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domingo, 23 de agosto de 2015

Las prácticas vinculadas con el matrimonio y su disolución 9/32


113. En muchas tradiciones religiosas la institución del matrimonio valoriza la posición del varón, mientras que convierte a la mujer en un simple valor de uso y de intercambio. Eso puede observarse en muchas prácticas vinculadas con el matrimonio.


 a) El matrimonio precoz y las prácticas vinculadas con el matrimonio tradicional
114. El matrimonio de niños es resultado de la persistencia de costumbres y de prácticas tradicionales que no siempre tienen un fundamento directamente religioso -entre otras cosas, la preferencia por los hijos varones o la desigualdad de acceso a la instrucción y a la formaciónpero que son desfavorables a las mujeres y a las muchachas. En varias culturas el matrimonio precoz se considera garantía de un largo ciclo de fecundidad de la mujer, cuya sola utilidad se concibe así como madre y esposa. Además, varias prácticas tradicionales están vinculadas entre sí. Como dice con razón la Relatora Especial sobre las prácticas tradicionales que afectan a la salud de las mujeres y las niñas, «el valor económico de una muchacha cuya virginidad estaba garantizada bien por la mutilación genital bien por el matrimonio precoz, se tenía por una de las causas de estas prácticas, ya que la virgen se consideraba como un valor financiero en cuanto a la dote» (E/CN.4/Sub.2/1995/6, párrafo 37). Esto afecto a varios países de tradiciones religiosas diferentes: por ejemplo a muchos países asiáticos, de América Central y de América Latina. El factor común entre esos países es quizá el bajísimo nivel de alfabetización de hombres y mujeres, la extrema pobreza y la persistencia de la desconsideración de la mujer en la sociedad.
El matrimonio precoz, cuya consecuencia es una maternidad precoz, tiene efectos perjudiciales en la salud de la mujer, su instrucción y su esperanza de vida3 

b) El consentimiento para el matrimonio
115. En muchos países, por disposiciones jurídicas o por prácticas discriminatorias, se deniegan los derechos elementales de la mujer; así ocurre con el libre consentimiento para el matrimonio.
En algunos casos la mujer adulta sólo puede casarse con la autorización de un tutor. El matrimonio no es asunto de pareja, sino una técnica de alianza entre familias o de protección de los intereses de los grandes propietarios o incluso de honor de familia. En ciertas culturas las mujeres son consideradas como el receptáculo del honor familiar y si ejercen la libertad de elegir a su marido, se exponen a castigos corporales a veces sumamente violentos por haber mancillado el honor de la familia. En cierta medida, el matrimonio forzoso puede considerarse como una de las formas más extremas del oscurantismo y de la barbarie contra las mujeres en nombre de una interpretación que no tiene nada que ver con la religión. Resulta incluso difícil no considerarlo como una forma de violación. En algunos casos extremos reviste incluso la forma de violaciones colectivas. Así ocurre en el Afganistán donde los talibanes, cuando conquistan un nuevo territorio, raptan a las muchachas y las mujeres del pueblo u obligan a las familias a dar a sus hijas en matrimonio nikah a un talibán.

