenaza grave e inmediata para las personas que viven en países insulares y zonas costeras. La utilización de sustancias que provocan una disminución del ozono, como los productos con clorofluorocarburos y halogenados y los bromuros de metilo (con los cuales se fabrican plásticos y espumas) perjudican considerablemente la atmósfera, ya que permiten que lleguen a la superficie de la Tierra niveles excesivos de rayos ultravioleta dañinos. Ello afecta gravemente a la salud de las personas porque provoca tasas más altas de cáncer de la piel, daños a la vista y debilita las defensas del organismo. También tiene graves consecuencias para el medio ambiente, especialmente los cultivos y la vida marina.
247. Todos los Estados y todas las personas deberán cooperar en la tarea fundamental de erradicar la pobreza, como requisito indispensable para alcanzar el desarrollo sostenible, a fin de reducir las desigualdades de los niveles de vida y atender mejor las necesidades de la mayoría de la población mundial. Los huracanes, los tifones y otros desastres naturales y, además, la destrucción de los recursos, la violencia, los desplazamientos y otros efectos derivados de la guerra, los conflictos armados y de otra índole, el uso y el ensayo de armas nucleares y la ocupación extranjera pueden también contribuir a la degradación del medio ambiente. El deterioro de los recursos naturales desplaza a las comunidades y especialmente a las mujeres que forman parte de ellas, de las actividades generadoras de ingresos, a la vez que aumenta considerablemente la cantidad de trabajo no remunerado que es necesario realizar. Tanto en las zonas urbanas como en las rurales, la degradación del medio ambiente repercute negativamente en la salud, el bienestar y la calidad de vida de la población en general, y sobre todo de las niñas y mujeres de todas las edades. Es fundamental conceder una atención y un reconocimiento particulares a la función y situación especial de las mujeres que viven en las zonas rurales y las que trabajan en el sector agrícola, en el que el acceso a la capacitación, la tierra, los recursos naturales y productivos, los créditos, los programas de desarrollo y las estructuras de cooperativas pueden ayudarlas a participar en mayor medida en el desarrollo sostenible. Los riesgos ambientales en el hogar y en el lugar de trabajo pueden tener consecuencias desproporcionadas para la salud de la mujer, debido a que su vulnerabilidad a los efectos tóxicos de diversos productos químicos es variable. Esos riesgos son particularmente elevados en las zonas urbanas y en las zonas de ingresos bajos donde existe una alta concentración de instalaciones industriales contaminantes.
248. Mediante la gestión y el uso de los recursos naturales, la mujer sostiene a su familia y a lacomunidad. Como consumidora, cuidadora de su familia y educadora, su función es fundamental para la promoción del desarrollo sostenible, como lo es su preocupación por la calidad y el carácter sostenible de la vida para las generaciones actuales y futuras. Los gobiernos han manifestado su intención de crear un nuevo paradigma de desarrollo en el que se integre la preservación del medio ambiente con la justicia y la igualdad de género dentro de una misma generación y entre distintas generaciones, como se afirma en el capítulo 24 del Programa 2119.
249. La mujer sigue en gran medida sin participar en el proceso de formulación de políticas y adopción de decisiones en materia de ordenación, conservación, protección y rehabilitación del medio ambiente y los recursos naturales; su experiencia y aptitudes en la defensa y la vigilancia de la ordenación adecuada de los recursos naturales siguen muy a menudo marginadas de los órganos normativos y de adopción de decisiones, así como de los puestos directivos en las instituciones de enseñanza y los organismos relacionados con el medio ambiente. Son pocas las mujeres que reciben capacitación profesional en la ordenación de los recursos naturales y tienen capacidad normativa, por ejemplo como expertas en planificación de la ordenación territorial, agronomía, silvicultura, ciencias marinas y derecho ambiental. Incluso cuando reciben capacitación profesional en la ordenación de los recursos naturales, no suelen tener una representación suficiente en las instituciones oficiales con capacidad normativa a nivel nacional, regional e internacional. Por lo general, la mujer no participa en pie de igualdad en la gestión de las instituciones financieras y las empresas cuyas decisiones son las que más afectan a la calidad del medio ambiente. Además, existen deficiencias institucionales en la coordinación entre las organizaciones no gubernamentales de mujeres y las instituciones nacionales que se ocupan de cuestiones ambientales, pese al rápido aumento y la importancia de las organizaciones no gubernamentales de mujeres que se dedican a esas cuestiones a todos los niveles.
