57. Se han logrado importantes avances en las jurisdicciones nacionales que
reconocen que la falta de hogar viola una serie de derechos humanos. La Grundgesetz
(Ley Fundamental) de Alemania se ha interpretado de manera que la vivienda
adecuada y humana sea un componente de un nivel mínimo de vida que esté en
consonancia con la dignidad humana .
58. El Tribunal Supremo de la India ha afirmado que el derecho a la vida “incluye el
derecho a vivir con dignidad humana y todo lo que conlleva, a saber, las necesidades
básicas de la vida, como una nutrición, ropa y vivienda adecuadas” . El Tribunal
Superior de Nueva Delhi inició una causa de oficio para determinar si la demolición
de un refugio temporal para personas sin hogar durante los preparativos para los
Juegos del Commonwealth de 2010 había violado el derecho a la vida. La desaparición
del refugio tuvo como consecuencia el fallecimiento de un antiguo residente. El
Tribunal ordenó al gobierno de Nueva Delhi que volviera a construir el refugio y
dejara de desalojar a personas sin hogar durante el invierno.
59. Las demandas presentadas por personas sin hogar ante los tribunales internos han
dado lugar a avances significativos en muchas jurisdicciones. En la Argentina, las
personas sin hogar tienen derecho a asistencia, pero se reclama caso por caso ante los
tribunales. Por ejemplo, en Q. C. S. Y. c. el Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó al gobierno de Buenos
Aires que proporcionara un alojamiento adecuado a una madre sin hogar y su hijo con
discapacidad, y señaló que debería haber una garantía mínima de acceso a la vivienda
para quienes se enfrenten a situaciones de extrema vulnerabilidad.
60. La Corte Constitucional de Colombia ordenó al municipio de Dosquebradas y el
departamento de Risaralda que prepararan un programa experimental destinado a las
personas sin hogar de conformidad con las prescripciones constitucionales y las
experiencias pertinentes de otros municipios. La Corte también hizo un llamamiento a
todas las autoridades competentes para que prepararan de inmediato una política
pública nacional destinada a las personas sin hogar de conformidad con las
prescripciones de la ley nacional sobre los derechos de las personas sin hogar.
61. El Tribunal Constitucional de Sudáfrica ordenó al Gobierno que preparara y
ejecutara un programa integral y coordinado para hacer realidad el derecho a una
vivienda adecuada que diera prioridad a quienes estuvieran más urgentemente
necesitados . En el contexto de los desalojos forzosos, el Tribunal ha aplicado una
serie de protecciones para las personas en riesgo de falta de hogar, en particular
imponiendo a todos los niveles de gobierno el deber de colaborar significativamente
con las comunidades afectadas por el reasentamiento y reconociendo la obligación de los propietarios privados de asegurarse de que ninguna persona desalojada quede en
una situación de falta de hogar .
62. En muchos países, los movimientos sociales están incorporando estrategias
jurídicas en las estrategias políticas más amplias para luchar contra la falta de hogar y
afirmar el derecho a una vivienda adecuada. Abahlali baseMjondolo, el movimiento
sudafricano de habitantes de chozas, y otras organizaciones de ese país han
desarrollado enfoques de la movilización social vinculados a estrategias jurídicas para
reclamar los derechos, sin perder de vista el carácter fundamentalmente político de la
lucha por una vivienda adecuada .
63. En la Argentina, la organización no gubernamental Centro de Estudios Legales y
Sociales ha integrado causas instrumentales para promover el derecho a una vivienda
adecuada para las personas sin hogar con iniciativas políticas, con el fin de cambiar la
manera en que se distribuye la tierra, la propiedad y la vivienda y lograr un acceso
más amplio a la justicia. La recientemente aprobada Ley de Acceso Justo al Hábitat de
la provincia de Buenos Aires afirma una serie de principios rectores, incluido el
derecho a la ciudad, la función social de la propiedad, la participación democrática
significativa y el reparto equitativo de los beneficios de la urbanización.
64. La Relatora Especial celebra la proliferación de iniciativas locales para crear
marcos, programas, políticas y leyes más sólidos de derechos humanos, ya sea en
forma de nuevos derechos constitucionales, cartas sobre el derecho a la ciudad/la
ciudad de derechos humanos, ordenanzas locales o mandatos ampliados para las
instituciones de derechos humanos y los defensores del pueblo. Sin embargo, queda
mucho por hacer. La aplicación de un marco de derechos humanos para la gobernanza
a todos los niveles es el componente más importante de cualquier estrategia para la
erradicación de la falta de hogar.
https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G15/294/55/PDF/G1529455.pdf?OpenElement
Dibujo de Violeta Doval Hernández
Dibujo de Violeta Doval Hernández
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