11. Contributividad.
Es necesario preservar y reforzar el principio de contributividad sin menoscabo de la solidaridad del sistema.
En esta recomendación unen dos principios del sistema de pensiones: el principio de contributividad (la relación directa y equilibrada entre las cotizaciones realizadas y la prestación que se reconoce a la persona trabajadora) y el principio de solidaridad, (a través del “complemento a mínimos) para que todas las personas puedan llegar a una pensión mínima.
• Establecer medidas desde el principio de solidaridad para garantizar que todas las personas tenganacceso, desde el sistema contributivo a una pensión mínima.
Desde el punto de vista feminista este principio de solidaridad vendría a compensar la situación de mayor precariedad de las mujeres en el mercado de trabajo, y un reconocimiento y compensación por las interrupciones producidas por la desigualdad en los cuidados familiares.
Este complemento a mínimo (El 30% del total de las prestaciones que perciben las mujeres requieren del complemento a mínimos; 17% en el caso de las pensiones que perciben los hombres) favorece mayoritariamente a mujeres ya que son quienes tienen:
- vidas laborales interrumpidas: A lo largo de 2019, el 86,96%.de las excedencias por cuidado familiar.52.889 corresponden a mujer fueron solicitadas por mujeres
- más contratos parciales: 74% del total de los contratos a tiempo parcial
La medida que plantea el informe de escoger el especifico tramo de la carrera de cotización sobre el que va a aplicarse la fórmula de cálculo para la determinación de su pensión, señalamos que puede beneficiar a las mujeres que a lo largo de su vida laboral hayan optado a la reducción de jornadas para el cuidado de familiares.
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