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miércoles, 8 de junio de 2011

¿Por qué la promulgación del Nuevo Código de Familia de Malí se ha retrasado?


20/04/2011


El Estatuto personal y el Código de la Familia de Malí fueron adoptados en 2009 por la Asamblea Nacional, pero la promulgación por el Presidente de Malí se ha retrasado hasta ahora debido a la movilización de las organizaciones religiosas musulmanas en contra.


AWID entrevista Djingarey Ibrahim Maiga, Presidenta de Femmes et Droits Humains y a Yaba Tamboura, miembro del Comité Directivo del Colectivo de Mujeres de Malí (COFEM) sobre la situación de la Condición Jurídica y Nuevo Código Personal y de Familia de Malí (en lo sucesivo, Código de la Familia).



Por Massan d'Almeida

AWID: ¿Puede recordarnos algunos de los antecedentes de la revisión del antiguo Código de la Familia?
Djingarey Ibrahim Maiga (DIM): Una gran mayoría de las Organizaciones de la sociedad civil (OSC) , las organizaciones religiosas musulmanas y las estructuras del Estado participaron en el proceso de redacción del nuevo Código de la Familia. Las organizaciones de mujeres, organizaciones de derechos humanos, y líderes religiosos en las ciudades y aldeas de Malí estuvieron involucrados en el proceso de revisión a través de sesiones de discusión y debate. También hubo capacitación y talleres de sensibilización sobre las disposiciones del antiguo Código, resaltando los puntos más controvertidos planteados durante los debates, que se refieren principalmente a la discriminación contra la mujer. Estos puntos fueron revisados y se formuló una propuesta para abolir el antiguo Código y reemplazarlo por uno nuevo. En el nuevo Código se tendrán en cuenta las disposiciones de los convenios internacionales y regionales que Malí ha ratificado,el Convenio y la Constitución de Malí, que garantiza la igualdad para todos, sin discriminación alguna.


AWID: ¿Cuál es la situación actual con respecto al nuevo Código de Familia de Malí y por qué se ha retrasado su promulgación?
DIM: El nuevo Código de Familia fue aprobado el 3 de agosto de 2009 por la Asamblea Nacional (AN). Este Código es una verdadera renovación de la ley de la familia y el estado civil, ya que llena algunos vacíos legales. Tiene en cuenta las proclamas constitucionales, así como los convenios internacionales ratificados por Malí en relación con los principios de igualdad para todos. Además, se restablece la igualdad entre niños y niñas, y los hijos nacidos dentro o fuera del matrimonio, que ahora todos ellos tienen derecho a heredar de sus padres, sin discriminación. El Código fue enviado de vuelta para una segunda lectura, porque algunas de sus disposiciones fueron objeto de desacuerdo, en particular, de las organizaciones religiosas musulmanas.
Yaba Tamboura (YT): El nuevo Código se encuentra actualmente en una segunda lectura a la Asamblea Nacional (AN), donde se realiza el proceso de revisión por el subcomité de Derecho. Después de que el subcomité realiza su trabajo, el documento será presentado al Gobierno para su dictamen, a continuación, las organizaciones de la sociedad civil (OSC), incluidas las organizaciones de derechos de la mujer, será consultado. Aunque la sociedad civil no se siente en el subcomité de la AN, que se puede escuchar si se requiere antes de que el expediente es transmitido al Gobierno. Las OSC y la Comisión Nacional de Derechos Humanos están presionando para que las disposiciones relativas a los derechos de las mujeres se mantengan en el nuevo Código de la Familia y que sean apoyadas por el Ministerio de Justicia. También hay un grupo de presión liderado por Grupo pivote Droit et Citoyenneté des Femmes (GP / DCF), que consta de ocho asociaciones que promueven y protegen los derechos de la mujer. Se acercaron a la subcomisión, que les informó sobre los avances del expediente, que es lento debido a la divergencia de puntos de vista sobre determinadas cuestiones. Tenemos confianza en el subcomité de Ley, cuya influencia pone a las organizaciones religiosas musulmanas en una situación incómoda, ya que tienen mayor dificultad en el avance de sus argumentos y hablan de desertores entre sus filas.

