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martes, 30 de junio de 2015

Ecuador: Empoderamiento económico de la mujer. Observaciones de la CEDAW 11 /16


34.     El Comité acoge con beneplácito la información relativa a la utilización de bonos de desarrollo humano (BDH) para luchar contra la pobreza en el Estado parte. Le preocupa, sin embargo, que la proporción de mujeres que obtiene microcréditos sea más baja que la de hombres (26% en comparación con un 74%), y que lo mismo ocurra con los préstamos concedidos por el Fondo de Desarrollo (18% de los préstamos en comparación con un 82%).

35.     El Comité recomienda al Estado parte que adopte medidas temporales especiales para aumentar el número de beneficiarias del microcrédito y de préstamos concedidos con cargo al Fondo de Desarrollo.

1:http://mujerdelmediterraneo.blogspot.com/2015/06/ecuador-legislacion-sobre-la.html
2:http://mujerdelmediterraneo.blogspot.com/2015/06/ecuador-acceso-la-justicia-y-mecanismos.html
3:http://mujerdelmediterraneo.blogspot.com/2015/06/ecuador-mecanismo-encargado-del.html
4:http://mujerdelmediterraneo.blogspot.com/2015/06/ecuador-estereotipos-y-practicas.html
5:http://mujerdelmediterraneo.blogspot.com/2015/06/ecuador-violencia-contra-la-mujer.html
6:http://mujerdelmediterraneo.blogspot.com/2015/06/ecuador-trata-de-personas-y-explotacion.html
7:http://mujerdelmediterraneo.blogspot.com/2015/06/ecuador-participacion-en-la-vida.html
9: http://mujerdelmediterraneo.heroinas.net/2015/06/ecuador-empleoobservaciones-de-la-cedaw.html
10 :http://mujerdelmediterraneo.heroinas.net/2015/06/ecuador-salud-observaciones-de-la-cedaw.html
11:http://mujerdelmediterraneo.heroinas.net/2015/06/ecuador-empoderamiento-economico-de-la.html
12:http://mujerdelmediterraneo.heroinas.net/2015/07/ecuador-las-mujeres-de-las-zonas.html
13:http://mujerdelmediterraneo.heroinas.net/2015/07/ecuador-las-mujeres-indigenas.html
14:http://mujerdelmediterraneo.heroinas.net/2015/07/ecuador-las-mujeres-migrantes-y.html
15:http://mujerdelmediterraneo.heroinas.net/2015/07/ecuador-igualdad-en-el-matrimonio-y-en.html
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lunes, 29 de junio de 2015

Bolivia: Derechos sexuales y reproductivos


Mónica Novillo, representante de la Coordinadora de la Mujer, hablo  sobre la ley que avala el aborto en caso de violación,  cito el caso que  ocurrió recientemente  de la niña de 11 años violada en Santa Cruz por un mototaxista. Añadió que el 90% de las violaciones en Bolivia se producen dentro del ámbito familiar, por lo que llamó a la unión de todos los actores sociales para generar las “condiciones para prevenir, para evitar y para aportar un debate transparente, justo y equitativo sobre el tema”. 


El presidente del Colegio Médico de Bolivia, afirmó que en el país se practican al menos 250 abortos diarios y que en el 9,5% de los casos, las mujeres fallecen .


La Paz, 24 de junio de 2015 .
http://eju.tv/2015/06/edgar-villegas-presidente-del-colegio-mdico-en-bolivia-se-practican-250-abortos-al-da/#sthash.bllLbHIM.dpuf
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domingo, 28 de junio de 2015

Ecuador: Salud. Observaciones de la CEDAW 10/16



32.     El Comité toma nota de los numerosos esfuerzos realizados por el Estado parte para mejorar la situación sanitaria de su población y observa con preocupación:
           a)       El limitado acceso de la mujer al aborto terapéutico, por lo cual tiene que recurrir a abortos practicados en condiciones peligrosas, así como los casos en que personal de salud denuncia a la policía o al poder judicial a las mujeres que necesitan atención médica después de un aborto o quieren que se practique un aborto, con lo cual incumple su deber de confidencialidad;
           b)       La negativa expresada durante los debates parlamentarios sobre el Código Integral Penal a despenalizar el aborto incluso en casos de violación, sin tener en cuenta los casos de incesto o de malformaciones graves del feto;
           c)       La elevada tasa de embarazos y de mortalidad materna en la adolescencia;

