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jueves, 4 de septiembre de 2025

Informe de la Relatora Especial sobre la violencia contra las mujeres y las niñas, sus causas y consecuencias (contexto de la reproducción subrogada) 6/10

 

VI. Violencia contra las mujeres y las niñas en el contexto de la reproducción subrogada 

A. Violencia económica 

25. Las madres sustitutas son especialmente vulnerables a la explotación y la violencia durante todo el proceso de reproducción subrogada si no pueden llegar a fin de mes79 o tienen deudas80. Si bien hay algunas sustitutas altruistas con formación académica y estabilidad económica81 y pueden haber tenido experiencias positivas, las que proceden de entornos más empobrecidos, que son la mayoría, carecen de la misma capacidad para expresar su disconformidad o revelar los perjuicios que sufren82 . 

26. Se informó de que se negaba la compensación a numerosas mujeres y se las dejaba sin asistencia cuando abortaban o no cumplían todos los requisitos de su contrato83. En algunos casos, las mujeres que no quedaban embarazadas debían pagar por su cuenta los medicamentos de fertilidad 84 . En las jurisdicciones en que la reproducción subrogada está permitida, suele ser tratada como un arreglo privado entre particulares, y el Estado apenas asume la obligación, si lo hace, de recopilar o mantener los datos necesarios para el seguimiento y la supervisión85 .

 27. En muchos contratos se exige a las madres sustitutas que renuncien, por adelantado, a su derecho a tomar sus propias decisiones médicas o a la confidencialidad de la información obtenida por los médicos durante los tratamientos86. Otros ejemplos de prácticas perjudiciales supuestamente justificadas mediante un contrato son la implantación del máximo número de embriones para aumentar las posibilidades de éxito del parto, el recurso al aborto selectivo, el seguimiento constante realizado por los progenitores previstos, entre otras cosas a través de la vigilancia ininterrumpida con cámaras 87, y las restricciones impuestas a la libertad de circulación88, lo cual contraviene la definición de “trabajo decente y productivo”89 y la “limitación razonable de las horas de trabajo” 90. Por lo tanto, los arreglos de reproducción subrogada sitúan esta práctica fuera del ámbito de la libertad contractual91 . 

28. Existe el riesgo de caer en un ciclo de dependencia de pagos derivados de la reproducción subrogada, sobre todo si las mujeres pierden o dejan su trabajo durante el proceso de que se trata92. Ese problema reviste importancia particular en los países en desarrollo93. Las mujeres también venden sus óvulos entre un embarazo y otro o cuando ya no son aptas para ser sustitutas94 . 

B. Violencia psicológica 

29. A fin de que ejerzan de sustitutas, las mujeres experimentan una presión psicológica que constituye violencia. Se suele presionarlas para que ingresen al mundo de la reproducción subrogada al presentarla como una actividad de demostración de los valores del “amor” y la “solidaridad”, sobre todo en relación con las parejas homosexuales95. Esas presiones disuaden a las mujeres de que busquen ayuda o expresen su disconformidad, dado que pueden sentirse sujetas de por sí al compromiso de transferir un hijo a los progenitores comitentes, con los que pueden tener vínculos afectivos96 . 

30. En un estudio de 50 mujeres de la India se demostró que las madres sustitutas tenían niveles de depresión más altos durante el embarazo y después del parto. En otro estudio de investigación, el 35 % de las madres sustitutas señalaron dificultades a la hora de entregar a sus criaturas recién nacidas y el 39 % declaró que tenían emociones negativas con respecto a su decisión de ingresar al mundo de la reproducción subrogada. Alrededor del 33 % corría el riesgo de sufrir un trastorno de estrés postraumático o ansiedad. En el 65% de los casos se observó un estrés importante en cuanto a los resultados negativos de la fecundación in vitro97 . Las madres sustitutas experimentan un trauma posparto vinculado a la liberación de cantidades elevadas de oxitocina tras el nacimiento para producir leche y establecer el vínculo correspondiente 98 , proceso que se interrumpe bruscamente al retirar al recién nacido99. También manifiestan su preocupación por su vida sexual durante el embarazo, los trastornos conyugales y su propia planificación del parto 100 . Solo existía un estudio sobre madres sustitutas que indicaba que su bienestar no se veía alterado diez años después de la reproducción subrogada, pero suscitó problemas metodológicos101 . 