AWID: ¿Cuáles son los puntos de desacuerdo entre los activistas de los derechos de las mujeres y las organizaciones religiosas musulmanas?
DIM: Hay una serie de artículos que son temas de controversia. El artículo 5 se refiere a la integridad de la persona humana. Según las organizaciones religiosas musulmanas, este artículo podría ser utilizado para oponerse a La Mutilación Genital Femenina (MGF). Pero mientras que el Tipo II (escisión) es la forma más extendida de la MGF en Malí, de acuerdo con el Islam no es ni una obligación ni un requisito, sino más bien un acto opcional.
El artículo 56 se refiere a la elección del domicilio. Según el nuevo Código, esta opción podría basarse en las profesiones de cualquiera de los cónyuges. Esto constituye un avance real de los derechos de las mujeres, porque el artículo 34 del antiguo Código estipulaba que el marido era el jefe de la familia. Como resultado, los gastos del hogar pesaban principalmente sobre él, la elección de la residencia de la familia era suya, la mujer se veia obligada a vivir con él y el se veía obligado a darle vivienda. Debido a esta disposición, por lo tanto muchas mujeres perdieron sus oportunidades de empleo y fuentes de ingresos con el fin de seguir a sus maridos.
El artículo 281 se refiere a la laicidad del matrimonio, que ha sido la principal causa de la discordia dentro de las organizaciones religiosas musulmanas. De hecho, el 35% de las mujeres son desposeídos y expulsados del hogar conyugal, ya que no tienen un certificado de matrimonio civil. El matrimonio islámico no tiene un contrato que sirva como una prueba concreta del vínculo matrimonial, lo que significa que en el caso de divorcio o la muerte de sus maridos, las mujeres enfrentan dificultades para hacer valer sus derechos ante la ley.
El artículo 282 establece la edad mínima para contraer matrimonio a los 18 años para las mujeres y los hombres.
El artículo 311 se refiere a la obligación de la obediencia de la esposa, que ha sido sustituido en el código por el respeto mutuo. Los artículos 556 a 573 se refieren a la autoridad del padre que ha sido sustituido por la patria potestad.
Los artículos polémicos por lo tanto se refieren a cuestiones que los activistas de derechos de las mujeres están trabajando en el fin de mejorar la vida cotidiana de las mujeres y promover sus derechos humanos fundamentales. Este nuevo Código de Familia es un verdadero esfuerzo por armonizar las legislaciones nacionales de Malí y alinearlas con las leyes internacionales sobre derechos de la mujer y los derechos del niño, tales como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDEW), ratificado por Malí en 1985, el Protocolo a la Carta Africana sobre los Derechos de la Mujer, ratificada por Malí en 2005, y la Convención sobre los Derechos del Niño.


AWID: ¿Las organizaciones religiosas musulmanas participar en la redacción del nuevo Código? Si es así, ¿por qué reaccionan tan violentamente y en contra de su promulgación? Y lo que desencadenó su reacción?
YT: Sí, el Alto Consejo Islámico tenía dos representantes en el Comité de Redacción, quien trabajó en la redacción del nuevo Código de Familia. El problema es que las organizaciones religiosas musulmanas no se ponen de acuerdo entre sí. Yo participé en el segundo examen de la revisión del Código, que ha causado retrasos porque decían una cosa un día, y lo contrario al siguiente, diciendo que sus seguidores no estaban de acuerdo. Creo que, sobre todo, temen perder el poder patriarcal que el antiguo Código de la Familia les dio.
DIM: Las organizaciones religiosas musulmanas perciben el nuevo Código de Familia como muestra de clara buena voluntad por parte del Gobierno para servir a visiones ajenas a nuestra sociedad. Ellos no están de acuerdo con los principios de la laicidad en los términos del matrimonio, la edad del matrimonio, las disposiciones en torno a la herencia, y que están luchando por el reconocimiento legal de los matrimonios religiosos, proporcionando los mismos derechos y obligaciones de los cónyuges en uniones polígamas, manteniendo la obligación de de la obediencia de la esposa a su marido, sino también la contribución de los dos cónyuges a las responsabilidades del hogar.
Por lo tanto, han mostrado su firme oposición a la promulgación del Código de Familia a través de una gran movilización y una marcha. En respuesta a su movilización, el Presidente de la República volvió a presentar el código para una segunda lectura con el fin de revisar los puntos de desacuerdo y proponer cambios.


AWID: De acuerdo con el Consejo Islámico, el Nuevo Código de Familia no es conveniente para los valores sociales de los malienses. ¿Qué tienen que decir sobre esto?
YT: Yo diría que esto no es cierto, porque en el Código de la Familia, no existe ninguna disposición que va en contra de nuestras leyes y los convenios y tratados firmados y ratificados por Malí. Ellos quieren mezclar las cosas y sembrar la confusión en las mentes de las personas que son analfabetas, principalmente por mezclar costumbres, tradiciones y religión. Hay algunos puntos de vista que defienden que no existe en el Corán.



AWID: ¿Qué significa el el Nuevo Código de Familia y que representa para las mujeres y para sus derechos en Malí?
DIM: El nuevo Código de la Familia representa una valiosa herramienta para la promoción de los derechos de la mujer y la lucha contra la discriminación y la violencia contra la mujer, y por lo tanto la promoción de la igualdad de género en Malí.

AWID: ¿Cuáles son las posibilidades de que el Nuevo Codigo de Familia pronto sea promulgado?
DIM: Hay posibilidades de que este Código de la Familia se promulge pero puede ser con algunas discrepancias en los textos vinculados a la revisión. Pero las organizaciones que promueven y defienden los derechos humanos de las mujeres están haciendo todo lo posible para mantener la esencia de los artículos.
YT: No creo que la promulgación del nuevo Código se estanque indefinidamente. Soy optimista en que entrará en vigor antes del final del mandato del Presidente Amadou Toumani Touré.


[I] Las mujeres representan el 51% de la población de Malí, de acuerdo a los resultados del censo general de población y la liquidación de 2009. Más del 70% de ellas viven en las zonas rurales, el 83% nunca fueron a la escuela, el 14% sólo tiene un nivel de escuela secundaria y sólo el 0,1% fue a la universidad (Fuente: IPS)
http://www.wluml.org/node/7103

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