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domingo, 12 de octubre de 2025

Día de las Escritoras y el legado de autoras españolas

 

Cada octubre, en el lunes más próximo al 15 que es el día de Santa Teresa de Jesús, (figura simbólica de la escritura mística y femenina), se celebra el Día de las Escritoras. La elección de esta fecha une la espiritualidad y la creatividad con la reivindicación cultural, siendo así, una conmemoración que honra la creación literaria femenina y recupera las obras de tantas mujeres que escribieron desde los márgenes y la censura, desafiando en cada letra las “buenas costumbres” de su tiempo, yendo de la sombra a la voz.

Esta iniciativa, surgida en 2016 por impulso de la Biblioteca Nacional de España junto con la Asociación Clásicas y Modernas (una asociación para la igualdad de género en la cultura, entonces presidida por la escritora y crítica literaria española Laura Freixas (1958-) ), nació con el propósito de recuperar el legado de escritoras dejado a lo largo de la historia y fomentar su lectura, dándole visibilidad y reconocimiento. Desde entonces, cada edición propone un lema temático y una cuidada selección de textos que nos recuerdan la vigencia y la potencia de la voz femenina en la literatura.

Esta conmemoración es también un acto político y simbólico que relee la historia con otros ojos, devolviéndole el nombre y la presencia a quienes fueron omitidas. Evidenciando a la vez,  cómo la escritura de las mujeres ha sido para ellas una manera de resistencia y una forma de libertad.

La nacionalidad española de esta conmemoración me da la oportunidad más que perfecta para hacer un viaje-homenaje a través de las letras de autoras españolas, una de finales del siglo XIX seguida por algunas de las que escribieron ya en el siglo XX tan marcado por guerras, dictaduras y silencios impuestos, y otras más del siglo XXI caracterizado por nuevas narrativas, debates y horizontes feministas. 

El siglo XX fue un tiempo convulso y determinante en la historia de España, con dos repúblicas, una guerra civil, una dictadura de casi cuarenta años y la transición hacia la democracia. En este escenario inestable, las escritoras españolas tuvieron que abrirse paso entre desigualdades estructurales y obligados modelos de feminidad convirtiendo así su escritura en un acto íntimo de supervivencia, pero también de testimonio social.

Durante el franquismo (1939–1975), la mujer fue relegada física y psicológicamente al ámbito doméstico bajo el ideal de la esposa y madre católica, abnegada y sumisa, no obstante, muchas mujeres lograron emancipar sus mentes y no sólo escribieron, sino que también publicaron arriesgándose en ese peligroso contexto y tiranos discursos oficiales.

Pero regresemos a las pioneras de la escritura rebelde, mujeres españolas poseedoras de un pensamiento crítico y de compromiso social, entre las que se encuentra Concepción Arenal (1820-1893), cuya producción abarcó el ensayo, el periodismo y la reforma social. Fue una de las primeras mujeres en asistir a la universidad y lo hizo vestida de hombre, su vida y obra son símbolo de lucha por la igualdad,  escribió sobre la condición femenina reclamando educación y derechos civiles para las mujeres, anticipándose al feminismo moderno en España.

Siguiendo esta línea, Emilia Pardo Bazán (1851-1921) se alza como una figura imprescindible en la historia de las letras españolas. Fue novelista, ensayista, periodista, catedrática y defensora incansable de los derechos de las mujeres. Introdujo el naturalismo en España con obras como Los Pazos de Ulloa, y reflexionó sobre la condición femenina en textos como La mujer española. Su figura es hoy símbolo de inteligencia, valentía y libertad.

Y cómo no hablar de María Zambrano (1904–1991), filósofa, intelectual, ensayista y poeta del pensamiento. Ella representa la voz exiliada tras la guerra civil siendo además una de las grandes pensadoras del siglo XX. En su propuesta une la razón con la intuición, la emoción, lo poético y lo simbólico. En un mundo filosófico dominado por hombres, abrió una vía profundamente femenina y humanista para pensar la realidad. Fue la primera mujer en recibir el Premio Cervantes (1988), ya muy cerca del final de su vida. Antes, en 1981 le había sido otorgado el Premio Príncipe de Asturias.

Tenemos también a Carmen Laforet (1921–2004) que con su primera novela: Nada, publicada cuando tenía apenas 24 años de edad, marcó un antes y un después en la narrativa femenina española. Ambientada en la Barcelona de posguerra, la obra narra el despertar existencial de una joven en medio del vacío emocional y la decadencia social. Nada ganó el primer Premio Nadal, (1944), y el Premio Fastenrath (1948). Hoy es leída como una novela fundacional de la literatura escrita por mujeres en el siglo XX. En toda su obra, Carmen retrató una subjetividad femenina compleja y alejada de estereotipos. 

Otras mujeres españolas que lograron abrirse paso en el mundo literario fueron  María Lejárraga, autora de gran parte de las obras firmadas por su marido, y Carmen de Burgos, primera mujer periodista profesional en España. Ellas también nos revelan hasta qué punto la autoría social y política femenina estuvo silenciada. El Día de las Escritoras recupera precisamente estas voces olvidadas.

 En el siglo pasado también brilló con luz propia María Moliner (1900-1981), bibliotecaria, lexicógrafa y autora del Diccionario de uso del español en el que trabajó arduamente durante 15 años hasta completar las 3.400 paginas que lo componen. Aunque no fue escritora en el sentido tradicional de la ficción, el ensayo o la poesía, su aportación al pensamiento y al lenguaje es simplemente incalculable…invaluable, pero muy poco reconocida.

 Por su parte, Ana María Matute (1925–2014), y Carmen Martín Gaite (1925–2000) fueron dos figuras clave de la literatura española del siglo XX estableciendo puentes entre lo personal y lo colectivo. La primera fue miembro de la Real Academia Española, y en su obra exploró  la posguerra, la infancia y la fantasía, con un estilo lírico y profundo. La segunda destacó por su aguda mirada sobre la vida cotidiana, el papel de la mujer y la memoria. Las obras de ambas son indispensables en el estudio de la literatura contemporánea.

De esta maravillosa genealogía femenina proviene Almudena Grandes (1960–2021), y es una de las voces más importantes de las últimas décadas, fue una escritora profundamente comprometida con la memoria histórica y la justicia social. En su serie de libros: Episodios de una guerra interminable, ofrece una visión tan sensible como cruda sobre la resistencia antifranquista. Fue una autora feminista en toda la extensión de la palabra, llena de humanidad , humildad y compromiso con los derechos sociales. Su fallecimiento fue sentido en el corazón del pueblo español como una gran pérdida nacional , pero también dejó un vacío enorme en la literatura española y universal contemporánea.

Otra perteneciente a este linaje literario es Rosa Montero (1951-) periodista, articulista y novelista  con un trabajo que mezcla ensayo, autobiografía y ficción. Un ejemplo claro es su libro La ridícula idea de no volver a verte (2013), en el que entrelaza su propio duelo con el luctuoso diario de Marie Curie, tejiendo una profunda reflexión sobre la pérdida , el dolor, el amor, y la identidad femenina.

La raíz de letras rebeldes que une a tantas mujeres españolas es más que evidente en  Nuria Varela (1967-), periodista y escritora especializada en historia del feminismo y violencia de género. Con títulos como Feminismo para principiantes, Cansadas, Feminismo 4.0, y El síndrome Borgen entre otros, resulta una autora feminista indispensable de leer.

Por otro lado, Irene Vallejo (1979– ) autora de El infinito en un junco (2019) sorprendiéndose a sí misma, logró convertir este ensayo sobre la historia del libro en un fenómeno editorial. Sus letras delicadas, eruditas y poéticas han conquistado a millones de lectores y lectoras alrededor del mundo. Irene representa una nueva intelectualidad femenina y feminista, que desde el amor y el respeto por la tradición clásica reivindica el papel de las mujeres en la historia del pensamiento y la cultura. Su escritura tiende puentes entre lo académico, lo popular y lo poético; entre el mundo antiguo y el actual.

En esta nueva generación de escritoras españolas se encuentra la poeta, ensayista y editora Luna Miguel (1990-), demostrando también que la literatura escrita por mujeres no es un género aparte, sino un espacio lleno de temáticas, matices, y estilos tan diversos como la existencia humana.

El actual éxito editorial y el paulatino reconocimiento institucional de la literatura escrita por mujeres, indican un cambio en la comunidad lectora y la crítica. Aun así, muchas escritoras siguen denunciando desigualdades en cuanto a la visibilidad de su trabajo, el acceso a publicaciones , promoción, y premios. A este respecto, una de las voces denunciantes más fuertes es la de Laura Freixas.

El camino abierto por las pioneras de las letras sigue siendo necesario de recorrer, releer, repensar y reestructurar.

