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miércoles, 24 de julio de 2019

F. La mujer y la economía



150. El grado de acceso de la mujer y el hombre a las estructuras económicas de sus sociedades y sus respectivas oportunidades de ejercer poder en ellas son considerablemente diferentes. En la mayor parte del mundo es escasa o nula la presencia de mujeres en los niveles de adopción de decisiones económicas, incluida la formulación de políticas financieras, monetarias, comerciales y de otra índole, así como los sistemas fiscales y los regímenes salariales. Dado que a menudo esas políticas determinan la forma en que las mujeres y los hombres deciden, entre otras cosas, cómo dividirán su tiempo entre el trabajo remunerado y el no remunerado en el marco de esas políticas, la evolución real de esas estructuras y políticas económicas incide directamente en el acceso de la mujer y el hombre a los recursos económicos, en su poder económico y, por ende, en su situación recíproca en el plano individual y familiar, así como en la sociedad en su conjunto.

151. En muchas regiones, la participación de la mujer en el trabajo remunerado en el último decenio ha aumentado notablemente y se ha transformado tanto en el mercado laboral estructurado como en el no estructurado. Aunque siguen trabajando en los sectores agrícola y pesquero, las mujeres han comenzado a participar cada vez más en las microempresas y empresas de pequeña y mediana escala y, en algunas regiones, han adquirido más preponderancia en el sector no estructurado, cada vez de mayor envergadura. Debido, entre otras cosas, a una situación económica difícil y a lafalta de poder de negociación proveniente de la desigualdad basada en el género, muchas mujeres se han visto obligadas a aceptar salarios bajos y condiciones de trabajo deficientes, por lo que frecuentemente se las ha preferido a los hombres. En cambio, un número cada vez mayor de mujeres se ha incorporado en la fuerza de trabajo por su propia elección, al cobrar una mayor conciencia de sus derechos y al hacerlos valer. Tras incorporarse a la fuerza de trabajo, algunas han logrado promociones y mejores salarios y condiciones de trabajo. No obstante, las mujeres se han visto particularmente afectadas por la situación económica y por el proceso de reestructuración, que han impuesto cambios en la naturaleza del empleo y, en algunos casos, provocado la eliminación de puestos de trabajo, incluso para las profesionales y las trabajadoras especializadas. Además, muchas mujeres han ingresado en el sector no estructurado a falta de otras oportunidades. La participación de la mujer y las consideraciones de género todavía están ausentes en gran medida, pero deberían integrarse, en el proceso de elaboración de políticas de las instituciones multilaterales que definen las condiciones y, en cooperación con los gobiernos, establecen las metas de los programas de ajuste estructural y de los préstamos y las subvenciones.

152. La discriminación en los sistemas de educación y capacitación, así como en las prácticas de contratación, remuneración, ascenso y movilidad horizontal, las condiciones de trabajo inflexibles, la falta de acceso a los recursos productivos, la distribución inadecuada de las tareas familiares, junto con la falta o insuficiencia de servicios tales como los de guardería siguen restringiendo el empleo así como las oportunidades económicas, profesionales y de otra índole y la movilidad de las mujeres, aumentan los problemas relacionados con su participación en las actividades económicas. Además, hay obstáculos psicológicos que dificultan la participación de la mujer en la formulación de políticas económicas y en algunas regiones, restringen el acceso de las mujeres y las niñas a la educación y la capacitación para la gestión económica.

153. La participación de la mujer en la fuerza laboral sigue aumentando; en casi todas partes ha aumentado el trabajo de la mujer fuera del hogar, aunque no se ha aligerado en consecuencia su carga de trabajo no remunerado en el hogar y en la comunidad. Los ingresos que aporta la mujer son cada vez más necesarios en hogares de todo tipo. En algunas regiones han aumentado las actividades empresariales y otras actividades autónomas de la mujer, en particular en el sector no estructurado. En muchos países son mujeres la mayoría de los trabajadores empleados en condiciones especiales, a saber, las personas que trabajan en forma temporal, eventual, las que tienen varios empleos a jornada parcial, los trabajadores por contrata y los que trabajan en su propio domicilio.