           d)       El limitado acceso de la mujer a anticonceptivos modernos y servicios de planificación de la familia, el prejuicio contra esos métodos que impera en el sistema de salud y entre quienes prestan servicios de salud y que hay personal de salud que recurre a la objeción de conciencia para impedir que la mujer tenga acceso a métodos anticonceptivos modernos; y e)       Los obstáculos con que tropiezan las mujeres indígenas, afroecuatorianas y montubias para que los servicios de salud atiendan sus necesidades y respeten sus ideas sobre la salud, incluida la práctica de las mujeres indígenas del “parto vertical”.
33.     El Comité recomienda que el Estado parte:
           a)       Ponga en práctica como cuestión prioritaria la Guía Práctica Clínica para el aborto terapéutico, imparta formación a todo el personal de salud a que concierna, de manera que las condiciones para el aborto terapéutico se interpreten de manera uniforme en todo el país, y evalúe periódicamente los resultados de la aplicación de la Guía;
           b)       Respete la obligación de confidencialidad en el sistema de atención de salud y apruebe protocolos y establezca cursos de derechos humanos para quienes prestan servicios de salud respecto de su obligación de respetar la privacidad y confidencialidad de las mujeres que acuden a servicios de salud reproductiva y sexual;
           c)       Despenalice el aborto en casos de violación, incesto y malformaciones graves del feto, de conformidad con la recomendación general núm. 24 (1999) del Comité, sobre la mujer y la salud;
           d)       Se asegure de que todas las mujeres y niñas tengan acceso a métodos anticonceptivos modernos y proporcione a los jóvenes de ambos sexos información apropiada a su edad y educación sobre salud y derechos sexuales y reproductivos a fin de reducir los embarazos en la adolescencia;
           e)       Se asegure de que el proyecto de Código Orgánico de Salud esté basado en un concepto amplio de la salud, que incluya los factores físicos, mentales y sociales determinantes de la salud y se refiera en particular a la salud sexual y reproductiva; y
           f)        Adopte el proyecto de ley de práctica intercultural para el parto acompañado en el sistema nacional de salud, a fin de hacer reconocer esa práctica.

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viernes, 26 de junio de 2015

Ecuador: Empleo.Observaciones de la CEDAW 9/16



30.     El Comité observa con preocupación que las mujeres están concentradas en el sector informal, especialmente las que pertenecen a grupos desaventajados y marginados, así como que no hay información acerca de la participación de la mujer en puestos de adopción de decisiones en el sector privado. El Comité, al tiempo que toma nota de las medidas adoptadas por el Estado parte para dar reconocimiento al trabajo doméstico y dar a las trabajadoras domésticas acceso a la seguridad social, observa con preocupación la falta de información acerca de la situación real de esas trabajadoras. Observa también con preocupación que no se fiscalizan suficientemente las condiciones de trabajo de la mujer en los sectores público y privado, con inclusión de las actividades en los sectores de la minería y el petróleo, y que no existe un mecanismo para fiscalizar y prevenir el hostigamiento sexual en el lugar de trabajo. Le preocupa además la falta de medidas para promover la igual participación del hombre en las obligaciones familiares.

31.     El Comité recomienda que el Estado parte:
                a)            Promueva el acceso de la mujer al empleo formal, mediante medidas especiales temporales entre otras cosas, como puestos reservados para mujeres en las empresas e insta a que se ofrezcan puestos de trabajo exclusivamente a candidatas mujeres;
b) Apruebe, en consulta con el sector privado, un plan nacional de acción para que los sistemas de seguridad social abarquen a un mayor número de mujeres que trabajen en el sector informal;
c) Ponga en práctica un mecanismo para reunir información acerca de la representación de la mujer en el sector privado y formule estrategias a fin de promover que la mujer ocupe cargos directivos dándole formación en competencia administrativa y adopte medidas encaminadas a conciliar las obligaciones en el trabajo y en la familia;
d) Adopte medidas eficaces para eliminar la segregación en el empleo, tanto horizontal como vertical, mediante el establecimiento de un mayor número de programas especializados de formación en el empleo para distintos grupos de mujeres, que tengan en cuenta a las jóvenes en particular y a distintos sectores de la economía;
e) Fiscalice las condiciones de trabajo de las empleadas domésticas, incluso mediante inspecciones periódicas de los lugares en que trabajan para promover su plena participación en los planes de seguridad social;
f) Establezca un sistema para fiscalizar y prevenir el hostigamiento sexual de la mujer en el lugar de trabajo y aliente a las víctimas de hostigamiento sexual a denunciarlo; y
g) Ponga en vigor una legislación que establezca y aplique el concepto de paternidad compartida, así como programas que apunten a reforzar las obligaciones comunes de la madre y el padre.