31. Ningún marco regulatorio puede prevenir por completo los graves daños psicológicos que puede ocasionar el proceso de separación102. Algunas agencias de reproducción subrogada ofrecen terapias de desapego para obligar a las futuras madres a separarse emocionalmente de los hijos, pero el resultado podría ser una  disociación cognitiva entre su cuerpo y sus sentimientos 103, que alcanzaría los niveles de un trastorno de estrés postraumático104 . 

32. Se suele negar a las madres sustitutas la posibilidad de pasar tiempo con el recién nacido tras el parto, así como de poder tomarlo en brazos 105, y se les puede cortar el contacto con los progenitores previstos y el hijo después de dar a luz 106 . Algunas madres sustitutas dicen que se sienten como si fueran “objetos de un experimento científico”107 . 

C. Violencia física 

33. Aunque en el material sobre la contratación se describe la reproducción subrogada como un proceso seguro desde el punto de vista médico para las mujeres que reúnen las condiciones necesarias, las pruebas indican que la salud de las madres sustitutas corre mayor peligro que la de otras madres 108 . Medicamentos como Lupron, que las madres sustitutas suelen administrarse 109 para sincronizar su ciclo con el de la donante de óvulos antes de la implantación del embrión, están clasificados como medicamentos peligrosos y se recomienda que solo los trabajadores de la salud los administren usando batas y guantes de protección. Esa práctica de administrarse medicamentos aumenta la tasa de complicaciones de la salud materna de las madres sustitutas en comparación con otras madres 110 . Los embarazos subrogados tienen más probabilidades de ser ectópicos 111 y desembocar en casos de cesárea, diabetes gestacional materna, hipertensión arterial, preeclampsia y placenta previa112 . 

34. Los contratos de reproducción subrogada también alteran la dinámica en los entornos de atención de la salud, sobre todo en los países donde los litigios se han multiplicado113 . En informes de la India 114 , México115 y Nepal116 se indica que se organizan partos por cesárea para las sustitutas sin tener en cuenta las indicaciones o preferencias médicas, lo cual entraña riesgos de complicaciones posparto, en particular para las mujeres empobrecidas que viven en zonas rurales.

D. Violencia reproductiva 

35. Los desequilibrios de poder entre las madres sustitutas y los progenitores comitentes tienen graves consecuencias cuando estos últimos imponen un aborto en casos de embarazos múltiples o discapacidad fetal 117 . Según se informa, se ha presionado a las madres sustitutas para que interrumpan embarazos sanos, incluidos aquellos en que han trascurrido más de 12 semanas, por medio de tácticas coercitivas como incentivos económicos, amenazas de acción legal o el retiro de la ayuda brindada tanto a la madre como al bebé118. Se suelen justificar las demandas alegando que el niño pertenece a los progenitores comitentes 119 . 

36. Los embarazos múltiples, resultado habitual de los procedimientos de fecundación in vitro, acarrean mayores riesgos para la salud de la madre sustituta 120 . En algunos casos en que el embarazo múltiple sigue su curso, los progenitores comitentes también imponen una reducción selectiva 121 .

 37. Al incorporarse la selección del sexo en los paquetes de servicios de fecundación in vitro, la reproducción subrogada puede amplificar los prejuicios sexistas y de género existentes en las sociedades con una marcada preferencia cultural por los hijos varones122 . 

38. Se han documentado abusos atroces cometidos contra donantes de óvulos y, según se informa, se explota durante meses a cientos de ellas a través de la extracción de sus óvulos123. Al parecer, también se explota a las niñas por sus óvulos y su útero124 . En algunos informes, por ejemplo de China, se describen escenarios en que se extraen óvulos y se transfieren embriones en laboratorios clandestinos no regulados que gestionan empresas de biotecnología, en los cuales las mujeres que se sometían a los procedimientos eran identificadas mediante códigos y clasificadas como productos de “alta calidad” o “baja calidad”, en función de su aspecto y estado de salud, y cada óvulo tenía un precio acorde125. Las mujeres con discapacidad no están exentas de esa explotación y esos abusos126 . 