154. Las trabajadoras migratorias, entre ellas las trabajadoras domésticas, contribuyen con sus remesas a la economía del país de donde provienen y también contribuyen a la economía del país donde trabajan mediante su participación en la fuerza de trabajo. Sin embargo, las mujeres que migran padecen en el país a donde van un alto nivel de desempleo en comparación con los trabajadores migratorios y los hombres que migran.

155. A causa de la poca atención que se ha prestado a los análisis de género, a menudo se pasan por alto la contribución y los intereses de la mujer en las estructuras económicas, tales como los mercados y las instituciones financieras, los mercados laborales, la economía como disciplina académica, la infraestructura económica y social, los sistemas fiscales y de seguridad social, así como en la familia y en el hogar. En consecuencia, es posible que muchas políticas y programas sigan contribuyendo a la desigualdad entre la mujer y el hombre. En los casos en que se ha avanzado en la integración de perspectivas de género, también ha aumentado la eficacia de los programas y las políticas.

156. Aunque muchas mujeres han mejorado su situación en las estructuras económicas, la mayor parte, sobre todo las que tropiezan con impedimentos adicionales, siguen sin poder alcanzar la autonomía económica y medios de vida sostenibles para ellas y las personas a su cargo. Las mujeres suelen realizar actividades económicas de diversa índole en forma combinada, desde el trabajo asalariado y las actividades agrícolas y pesqueras de subsistencia hasta las actividades del sector no estructurado. No obstante, las barreras jurídicas y consuetudinarias que impiden la propiedad o el acceso a la tierra, los recursos naturales, el capital, el crédito, la tecnología y otros medios de producción, así como las diferencias salariales, contribuyen a obstaculizar el progreso económico de la mujer. La mujer contribuye al desarrollo no sólo mediante su trabajo remunerado sino también mediante una importante labor no remunerada. Por otra parte, la mujer participa en la producción de bienes y servicios para el mercado y el consumo de los hogares, en la agricultura, la producción de alimentos o las empresas familiares. Aunque ha sido incluida en el Sistema de Cuentas Nacionales de las Naciones Unidas y, por consiguiente, en las normas internacionales de las estadísticas del trabajo, esta labor no remunerada, en particular la relacionada con la agricultura, sigue siendo a menudo subvalorada y no se registra debidamente. Por otra parte, la mujer sigue realizando también la mayor parte de la labor doméstica y de la labor comunitaria no remunerada, como el cuidado de los niños y de las personas de más edad, la preparación de alimentos para la familia, la protección del medio ambiente y la prestación de asistencia voluntaria a las personas y los grupos vulnerables y desfavorecidos. Esta labor no se suele medir en términos cuantitativos y no se valora en las cuentas nacionales. La contribución de la mujer al desarrollo se ve seriamente subestimada y, por consiguiente, su reconocimiento social es limitado. La plena visibilidad del tipo, el alcance y la distribución de esta labor no remunerada contribuirá también a que se compartan mejor las responsabilidades.

157. Aunque se han creado algunas nuevas oportunidades de empleo para las mujeres como consecuencia de la internacionalización de la economía, también han surgido tendencias que han agravado las desigualdades entre las mujeres y los hombres. Al mismo tiempo, la internacionalización incluida la integración económica, puede crear presiones sobre la situación del empleo de la mujer para adaptarse a las nuevas circunstancias y para buscar nuevas fuentes de empleo a medida que cambian las modalidades del comercio. Es preciso realizar nuevos análisis de los efectos de la internacionalización en la situación económica de la mujer.

158. Esas tendencias se han caracterizado por los salarios bajos, poca o ninguna protección de las normas laborales, deficientes condiciones de trabajo particularmente con respecto a la seguridad y la salud ocupacional de la mujer, bajos niveles de especialización profesional y la falta de seguridad social y seguridad en el empleo, tanto en el sector estructurado como en el no estructurado. El desempleo de la mujer es un problema grave que va en aumento en muchos países y sectores. Las trabajadoras jóvenes del sector no estructurado y el sector rural y las trabajadoras migrantes siguen siendo las categorías menos protegidas por la legislación laboral y las leyes de inmigración. Las mujeres, particularmente las que son jefas del hogar con niños pequeños, tienen escasas oportunidades de empleo debido, entre otras cosas, a que las condiciones de trabajo no son flexibles y a que los hombres y la sociedad no comparten lo suficiente las responsabilidades familiares.