116. Igualmente, en algunas sociedades hay formas tradicionales de matrimonio que vulneran la condición de la mujer. Tal es el caso del matrimonio mut’a, que constituye cierta forma de prostitución pero que debe distinguirse del matrimonio consuetudinario musulmán clásico. Ese matrimonio se practica en ciertos países de tradición chií, pero las escuelas suníes no lo reconocen; incluso ciertos países lo prohíben y lo asimilan a la prostitución. Una forma parecida se llama mysiar o matrimonio de paso, practicado en ciertos países del Oriente Medio y que es una forma de unión para oficializar relaciones entre un hombre y una mujer, pero que no implica en absoluto compromiso o vida común. Esa práctica, muchas veces secreta, atiende a varias necesidades, a veces para eludir leyes muy severas contra las viudas que no quieren perder la custodia de sus hijos al volver a casarse oficialmente, a veces para contraer matrimonios polígamos de hecho en un entorno social desfavorable a la poligamia, o también para satisfacer intereses financieros a fin de evitar el pago de una dote cuyo importe es muy elevado. Sin embargo, muchas veces el matrimonio mysiar es una práctica que tiene por objeto legalizar  relaciones sexuales en un entorno social riguroso. Con todo, se trata de una situación de indefensión jurídica que puede ser perjudicial a la mujer particularmente en caso de litigio, tanto más cuanto que muchas veces la relación es secreta
.
117. Una prohibición vinculada con el matrimonio es la que se refiere al impedimento basado en la disparidad de cultos. De hecho, en ciertos países musulmanes, por ejemplo, la prohibición sólo se aplica a la musulmana. El matrimonio de una musulmana con un no musulmán está prohibido en el islam, sea cual fuere la religión del esposo; en muchos países ese matrimonio está prohibido por la ley o no es tolerado por la sociedad; incluso algunos lo asimilan a una forma de apostasía. En ciertos países, y sobre todo en Egipto, algunas minorías religiosas (fundamentalmente los bahais) son consideradas apóstatas y, por consiguiente, el matrimonio de una musulmana con un bahai se tiene por contrario al orden público y es nulo según la ley musulmana . De igual modo, en Egipto el catedrático de universidad Nasr Hamed Abu Zid fue declarado apóstata por la suprema instancia judicial en razón de sus escritos sobre las interpretaciones del Corán, juzgados antiislámicos por demandantes islamistas, y ya no podía seguir ligado por los vínculos del matrimonio con su mujer musulmana. Aparte de las graves violaciones de los derechos humanos, así como de los abusos destinados a difamar o aterrorizar a los ciudadanos cometidos por los extremistas religiosos, este asunto constituye una vulneración de la condición de la mujer y de sus derechos frente al matrimonio y al divorcio.


c) La dote
118. Los diversos comités y organismos de derechos humanos han denunciado la dote, común a varias tradiciones culturales y religiosas diferentes, como práctica perjudicial para la condición de la mujer. En muchas culturas la dota -llamada también lobola en ciertos países africanos- se paga para compensar la condición inferior de la mujer. A veces se invoca incluso para justificar la negativa a conceder a la mujer el derecho a pedir el divorcio, lo que hace que se encuentre entonces en un verdadero engranaje que le quita toda libertad de disponer de su vida. En ocasiones, la dote puede tener consecuencias violentas muy graves (homicidio, inmolación por el fuego, ataque con ácido, etc.) por parte de la familia del marido si no es pagada. El importe de la dote a menudo está relacionado con la edad de la novia; lo cual tiende a favorecer los matrimonios precoces. En sí misma la dote es una práctica que menoscaba la dignidad de la mujer.


d) La no inscripción del matrimonio y otras prácticas tradicionales vinculadas con la celebración del matrimonio y con la vida familiar
119. En muchos países no existe ningún sistema general y obligatorio de registro de matrimonios y nacimientos que garantice una protección a las mujeres y a las niñas (E/CN.4/Sub.2/2000/17, párrafo 67). En ciertos casos la falta de inscripción no es resultado de una falta de voluntad política, sino de dificultades a veces inextricables inherentes a la composición multiétnica y multirreligiosa de la sociedad. Por ejemplo, en su declaración formulada en la ratificación de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer con respecto al párrafo 2 del artículo 16, la India manifestó su apoyo al principio de la inscripción obligatoria del matrimonio, pero dijo «que ese principio no es de aplicación práctica en un gran país como la India, donde existe una gran diversidad de costumbres, de religiones y de niveles de alfabetización». En otros países el sistema de registro obligatorio sólo se aplica en los centros urbanos, y las estadísticas sobre la edad de la mujer al contraer matrimonio en el mundo rural, en los ambientes desfavorecidos o en los países en que está difundida la poligamia ocultan muchos matrimonio que no son ni censados ni declarados.
Sin embargo, la inscripción obligatoria de los matrimonios y de los nacimientos puede proteger a las niñas y a las mujeres contra muchas prácticas tradicionales o religiosas, en particular la explotación sexual, los matrimonios precoces, el trabajo ilegal de los niños o lasdiscriminaciones en materia de sucesión

LOS DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS, EN PARTICULAR LAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA INTOLERANCIA RELIGIOSA Informe presentado por el Sr. Abdelfattah Amor, Relator Especial sobre la libertad de religión o de creencias, de conformidad con la resolución 2001/42 de la Comisión de Derechos Humanos 
http://www.wunrn.com/un_study/spanish.pdf

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