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miércoles, 24 de junio de 2015

Ecuador: Educación.Observaciones de la CEDAW 8/16



26.     Constituyen motivos de alarma para el Comité las informaciones acerca de la violencia sexual y el hostigamiento de niñas en las escuelas, que contribuyen a una elevada tasa de embarazos y de deserción escolar de adolescentes en el Estado parte. Observa también con preocupación que, a pesar del acuerdo ministerial para someter a juicio los casos de violencia sexual y del Plan Nacional para Erradicar la Violencia Sexual en el Sistema Educacional, el número de procesos y de condenas de los autores sigue siendo bajo. Teniendo en cuenta que las niñas que asisten a la escuela están en una situación especial de dependencia, el Comité observa con profunda preocupación que las fuerzas del orden y el público en general reaccionan ante esa violencia en forma pasiva, lo que da lugar a la impunidad de hecho de los agresores y aumenta más el peligro de que niñas y mujeres sean víctimas de la violencia sexual.


27. El Comité insta al Estado parte a que:

a) Prepare y ponga en práctica sin demora una campaña nacional para eliminar la violencia sexual contra las niñas en el sistema educacional y se cerciore de que las niñas y las mujeres tengan recursos efectivos para denunciar actos de violencia sexual, así como de que tengan información sobre sus derechos sexuales y reproductivos;
b) Establezca en las escuelas grupos multidisciplinarios de trabajo para prevenir casos de violencia sexual y hostigamiento sexual y hacerles frente, vigile muy de cerca la situación, y reciba las denuncias sobre actos de violencia sexual o de otras formas de violencia contra las alumnas en particular y actúe cuando sean formuladas;
c) Se asegure de que las víctimas de hostigamiento y violencia sexual en el sistema educacional tengan acceso a reconocimientos médicos y asistencia sicológica y social, la posibilidad de cambiar de escuela dentro del sistema educacional y acceso a servicios de asesoramiento psicológico, incluso para los padres;
d) Imparta formación obligatoria e instrucciones a los jueces, los fiscales, la policía y el personal docente sobre la investigación, el procesamiento y la condena prontos y efectivos de los autores de actos de violencia sexual en las escuelas; y
e) Agilice los procedimientos judiciales que ya se hayan interpuesto contra imputados por actos de violencia sexual en las escuelas, agilice las investigaciones de oficio con arreglo al acuerdo concertado entre el Ministerio de Educación y la Fiscalía General de la Nación y adopte medidas de reparación, que incluyan una indemnización económica para las víctimas y sus familias.

28.     El Comité toma nota de que ha aumentado en el Estado parte la matrícula de niñas, especialmente en el ciclo primario de la enseñanza. Sin embargo, observa con preocupación:
           a)       El acceso limitado a la educación de las mujeres indígenas y afroecuatorianas y la baja calidad de la enseñanza en todos los ciclos en las zonas rurales, que limita las posibilidades de las mujeres de esas zonas de pasar a la enseñanza superior; y
           b)       Las reducidas posibilidades de las mujeres y niñas indígenas de asistir a sus propias instituciones educacionales, así como al sistema educacional ordinario en razón de las distancias a que se encuentran las escuelas (Escuelas del milenio) de las comunidades indígenas, y los discursos públicos en los que se resta importancia y trascendencia a la educación para las comunidades indígenas

   29. El Comité insta al Estado parte a que:
a) Aumente la calidad de la enseñanza en las zonas rurales, proporcione transporte escolar gratuito a las mujeres y las niñas de zonas rurales y remotas y promueva el acceso de la mujer rural a la educación facilitando su matrícula en escuelas secundarias e instituciones terciarias; y
b) Se asegure de que las mujeres y niñas indígenas tengan posibilidades suficientes de recibir instrucción en sus propios idiomas en instituciones educacionales indígenas y, a esos efectos, asigne en el presupuesto fondos suficientes y se asegure de que las que hayan asistido a una institución educacional indígena puedan asistir a instituciones no indígenas en todos los ciclos de la enseñanza.




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lunes, 22 de junio de 2015

Ecuador: Participación en la vida pública y política. Observaciones de la CEDAW 7/16



24. El Comité encomia al Estado parte por haber adoptado un sistema de paridad entre los géneros y alternabilidad de candidatos y candidatas en las listas electorales para elecciones pluripersonales. Sin embargo, observa con preocupación que la representación de la mujer en las elecciones unipersonales y en los órganos políticos locales sigue siendo limitada, especialmente en el caso de las mujeres indígenas y afroecuatorianas.
25.     El Comité recomienda que el Estado parte:
           a)       Adopte medidas para aumentar la participación de la mujer en elecciones unipersonales y en órganos políticos, especialmente a nivel local; y
           b)       Aplique medidas especiales y temporales para aumentar la participación de las mujeres indígenas y afroecuatorianas en la vida pública, entre otras cosas fijando cuotas obligatorias e impartiendo formación específica sobre la participación en la vida pública.