Termino este modesto homenaje a las literatas españolas y del mundo, diciendo que celebrar el Día de las Escritoras no es sólo mirar al pasado, es también entender el presente y sembrar el futuro de la literatura con otras voces, otros relatos, otras memorias!


Galilea Libertad Fausto.


Créditos de la ilustración a quien corresponda.


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sábado, 4 de octubre de 2025

Triste realidad de la violencia machista en Ecuador


Traemos los datos de la violencia machista en Ecuador , un pequeño pais de poco más de 18 millones de personas .  Nos hacemos eco de los datos de la Fundación Aldea que no exorta a buscar cambios para que esta situación termine.

Las mujeres y niñas víctimas de feminicidios, desde el 1 de enero hasta el 15 de marzo de 2025, son al menos 82. De estos, al menos 50 feminicidios ocurrieron en sistemas criminales, y 31 en contextos íntimos, familiares o sexuales. También registramos un feminicidio de una mujer trans en la provincia de El Oro.

Cada 21 horas una mujer o niña ha sido asesinada por la violencia machista en el Ecuador, datos hasta el 15 de marzo del año en curso. Al menos 12 casos eran niñas o adolescentes. Ocho mujeres fueron reportadas como desaparecidas antes de ser encontradas sin vida, y cuatro sufrieron abuso sexual previo a su asesinato.

Los feminicidios en sistemas criminales siguen creciendo de manera alarmante. El Estado está obligado a responder a esta realidad con políticas públicas coherentes y con presupuestos suficientes. Toda muerte violenta es una muerte pública, las mujeres o niñas asesinadas no sólo merecen un duelo de familiar, sino corresponde un duelo público, porque cada asesinato de mujer o niña es un fracaso del Estado. No “aparecen muertas” las mujeres, sino que es un hecho social, político, económico que requiere una acción intersectorial e interinstitucional para enfrentarlo. 

La afectación de los feminicidios a la niñez y adolescencia sigue siendo gravísima: al menos 28 de las mujeres asesinadas este año eran madres, dejando al menos 42 niños en orfandad. Estos se suman a los 1.895 niños y niñas que quedaron huérfanos entre 2014 y 2024. La reparación integral es urgente y necesaria.


Algunas constataciones:

La edad promedio de las víctimas ha descendido drásticamente: era de 29 años en 2022, de 22 años en 2023 y de 19 años en 2025.

Cada feminicida consolida un sistema patriarcal que naturaliza y permite estas violencias.

El uso de armas de fuego contra mujeres y niñas sigue en aumento: el 73% de feminicidios fueron cometidos con armas de fuego, una cifra aún mayor que el 62% registrado el año pasado.

Año tras año, las cifras se acumulan sin respuestas concretas. En Guayas se han registrado al menos 332 feminicidios con armas de fuego, 132 en Manabí y 103 en Los Ríos. Sin embargo, no vemos políticas que enfrenten este nuevo contexto de violencia, marcado por una mayor circulación de armas y el crecimiento de los sistemas criminales.

Las cifras siguen creciendo, pero el Estado ignora, niega y minimiza los datos. URGENTE se requiere un registro de femicidios oficial que muestre la escalada mortal de violencia contra las mujeres y niñas, para generar acciones contundentes de prevención, atención, protección y reparación integral a las víctimas y sus familias.



https://www.fundacionaldea.org/noticias-aldea/primer-mapa-2025

https://www.fundacionaldea.org/noticias-aldea/consolidadofemicidios2024

https://www.fundacionaldea.org/noticias-aldea/infografiasorfandad



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viernes, 3 de octubre de 2025

Octubre: un mes de lucha y esperanza femenina

 

Octubre nos invita individual y colectivamente a mirar hacia adentro y hacia afuera, a reconocer el valor de la vida y el bienestar de las mujeres y las niñas, a reconocer su fuerza transformadora, pero también a ver las múltiples condiciones estructurales y situaciones particulares que las vulneran, lastiman, marginan, y limitan. 

De ahí la gran relevancia de este mes marcado por fechas clave que dan comienzo el 2 de octubre con un poderoso recordatorio ya que es el Día Internacional de la No Violencia. Esta fecha nos invita a reflexionar sobre la importancia de erradicar toda forma de agresión, especialmente hacia las mujeres y niñas que a nivel global son las más violentadas.

La violencia de género, estructural y simbólica, aún limita sus derechos y bienestar en muchas regiones del mundo. Al reconocer esta fecha, abrimos el camino para un octubre lleno de conciencia, acción y esperanza. La erradicación de la violencia es el cimiento sobre el cual podemos construir sociedades más justas y por ende más equitativas…más sanas. Si no se garantiza la paz, ningún derecho puede ser verdaderamente ejercido. Este día nos propone abrazar el mes, el presente y el futuro con compromiso.

El 10 de octubre Día Mundial de la Salud Mental, nos recuerda que la salud incluye el aspecto emocional. Las mujeres y niñas enfrentan contextos y vivencias únicas que afectan su salud mental: violencia, discriminación, sobrecarga de cuidados y falta de oportunidades. Reconocer y atender su salud emocional es una asignatura pendiente en muchas partes del mundo. Visibilizar, entender y atender su sufrimiento psíquico es escucharlas, fortalecerlas y sanar con ellas. Este día establece un puente entre la enfermedad mental, la dignidad humana de mujeres y hombres; y la acción social. Un puente que me lleva al siguiente paso en mi recorrido por el mes de octubre..

El 11 de octubre,Día Internacional de la Niña, celebramos su existencia, imaginación, fuerza, creatividad y potencial sin límites; pero también recordamos y denunciamos que millones de niñas siguen siendo privadas de educación, seguridad y decisiones sobre su propio cuerpo. Esta fecha resuena con urgencia: debemos garantizarles entornos libres de violencia, donde su salud mental, física y emocional sea protegida. El bienestar de las niñas hoy es el futuro de las sociedades de mañana. Asegurarles igualdad no es solo un acto de justicia, sino una inversión para su buen vivir en las siguientes etapas de sus vidas. En cada niña segura, feliz y fuerte nace una nueva posibilidad de cambio para el mundo. Y ese mejor mundo no estaría completo si  las mujeres del campo no estuviesen incluidas.

(Este año el Día de las Escritoras será celebrado el 13 de octubre, y cabe incluirlo en las fechas pro mujeres-niñas desde una perspectiva terapéutica, porque no podemos ignorar la relación íntima entre escritura y sanación. La palabra escrita permite nombrar lo que duele, arde y lastima por dentro, lo que no se ve…lo que no se dice en voz alta. Para muchas mujeres, algunas desde niñas escribir ha sido una vía de escape, una tabla de salvación frente a la violencia, la opresión, el abandono o la perdida. Escribir no es solo crear, es resistir, es reconfigurarnos y sanar el sufrimiento con la tinta de nuestra alma y corazón)

 El 15 de octubre, Día Internacional de las Mujeres Rurales, honra a quienes trabajan la tierra, sostienen comunidades y alimentan naciones. Sin embargo, suelen ser invisibilizadas, explotadas y marginadas del acceso a recursos y derechos básicos. Su contribución económica, social y cultural es invaluable, pero muy poco reconocida. Luchar por ellas es luchar por las sembradoras de alimentos y de vida,  por la justicia climática y por la equidad humana. Las mujeres rurales también enfrentan retos de salud, violencia patriarcal machista y misógina, la gran mayoría de las veces silenciados por el aislamiento geográfico y la exclusión institucional. En ellas confluyen muchas batallas y su día nos conecta, nos enfrenta y nos responsabiliza con y de los desafíos de la vida femenina, así como los de la madre tierra.

18 de octubre es el Día Mundial de la Menopausia, y nos invita a romper tabúes y estigmas que rodean esta etapa natural en la vida de las mujeres. En muchos espacios, hablar de menopausia sigue siendo un tema incómodo y tomado como señal de decadencia femenina; cuando la realidad es que pese a el estigma y los malestares físicos que la acompaña, la menopausia es un momento de transformación, fortaleza, belleza y sabiduría. Acompañar a las mujeres en esta transición con información, respeto y acceso a una salud digna es un acto de justicia. Este día refuerza la importancia de cuidar nuestra salud integral durante toda la vida, porque cada etapa nos trae situaciones únicas que merecen toda nuestra atención.

El19 de octubre se conmemoran dos fechas claves: el Día Mundial de la Lucha contra el Cáncer de Mama y el Día Nacional contra la Discriminación en México. Ambas nos hablan de resistencia, de cuerpos que no se rinden y de sociedades que aún deben cambiar. El cáncer de mama es una de las principales causas de muerte entre mujeres, pero la detección temprana salva vidas. La discriminación, por otra parte, erosiona derechos, destruye oportunidades y perpetúa violencias. Juntas, estas fechas gritan por un acceso igualitario a la salud, a la justicia y al respeto. Son una doble llamada a mirar sin miedo y actuar sin tardanza.