159. En los países que están sufriendo una transformación política, económica y social fundamental, los conocimientos de la mujer, si se utilizaran mejor, podrían hacer una importante contribución a la vida económica de los países respectivos. Se debería ampliar y apoyar aún más esa contribución, y aprovechar mejor las potencialidades de la mujer.

160. La falta de empleos en el sector privado y las reducciones de servicios públicos y de los puestos correspondientes han afectado de manera desproporcionada a la mujer. En algunos países, las mujeres se hacen cargo de un mayor volumen de trabajo no remunerado, como el cuidado de los niños, de los enfermos o de los ancianos, compensando así la pérdida de los ingresos familiares, sobre todo cuando no se dispone de servicios públicos. En muchos casos, en las estrategias de creación de empleo no se ha prestado suficiente atención a ocupaciones y sectores en que han predominado las mujeres; tampoco se ha promovido como es debido el acceso de la mujer a ocupaciones y sectores en que tradicionalmente han predominado los hombres.

161. Muchas de las mujeres que tienen un trabajo remunerado tropiezan con obstáculos que les impiden realizar su potencial. Si bien cada vez es más frecuente que haya algunas mujeres en los niveles administrativos inferiores, a menudo la discriminación psicológica impide que sigan ascendiendo. La experiencia del hostigamiento sexual es una afrenta a la dignidad de la trabajadora e impide a las mujeres efectuar una contribución acorde con sus capacidades. La inexistencia de un entorno de trabajo propicio para la familia, incluida la falta de servicios de guardería infantil apropiados y asequibles y los horarios de trabajo poco flexibles, impiden además a las mujeres realizar su pleno potencial.

162. En el sector privado, tanto en las empresas transnacionales como en las nacionales, las mujeres están ausentes en gran medida de los niveles ejecutivos y de gestión, lo cual denota que las políticas y prácticas de contratación y ascenso son discriminatorias. El entorno laboral desfavorable, así como el número limitado de oportunidades de empleo disponibles, han llevado a muchas mujeres a buscar otras opciones. Cada vez hay más mujeres empleadas por cuenta propia y propietarias y administradoras de microempresas o de empresas pequeñas y medianas. La expansión del sector no estructurado en muchos países, y de la empresa autónoma e independiente se debe en gran parte a las mujeres, cuyas iniciativas y prácticas tradicionales, de colaboración y de autoayuda en los sectores productivo y mercantil representan un recurso económico fundamental. Mediante el acceso al capital y su control, el crédito y otros recursos, la tecnología y la capacitación, las mujeres pueden aumentar la producción, la comercialización y los ingresos para el desarrollo sostenible.

163. Habida cuenta de que la continuación de las desigualdades coexiste con progresos tangibles, es necesario replantear las políticas de empleo a fin de incluir en ellas una perspectiva de género y señalar una gama más amplia de oportunidades, así como hacer frente a las posibles consecuencias negativas para la mujer de las actuales estructuras de trabajo y empleo. Para lograr la plena igualdad entre la mujer y el hombre en su contribución a la economía, se requieren esfuerzos decididos para que se reconozca y aprecie por igual la influencia que el trabajo, la experiencia, los conocimientos y los valores tanto de la mujer como del hombre, tienen en la sociedad.

164. Al tratar la cuestión del potencial económico y la independencia económica de la mujer, los gobiernos y otros interesados deberían fomentar una política activa y evidente que consista en lograr que en todas las políticas y programas de carácter general se incorpore una perspectiva de género de manera que antes de adoptar decisiones, se analicen los efectos que han de tener tanto para la mujer como para el hombre.