1:http://mujerdelmediterraneo.blogspot.com/2015/06/ecuador-legislacion-sobre-la.html
2:http://mujerdelmediterraneo.blogspot.com/2015/06/ecuador-acceso-la-justicia-y-mecanismos.html
3:http://mujerdelmediterraneo.blogspot.com/2015/06/ecuador-mecanismo-encargado-del.html
4:http://mujerdelmediterraneo.blogspot.com/2015/06/ecuador-estereotipos-y-practicas.html
5:http://mujerdelmediterraneo.blogspot.com/2015/06/ecuador-violencia-contra-la-mujer.html
6:http://mujerdelmediterraneo.blogspot.com/2015/06/ecuador-trata-de-personas-y-explotacion.html
7:http://mujerdelmediterraneo.blogspot.com/2015/06/ecuador-participacion-en-la-vida.html
9: http://mujerdelmediterraneo.heroinas.net/2015/06/ecuador-empleoobservaciones-de-la-cedaw.html
10 :http://mujerdelmediterraneo.heroinas.net/2015/06/ecuador-salud-observaciones-de-la-cedaw.html
11:http://mujerdelmediterraneo.heroinas.net/2015/06/ecuador-empoderamiento-economico-de-la.html
12:http://mujerdelmediterraneo.heroinas.net/2015/07/ecuador-las-mujeres-de-las-zonas.html
13:http://mujerdelmediterraneo.heroinas.net/2015/07/ecuador-las-mujeres-indigenas.html
14:http://mujerdelmediterraneo.heroinas.net/2015/07/ecuador-las-mujeres-migrantes-y.html
15:http://mujerdelmediterraneo.heroinas.net/2015/07/ecuador-igualdad-en-el-matrimonio-y-en.html
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sábado, 20 de junio de 2015

Ecuador: Trata de personas y explotación de la prostitución .Observaciones de la CEDAW 6/16



22. El Comité toma nota de que el Código Orgánico Integral Penal sanciona la trata de personas y la explotación sexual. Sin embargo, observa con preocupación que:
a) El Estado parte es país de origen, tránsito y destino de la trata de personas, en particular mujeres y niñas, con fines de explotación sexual y trabajo forzado y que la trata y la explotación sexual de mujeres adolescentes tiene lugar, en particular, en zonas fronterizas, especialmente en las provincias de Sucumbios, Calchi y Esmeralda;
           b)       Falta un sistema para reunir datos desglosados por sexo y edad sobre las víctimas de la trata en el marco del Plan Nacional de lucha contra la trata y la explotación sexual y de otra índole;
           c)       El número de centros de acogida financiados por el Estado para mujeres y niñas víctimas de la trata es insuficiente y no hay servicios especializados para la reintegración de las víctimas a través, entre otras cosas, de la formación para el empleo, la enseñanza, el asesoramiento y la rehabilitación;
           d)       El prolongado período de tiempo que se prevé en el Código Integral Penal para el procesamiento y la condena de autores de actos de trata con arreglo a las nuevas disposiciones de este; y
           e)       La falta de información desglosada sobre las mujeres que se dedican a la prostitución y programas de ayuda para las mujeres que desean abandonarla.
23.     El Comité recomienda que el Estado parte:
           a)       Redoble sus esfuerzos por aplicar el Plan Nacional de Lucha contra la Trata de Personas y la Agenda Nacional de Igualdad para la Movilidad Humana y lleve a cabo una fiscalización sistemática y evaluaciones periódicas de esa aplicación, con inclusión de la reunión y el análisis de datos sobre la trata dentro del país y a través de sus fronteras y sobre la explotación de la mujer en la prostitución;
           b)       Adopte un mecanismo de remisión e identificación para las víctimas de la trata y mejore la asignación de fondos para centros de acogida, la prestación de servicios de asesoramiento y rehabilitación y la asistencia psicosocial a las víctimas;
           c)       Establezca programas que apunten a abrir posibilidades de integración en la sociedad de las víctimas de la trata y considere la posibilidad de concederles permisos de residencia temporal para prevenir que sean de nuevo víctimas;
           d)       Aumente la capacidad de las autoridades judiciales y la policía para realizar investigaciones sobre la trata teniendo en cuenta las cuestiones de género y sancionar a sus autores de conformidad con el Código Integral Penal y estreche la cooperación bilateral con los Estados de origen de las víctimas de la trata a fin de identificar y sancionar a los autores; y
           e)       Adopte medidas para proteger de la explotación a las mujeres que se dedican a la prostitución a través de redes y sistemas de información para facilitar las denuncias ante la policía y establezca programas para promover la reintegración de las mujeres y las niñas que quieran abandonar la prostitución ofreciendo, entre otras cosas, medios alternativos de ganarse la vida.