Por su parte, el 24 de octubre Día de las Naciones Unidas, nos recuerda los compromisos globales con la paz,  la igualdad, los derechos humanos,  y las mujeres y las niñas están en el corazón de esos compromisos, sin ellas, el desarrollo sostenible es una utopía imposible de lograr.  La ONU ha impulsado importantes avances en pro de la equidad, pero los retos siguen siendo enormes. Octubre cierra con este llamado universal a no olvidar…a no retroceder. 

Finalmente, el 25 de octubre Día Naranja contra la violencia de género nos recuerda que la violencia contra las mujeres y niñas sigue siendo una realidad urgente que no podemos normalizar ni ignorar. Este día no es solo un llamado a vestir un color, sino a abrir los ojos, los oídos y el corazón; a cuestionar actitudes y romper silencios que perpetúan el daño. Es una invitación a reflexionar sobre nuestras propias acciones, sobre los entornos que habitamos y sobre cómo, desde lo cotidiano, podemos construir espacios más seguros, igualitarios y justos, hagamos conciencia de que erradicar la violencia de género no es tarea de pocos y pocas, sino de muchos y muchas, en realidad es responsabilidad de toda la sociedad.

Que cada fecha clave vivida en este mes,nos sirva de guía y motor para seguir construyendo un mundo más justo. Donde ser mujer o niña no implique lucha constante, sino seguridad, salud integral, bienestar, educación, y dignidad garantizadas; vivamos este octubre como un canto a la unión y la esperanza!!

Galilea Libertad Fausto.

Créditos de la ilustración a quien corresponda.

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viernes, 19 de septiembre de 2025

Los talibanes prohíben libros escritos por mujeres en las universidades afganas


El gobierno talibán ha retirado del sistema de enseñanza universitaria en Afganistán los libros escritos por mujeres como parte de una nueva prohibición que también prohíbe la enseñanza sobre  los derechos humanos y  sobre el acoso sexual.

Unos 140 libros escritos por mujeres, incluyendo títulos como "Seguridad en el laboratorio químico", se encontraban entre los 680 libros considerados "preocupantes" debido a las "políticas anti-sharia y talibanes".

Además, se comunicó a las universidades que ya no se les permitía impartir 18 asignaturas, y un funcionario talibán afirmó que estas entraban en conflicto con los principios de la sharia y la política del sistema.

El decreto es la última de una serie de restricciones que los talibanes han impuesto desde que regresaron al poder hace cuatro años.


https://www.bbc.com/news/articles/c0kn7yyzrjgo

  Imagen tomada de  la pagina de la Biblioteca Pública de Zamora https://www.facebook.com/photo.php?fbid=1041296718042428&set=pb.100064863271173.-2207520000&type=3

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miércoles, 17 de septiembre de 2025

“Defender la igualdad y la Paz”

 


El día 15 de septiembre bajo el lema “Defender la igualdad y la Paz” el Instituto de la Mujer junto con varias organizaciones nos convocaron en uno de los más inspiradores lugares posibles, en el Bellas Artes de Madrid, tocando el cielo y con los arboles del Retiro como fondo.

 Allí estábamos recordando inicialmente los 30 años de la conferencia de la mujer que se celebro en Beijing, junto con la que en ese momento nos representó en ese importante evento Marina Subirats, que nos habló de lo difícil que fue conseguir todo lo que se consiguió, que fue tanto, que aun no estamos preparadas para una nueva conferencia que pueda aspirar a más.

 Escuchar a Marina, expendida a sus ochenta años, es una inspiración y una alegría .

Luego al hilo de la realidad que estamos viviendo Carmen Magallón, premiada internacionalmente por su compromiso con la paz y presidenta de honor de La Liga Internacional De Mujeres Por La Paz Y La Libertad  ( WILPF), nos convocó a salir de nuestras casas y acampar en Bruselas para hacernos escuchar por nuestros lideres europeos con el objeto de que se termine con el exterminio que esta llevándose a cabo en Gaza.

Carmen nos invita a cuestionarnos esa idea de que las guerras son inevitables y nos recordó el legado civilizatorio de muchas mujeres que hace más de 100 años quisieron frenar la primera guerra mundial y cuyas propuestas fueron tomadas para los documentos que se elaboraron buscando el consenso y la paz tras la guerra.

Posteriormente en tres mesas redondas pudimos escuchar como se hacía un repaso a la situación actual y a como esta se desviaba de nuestros objetivos. Los títulos de las mesas eran muy elocuentes. En la primera:  Igualdad, derechos humanos, mujeres y Paz ,vimos  el escaso papel que se concede a las mujeres en la solución de conflictos pese a la resolución 1325 que parecía iba ayudarnos en a la igualdad en esos extremos. Manuela Mesa, experta en el tema no nos dio buenas perspectivas de la situación. Sentimos la necesidad de unos organismos multilaterales fuertes y una ONU mujeres que este atenta en todos los lugares del planeta.

En la segunda mesa “Como fortalecer la paz desde la agenda y la acción feminista “supimos que si bien los recursos para armas siguen aumentando los gastos para dependencia no lo hacen en la misma medida según nos contó Begoña San José de Impacto de género ya.  Tambien escuchando a Josefina Musúlen Giménez sentimos envidia del activismo en Zaragoza que persiste en demandar una sociedad más justa.

 En la tercera mesa titulada “Defender la igualdad y la Paz”, pudimos escuchar la voz de mujeres colombianas, que nos enseñan el terror de la guerra para sus vidas, ayudándonos a reflexionar sobre nuestros comportamientos cuando ellas deben ser refugiadas y vimos la necesidad de una cooperación fuerte y con recursos.

Fue, para mi, especialmente inspirador del mensaje de Marta Pascual de Feministas por el Clima,  conectando el patriarcado con el militarismo y la necesidad de un compromiso personal con la naturaliza y la vida. Ella nos dijo: si la lógica de la guerra hubiera triunfado no habría humanidad. Inspirándonos a conservar lo conseguido entendiéndolo como un éxito sin victoria.  

 Mi invitación a escucharlas, conscientes de la necesidad y el poder de la sociedad civil imprescindible en estos momentos frente a lideres políticos que se dan autoridad para destruir la vida que cuesta tanto construir.


https://www.youtube.com/live/iaZDs2okxxE?si=xBQrCX0HoTzrg2pq

https://mujerdelmediterraneo.heroinas.net/2013/06/la-cuarta-conferencia-mundial-sobre-la.html

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sábado, 13 de septiembre de 2025

Antagonismos feministas: un reto para la cuarta ola (2)

 Como sabemos, actualmente ya no se puede hablar de la mujer como un concepto único ni de un sólo feminismo, sino que más bien, de mujeres y de feminismos. Es esta pluralidad la que nos lleva a continuar con el tema de la creciente polarización dentro del movimiento de las mujeres. Internacionalmente se hace necesario y urgente entender que la ruptura de alianzas feministas, y las fronteras identitarias tienen un altísimo costo político que no deberíamos arriesgarnos a pagar.

Reflexionemos acerca de que los vínculos entre feministas y entre feminismos son fundamentales no sólo para la creación de políticas que nos posibiliten nuevas y mejores formas de vida, sino también para evitar que los movimientos de los gobiernos de derecha, los fundamentalísmos religiosos cristianos, judíos, e islámicos, así como otros antifeminismos sigan revertiendo los derechos de las mujeres y niñas que el feminismo ha logrado. Por ejemplo, la restricción o eliminación del derecho al aborto en países como Estados Unidos y El Salvador, al igual que en algunas otras naciones de Europa, África y Asia.

 Como feministas ni en México ni en ninguna parte del mundo podemos enfrascarnos en disputas jerárquicas y egocéntricas, que terminan reproduciendo precisamente lo que criticamos en términos de exclusión división y violencia.

“El feminismo debiera tener una sororidad que trascienda clase, afiliación política,e ideología . Sin cortes que imposibiliten hacer frentes comunes para cosas que nos atañen a todas”, comentó la politóloga, escritora y feminista mexicana Denise Dresser en una entrevista reciente, y continúa diciendo…”En México el apoyo entre mujeres colegas se termina cuando estas se tiñen  de ideología política (morenista), no defienden a mujeres atacadas políticamente si no son de la 4 T. En realidad sus vínculos son más con su tribu que con el movimiento de las mujeres”.

El sentimiento de soledad indefensión y abandono feminista que expresa esta analista política, ante el descrédito y las agresiones que ha venido sufriendo desde hace ya varios sexenios por el hecho de decir la negra verdad de los gobiernos mexicanos en turno; me hizo recordar el amargo sentir de la más grande escritora mexicana (después de Sor Juana) Elena Garro.