Objetivo estratégico F.1. Promover la independencia y los derechos económicos de la mujer, incluidos el acceso al empleo, a condiciones de trabajo apropiadas y al control de los recursos económicos
Medidas que han de adoptarse
165. Medidas que han de adoptar los gobiernos:
a) Promulgar y hacer cumplir leyes que garanticen los derechos de la mujer y el hombre a una remuneración igual por el mismo trabajo o por un trabajo de igual valor;

b) Aprobar y aplicar leyes contra la discriminación por motivos de sexo, en el mercado de trabajo, con especial consideración a las trabajadoras de más edad, en la contratación y el ascenso, en la concesión de prestaciones laborales y de seguridad social y en las condiciones de trabajo;
c) Adoptar medidas apropiadas para tener en cuenta el papel y las funciones reproductivas de la mujer y eliminar las prácticas discriminatorias de los empleadores, tales como no contratar o despedir a mujeres debido al embarazo o la lactancia materna, o exigir pruebas de utilización de anticonceptivos, y adoptar medidas eficaces para garantizar que las mujeres embarazadas, las mujeres con licencia de maternidad o las mujeres que se reintegran al mercado laboral después de tener hijos no sufran discriminación alguna;
d) Elaborar mecanismos y tomar medidas positivas que permitan a la mujer participar plenamente y en condiciones de igualdad en la formulación de políticas y en la definición de estructuras por medio de organizaciones como los ministerios de hacienda y comercio, las comisiones económicas nacionales, los institutos de investigación económica y otros organismos fundamentales, así como mediante su participación en los órganos internacionales pertinentes;
e) Emprender reformas legislativas y administrativas que otorguen a la mujer iguales derechos que los hombres a los recursos económicos, incluso a la propiedad y el control de la tierra y otros bienes, al crédito, a la herencia, a los recursos naturales y a latecnología nueva apropiada;
f) Revisar los sistemas nacionales de impuestos sobre la renta y de impuestos sobre la herencia y los sistemas de seguridad social con objeto de eliminar cualquier posible discriminación contra la mujer;
g) Tratar de llegar a un conocimiento más completo en materia de trabajo y empleo, entre otras cosas, mediante actividades para medir y comprender mejor el tipo, el alcance y la distribución del trabajo no remunerado, particularmente el trabajo de cuidar de los familiares a cargo y el trabajo no remunerado realizado para las empresas o explotaciones agrícolas familiares, y estimular el intercambio y la difusión de información sobre los estudios y la experiencia en esta materia, inclusive la formulación de métodos para determinar su valor en términos cuantitativos que permitan eventualmente la posibilidad de reflejar dicho valor en cuentas que puedan producirse por separado, aunque de manera coherente con las cuentas nacionales básicas;
h) Revisar y reformar las leyes que regulen el funcionamiento de las instituciones financieras a fin de que éstas presten servicios a las mujeres en las mismas condiciones que se aplican a los hombres;
i) Facilitar, a los niveles apropiados, que los procesos presupuestarios sean más abiertos y transparentes;
j) Revisar y aplicar políticas nacionales que apoyen los mecanismos nacionales de ahorro, crédito y préstamo para la mujer;
k) Lograr que las políticas nacionales relacionadas con los acuerdos comerciales internacionales y regionales no tengan efectos perjudiciales para las actividades económicas nuevas y tradicionales de la mujer;
l) Velar por que todas las empresas, incluidas las empresas transnacionales, cumplan las leyes y códigos nacionales, las normas de seguridad social, los acuerdos, instrumentos y convenios internacionales vigentes, incluidos los relativos al medio ambiente, y otras leyes pertinentes;
m) Modificar las políticas de empleo a fin de facilitar la reestructuración de los regímenes laborales de manera que promuevan la posibilidad de compartir las responsabilidades familiares;
n) Establecer mecanismos y otros foros que permitan a las empresarias y a las trabajadoras contribuir a la formulación de las políticas y programas que estén elaborando los ministerios económicos y las instituciones financieras;
o) Promulgar y hacer cumplir leyes que garanticen la igualdad de oportunidades, adoptar medidas positivas y asegurar su cumplimiento en los sectores público y privado por distintos medios;
p) Utilizar en la formulación de las políticas macroeconómicas y microeconómicas y sociales el análisis de género a fin de vigilar las repercusiones de género y modificar las políticas en los casos en que esas repercusiones sean perjudiciales;
q) Fomentar políticas y medidas que tengan en cuenta el género a fin de crear las condiciones para que la mujer pueda participar en un pie de igualdad con el hombre en los campos técnico, administrativo y empresarial;
r) Reformar las leyes o aplicar políticas nacionales en apoyo del establecimiento de una legislación laboral que garantice la protección de todas las trabajadoras, incluidas las prácticas de trabajo seguras, el derecho a organizarse y el acceso a la justicia.

