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martes, 6 de agosto de 2019

Disposiciones financieras establecidas en la Declaración de Beijing



Disposiciones financieras
345. Los recursos financieros y humanos han sido generalmente insuficientes para el adelanto de la mujer, y ello ha contribuido a la lentitud del progreso alcanzado hasta la fecha en la aplicación de las Estrategias de Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto de la mujer. Para aplicar plena y eficazmente la Plataforma de Acción, incluidos los compromisos pertinentes contraídos en cumbres y conferencias anteriores de las Naciones Unidas, se requerirá la voluntad política de aportar los recursos humanos y financieros que se necesitan para la promoción de la mujer. Para esto será a su vez necesario que en las decisiones presupuestarias sobre políticas y programas se integre una perspectiva de género, al mismo tiempo que una financiación adecuada de los programas encaminados a lograr la igualdad entre la mujer y el hombre. Para aplicar la Plataforma de Acción, será preciso movilizar fondos de todas las fuentes y de todos los sectores. Tal vez resulte necesario reformular las políticas y reasignar recursos dentro de los programas y entre ellos, aunque es probable que haya modificaciones de política que no tengan necesariamente consecuencias financieras. También podrá ser necesario movilizar recursos adicionales, tanto públicos como privados, incluso recursos provenientes de fuentes innovadoras de financiación.


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