Silenciada, calumniada,  desacreditada, perseguida y exiliada por su defensa de los campesinos, de las mujeres  en general y en particular de las mujeres en prisión, pero sobre todo por denunciar que el entonces presidente Gustavo Díaz Ordaz fue el autor intelectual de la matanza estudiantil de 1968 en Tlatelolco, México, y la parte de responsabilidad que tuvieron los intelectuales de la época en este acto infame.

“¿Dónde están las feministas, por qué no me ayudan, por qué no me rescatan?, ¿por qué no me promueven, por qué no me publican?…me han dejado sola!!” (Elena Garro).

Y yo me pregunto, ¿porqué a pesar de las décadas que han pasado desde lo sucedido a esta autora, de la mayor representación que actualmente tenemos las mujeres debido a la paridad política, y a pesar de tener una mujer presidenta las fisuras en la dinámica política del feminismo en México no sólo sobreviven, sino que crecen y se multiplican?

Quizá la respuesta esté todavía en lo escrito hace 35 años por la activista feminista y escritora italiana Alessandra Bocchetti: “Un cuerpo de mujer no garantiza un pensamiento de mujer [feminista],  un pensamiento de mujer puede nacer solamente de la conciencia de la necesidad de las otras mujeres”.

En otras palabras, no basta que haya mujeres haciendo política, se necesita una verdadera y comprometida conciencia de género, una plural red política de mujeres, una auténtica cultura de sororidad manifestándose en un interés real por la vida y el bienestar de TODAS las otras que esté por encima de ideologías, partidos políticos, estrategias populistas, y lealtades basadas en intereses personales!.

Galilea Libertad Fausto.

Créditos de la ilustración a quien corresponda,


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miércoles, 10 de septiembre de 2025

Antagonismos feministas: un reto para la cuarta ola (1)




Estamos en la cuarta ola del feminismo y definitivamente es una etapa de grandes avances, pero también de grandes retrocesos y peligros de retroceder aún más en materia de los derechos políticos y humanos de las mujeres y de las niñas. Ante esto, hoy más que nunca el movimiento de las mujeres necesita re-unirse re-identificarse y re-fortalecerse, desde la no segmentación sino a partir de la interseccionalidad y la comunicación intergeneracional.


Es verdad que el espacio físico y virtual de los feminismos está inundado de eventos, imágenes, y mensajes de sororidad, sin embargo no todo son dulces mieles femeninas sobre hojuelas feministas.

“El feminismo es una contribución a la sociedad y al buen vivir” dice la antropóloga, académica y feminista mexicana Marcela Lagarde; pero ese buen vivir social con bandera feminista debería integrar incluir y abrazar a todas, tanto a las feministas de la vieja escuela, como a las jóvenes con sus otras experiencias visiones y dinámicas, incluso a las que no son feministas. Sin embargo, la realidad es que Internacionalmente el movimiento de las mujeres sigue dividiéndose en alegatos internos entre “feminismos verdaderos” y “falsos”, entre feministas “buenas” y “malas”; entre feministas y no feministas. Una problemática en la que México no es la excepción.

Pero empecemos por el principio diciendo que este país, es el primero en América del Norte en tener una mujer presidenta, un hecho histórico que avivó la esperanza de la relegada y empobrecida población femenina, enardeciendo también la llama feminista, sobre todo con el discurso inaugural de la elegida diciendo: “llegamos todas” y “es tiempo de mujeres”. A lo que le siguió el nombramiento de una jefa de gobierno en la capital del país y una secretaria de la mujer que se auto nombran feministas. Y para continuar, la iniciativa para la creación de un sistema nacional de cuidados que beneficiaría principalmente a las mujeres. Sin olvidar que desde la presidencia, 2025 ha sido llamado el año de la mujer indígena…pero con todo y esto, en el paraíso algo no anda bien.

En este bipolar edén teñido de morado, la postura que muchas feministas están encontrando es la de…”tienes que pensar como nosotras, vivir como nosotras, militar como nosotras para ser una de nosotras y tener un lugar en el club, gozando de nuestras bondades “feministas”.

Las discrepancias y las ramificaciones son absolutamente normales y necesarias en un movimiento sociopolítico de la magnitud del feminismo, donde lo femenino individual y colectivo tiene contextos, realidades, opresiones, carencias y necesidades distintas, por ende, objetivos y procesos diferentes. El problema radica en que entre un feminismo y otro, lo mismo que entre una feminista y otra se está perdiendo la voluntad política de dialogar desde el disentir, desde y a partir de la propia subjetividad.

“Estamos perdiendo la capacidad de no estar de acuerdo”, dice la asesora jurídica, activista feminista y escritora marroquí Noor Ammar Lamarty.

En este sentido, la cuarta ola del feminismo tiene un enorme reto a vencer: la desidentificación, descalificación y expulsión que actualmente se está dando entre feministas jóvenes y viejas, nuevas y veteranas, partidistas y apartidistas, pobres y ricas, universitarias y no escolarizadas, occidentales y no occidentales, de países desarrollados y de países en vías de serlo, etc, …uf!!!

En relación a esto último y al general de la problemática a vencer, la observación de la antropóloga y activista feminista mexicana Marta Lamas es un punto importante para tener en cuenta:

“No hay que olvidar que la Cuarta Ola tiene características distintas en lo que se conoce como el “Primer Mundo” y el “Tercer Mundo”.

Pero continuando con el antagonismo feminista, un ejemplo claro es lo ocurrido a las representantes del Frente Feminista Nacional-México, a quienes no se les permitió leer su pronunciamiento en la XVI Conferencia Regional de la mujer en América Latina y El Caribe, que tuvo lugar en la Ciudad de México del 12 al 15 de agosto pasado. Resulta incongruente que la propia secretaria de las mujeres, el representante de relaciones exteriores y la representante de ONU Mujeres hayan sido quienes impidieron el pronunciamiento de dicho Frente debido a su postura en favor de la abolición de la prostitución y los vientres de alquiler.

“Bajo la promesa de construir una “sociedad de cuidado”, nos invitan a un banquete…pero nos sientan en la banqueta con un plato vacío y una orden de silencio”, denunció oportunamente Perla Pedroza Arévalo, activista y columnista mexicana integrante del Frente Feminista Nacional.

Ante algo como esto debo decir que silenciamiento y exclusión, no es lo que se espera de una conferencia organizada y coordinada por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y ONU Mujeres. Sin embargo, esta polarización cargada de sectarismo e intolerancia más propios de un feminismo esencialista que de un feminismo incluyente, no es una excepción sino una lamentable constante en estos encuentros regionales.

Cabe recalcar que la falta de identificación e incluso la falta de reconocimiento y respeto en el movimiento de las mujeres siempre ha existido. Por ejemplo, a finales del siglo XIX y principios del siglo XX en Gran Bretaña, la lucha de las obreras no se entendía con la de las sufragistas burguesas. Más adelante en las décadas 60 y 70 en Estados Unidos, la gran mayoría de las feministas consideraban insultante que se les comparara o relacionara de algún modo con las sufragistas estadunidenses de principios del siglo XX. De hecho, ellas marcaban una línea entre la liberación femenina y el feminismo, al que consideraban pasado de moda.

Mientras que en el México de los ochentas el feminismo popular de campesinas y obreras, con una composición social muy diferente disentía totalmente con el feminismo histórico, y el feminismo radical en su mayoría académico de los setenta. Así mismo en los años noventa y hasta la fecha, las feministas indígenas desde su propia cosmovisión y su condición de triple opresión (género, clase y raza), no se identificaban con ninguno de los otros tipos de feminismo. No obstante, una cosa son las distintas realidades, visiones y objetivos; y otra cosa muy diferente es hacer bandos, descalificar y agredir.

Valdría mucho la pena echar un vistazo a este aspecto de la historia del feminismo, y de las Conferencias Regionales de la Mujer en América Latina y el Caribe, con el propósito de analizar y entender (a fin de restaurar) el trasfondo ideológico, experiencial , emocional y afectivo que estos choques y rupturas tienen, y los contextos en los que se han dado y se dan.

Galilea Libertad Fausto.

Créditos de la ilustración a quien corresponda.
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viernes, 5 de septiembre de 2025

Entre 2009 y 2023, fueron acreditadas como falsas el 0,0084% de las denuncias presentadas por violencia de género

La violencia contra las mujeres es una realidad innegable que se manifiesta en diversas formas, desde agresiones sexuales hasta violencia en el ámbito de la pareja, o la que se ejerce a través de las tecnologías de la información. Esta problemática no solo afecta a las mujeres directamente, sino que también tiene consecuencias devastadoras para los menores y la sociedad en su conjunto. Negar esta violencia es un acto que perpetúa el ciclo de agresión.