250. La mujer ha desempeñado a menudo funciones de liderazgo o tomado la iniciativa para promover una ética del medio ambiente, disminuir el uso de recursos y reutilizar y reciclar recursos para reducir al máximo los desechos y el consumo excesivo. La mujer puede influir en forma considerable en las decisiones en materia de consumo sostenible. Además, su contribución a la ordenación del medio ambiente, por ejemplo, a través de campañas para los jóvenes y las comunidades destinadas a proteger el medio ambiente, suele tener lugar a nivel local, donde es más necesaria y decisiva una acción descentralizada sobre cuestiones de medio ambiente. La mujer, y en particular la mujer indígena, tiene conocimientos especiales de los vínculos ecológicos y de la ordenación de los ecosistemas frágiles. En muchas comunidades, la mujer es la principal fuerza de trabajo para la producción de subsistencia, por ejemplo, la recolección de mariscos; así pues, su función es fundamental para el abastecimiento de alimentos y la nutrición, la mejora de las actividades de subsistencia y del sector no estructurado y la protección del medio ambiente. En algunas regiones, la mujer suele ser el miembro más estable de la comunidad, ya que el hombre a menudo trabaja en lugares lejanos y deja a la mujer para que proteja el medio ambiente y vele por una distribución adecuada de los recursos dentro del hogar y la comunidad.
251. Las medidas estratégicas necesarias para una buena ordenación del medio ambiente exigen un método global, multidisciplinario e intersectorial. La participación y el liderazgo de la mujer son fundamentales en todos los aspectos de dicho método. En las recientes conferencias mundiales de las Naciones Unidas sobre el desarrollo, así como las conferencias regionales preparatorias de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, se ha reconocido que las políticas en materia de desarrollo sostenible en que no se cuente con la participación del hombre y la mujer no lograrán sus resultados a largo plazo. Han solicitado la participación eficaz de la mujer en la generación de conocimientos y educación ambiental, la adopción de decisiones y la gestión en todos los niveles. Las experiencias y contribuciones de la mujer a un medio ambiente ecológicamente racional deben ocupar un lugar prioritario en el programa para el siglo XXI. Mientras la contribución de la mujer a la ordenación del medio ambiente no reciba reconocimiento y apoyo, el desarrollo sostenible seguirá siendo un objetivo difícil de alcanzar.
252. Los gobiernos y otros agentes, en el contexto de la falta del reconocimiento y el apoyo debidos a la contribución de la mujer en la conservación y ordenación de los recursos naturales y la protección del medio ambiente, deberán propiciar la integración activa y visible de una perspectiva de género en todas las políticas y programas, incluido un análisis de las consecuencias para la mujer y el hombre antes de adoptar decisiones.
