Los derechos humanos han ocupado un lugar central en los debates contemporáneos. Se discuten los alcances de tales prerrogativas fundamentales, ante quiénes y mediante qué mecanismos pueden exigirse, quiénes los detentan, quiénes pueden transgredirlos e incluso su carácter intrínseco. En la actualidad se acepta, de una manera amplia y generalizada, que los derechos humanos son inherentes a la persona y, más aún, que derivan precisamente de su condición humana. El enunciado, como suele formularse, oscila entre lo perogrullesco y lo tautológico. Conviene recordar que no es un concepto nuevo y que en los dos siglos ya rebasados que lleva de vida, lo que se ha discutido es justamente qué personas tienen legítimamente esa condición humana.
La noción de igualdad es un principio básico de los derechos humanos. Al afirmar que existe una serie de prerrogativas inherentes a la persona, se aplica precisamente un rasero de igualdad. Más allá de las diferencias innegables entre los seres humanos –por rasgos físicos, capacidad intelectual, clase social, nivel educativo, color de piel, etc.- la cualidad común de disfrutar derechos básicos los iguala como personas. Tal es el enunciado básico de la formulación moderna de los derechos humanos que, incluso en ese nivel formal, teórico, abstracto, no resiste un análisis cuidadoso.
La idea de igualdad ofrece diversas dificultades: sus límites no siempre son precisos, su definición es polémica y su inclusión en instrumentos operativos resulta problemática. Por una parte, es claro que existen múltiples formas de desigualdad social –por raza, etnia, discapacidad, condición socioeconómica, estatus migratorio, edad, etc.- que se evidencian al constatar que el principio de universalidad sigue haciendo eco en las minorías. Además, en cada uno de estos grupos curiosamente llamados vulnerables, se reproducen las jerarquías de género; así, las mujeres discapacitadas, migrantes o indígenas resienten una doble discriminación y se encuentran subordinadas a los hombres de su comunidad.
El concepto de derechos humanos –que deriva de la construcción de un sujeto moral autónomo, paradigma de lo humano- se construye sobre múltiples exclusiones; esto significa que los principios nutrientes de igualdad, interdependencia, indivisibilidad y universalidad no son tan firmes como postula la teoría. El cuadro se complejiza cuando se incorpora el género como herramienta para el análisis; la noción de igualdad tiene alcances muy distintos para hombres y para mujeres que derivan de la propia definición del concepto. El problema no es únicamente que el término igualdad esté acotado a determinados sujetos o a ciertos derechos, y que por lo tanto podría resolverse ampliando las visiones originales, en una suerte de círculos concéntricos. Una mirada más atenta sugiere que la construcción teórica de la igualdad se vincula con la conformación de espacios sociales (lo público y lo privado) y su asignación generizada a sujetos determinados. Y si se profundiza un poco más en el análisis, es posible advertir que es precisamente la organización del espacio privado, con la consecuente construcción de la figura de la mujer doméstica, lo que permite a los varones incursionar en el espacio público como ciudadanos, es decir, en condiciones de igualdad.
El objetivo de este artículo es analizar, desde un enfoque de género, los alcances y limitaciones del concepto de igualdad como principio fundamental de los derechos humanos. En un primer apartado, se revisa el concepto original de igualdad, producto del proyecto jurídico – filosófico de la ilustración; se destaca el alcance de la ruptura con la mentalidad tradicional y el sustento que proporciona el pensamiento moderno para construir relaciones sociales equitativas. En un segundo momento, se describe la división dicotómica de los espacios (público – privado) y las consecuencias para la definición de identidades: hombres públicos iguales y mujeres domésticas idénticas. Un tercer apartado se dedica a las críticas feministas al principio de igualdad. Finalmente, se formulan algunas conclusiones a partir de la redefinición del sujeto, los contenidos y los alcances de los derechos humanos.
Marta Torres Falcón. Doctora en ciencias sociales con especialidad en mujeres y relaciones de género. Universidad Autónoma Metropolitana.http://zapateando2.wordpress.com/2009/02/06/el-concepto-de-igualdad-y-los-derechos-humanos-un-enfoque-de-genero/
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