El negacionismo busca la desprotección de las víctimas para dejarlas desarmadas y sin recursos a la hora de afrontar el control y la violencia que padecen y la perpetuación de un espacio de impunidad para los delincuentes agresores de mujeres, propio de otros tiempos. Lo hace esgrimiendo argumentos que se desmienten desde el conocimiento de los datos y la realidad. Pero una mentira mil veces repetida no se convierte en verdad.


LO QUE NO SE
PUEDE NEGAR es que el machismo mata,

  • Que cada año son asesinadas por sus parejas en España más de medio centenar de mujeres, y que se cuentan por cientos de miles las que son agredidas gravemente.
  • Que casi 500 niñas y niños se han quedado en situación de orfandad a causa de la violencia de género desde 2013, y 65 han sido víctimas mortales en contextos familiares de violencia contra sus madres.
  • Que las agresiones sexuales son un riesgo cierto para las mujeres hasta el punto de que se denuncian más de 40 agresiones diarias, y que están creciendo las agresiones sexuales especialmente las cometidas por jóvenes.
  • Que la mayoría de la violencia que se produce contra las mujeres como consecuencia del machismo sigue sin denunciarse, por miedo o falta de recursos de las víctimas.
  • Que las medidas para la protección a menores expuestos a la violencia contra las mujeres siguen aplicándose de una forma deficiente, facilitando que los agresores utilicen a sus propios hijos e hijas como elementos de control de sus parejas o exparejas. Miles de menores se encuentran en España en una situación de riesgo por exposición a la violencia de género.
  • Que la inmensa mayoría de los hombres condenados por violencia contra sus parejas o exparejas no cumplen penas de prisión y que siguen siendo demasiadas las mujeres que retiran las denuncias.
  • Que los daños en el corto, medio y largo plazo que provoca la violencia contra las mujeres tiene un impacto social, democrático y económico que afecta a toda la sociedad.

Por eso DESDE EL FEMINISMO AFIRMAMOS que hay que seguir combatiendo la violencia contra las mujeres y reclamamos políticas efectivas y un compromiso institucional capaz de contribuir a su erradicación en cualquiera de sus formas.

  • Porque la violencia contra las mujeres es un problema estructural que requiere una respuesta contundente y efectiva por parte de la sociedad y de todas las instituciones del Estado.
  • Porque negar su existencia es una forma de perpetuar el machismo que mata.
  • Porque frente a las propuestas de la ultraderecha machista no caben los ataques entre los partidos que sustanciaron el Pacto de Estado contra la violencia.
  • Porque es fundamental que continúen los esfuerzos institucionales y las medidas para un mejor conocimiento de la violencia contra las mujeres con mejores datos y estadísticas, para la protección de las víctimas y para la persecución y sanción de los agresores.
  • Porque que la lucha contra la violencia hacia las mujeres es una responsabilidad y una cuestión de Estado.


Frente al negacionismo:

Elige informarte.

Elige igualdad.

Elige feminismo.

Recuerda que el #MachismoMata

Tomado del Comunicado promovido por: Fundación Mujeres, Enclave feminista, Fórum de Política Feminista, FADEMUR, Federación Mujeres Jóvenes, Asociación de Mujeres Juristas Themis, Asociación Mujeres para la Salud, Federación de Asociaciones de Madres Solteras, Federación de Mujeres Progresistas, abierto a adhesiones de otras organizaciones de todo el Estado


https://www.lasexta.com/noticias/nacional/vox-mezcla-negacionismo-machista-racista-sus-jornadas-ultras-congreso_2025090468b9e17a8f77821956af703a.html

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Informe de la Relatora Especial sobre la violencia contra las mujeres y las niñas (contexto de la reproducción subrogada)10/10



X. Conclusiones y recomendaciones 

69. La práctica de la reproducción subrogada se caracteriza por la explotación de las mujeres y los niños, incluidas las niñas, y la violencia contra ellos. Asimismo, refuerza las normas patriarcales al mercantilizar y cosificar el cuerpo de las mujeres y exponer a las madres sustitutas y los niños a graves violaciones de los derechos humanos. 

70. Teniendo en cuenta lo anterior, la Relatora Especial recomienda que los Estados Miembros y otras partes interesadas pertinentes tomen las siguientes medidas: 

a) A escala internacional, avanzar hacia la erradicación de la reproducción subrogada en todas sus formas. A la espera de su abolición, los Estados deben emprender acciones para prevenir que siga causándose daño y fortalecer la protección de los derechos de las mujeres y los niños que participan en arreglos de reproducción subrogada; 

b) Trabajar con miras a aprobar un instrumento internacional jurídicamente vinculante que prohíba todas las formas de reproducción subrogada; 

c) Aprobar un marco jurídico y de políticas para la reproducción subrogada que siga el modelo nórdico relativo a la prostitución e incluya pilares destinados a sancionar a los compradores, las clínicas y las agencias para acabar con la demanda de reproducción subrogada; despenalizar a las madres sustitutas; ofrecer estrategias que ayuden a salir a las madres sustitutas, las agencias de reproducción subrogada y otros intermediarios que facilitan los arreglos de reproducción subrogada y se benefician de ellos; y realizar campañas de información sobre los daños inherentes a la práctica y la ilegalidad de encargar y facilitar los arreglos pertinentes. En consecuencia, debe prohibirse la publicidad de servicios y agencias de reproducción subrogada;

d) Fortalecer la cooperación internacional para detectar, prevenir y encarar las violaciones y abusos conexos de los derechos humanos, como la trata de mujeres y niños; 

e) Garantizar que los órganos y mecanismos pertinentes comprendidos en el sistema de derechos humanos, incluidos los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos y los procedimientos especiales, así como los órganos y mecanismos regionales, den respuesta a las formas interseccionales conexas de abuso y explotación que abarca la reproducción subrogada; 

f) Aprobar leyes que reconozcan a la madre gestante de un niño nacido mediante reproducción subrogada como la madre legal, y permitir que se transfieran los derechos parentales solo después del nacimiento y dentro de un plazo definido para dejar margen para que se reconsideren las decisiones tomadas; 

g) Oponerse al reconocimiento de los arreglos de reproducción subrogada, incluidos los acordados en el extranjero, en que se confiere la filiación legal a personas que no tienen vinculación genética con el niño, además de velar por que se dé prioridad a las decisiones relativas a establecer relaciones parentales. Mientras tanto, tratar a los niños nacidos por medio de reproducción subrogada que son abandonados por su madre gestante como menores no acompañados para que sean acogidos en modalidades alternativas de cuidado en espera de la adopción, dando prioridad a las soluciones familiares. Podría favorecerse que la pareja del padre biológico adoptara al niño nacido mediante reproducción subrogada si se considera que ello salvaguarda su interés superior, con lo cual se evitaría normalizar esa forma de reproducción y se mantendría la filiación original;

 h) Emplear un lenguaje digno y preciso en función del sexo en la legislación y en la práctica al referirse a las mujeres que participan en la reproducción subrogada;

 i) Establecer mecanismos de justicia eficaces, que incluyan el resarcimiento y reparaciones para las mujeres y los niños que hayan sufrido daños a través de arreglos de reproducción subrogada, tales como asistencia jurídica gratuita o de bajo costo, apoyo psicosocial y asistencia económica, por ejemplo para las sustitutas que opten por quedarse con el niño después del nacimiento; 

j) Cerciorarse de que el interés superior del menor sea la consideración primordial en todas las decisiones relacionadas con la filiación y el cuidado;

 k) Exigir que toda transferencia de los derechos parentales de la madre gestante se realice solo a través de procesos judiciales de adopción que incluyan un examen de idoneidad parental, equivalente al de los procedimientos normales de adopción; 

l) Prevenir y prohibir todas las formas de discriminación contra los niños nacidos mediante reproducción subrogada, velando por que tengan un acceso igualitario a la atención de la salud, la educación y la protección social; 

m) Garantizar el derecho de todos los niños a una nacionalidad y prevenir la apatridia facilitando que el niño adquiera la nacionalidad de la madre o del Estado donde nació; 

n) Crear y mantener registros de donantes de óvulos y esperma y poner la información a disposición de los niños nacidos mediante reproducción subrogada;

o) Velar por que todos los actores pertinentes cumplan sus obligaciones positivas de prevenir, vigilar y sancionar todas las violaciones y los abusos de los derechos humanos relacionados con la reproducción subrogada; 

p) Exigir responsabilidades a las agencias de reproducción subrogada, los intermediarios y otras personas que se benefician de los arreglos de reproducción subrogada o los facilitan, entre otras cosas por medio de sanciones penales y decomisos de activos; 

q) Impartir capacitación a jueces y abogados sobre un enfoque basado en los derechos humanos para los litigios sobre reproducción subrogada; 

r) Crear mecanismos judiciales y policiales especializados para abordar asuntos relacionados con la reproducción subrogada, y capacitar a las fuerzas del orden para que detecten y encaren los riesgos de los arreglos transfronterizos de reproducción subrogada; 

s) Recopilar sistemáticamente datos desglosados relacionados con la reproducción subrogada, en particular sobre las madres sustitutas y los niños nacidos mediante esa forma de reproducción.