Objetivo estratégico K.1. Lograr la participación activa de la mujer en la adopción de decisiones relativas al medio ambiente en todos los niveles
Medidas que han de adoptarse
253. Medidas que han de adoptar los gobiernos, en todos los niveles, con inclusión de las autoridades municipales según proceda:
a) Asegurar oportunidades a las mujeres, inclusive las pertenecientes a poblaciones indígenas, para que participen en la adopción de decisiones relativas al medio ambiente en todos los niveles, incluso como administradoras, elaboradoras de proyectos y planificadoras y como ejecutoras y evaluadoras de los proyectos relativos al medio ambiente;
b) Facilitar y fomentar el acceso de la mujer a la información y la educación, inclusive en las esferas de la ciencia, la tecnología y la economía, promoviendo de ese modo sus conocimientos, aptitudes y oportunidades de participación en las decisiones relativas al medio ambiente;
c) Estimular, con sujeción a las leyes nacionales y de conformidad con el Convenio sobre la Diversidad Biológica35, la protección y utilización efectiva de los conocimientos, innovaciones y prácticas de las mujeres de las comunidades indígenas y locales, incluidas las prácticas relativas a las medicinas tradicionales, la diversidad biológica y las tecnologías indígenas, y tratar de asegurar que sean respetados, mantenidos, promovidos y preservados de modo ecológicamente sostenible, y promover su aplicación más amplia con la aprobación y participación de quienes disponen de esos conocimientos; además, salvaguardar los derechos existentes de propiedad intelectual de esas mujeres que se protegen en el derecho nacional e internacional; tratar activamente, cuando sea necesario, de encontrar medios adicionales para proteger y utilizar efectivamente esos conocimientos, innovaciones y prácticas, con sujeción a las leyes nacionales y de conformidad con el Convenio sobre la Diversidad Biológica y el derecho internacional pertinente y alentar la división justa y equitativa de los beneficios obtenidos de la utilización de esos conocimientos, innovaciones y prácticas;
d) Adoptar medidas adecuadas para reducir los riesgos para la mujer resultantes de peligros ambientales identificados, tanto en el hogar como en el trabajo y en otros ambientes, inclusive la aplicación adecuada de tecnologías poco contaminantes, teniendo en cuenta el enfoque preventivo convenido en la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo18;
e) Adoptar medidas para integrar una perspectiva de género en el diseño y la utilización, entre otras cosas, de mecanismos de gestión de recursos, técnicas de producción y desarrollo de las infraestructuras en las zonas rurales y urbanas, que sean ecológicamente racionales y sostenibles;
f) Adoptar medidas que reconozcan el papel social de las mujeres como productoras y consumidoras a fin de que puedan adoptar medidas ambientales eficaces, junto con los hombres, en sus hogares, comunidades y lugares de trabajo;
g) Promover la participación de las comunidades locales, particularmente de las mujeres, en la individualización de las necesidades en materia de servicios públicos, planificación del espacio y diseño y creación de infraestructuras urbanas.
254. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones internacionales y las instituciones del sector privado, según proceda:
a) Tener en cuenta el efecto que ha de tener la consideración del género en la labor de la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible y otros órganos pertinentes de las Naciones Unidas y en las actividades de las instituciones financieras internacionales;
b) Promover la participación de la mujer e incluir una perspectiva de género en la elaboración, la aprobación y la ejecución de proyectos financiados con cargo al Fondo para el Medio Ambiente Mundial y otras organizaciones pertinentes de las Naciones Unidas;
c) Alentar el diseño de proyectos en los sectores de interés para el Fondo para el Medio Ambiente Mundial que beneficien a las mujeres, y el diseño de proyectos administrados por mujeres;
d) Establecer estrategias y mecanismos, en particular en los niveles más básicos, para aumentar la proporción de mujeres que participan como dirigentes, planificadoras, administradoras, científicas y asesoras técnicas en el diseño, desarrollo y ejecución de políticas y programas para la ordenación de recursos naturales y la protección y conservación del medio ambiente y que se benefician de esas actividades;
e) Alentar a las instituciones sociales, económicas, políticas y científicas a que se ocupen del deterioro del medio ambiente y de las repercusiones que ello tiene sobre las mujeres.
255. Medidas que han de adoptar las organizaciones no gubernamentales y el sector privado:
a) Asumir la defensa de las cuestiones relativas a la ordenación del medio ambiente y el aprovechamiento de los recursos naturales que preocupan a las mujeres y proporcionar información a fin de contribuir a la movilización de recursos para la protección y conservación del medio ambiente;
b) Facilitar el acceso de las agricultoras, pescadoras y pastoras a conocimientos, aptitudes, servicios de comercialización y tecnologías ecológicamente racionales a fin de apoyar y fortalecer sus papeles decisivos y su experiencia en el aprovechamiento de los recursos y la conservación de la diversidad biológica.
