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jueves, 30 de noviembre de 2017

Medidas para hacer frente a la informalidad creciente del trabajo y a la movilidad de las trabajadoras 6/9


nn)  Fomentar la transición al empleo formal para las mujeres que trabajan en empleos remunerados del sector no estructurado, a domicilio y en microempresas y pequeñas y medianas empresas, así como las que trabajan en el sector agrícola, por cuenta propia y a tiempo parcial, facilitando una protección social y salarios que permitan gozar de un nivel de vida adecuado, y tomar medidas para hacer frente a las condiciones de trabajo insalubres y peligrosas que puedan caracterizar el trabajo en el sector no estructurado de la economía promoviendo la seguridad y la salud de los trabajadores del sector no estructurado; 
oo)  Aprobar políticas y leyes nacionales en materia de migración que tengan en cuenta el género, en consonancia con las obligaciones pertinentes en virtud del derecho internacional, a fin de promover el empoderamiento económico de las trabajadoras migrantes en todos los sectores y proteger sus derechos humanos, independientemente de su estatus migratorio; reconocer las aptitudes y la educación de las trabajadoras migrantes y, según proceda, facilitar su empleo productivo, trabajo decente e integración en la fuerza de trabajo, en particular en las esferas de la educación y la ciencia y la tecnología; 
pp)  Reconocer la importante contribución y el liderazgo de las mujeres en las comunidades de migrantes y adoptar las medidas apropiadas para garantizar su participación plena, igualitaria y significativa en la formulación de soluciones y oportunidades a nivel local, y reconocer también la importancia de la protección de los derechos laborales y de un entorno de seguro para los trabajadores migrantes y las personas con empleos precarios, la protección de las trabajadoras migrantes en todos los sectores y la promoción de la movilidad de la mano de obra, incluida la migración circular, en consonancia con  la Declaración de Nueva York para los Refugiados y  los Migrantes; 
qq)  Formular, reforzar y ejecutar estrategias amplias contra la trata que incorporen una perspectiva de derechos humanos y desarrollo sostenible, y aplicar, según proceda, marcos jurídicos, de una manera que tenga en cuenta la edad y el género, para combatir y eliminar todas las formas de trata de personas, aumentar la concienciación pública sobre el problema de la trata de personas, en particular de las mujeres y las niñas, adoptar medidas para reducir la vulnerabilidad de las mujeres y niñas a las formas contemporáneas de esclavitud y la explotación sexual, y aumentar la cooperación internacional, entre otras cosas, para hacer frente a la demanda que fomenta todas las formas de explotación, incluida  la explotación sexual y el trabajo forzoso, con miras  a eliminarla; 

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