https://docs.un.org/es/A/80/158

https://www.elsaltodiario.com/gestacion-subrogada/un-informe-relatora-especial-onu-identifica-violencias-multiples-gestacion-subrogada?&utm_medium=social&utm_campaign=web&utm_source=twitter&fbclid=IwY2xjawMmQEZleHRuA2FlbQIxMABicmlkETFnMk5xT3pHMU0xcEx2eEkxAR4Z8HWj0alpgS0ORNhA4sUif7LmocPjI2a3o0H0ujTdKLeM25L8UhqZkSGtgw_aem_cDgWediecYJqBRYpQ30Ulg

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jueves, 4 de septiembre de 2025

Informe de la Relatora Especial sobre la violencia contra las mujeres y las niñas (contexto de la reproducción subrogada)9/10



 B. Consentimiento 

61. El consentimiento por sí solo no hace que la reproducción subrogada sea ética. Se reconoce ampliamente que este no puede justificar las violaciones de los derechos humanos, incluidas las asociadas a la trata de personas, la venta de órganos, la esclavitud o la tortura 200 . En virtud del Protocolo contra la Trata de Personas, el consentimiento dado por la víctima a la explotación intencional no se tiene en cuenta201. Además, el consentimiento dado por la persona reducida a la esclavitud tampoco se tiene en cuenta. En particular, no se incluye ningún requisito de coacción en la definición de esclavitud de la Convención para la Supresión de la Trata de Esclavos y la Esclavitud, de 1926. 

62. El hecho de que no se tuviera en cuenta el consentimiento en tales circunstancias servía para proteger a las personas en situación de riesgo. Por ejemplo, algunas madres sustitutas empobrecidas quedan embarazadas en repetidas ocasiones sin que tuvieran tiempo suficiente para recuperarse de un parto anterior o un aborto espontáneo 202 . Muchas de ellas desconocen los riesgos adicionales o no son plenamente conscientes de ellos203. A veces, las condiciones de un contrato son demasiado legalistas y están redactadas en un idioma que la madre sustituta no puede entender 204 . 

63. Cuando las mujeres y las niñas sienten que la reproducción subrogada es su única alternativa, o cuando desconocen las consecuencias, su consentimiento no es libre ni informado. Se presentó una postura similar en el memorando explicativo del informe de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa sobre los derechos del niño en el contexto de la reproducción subrogada, en que la Ponente señaló que la promesa de “una cantidad de dinero ‘que cambiaría la vida’” ponía en duda la validez del consentimiento dado por la madre sustituta 205. Al hacer hincapié en la “elección” como elemento central de los arreglos de reproducción subrogada se disuade a las madres sustitutas de que reconozcan los daños, como los relacionados con la salud, o de que soliciten asistencia206 . 

64. Causan especial preocupación las jurisdicciones en que una madre sustituta pierde legalmente todos los derechos parentales mientras aún está embarazada, como en Ucrania207. En los sistemas jurídicos que contribuyen a dar prioridad a la cuestión de salvaguardar los derechos y la filiación de los progenitores comitentes suele aplicarse ese criterio directamente a expensas de la madre sustituta, despojándola de hecho de todo recurso significativo en caso de que cambie de opinión y desee quedarse con el niño208 .

 C. Obligaciones de las empresas 

65. En virtud de los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, las empresas, que en los arreglos de reproducción subrogada incluyen, por ejemplo, clínicas de fecundidad, agencias, intermediarios médicos, asesores jurídicos y facilitadores transfronterizos, tienen la responsabilidad independiente de respetar todos los derechos humanos reconocidos internacionalmente, incluso cuando la legislación interna no haga alusión alguna o sea permisiva. A tal efecto, es necesario cumplir las obligaciones de diligencia debida y a) evaluar y seguir de cerca continuamente los casos de coacción, explotación o daño psicológico y aplicar políticas adecuadas; b) proporcionar a todas las partes, y en particular a las madres sustitutas, información precisa sobre los riesgos conexos; y c) crear canales de reclamación eficaces destinados a plantear inquietudes y emprender investigaciones con prontitud. Además, las empresas tienen la obligación general de no participar en actividades ilegales, por lo que no deben ayudar a sus clientes a eludir las prohibiciones209 . 

D. Obligaciones de los Estados 

66. Los Estados tienen la obligación de respetar, proteger y hacer efectivos los derechos humanos y de ejercer la diligencia debida en todas sus actuaciones 210, sin discriminación211. En lo que se refiere a la obligación de respetar es preciso que el Estado y sus agentes se abstengan de adoptar toda conducta que cause daños relacionados con la reproducción subrogada o los exacerbe. Ello significa, por ejemplo, que no debería criminalizarse a las madres sustitutas que hayan sido víctimas de violencia y abusos y que no debe maltratarse ni discriminarse a los niños nacidos mediante reproducción subrogada. Los Estados también deben impedir que terceros vulneren los derechos de las personas afectadas por la reproducción subrogada. Deben adoptar medidas positivas para que las mujeres no se vean obligadas a involucrarse  en situaciones en que sientan que la reproducción subrogada es su único medio para escapar de la pobreza. 

67. Los Estados también deben ofrecer acceso a la justicia, los recursos legales y la protección a las mujeres y los niños explotados en arreglos de reproducción subrogada212, entre otras cosas garantizando que su representación legal sea adecuada y previniendo su revictimización. 

68. El Estado, sea cual fuere su postura con respecto a la reproducción subrogada, sigue teniendo la obligación de dar prioridad al interés superior del niño 213 con respecto a quienes nacen mediante arreglos de reproducción subrogada 214 , lo cual incluye garantizar que el niño no sufra ningún tipo de discriminación, reciba protección en todo momento y se respete su derecho a la identidad, la nacionalidad, la atención de la salud o la educación. Debe incorporarse el interés superior del niño al tomarse decisiones sobre la posibilidad de prohibir o regular la reproducción subrogada, así como al elaborar soluciones jurídicas para salvaguardar sus derechos. 


205 Véase https://pace.coe.int/en/files/23015/html. 

206 Malcolm Smith, Jayne Hewitt y Patricia Fronek, “Surrogacy and bioethics”, en Research Handbook on Surrogacy and the Law. 

207 Ucrania, Código de la Familia, Parte 2, art. 123. 

208 Andrea Mulligan, “Surrogacy and the significance of gestation: implications for law and policy”, Bioethics, vol. 38, núm. 8 (octubre de 2024). 

209 Véase A/HRC/17/31, anexo, principios 11 y 17. 

210 En E/CN.4/Sub.2/1987/23, párrs. 67 a 69, se utiliza y explica por primera vez el marco. 

211 Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, recomendación general núm. 28 (2010), párr. 12.

212 Con respecto al acceso de las mujeres a la justicia y los recursos legales, véase, por ejemplo, la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing.

 213 Comité de los Derechos del Niño, observación general núm. 14 (2013), párrs. 1 a 7. 

214 Véase, por ejemplo, Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Sección Segunda, Causa K.K. y otros c. Dinamarca, demanda núm. 25212/21, fallo, 6 de diciembre de 2022.

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Informe de la Relatora Especial sobre la violencia contra las mujeres y las niñas (contexto de la reproducción subrogada)8/10



 IX. Normas internacionales de derechos humanos aplicables 

A. Marco jurídico

 52. En los tratados internacionales de derechos humanos no existen disposiciones que aborden de forma explícita y exhaustiva la cuestión de la reproducción subrogada, pues la mayoría de ellos se redactaron cuando esa cuestión todavía no era un problema generalizado. El grupo de trabajo relativo al proyecto sobre filiación y gestación por sustitución de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado ha estado examinando un proyecto de convención sobre filiación legal, así como asuntos relacionados con la filiación legal en general, en particular la filiación legal derivada de un arreglo internacional de reproducción subrogada, pero aún no se ha publicado hasta la fecha el texto definitivo de ese proyecto166. No obstante, los tratados y otros instrumentos internacionales abordan distintos aspectos de los derechos humanos que están en juego en los arreglos de reproducción subrogada. En conjunto, proporcionan la hoja de ruta necesaria para que se adopte un enfoque basado en los derechos. 