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viernes, 19 de junio de 2015

Comunicado del Foro "Mujeres en Ciencia, Tecnología y Sociedad"


Las integrantes del Foro Interdisciplinario "Mujeres en Ciencia, Tecnología y Sociedad" queremos manifestar nuestro rechazo hacia los dichos del Dr. Tim Hunt, premio Nobel de Medicina 2001, y miembro de la Real Sociedad de Londres para el Avance de la Ciencia Natural, acerca de las  mujeres en los ámbitos de investigación científica: “…tres cosas pasan cuando hay mujeres en el laboratorio… Te enamoras de ellas, ellas se enamoran de ti y cuando las criticas, lloran.”
El prestigio del Dr Hunt en la comunidad científica es universalmente reconocido y agrava el impacto de su postura. Su pensamiento, reflejado en sus declaraciones, pone de relieve, una vez más, las fuertes relaciones antagónicas entre ciencia y género.
En la historia de la ciencia, la presencia de las mujeres ha permanecido sistemáticamente oculta. Solo a partir del resurgimiento del movimiento feminista en los años sesenta (entre otros surgidos en aquella década a nivel global) se evidencia esa ocultación  anterior. Estos movimientos han contribuido tanto a cuestionar la supuesta neutralidad y objetividad de la ciencia como a poner sobre la mesa las discriminaciones de las mujeres en la vida profesional científica, situación que queda dramáticamente expuesta en las declaraciones del Dr. Hunt.
Los dichos de este investigador nos hacen reflexionar sobre todas aquellas situaciones donde la discriminacion no es verbalizada pero es claramente ejercida: preferencia en la contratación de varones, condicionamiento de las maternidades de las investigadoras, condicionamientos para las becarias/investigadoras que hacen trabajos de campo.
Este disparador muestra duramente las cuentas pendientes sobre las situaciones de discriminación en la ciencia, todavía sin resolver. Esperamos que las lamentables declaraciones del dr. Hunt sirvan para despertar conciencias y volver a plantear interrogantes sobre el lugar de las mujeres en las ciencias y la rechazable presencia de estereotipos de género en el ámbito académico.
Comunicado impulsado por la Dra. Juana Gervasoni
Agradecemos a la Red Informativa de mujers argentinas por su información .

http://bariloche2000.com/noticias/leer/2-foro-de-mujeres-en-ciencia-tecnologia-y-sociedad/67160
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jueves, 18 de junio de 2015

Ecuador: Violencia contra la mujer. Observaciones de la CEDAW 5/16



20.     El Comité expresa su profunda preocupación por:
           a)       La gran incidencia de diversas formas de violencia contra la mujer, en particular violencia sexual, incluidas la violación y el hostigamiento sexual, que afecta a una alta proporción de mujeres y niñas;
           b)       La falta de una estrategia para prevenir y eliminar todas las formas de violencia contra la mujer y la decisión de suspender la aplicación del Plan Nacional para la Erradicación de la Violencia de Género en el contexto del proceso de reforma institucional;
           c)       La falta, en el marco de los procedimientos actuales en casos de violencia contra la mujer, de mecanismos sumarios, eficientes y rápidos para la adopción de órdenes de alejamiento contra quienes cometen actos de violencia contra mujeres;
           d)       El limitado acceso de las mujeres víctimas de la violencia a recursos y mecanismos de reparación tales como centros de acogida, asesoramiento psicosocial y rehabilitación, en razón de la falta de fondos con cargo al presupuesto público;
                e)            La falta de información acerca de las medidas adoptadas por el Estado parte para aplicar el artículo 77 del Código Orgánico Integral Penal, relativo a la reparación, la rehabilitación de las mujeres víctimas de la violencia, la indemnización y las garantías de no repetición; y
           f)        La información acerca de actos de violencia contra mujeres lesbianas bisexuales y transgénero, que incluyen denuncias de malos tratos a manos de la policía, y la falta de estadísticas oficiales acerca de las denuncias y de las causas interpuestas ante el sistema de justicia penal.
21.     El Comité, recordando su recomendación general núm. 19, sobre la violencia contra la mujer (1992), insta al Estado parte a:
           a)       Perseverar en sus esfuerzos por mejorar el sistema de reunión sistemática de datos estadísticos sobre la violencia contra la mujer, desglosados por edad, tipo de violencia y relación entre el autor y la víctima;
           b)       Agilizar la aprobación de un completo plan de acción nacional para la eliminación de la violencia contra la mujer, que comprenda la prevención de todas las formas de violencia contra la mujer, tales como la física, la sicológica y la económica, establezca un presupuesto y un marco cronológico adecuados y prevea la realización de programas de educación y toma de conciencia;
           c)       Promulgar legislación que disponga la inmediata protección de la mujer víctima de violencia cuando presente la primera denuncia de ella, incluso mediante órdenes de alejamiento contra el autor
           d)       Asegurarse de que haya suficientes centros de acogida financiados por el Estado a disposición de las víctimas de la violencia doméstica y sus hijos y de que las mujeres que vivan en zonas rurales o remotas y las mujeres con discapacidad tengan plenamente a su alcance servicios de apoyo tales como el asesoramiento y la rehabilitación;
           e)       Definir el alcance de las medidas de reparación para las mujeres víctimas de distintas formas de violencia, con inclusión de los criterios para la aplicación judicial de medidas de restitución, indemnización, beneficios simbólicos, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición; y
           f)        Establecer un sistema para fiscalizar sistemáticamente los casos de violencia contra mujeres lesbianas, bisexuales y transgénero y cerciorarse de que los autores sean procesados y sancionados, así como impartir formación para jueces, fiscales, agentes de policía y otros agentes del orden sobre la igualdad de la mujer en todos los campos, como se dispone en la recomendación general núm. 28 (2010) y sobre las obligaciones básicas que impone a los Estados partes el artículo 2 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.