Objetivo estratégico K.2. Integrar las preocupaciones y perspectivas de género en las políticas y programas en favor del desarrollo sostenible
Medidas que han de adoptarse
256. Medidas que han de adoptar los gobiernos:
a) Integrar a las mujeres, incluidas las mujeres indígenas, sus perspectivas y conocimientos, en condiciones de igualdad con los hombres, en la adopción de decisiones en materia de ordenación sostenible de los recursos y en la formulación de políticas y programas de desarrollo sostenible, particularmente los destinados a atender y prevenir la degradación ambiental de la tierra;
b) Evaluar las políticas y programas desde el punto de vista de su repercusión sobre el medio ambiente y de la igualdad de acceso y de utilización por la mujer de los recursos naturales;
c) Asegurar que se realicen investigaciones adecuadas para evaluar de qué modo y en qué medida las mujeres son particularmente susceptibles o están particularmente expuestas al deterioro del medio ambiente y a los peligros derivados de éste, inclusive, cuando proceda, la
realización de investigaciones y la reunión de datos sobre grupos concretos de mujeres, sobre todo mujeres de bajos ingresos, mujeres indígenas y mujeres pertenecientes a minorías;
d) Integrar los conocimientos y las prácticas tradicionales de las mujeres rurales en relación con el uso y la ordenación sostenibles de los recursos cuando se elaboren programas de ordenación del medio ambiente y de divulgación;
e) Integrar los resultados de investigaciones que reflejen la problemática del género en las políticas con el fin de crear asentamientos humanos sostenibles;
f) Promover el conocimiento de la función de las mujeres y fomentar las investigaciones sobre esta función, en particular de las mujeres rurales e indígenas, en la recolección y producción de alimentos, la conservación del suelo, el riego y la ordenación de cuencas hidrográficas, el saneamiento, la ordenación de las zonas costeras y el aprovechamiento de los recursos marinos, el control integrado de las plagas, la planificación del uso de la tierra, la conservación de los bosques y la silvicultura comunitaria, la pesca, la prevención de los desastres naturales y las fuentes de energía nuevas y renovables, prestando especial atención a los conocimientos y a las experiencias de las mujeres indígenas;
g) Elaborar una estrategia de cambio para eliminar todos los obstáculos que impiden la participación plena y equitativa de las mujeres en el desarrollo sostenible y su acceso a los recursos y el control de éstos en un pie de igualdad;
h) Fomentar la educación de las niñas y las mujeres de todas las edades en las esferas de la ciencia, la tecnología, la economía y otras disciplinas relacionadas con el medio ambiente natural, de manera que puedan hacer elecciones bien fundadas y proporcionar información bien fundamentada en la determinación de las prioridades económicas, científicas y ambientales locales para la ordenación y el uso apropiado de los recursos y ecosistemas naturales y locales;
i) Elaborar programas para lograr la participación de mujeres profesionales y científicas, así como de trabajadoras técnicas, administrativas y de oficina, en la ordenación del medio ambiente, elaborar programas de capacitación de niñas y mujeres en esas esferas, aumentar las oportunidades de contratación y promoción de las mujeres en esas esferas y poner en práctica medidas especiales encaminadas a promover los conocimientos especializados y la participación de la mujer en dichas actividades;
j) Individualizar y fomentar tecnologías ecológicamente racionales diseñadas, elaboradas y perfeccionadas con la participación de la mujer que sean adecuadas tanto para las mujeres como para los hombres;
k) Apoyar el desarrollo de un acceso equitativo de las mujeres a la infraestructura de vivienda, el agua apta para el consumo y las tecnologías energéticas seguras, tales como la energía eólica y solar, la biomasa y otras fuentes renovables, por medio de la evaluación de las necesidades de participación, la planificación de la energía y la formulación de políticas energéticas a escala local y nacional;
l) Lograr que para el año 2000 todos tengan acceso a agua limpia y que se diseñen y apliquen planes de protección y conservación ambiental para rehabilitar los sistemas de abastecimiento de agua contaminados y reconstruir las cuencas hidrográficas dañadas.
257. Medidas que han de adoptar las organizaciones internacionales, las organizaciones no gubernamentales y las instituciones del sector privado:
a) Lograr la participación de la mujer en las industrias de la comunicación a fin de aumentar los conocimientos sobre los temas ambientales, en particular sobre las repercusiones de los productos, las tecnologías y los procesos industriales sobre el medio ambiente y la salud;
b) Alentar a los consumidores a que hagan uso de su poder adquisitivo para fomentar la fabricación de productos ecológicamente correctos y alentar las inversiones en actividades y tecnologías ecológicamente racionales y productivas en la agricultura, la pesca, el comercio y la industria;
c) Apoyar las iniciativas de las mujeres consumidoras mediante la promoción de la comercialización de alimentos orgánicos y servicios de reciclado, la información sobre productos y el etiquetado de productos, incluido el etiquetado de los contenedores de productos químicos tóxicos y de plaguicidas, en términos y con símbolos comprensibles para los consumidores, independientemente de su edad y grado de alfabetización.