53. El principio de la dignidad humana se consagró por primera vez en la Declaración Universal de Derechos Humanos167 y se reafirmó en tratados posteriores, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 168, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 169 y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer 170. En el contexto de la reproducción subrogada, excluye la cosificación y mercantilización de las mujeres y los niños, que tienen un valor intrínseco e igual. El Parlamento Europeo, en su resolución sobre los derechos humanos, se hace eco de esa opinión, condenando la reproducción subrogada como una práctica que socava “la dignidad humana de la mujer”, concretamente debido a que “su cuerpo y sus funciones reproductivas se utilizan como una materia prima” y se instrumentalizan “con fines financieros o de otro tipo”, lo que resulta especialmente peligroso para “las mujeres vulnerables en los países en desarrollo” 171 . Reducir a la mujer a su función reproductiva también constituye una contravención del artículo 5 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, según el cual los Estados tienen la obligación de modificar los patrones socioculturales de conducta basados en funciones estereotipadas de hombres y mujeres. 

54. En el artículo 10 2) del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales se declara que “se debe conceder especial protección a las madres durante un período de tiempo razonable antes y después del parto” 172. Para salvaguardar los derechos de las sustitutas, la ley debe reconocerlas como madres y no como meras portadoras del niño. Ese entendimiento también está en consonancia con el Convenio de La Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional 173 y el Convenio europeo sobre adopción de niños, y en ambos se atribuye la maternidad a la mujer que ha dado a luz afirmando el derecho de la madre a renunciar al niño, pero solo después de que nazca 174 . 

55. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 175, el Convenio Europeo de Derechos Humanos176 y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes 177 garantizan el derecho a no ser sometido a torturas ni a tratos crueles, inhumanos o degradantes. Las circunstancias en que se explota a las madres sustitutas, son objeto de trata, se las mantiene recluidas, se les exige separarse contra su voluntad de los hijos que han dado a luz, se las obliga a abortar o se las somete a procedimientos médicos invasivos, innecesarios y perjudiciales pueden constituir esos tratos. 

56. Además, en virtud del artículo 6 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, los Estados deben tomar todas las medidas apropiadas para suprimir todas las formas de trata de mujeres. En virtud del artículo 35 de la Convención sobre los Derechos del Niño, así como de su Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, la venta de niños está expresamente prohibida. En el Protocolo Facultativo se define esa venta como todo acto o transacción en que un niño es transferido por una persona o grupo a otra persona u otro grupo a cambio de remuneración o de cualquier otra retribución 178 . En el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Protocolo contra la Trata de Personas), no figura ningún requisito de “explotación” como elemento independiente 179 . Por el contrario, la transferencia del niño a cambio de un pago constituye “en sí misma un perjuicio grave y una violación de los derechos humanos”180. Por definición, la reproducción subrogada comercial implica al menos un pago, aunque en la reproducción subrogada de carácter altruista, el presunto reembolso suele equivaler a una compensación de pago real 181 . El objetivo principal del arreglo es transferir el niño a los progenitores previstos. 

57. La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea 182 y el Convenio relativo a los Derechos Humanos y la Biomedicina (Convenio de Oviedo) del Consejo de Europa183 prohíben que el cuerpo humano o sus partes se conviertan en objeto de lucro184. De conformidad con el artículo 9 5) del Protocolo contra la Trata de Personas, los Estados tienen la obligación de prevenir la trata de personas, entre otras cosas desalentando la demanda de prácticas de explotación. En la Ley Modelo contra la Trata de Personas de las Naciones Unidas se indica que la utilización de mujeres como madres sustitutivas puede constituir una forma de explotación 185 . En la versión revisada de la Directiva de la Unión Europea relativa a la lucha contra la trata de seres humanos se reconoce expresamente que la explotación de la maternidad subrogada es una forma de trata186 . 

58. En el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, la selección prenatal del sexo, incluida en algunos contratos de reproducción subrogada, se clasifica como una forma de discriminación contra la mujer187 . El Convenio de Oviedo también prohíbe la selección del sexo188 , que el Comité de Derechos Humanos 189 y el Parlamento Europeo 190 han condenado por considerar, respectivamente, que se trata de un ejemplo de subordinación de la mujer y una “discriminación sexual despiadada”. 

59. La Convención sobre los Derechos del Niño contribuye a proteger, en la medida de lo posible, el derecho del niño a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos, así como el derecho a la preservación de la identidad191. La expresión “en la medida de lo posible” implica que este derecho debe respetarse como norma general, salvo en situaciones en que el interés superior del niño impulse la adopción de otras soluciones192. Con todo, no puede negarse a priori. En particular, en este contexto, el Comité de los Derechos del Niño ha expresado preocupación porque la filiación se determina exclusivamente sobre la base de arreglos contractuales establecidos antes de la concepción o del parto 193 . También existe una relación importante entre el derecho de la persona a conocer sus orígenes y el derecho a la salud en lo que respecta al acceso al historial médico de la familia necesario para diagnosticar o predecir enfermedades hereditarias194 . 

60. Los derechos reproductivos, tal y como se entienden en la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing, son los derechos de las madres a “decidir libre y responsablemente el número de hijos, el espaciamiento de los nacimientos y el intervalo entre éstos” y a “disponer de la información y de los medios para ello” y abarcan “su derecho a adoptar decisiones relativas a la reproducción sin sufrir discriminación, coacciones ni violencia”. En la Declaración se destacan aún más la importancia de tener en cuenta las necesidades de los hijos futuros y nacidos, así como las obligaciones con la comunidad195. Por lo tanto, no puede interpretarse que esa formulación crea un derecho incondicional a tener un hijo 196 , que tampoco se menciona en otros instrumentos internacionales 197 . Es necesario someterse a evaluaciones psicológicas para tener un hijo mediante adopción y, conforme a la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, no pueden implantarse embriones en una madre en contra de los deseos del padre 198. Tal y como se hace hincapié en los Principios para la protección de los derechos del niño nacido por gestación subrogada (Principios de Verona), “en virtud del derecho internacional y otros derechos internos pertinentes, no se otorga a ninguna persona, como los progenitores previstos en los arreglos de gestación subrogada, el derecho a tener un hijo” que es, por el contrario, un “titular de derechos independiente” 199


 166 Véase https://www.hcch.net/es/projects/legislative-projects/parentage-surrogacy/. 

167 Véase el preámbulo, art. 1. 

168 Véase el preámbulo, art. 10. 

169 Véase el preámbulo, art. 13. 

170 Véase el preámbulo. 

171 Véase https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX: 52015IP0470&from=ES.

172 Véase el art. 10 2). 

173 Convenio de La Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional, art. 4.

 174 Véase el art. 5 5). 

175 Véase el art. 7. 

176 Véase el art. 3. 

177 Véase el art. 16. 

178 Véase el art. 2. 

179 Véase el art. 3.

 180 A/HRC/37/60, párr. 35. 

181 Fenton-Glynn y Scherpe, “Surrogacy in a globalized world”. 

182 Véase el art. 3. 

183 Véase el art. 21.

184 Véanse Ilaria Anrò, “Surrogacy from the Luxembourg and Strasbourg perspectives: divergence, convergence and the chance for a future dialogue”, Giappichelli, 2016 (sobre el art. 3 de la Carta de la Unión Europea); y Tribunal Constitucional de Portugal, decisión núm. 225/2018, causa núm. 95/17, párr. 10 (sobre el art. 21 del Convenio de Oviedo). 

185 Véase https://www.unodc.org/documents/human-trafficking/TIP-Model-Law-Spanish.pdf. 

186 Véase https://www.eurojust.europa.eu/sites/default/files/assets/files/surrogacy-leaflet-27-08- 2024-v6.pdf. 

187 A/CONF.171/13, anexo, párr. 4.16. 

188 Véase el art. 14 (“salvo en los casos en que sea preciso para evitar una enfermedad hereditaria grave vinculada a sexo.”). 

189 Comité de Derechos Humanos, observación general núm. 28 (2000), párr. 5. 190 Unión Europea, resolución, de 8 de octubre de 2013, Genericidio: ¿dónde están las mujeres que faltan? (2012/2273(INI)). 

191 Véanse los arts. 7 y 8. 

192 Comunicación presentada por ADF International. 

193 Observaciones finales dirigidas a los Estados: CRC/C/OPSC/USA/CO/2, párr. 29; CRC/C/IND/CO/3-4, párr. 57 d); CRC/C/MEX/CO/4-5, párr. 69 b); CRC/C/OPSC/USA/CO/3-4, párr. 24; y CRC/C/OPSC/ISR/CO/1, párr. 28. 

194 Comité Internacional de Bioética de la UNESCO, documento SHS/IBC-26/19/2 REV.

195 Informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijing, 4 a 15 de septiembre de

1995 (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta S.96.IV.13), cap. I, resolución 1, anexo II, párr. 95.

196 Véase https://eapil.org/2025/01/27/the-spanish-supreme-court-on-surrogacy-contract-andpublic-policy (“El deseo de una persona de tener un hijo, por muy noble que sea, no puede realizarse a costa de los derechos de otras personas”); véase también la sentencia STS 5879/2024, de 4 de diciembre de 2024, del Tribunal Supremo de España.