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martes, 16 de junio de 2015

Ecuador: Estereotipos y prácticas nocivas. Observaciones de la CEDAW 4/16


18.          Al Comité le preocupa la persistencia de estereotipos sociales y culturales muy arraigados en el Estado parte que sustentan formas de discriminación contra la mujer, la violencia y la desigualdad en los ámbitos de la participación política, la educación, la vida económica y la salud y ponen en peligro el empoderamiento de la mujer en la familia y en la sociedad. Además, el Comité observa que las campañas para combatir los estereotipos discriminatorios se han centrado exclusivamente en la violencia contra la mujer y la falta de medidas orientadas a aplicar el principio de igualdad entre hombres y mujeres en varias esferas de la vida pública y privada. Preocupa también al Comité que, a pesar de los esfuerzos realizados por el Estado parte, se mantenga la práctica de la “deshomosexualización” en dispensarios establecidos inicialmente para el tratamiento de la drogadicción.

19.     El Comité exhorta al Estado parte a:
           a)       Elaborar una estrategia amplia orientada a las mujeres, hombres, niñas y niños con el fin de eliminar las actitudes estereotipadas patriarcales y basadas en el género acerca de las funciones y responsabilidades de las mujeres y los hombres en la familia y en la sociedad, con especial atención a los grupos desfavorecidos y marginados de mujeres, reforzar las campañas de concienciación en el plano comunitario e incluir la educación sobre los derechos de la mujer en los programas de estudio escolares;

           b)       Reforzar el papel del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación en la capacitación de personas que trabajan en los medios de comunicación sobre la igualdad de género y realizar campañas para combatir los estereotipos de género, que permitan la participación de la sociedad civil, en particular de las organizaciones de mujeres;

           c)       Velar por que la aplicación del artículo 176 del Código Orgánico Integral Penal sobre la discriminación basada en la identidad de género y la legislación que prohíbe prácticas de deshomoxesualización, adoptar medidas específicas y establecer un mecanismo para supervisar periódicamente las instituciones de tratamiento de la drogadicción y aplicar sanciones adecuadas.


http://tbinternet.ohchr.org/_layouts/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CEDAW%2fC%2fECU%2fCO%2f8-9&Lang=en
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lunes, 15 de junio de 2015

El empoderamiento de las mujeres del Mediterráneo


Persisten, en algunos países de la región, graves problemas de violencia y discriminación



El lugar de la mujer en la sociedad es un indicador del nivel de desarrollo y modernidad. Es un hecho demostrado: la plena participación de las mujeres en todos los sectores y a todos los niveles de la actividad económica resulta fundamental para construir economías fuertes y construir sociedades más justas, inclusivas y estables. Por ello, la Unión por el Mediterráneo (UpM) considera de vital importancia la promoción de la participación de la mujer en la vida económica de la región Euro-Mediterránea, donde a pesar de los progresos realizados, su presencia sigue siendo escasa.

Este problema es común a toda la región aunque se cada país lo viva de forma diferente. Existen tres obstáculos específicos que entorpecen la participación igualitaria de la mujer: su baja presencia en el entorno laboral de los países Euro-Mediterráneos, con sólo un porcentaje del 25% en el Norte de África y Oriente Medio, y del 50% en los países del Norte del Mediterráneo; bajas remuneraciones —con salarios entre 10 y 40% inferiores— y un bajo nivel de acceso a puestos de responsabilidad y toma de decisiones: sólo 1,2% de los directivos son mujeres en el Norte de África y Oriente Medio, comparado con un 18,6% de la media mundial. Estas desigualdades revierten en una pérdida del PIB de un 25% para el sur de la región, según los estudios de la OCDE y del Banco Mundial. Se desprende, por tanto, que invertir en igualar los derechos de hombres y mujeres y estimular el empleo y emprendimiento femenino, ayuda a potenciar el crecimiento económico. Es una cuestión de derechos humanos y justicia social, pero también de smart economy (economía inteligente).