E. Esclavitud y trata 

39. El afán de lucro en que se basa la prestación de servicios de reproducción subrogada aumenta el riesgo de trata de personas en todas las etapas del proceso, en particular para que las envíe  a otros países con fines de trabajo reproductivo forzado127. En Georgia, por ejemplo, se informó de que se mantuvo recluidas al menos a 100 mujeres víctimas y de que se las obligó a ceder sus óvulos después de que se las estimuló artificialmente para que ovularan 128 . Incluso en países donde la reproducción subrogada está regulada, como Grecia, persisten los riesgos. Al parecer, se ha introducido en el país a mujeres extranjeras víctimas de trata para que ejerzan de madres sustitutas129 . 

40. Los arreglos de reproducción subrogada pueden equivaler o asemejarse a la esclavitud, ya que ponen a las madres sustitutas en una situación en que se hace uso de todas o alguna de las características del derecho de propiedad con respecto a ellas. Las partes comitentes ejercen este derecho de usus sobre el cuerpo de la mujer exigiéndole que siga un régimen alimentario específico, negándole tratamiento médico u obligándola a que se someta a una “reducción embrionaria” o a un aborto 130 . En la Argentina, según se informa, se reclutó a mujeres más pobres en los medios sociales para que se convirtieran en sustitutas en condiciones que los fiscales describían como la “reducción a la servidumbre” 131 . En Ucrania, al parecer, se obligaba a las mujeres a vivir en apartamentos pequeños y abarrotados, sin acceso a agua caliente y con graves limitaciones impuestas a su libertad de circulación 132 . 

41. Si bien se ha argumentado que la normativa y la supervisión pueden disminuir el riesgo de la trata de mujeres y niñas en los arreglos de reproducción subrogada 133 y reducir los daños134, las pruebas existentes no respaldan tales conclusiones 135 . 

42. La reproducción subrogada comercial, que corresponde a la inmensa mayoría de los casos de reproducción subrogada en el mundo, constituye venta de niños, lo cual es un delito136. Sin la transferencia del niño, no habría ningún incentivo para el acuerdo de reproducción subrogada137. En particular, en las jurisdicciones donde está permitida la reproducción subrogada comercial, la principal diferencia entre la venta ilegal de niños y la reproducción subrogada legal radica en el momento en el que se transfieren los derechos parentales138 . 

43. Después de que se ha transferido al niño a los progenitores previstos resulta muy complejo determinar qué explotación y abusos se han cometido contra la madre sustituta y contra él. También se plantean dificultades a la hora de determinar a quién debería tratarse como autor, víctima o testigo 139 . En algunos casos, las familias empobrecidas utilizan a sus hijas para la trata en redes de reproducción subrogada, en particular con el pretexto de que obtendrán empleo o contraerán matrimonio 140 . Surgen problemas de doble incriminación cuando la reproducción subrogada no está tipificada como delito en todas las jurisdicciones pertinentes, y se sigue tropezando con dificultades para aplicar el derecho transnacional.




79Véasehttps://english.elpais.com/elpais/2017/01/02/inenglish/1483355190_156732.html. 

80 Comunicación presentada por Japan Coalition Against Surrogacy Practices. 

81 José Ángel Martínez-López y Pilar Munuera-Gómez, “Surrogacy in the United States: analysis of sociodemographic profiles and motivations of surrogates”, Reproductive BioMedicine Online, vol. 49, núm. 4 (octubre de 2024). 82 Comunicación presentada por Luba Fein de Voices of Israeli Sex Trade Survivors. 83 Comunicación presentada por Women’s Liberation Front. 84 Véase https://www.scielo.org.mx/pdf/conver/v31/2448-5799-conver-31-e20648.pdf. 85 Rosana Triviño-Caballero, “Caring for delivery: healthcare professionals’ ethical conflicts in surrogate pregnancy”, Hypatia, vol. 38, núm. 3 (tercer trimestre de 2023). 86 Carlos Martínez de Aguirre, “International surrogacy arrangements: a global ‘Handmaid’s Tale’?”, en Fundamental Problems of Surrogate Motherhood: Global Perspective, Piotr Mostowik, ed. (Varsovia, Instytut Wymiaru Sprawiedliwości, 2019). 87 Berk, “The legalization of emotion”. 88 Comunicación conjunta presentada por E. Bilotti, V. Calderai, S. Niccolai, I. Pretelli y N. Rueda. 89 Oficina Internacional del Trabajo, Memoria del Director General: Trabajo Decente, 87ª reunión (Ginebra, 1999). 90 Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, art. 7 d). 91 Adeline A. Allen, “Surrogacy and limitations to freedom of contract: toward being more fully human”, Harvard Journal of Law and Public Policy, vol. 41, núm. 3 (2018).