197 Véase, por ejemplo, Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Gran Sala, Causa Paradiso y Campanelli c. Italia, demanda núm. 25358/12, fallo, 24 de enero de 2017.

198 Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Gran Sala, Causa Evans c. el Reino Unido, demanda núm. 6339/05, fallo, 10 de abril de 2007.

199 Servicio Social Internacional, Principles for the Protection of the Rights of the Child BornThrough Surrogacy (Verona Principles) (Ginebra, 2021), principio 1.8.

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Informe de la Relatora Especial sobre la violencia contra las mujeres y las niñas, sus causas y consecuencias (contexto de la reproducción subrogada) 7/10

 


VII. Autores de actos de violencia 

44. Con frecuencia, se identifica a las agencias de reproducción subrogada y los intermediarios como los principales autores de actos de violencia cuando se fijan como objetivo captar a mujeres vulnerables desde el punto de vista económico y las explotan, utilizan información engañosa o modalidades de contratación coercitivas e imponen cláusulas contractuales restrictivas141. Suele incentivarse tanto a las agencias como a las clínicas de fecundidad para que antepongan los intereses de los progenitores a los de la sustituta142. Los profesionales médicos cometen actos que constituyen violencia obstétrica y reproductiva, como intervenciones médicas invasivas innecesarias o coercitivas 143 . Familiares o amigos de las mujeres las chantajean emocionalmente para que los ayuden a tener un hijo convirtiéndose en sustitutas 144 . Al parecer, los progenitores comitentes pueden ejercer un control extremo y abusivo sobre la vida de las madres sustitutas 145, al exigir estar presentes en el examen obstétrico y en el parto en contra de los deseos de la sustituta 146 .

 45. En algunos casos, el propio Estado es el autor directo de actos de violencia física. En Camboya se han denunciado casos de mujeres detenidas y obligadas a dar a luz esposadas 147 . En otros países, las madres sustitutas que desean mantener el contacto con sus hijos son objeto de actitudes de incredulidad, acusaciones de abandono y comentarios hostiles148 . 

VIII. Otras repercusiones en los niños, sobre todo en las niñas 

46. A diferencia de lo que ocurre en la adopción, donde se reconoce que la evaluación parental es una medida esencial de protección infantil, se llevan a cabo muy pocas verificaciones de antecedentes de los progenitores comitentes, por no decir ninguna149. Por el contrario, el principal requisito que se impone a los progenitores previstos es la capacidad económica de pagar una suma considerable por el procedimiento de reproducción subrogada. Ello plantea riesgos particulares en relación con los niños que nacen de esa forma, como el riesgo de explotación sexual de las niñas, ya que se ha informado de delincuentes sexuales que encargan que se consigan niños para la reproducción subrogada 150; el riesgo de convertirse en víctima de la trata de personas; y el riesgo de abandono, sobre todo cuando el niño nace con discapacidad151. Los niños nacidos mediante reproducción subrogada también pueden tener conflictos de identidad a largo plazo, que se intensifican si son concebidos a través de la donación de gametos152. Para muchas personas es importante conocer sus orígenes por motivos psicológicos y emocionales y por razones relacionadas con el historial médico de la familia153 . 

47. Aunque algunos proponen que se determine la filiación en función de la intención y no de la biología ni la gestación 154 , no está del todo claro cómo se demostraría esta intención —por ejemplo, si se consideraría prueba suficiente la existencia de un contrato privado— y cuál debería ser la respuesta prevista en la ley en los casos en que las intenciones de la madre sustituta o de los progenitores previstos cambiaran en el transcurso del embarazo. Además, basarse en ficciones jurídicas con respecto a la intención podría dar lugar a una situación en que las mujeres que quedaran embarazadas y dieran a luz nunca fueran reconocidas legalmente como madres155 . 

48. La determinación de la filiación y la nacionalidad de un niño en los arreglos internacionales de reproducción subrogada puede plantear dificultades y ocasionar que el niño carezca de una protección adecuada de sus derechos. Podría negarse a los niños apátridas el acceso a servicios de guardería, la educación, la atención de la salud o un documento de viaje internacional156. Esos riesgos se ven exacerbados en épocas de emergencia, como la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19) o la guerra en Ucrania, en que los progenitores previstos tal vez no estén en condiciones de entrar en el país para recoger al niño y puede que no se reconozca legalmente a la madre sustituta como progenitora del niño en virtud del derecho interno 157 .

 49. Esas dificultades se ven agravadas por la elección del derecho aplicable en los arreglos transfronterizos de reproducción subrogada. Existe una divergencia considerable entre los enfoques nacionales. Por ejemplo, en Nueva Zelandia, un niño nacido mediante reproducción subrogada no obtiene la nacionalidad, aunque haya un vínculo genético entre él y los progenitores previstos 158 . En Suiza, a pesar de la prohibición de la reproducción subrogada, los tribunales reconocen en la mayoría de los casos las relaciones paternofiliales entre los progenitores previstos y los niños nacidos por medio de esa forma de reproducción159 . 

50. Una de las preocupaciones inherentes a la reproducción subrogada se deriva de la programación contractual de la separación entre la mujer y el hijo que gesta, lo cual acarrea el riesgo de tratarlo como objeto pasivo de un acuerdo entre adultos o como una mercancía. Esa es la diferencia entre la reproducción subrogada y la adopción, ya que esta última se centra en las formas de salvaguardar el interés superior de un niño ya existente160. La intención de la separación resulta especialmente problemática dada la importancia del lazo afectivo entre la madre y su hijo durante el embarazo para el desarrollo mental y emocional del niño 161 . Al retirar repentinamente a un recién nacido puede menoscabarse el desarrollo temprano del apego del niño, lo cual afecta a su regulación emocional y a su crecimiento162. Además, como muchas agencias de reproducción subrogada exigen que la futura sustituta ya sea madre de al menos un hijo, esa separación también crea confusión entre sus hijos ya existentes, que ven que su madre está embarazada, pero no pueden esperar tener un hermano163 . 

51. Las niñas también pueden ser víctimas de abortos selectivos en función del sexo, ya que en los contratos de reproducción subrogada a veces se incluyen cláusulas de “reducción selectiva” basadas en el sexo del niño164. Se da una situación similar en el caso de los niños con discapacidad. Incluso hay agencias de reproducción subrogada que prometen que “si la imperfección se manifiesta posteriormente en el embarazo, se garantiza la interrupción de este mediante el aborto” 165 .


 141 Véase Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado, A Study of Legal Parentage and the Issues Arising from International Surrogacy Arrangements (La Haya, 2014). 

142 Consultas con expertos. 

143 Comunicación presentada por CIAMS. 

144 Consultas con madres sustitutas. 

145 Berk, “The legalization of emotion”. 

146 Consultas con madres sustitutas. 

147 Véase https://www.abc.net.au/news/2019-05-12/cambodian-surrogates-forced-to-be-mothers-orface-prison-time/11086640. 

148 Consultas con madres sustitutas.

 149 Comunicación presentada por Women's Declaration International Quebec. 

150 Comunicación presentada por Surrogacy Concern (Reino Unido). 

151 Véase https://www.spiegel.de/international/world/the-perils-of-wartime-adoption-we-promisedbridget-we-would-come-get-her-a-abf4ad88-9c62-48b6-8b9b-f57bc3afeeba. 

152 Sonia Allan, Donor Conception and the Search for Information. From Secrecy and Anonymity to Openness (Routledge, 2016).

153 Vardit Ravitsky, “The right to know one’s genetic origins and cross-border medically assisted reproduction”, Israel Journal of Health Policy Research, vol. 6, núm. 1 (diciembre de 2017). 

154 Comunicación presentada por Men Having Babies. 

155 A/HRC/37/60, párr. 57.

 156 Michael Wells-Greco, “Nationality and immigration obstacles in cross-border surrogacy arrangements”, en Research Handbook on Surrogacy and the Law, Katarina Trimmings, Sharon Shakargy y Claire Achmad, eds. (Elgar, 2024). 

157 Véase https://edition.cnn.com/2020/05/15/europe/ukraine-surrogacy-babies-lockdownintl/index.html. 

158 Comunicación presentada por Women’s Rights Party. 

159 Comunicación presentada por Suiza. 

160 Comunicación conjunta presentada por E. Bilotti, V. Calderai, S. Niccolai, I. Pretelli y N. Rueda. 

161 Véase https://www.thieme-connect.com/products/ejournals/abstract/10.1055/s-0037-1599052. 

162 Comunicación presentada por Not All Gays.

163 Comunicación presentada por Juristes pour l’enfance.

164 Comunicación presentada por el Centro de Derecho Internacional Público y Privado de la

Universidad Nacional de Derecho de Guyarat (GNLU).

165 Justo Aznar y Miriam Martínez Peris, “Gestational surrogacy: current view”, The Linacre

Quarterly, vol. 86, núm. 1 (2019).

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