Siguen existiendo en los países de la región graves problemas de violencia y discriminación y claras desigualdades jurídicas. Implicar a las mujeres ayudará a responder en mejores condiciones a los retos de la región: contribuirá a paliar la crisis económica y el paro juvenil; a luchar contra la migración ilegal y el tráfico de seres humanos, así como a combatir los fenómenos de radicalización que conducen a actos terroristas. Estos factores son determinantes para la estabilidad y seguridad de la región.


Los 43 países miembros de la Unión por el Mediterráneo convirtieron el empoderamiento de la mujer en una prioridad política y así quedó establecido en las Conferencias Ministeriales de Estambul en 2006, Marrakech en 2009 y París en 2013, donde convinieron trabajar bajo un marco de actuación común. El Secretariado de la Unión por el Mediterráneo es el encargado de poner en práctica estas decisiones. Estamos en la política de acción.

En este sentido, la Conferencia Promoviendo de la participación de la mujer en la vida económica, que organiza la UpM y que se ha celebrado del 19 al 21 de mayo en Barcelona, ha servido como plataforma de diálogo entre actores con intereses comunes. El objetivo de este encuentro anual es llegar a soluciones viables que permitan superar los principales obstáculos que impiden una plena participación femenina en la vida económica. Con la presencia de más de 250 representantes venidos de 35 países, del mundo político, financiero, y social; sin olvidar los actores sobre el terreno, se ha conseguido reforzar las sinergias entre los principales actores de la región, e identificar estrategias, iniciativas y proyectos regionales para facilitar el desarrollo inclusivo y la igualdad de la mujer en la cuenca Mediterránea.

En las jornadas celebradas en la sede de la UpM se han presentado proyectos con dimensión regional e impacto directo en las poblaciones donde se desarrollan, dando especial protagonismo a aquellas iniciativas relacionadas con el acceso de la mujer al entorno laboral y al emprendimiento. Hasta mayo de 2015, la UfM ha dado su apoyo a 10 proyectos que benefician a más de 50.000 mujeres de la región Euro-Mediterránea, con la implicación de más de 1.000 accionistas y que cuentan con un presupuesto de más de 127 millones de euros.


Existe todavía un largo camino a recorrer y nuevos nichos de mercado donde el potencial de la mujer es inmenso, como han demostrado los debates de la Conferencia. Es el caso de sectores como la economía social y solidaria, los negocios sostenibles y ecológicos o el área de las nuevas tecnologías. Los expertos afirman que la economía social, que representa el 10% del PIB en la orilla norte del Mediterráneo, podría generar hasta un 4% del total del empleo en los países del sur del Mediterráneo. Trabajar en organizaciones relacionadas con este sector puede ser particularmente importante para las mujeres que se enfrentan a la discriminación en el mercado laboral y sufren un conflicto trabajo-familia.

De igual manera, la economía verde ofrece grandes oportunidades a la mujer, donde pueden convertirse en las fuerzas motrices del crecimiento económico inclusivo y sostenible. Asimismo, el sector de las TIC es un área donde las mujeres están poco representadas. Teniendo en cuenta que, según el Foro Económico Mundial, las empresas dedicadas a las nuevas tecnologías podrían generar 150 millones de nuevos puestos de trabajo en el continente africano en 2020, las TIC son un sector de vital importancia para el fomento de la participación de la mujer en la vida económica.

Políticas públicas adecuadas, apoyo, formación, financiación son algunos de los elementos necesarios para que las mujeres en la región Euro-Mediterránea venzan las brechas de género que coartan no sólo el desarrollo de la mujeres, sino también el propio crecimiento económico y la competitividad de los países del Mediterráneo. Y para ofrecerles las herramientas que necesitan ellas para su empoderamiento en la sociedad, las instituciones públicas y privadas, internacionales y regionales debemos trabajar unidas y en permanente diálogo, construyendo y avanzando sin pausa en la agenda política de la igualdad de género como viene haciendo la UpM. Es un problema común y urgente que requiere de una respuesta regional.