Objetivo estratégico K.3. Fortalecer o establecer mecanismos a nivel regional, nacional e internacional para evaluar los efectos de las políticas de desarrollo y medio ambiente en la mujer
Medidas que han de adoptarse
258. Medidas que han de adoptar los gobiernos, las organizaciones regionales e internacionales y las organizaciones no gubernamentales, según resulte apropiado:
a) Ofrecer asistencia técnica a las mujeres, en particular en los países en desarrollo, en los sectores de la agricultura, las pesquerías, la pequeña empresa, el comercio y la industria, a fin de lograr el fomento continuo del desarrollo de los recursos humanos y la elaboración de tecnologías ecológicamente racionales, así como de las empresas de mujeres;
b) Elaborar bases de datos y sistemas de información y supervisión y llevar a cabo investigaciones, metodologías y análisis de políticas participatorios y dinámicos en que se tengan en cuenta el género, con la colaboración de las instituciones académicas y de las investigadoras locales, sobre las cuestiones siguientes:
i) Los conocimientos y la experiencia de la mujer en la ordenación y conservación de los recursos naturales para su inclusión en las bases de datos y los sistemas de información en la esfera del desarrollo sostenible;
ii) Las consecuencias para la mujer de la degradación del medio ambiente y de los recursos naturales derivada, entre otras cosas, de unas pautas de producción y consumo no sostenibles, la sequía, la mala calidad del agua, el calentamiento de la atmósfera, la desertificación, la elevación del nivel del mar, los desechos peligrosos, los desastres naturales, los productos químicos tóxicos y los residuos de plaguicidas, los residuos radiactivos, los conflictos armados;
iii) Análisis de los vínculos estructurales entre género, medio ambiente y desarrollo, en determinados sectores tales como la agricultura, la industria, la pesca, la silvicultura, la salud ambiental, la diversidad biológica, el clima, los recursos hídricos y el saneamiento;
iv) Medidas encaminadas a elaborar e incluir análisis ambientales, económicos, culturales, sociales y que incluyan una orientación de género como paso fundamental para la preparación y la vigilancia de programas y políticas;
v) Programas encaminados a crear centros rurales y urbanos de capacitación, investigación y recursos que permitan difundir tecnologías ecológicamente racionales destinadas a las mujeres;
c) Velar por que se cumplan plenamente las obligaciones internacionales pertinentes, incluso cuando proceda, las disposiciones del Convenio de Basilea y otros convenios relativos al movimiento transfronterizo de desechos peligrosos (que incluyan desechos tóxicos) y el Código de Práctica del Organismo Internacional de Energía Atómica relativo al movimiento de los desechos radiactivos; promulgar y hacer cumplir reglamentaciones para la gestión ecológicamente racional del almacenamiento y los movimientos; considerar la posibilidad de tomar medidas para prohibir los movimientos que no se hagan en condiciones de seguridad y con las debidas garantías; y velar por el estricto control y gestión de los desechos peligros y los desechos radiactivos de conformidad con las obligaciones internacionales y regionales pertinentes, y eliminar la exportación de esos desechos a países que, en forma aislada o en virtud de acuerdos internacionales, prohíban su importación;
d) Fomentar la coordinación dentro y entre las instituciones para aplicar la presente Plataforma de Acción y el capítulo 24 del Programa 21, entre otras cosas, pidiendo a la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible que, por conducto del Consejo Económico y Social, solicite información a la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer al examinar la aplicación del Programa 21 en lo que respecta a las mujeres y el medio ambiente.
https://www.un.org/womenwatch/daw/beijing/pdf/BDPfA%20S.pdf
https://www.un.org/womenwatch/daw/beijing/pdf/BDPfA%20S.pdf
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