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domingo, 22 de septiembre de 2013

DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES ( DESC)




"Cada año, más de medio millón de mujeres – una por minuto – mueren innecesariamente debido a complicaciones derivadas del embarazo y el parto. La mayoría de estas muertes podrían haberse evitado ofreciendo en el momento necesario atención médica de alta calidad, accesible y asequible." 

El Comité DESC recomienda que los Estados incorporen la perspectiva de género en sus políticas, planificación, programas e investigaciones en materia de salud. La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) establece que los Estados adoptarán medidas para eliminar la discriminación contra la mujer a fin de asegurar, en condiciones de igualdad, el acceso a servicios de atención médica.
La protección de los derechos sexuales y reproductivos se hace aun más necesaria todavía en los contextos de conflicto armado. 

La desnutrición sigue siendo frecuente en muchos lugares del mundo. Hoy en día hay 925 millones de personas desnutridas en el mundo, de ellos hay 115 millones de niños menores de 5 años. Esto significa que al menos uno de cada seis personas no tiene alimentos suficientes para estar saludable y llevar una vida activa. El hambre y la desnutrición son consideradas a nivel mundial el principal riesgo a la salud, más que el SIDA, la malaria y la tuberculosis juntas. (http://es.wfp.org/hambre/el-hambre

Cuando hablamos de dignidad y de autoestima sabemos que es casi imposible en situaciones vitales de falta de derechos.  Mujeres que solo encuentran salida para resolver sus vidas y las de sus hijos e hijas entrando en  la prostitución  no tienen cubiertos estos derechos.


La exigencia de los derechos económicos, sociales y culturales es la exigencia y la lucha de la población por el derecho a vivir con dignidad. Todas las personas, con independencia de cuál sea su lugar de residencia, religión o cultura tienen derecho a vivir con dignidad.
La vulneración de los derechos económicos, sociales y culturales (en forma por ejemplo de falta de hogar, desalojos, hambre o enfermedades prevenibles) es el resultado de leyes, políticas y actuaciones que socavan los derechos humanos de las personas.

En 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH), estableciendo la visión y los principios que reconocen la interdependencia e indivisibilidad de todos los derechos humanos: una visión que garantiza la libertad civil y política además del bienestar económico y social de las personas. La Declaración Universal proclama “ el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias ”; y declara la igual importancia que tienen los derechos económicos, sociales y culturales y los derechos civiles y políticos. En particular, la DUDH reconoce el derecho a la seguridad social, el derecho al trabajo, el derecho a un estándar de vida adecuado, el derecho a la educación y el derecho a participar en una vida cultural. Aún antes de la adopción de la DUDH, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) había reconocido los derechos laborales internacionales, que ahora pertenecen a la categoría de los DESC.
Estos derechos protegen las condiciones básicas de las que toda persona debe gozar para poder llevar un nivel de vida digno, con independencia de cuál sea su lugar de residencia, religión o cultura. En la práctica, significa que todas las personas tienen derecho a la educación, a una vivienda adecuada, a la alimentación, al agua y al saneamiento, al disfrute del más alto nivel posible de salud y a otros derechos como la libertad de expresión, el derecho a participar en asuntos que afecten al bienestar, la integridad física, etc.
Los principales derechos económicos, sociales y culturales son:
El derecho a una vivienda adecuada: incluye aspectos como la seguridad de la tenencia, la protección frente al desalojo forzado, y el acceso a una vivienda asequible, habitable y culturalmente adecuada.
•El derecho a la salud: supone el derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, incluidas unas condiciones de vida saludables y unos servicios de salud disponibles, accesibles y de buena calidad.
El derecho al agua y al saneamiento: implica el derecho a contar con agua suficiente y a disponer de instalaciones higiénicas seguras y accesibles física y económicamente.
El derecho al trabajo y los derechos laborales: incluye el derecho a elegir libremente el trabajo y a gozar de unas condiciones laborales justas y de protección frente al trabajo forzado así como el derecho a formar sindicatos y unirse a ellos.
El derecho a la educación: supone el derecho a una educación primaria gratuita y obligatoria y a una educación progresivamente disponible, accesible, aceptable y adaptable.
El derecho a la alimentación:incluye el derecho a no pasar hambre y el acceso permanente a comida nutritiva suficiente o a los medios para obtenerla.
Los derechos culturales, entre ellos el derecho de las minorías y los pueblos indígenas a la preservación y protección de su identidad cultural

http://amnistia.me/m/blogpost?id=2262821%3ABlogPost%3A96968

Fuente : Amnistia Internacional. 
Amnistía Internacional es una organización no gubernamental (ONG) internacional. En la actualidad son más de 3 millones de socias, socios, activistas y voluntarias/os, y estan presentes en más de 150 países, trabajando sin descanso por la justicia y por la dignidad de las personas. Su labor se centra en combatir los abusos contra los derechos humanos de víctimas con nombre y apellido a través de la investigación, la denuncia pública y el activismo. Únete a Amnistía Internacional


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