DELPHINE BORIONE (UFM) 10 JUN 2015
Delphine Borione es vicesecretaria general de la Unión para el Mediterráneo para Asuntos Sociales y Civiles

http://elpais.com/elpais/2015/06/08/planeta_futuro/1433781095_542112.html
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domingo, 14 de junio de 2015

Ecuador: Mecanismo encargado del adelanto de la mujer. Observaciones de la CEDAW 3/16



14.     El Comité toma nota de los esfuerzos del Estado parte para conseguir la incorporación del género en los diversos aspectos de las políticas y programas nacionales, así como la aprobación de la Ley Orgánica de los Consejos Nacionales para la Igualdad de 2014, que establece el Consejo Nacional para la Igualdad de Género, y dotar a los consejos locales para la protección de los derechos con el mandato de proteger a grupos determinados de la población, incluidas las mujeres. No obstante, el Comité observa con preocupación:
           a)       Que el Consejo Nacional para la Igualdad de Género carece de un mandato claro para liderar y coordinar el diseño y ejecución de políticas de igualdad de género en las entidades respectivas de alcance nacional y local y que el porcentaje del presupuesto oficial asignado a la aplicación de políticas de igualdad de género está disminuyendo;
           b)       Que no se ha otorgado a ninguna institución del poder ejecutivo el mandato específico de supervisar la incorporación de la perspectiva de género;
           c)       Que los consejos locales para la protección de los derechos carecen de un mandato y de orientaciones específicas para promover la igualdad entre las mujeres y los hombres y proteger los derechos de la mujer;
           d)       Que la cooperación entre el Consejo Nacional para la Igualdad de Género y las organizaciones de la sociedad civil que se ocupan de las cuestiones relacionadas con los derechos de la mujer en el Estado parte es insuficiente y debe aumentar.

15.     El Comité recomienda al Estado parte que:
                a)            Refuerce la autoridad y el rango del representante del Consejo Nacional para la Igualdad de Género, incremente la capacidad del Consejo de influir en el diseño y aplicación de las políticas públicas sobre igualdad de género, intensifique su función de coordinación en todos los niveles del Gobierno, en particular en el plano ministerial, y le dote de los recursos humanos, financieros y técnicos necesarios para que desempeñe sus deberes;
           b)       Examine la posibilidad de transferir a un departamento del Gabinete la responsabilidad específica de la aplicación de la estrategia para la incorporación de la perspectiva de género en el plano nacional;
           c)       Vele por que el Consejo Nacional para la Igualdad de Género establezca mecanismos de rendición de cuentas a fin de supervisar y evaluar la aplicación de las políticas para promover y proteger los derechos de la mujer y que las autoridades nacionales y locales incorporen de manera coherente la igualdad de género en sus agendas;
           d)       Garantice la participación sistemática de las organizaciones de mujeres en los procesos del Consejo Nacional para la Igualdad de Género y otros procesos de toma de decisiones referentes a la protección de los derechos de la mujer en los distintos sectores de alcance nacional y local.

                            Medidas especiales de carácter temporal

16.     El Comité acoge favorablemente las disposiciones constitucionales y legislativas adoptadas por el Estado parte para acelerar la igualdad entre hombres y mujeres en los ámbitos de la participación política y económica. En cambio, le preocupa la limitada aplicación de esas disposiciones en el plano local. Observa con preocupación la ausencia de información sobre la adopción de medidas especiales de carácter temporal destinadas a reducir la discriminación contra las mujeres indígenas, afroecuatorianas y montubias, las mujeres migrantes y las mujeres con discapacidad.
17.     El Comité recomienda al Estado parte que:
           a)       Vele por que las autoridades públicas apliquen con eficacia medidas especiales de carácter temporal de alcance local y supervisen y evalúen los efectos y resultados en las áreas en las que las mujeres están infrarrepresentadas;
           b)       Distingan en sus políticas y programas entre las políticas sociales y económicas generales que también benefician a las mujeres y las medidas especiales de carácter temporal previstas en el artículo 4 1) de la Convención, que son necesarias para acelerar el logro de la igualdad sustantiva de mujeres y hombres, como aclara el Comité en su recomendación general núm. 25 sobre esta materia, y apliquen esas medidas con objetivos y calendarios concretos para acelerar el logro de la igualdad de género sustantiva de grupos desfavorecidos de mujeres, como las mujeres indígenas, afroecuatorianas y montubias, las mujeres migrantes y las mujeres con discapacidad en ámbitos como la participación política, la educación, el empleo y la salud.

1:http://mujerdelmediterraneo.blogspot.com/2015/06/ecuador-legislacion-sobre-la.html
2:http://mujerdelmediterraneo.blogspot.com/2015/06/ecuador-acceso-la-justicia-y-mecanismos.html
3:http://mujerdelmediterraneo.blogspot.com/2015/06/ecuador-mecanismo-encargado-del.html
4:http://mujerdelmediterraneo.blogspot.com/2015/06/ecuador-estereotipos-y-practicas.html
5:http://mujerdelmediterraneo.blogspot.com/2015/06/ecuador-violencia-contra-la-mujer.html
6:http://mujerdelmediterraneo.blogspot.com/2015/06/ecuador-trata-de-personas-y-explotacion.html
7:http://mujerdelmediterraneo.blogspot.com/2015/06/ecuador-participacion-en-la-vida.html



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