92 Consultas con expertos. 93 Olga B.A. van den Akker, Surrogate Motherhood Families (Routledge, 2017). 94 Fronek, “Current perspectives”. 95 Comunicación presentada por CQFD Lesbian Feminists. 96 Comunicación presentada por Not All Gays. 97 Ansha Patel, Pratap Kumar y P.S.V.N. Sharma, “The Miracle Mothers and Marvelous Babies’: psychosocial aspects of surrogacy – a narrative review”, Journal of Human Reproductive Science, vol. 13, núm. 2 (abril a junio de 2020). 98 Véase, por ejemplo, Eliah Abasi et al., “Evaluating the effect of prenatal interventions on maternal–foetal attachment: a systematic review and meta-analysis”, Nursing Open, vol. 8, núm. 1 (enero de 2021). 99 Bandelli, Sociological Debates. 100 Marjan Goli et al., “A reproductive health-care programme for surrogate mothers: a mixed methods study”, Journal of Education and Health Promotion, vol. 11, núm. 1 (2022). 101 V. Jadva, S. Imrie y S. Golombok, “Surrogate mothers 10 years on: a longitudinal study of psychological well-being and relationships with the parents and child”, Human Reproduction, vol. 30, núm. 2 (febrero de 2025). 102 Comunicación presentada por Olivia Maurel.

103 Comunicación presentada por Soroptimist International. 104 Clara Watson, “Womb rentals and baby-selling: does surrogacy undermine the human dignity and rights of the surrogate mother and child?”, The New Bioethics, vol. 22, núm. 3 (2016). 105 Ilya Gridneff, Emily Schultheis y Dmytro Drabyk, “Inside a Ukrainian baby factory”, Politico, 23 de julio de 2023. 106 Comunicación presentada por la Red Jamaicana de Seropositivos. 107 Consultas con madres sustitutas. 108 Comunicación presentada por Collectif pour le Respect de la Médecine. 109 Véase https://cbc-network.org/2020/04/lets-talk-about-lupron. 110 María P. Vélez et al., “Severe maternal and neonatal morbidity among gestational carriers: a cohort study”, Annals of Internal Medicine, vol. 177, núm. 11 (2024). 111 Consultas con expertos. 112 Véase, por ejemplo, Jennifer Lahl et al., “A comparison of American women’s experiences with both gestational surrogate pregnancies and spontaneous pregnancies”, Dignity: A Journal of Analysis of Exploitation and Violence, vol. 7, núm. 3 (2022). 113 Van den Akker, Surrogate Motherhood Families. 114 Amrita Pande, Wombs in Labour: Transnational Commercial Surrogacy in India (2014). 115 April Hovav, “Cutting out the surrogate: caesarean sections in the Mexican surrogacy industry”, Social Science and Medicine, vol. 256 (julio de 2020). 116 Carmen Shalev, Hedva Eyal y Etti Samama, “Transnational surrogacy and the earthquake in Nepal: a case study from Israel”, en Babies for Sale: Transnational Surrogacy, Human Rights and the Politics of Reproduction, Miranda Davies, ed. (Londres, Zed Books, 2017).

128 Véase https://www.reuters.com/world/georgia-thailand-probing-human-egg-trafficking-ring2025-02-07/. 129 Véase la comunicación núm. AL GRC 2/2024, disponible en https://spcommreports.ohchr.org/ TMResultsBase/DownLoadPublicCommunicationFile?gId=29143. 130 Comunicación presentada por personal de la Declaración de Casablanca. 131 Véase https://www.theguardian.com/world/2024/oct/22/surrogacy-ring-argentina. 132 Madeline Roache, “Ukraine’s ‘Baby Factories’: the human cost of surrogacy”, Al Jazeera, 13 de septiembre de 2018. 133 Comunicación presentada por La Strada International. 134 Comunicación presentada por Amnistía Internacional et al. 135 Comunicación presentada por Voices of Israeli Sex Trade Survivors. 136 Allen, “Surrogacy and limitations”. 137 Comunicación presentada por ADF International. 138 Comunicación presentada por Heritage Foundation. 139 Véase https://www.eurojust.europa.eu/sites/default/files/assets/files/surrogacy-leaflet-27-08- 2024-v6.pdf. 140 Comunicación presentada por el Centro de Criminología, Justicia Penal y Victimología.

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