Objetivo estratégico F.2. Facilitar el acceso de la mujer, en condiciones de igualdad, a los recursos, el empleo, los mercados y el comercio
Medidas que han de adoptarse

166. Medidas que han de adoptar los gobiernos:
a) Fomentar y respaldar el trabajo por cuenta propia de la mujer y la creación de pequeñas empresas y fortalecer el acceso de las mujeres al crédito y al capital en condiciones apropiadas e iguales a las que se conceden a los hombres mediante la promoción de instituciones dedicadas a fomentar la capacidad empresarial de la mujer, incluidos, según proceda, planes de crédito mutuo y no tradicional, así como nuevos tipos de relaciones con instituciones financieras;
b) Fortalecer la concesión de iniciativas por el Estado, en su carácter de empleador, para crear una política de oportunidades iguales para las mujeres y los hombres;
c) Mejorar, a nivel nacional y local, el potencial de generación de ingresos de las mujeres de las zonas rurales facilitando la igualdad de acceso y el control de los recursos productivos, la tierra, el crédito, el capital, los derechos de propiedad, los programas de desarrollo y las estructuras cooperativas;
d) Fomentar y fortalecer las microempresas, las nuevas empresas pequeñas, las empresas cooperativas, la ampliación de los mercados y otras oportunidades de empleo y, según proceda, facilitar la transición del sector no estructurado al sector estructurado, particularmente en las zonas rurales;
e) Crear y modificar programas que reconozcan y fortalezcan el papel decisivo de la mujer en la seguridad alimentaria y proporcionar a las productoras remuneradas y no remuneradas, especialmente a las que se dedican a actividades de producción de alimentos, como la agricultura, la pesca y la acuicultura, así como a las empresas urbanas, igualdad de acceso a tecnologías apropiadas, transporte, servicios de extensión, comercialización y facilidades de crédito a nivel local y comunitario;
f) Crear mecanismos apropiados y fomentar instituciones intersectoriales que permitan a las cooperativas de mujeres aumentar al máximo su acceso a los servicios necesarios;
g) Incrementar la proporción de mujeres entre el personal de los servicios de extensión y otros servicios gubernamentales que proporcionan asistencia técnica o administran programas económicos;
h) Revisar, reformular si conviene y aplicar políticas, incluso en el ámbito de la legislación relativa a las empresas, el comercio y los contratos, y de los reglamentos gubernamentales a fin de asegurar que no existan discriminaciones contra las empresas pequeñas y medianas de propiedad de mujeres en las zonas rurales y urbanas;
i) Proporcionar análisis, asesoramiento y coordinación respecto de políticas que integren las necesidades y los intereses de las mujeres empleadas, las trabajadoras por cuenta propia y las empresarias en las políticas, los programas y los presupuestos sectoriales e interministeriales;
j) Procurar lograr la igualdad de acceso de las mujeres a una capacitación laboral eficaz, al readiestramiento, el asesoramiento y los servicios de colocación que no se limiten a las esferas de empleo tradicionales;
k) Eliminar los obstáculos de política y reglamentación con que tropiezan las mujeres en los programas sociales y de desarrollo que desalientan la iniciativa privada e individual;
l) Salvaguardar y promover el respeto de los derechos fundamentales de los trabajadores, inclusive la prohibición del trabajo forzoso y del trabajo infantil, la libertad de asociación y el derecho a organizarse y a concertar contratos colectivos; establecer la igualdad de remuneración para la mujer y el hombre por trabajo de igual valor y la no discriminación en el empleo, respetando plenamente los convenios de la Organización Internacional del Trabajo en el caso de los Estados partes en esos convenios y teniendo en cuenta los principios en que se fundan esos convenios en el caso de los países que no son Estados partes en ellos, a fin de lograr un crecimiento económico sostenido y un desarrollo sostenible de carácter genuino.

167. Medidas que han de adoptar los gobiernos, los bancos centrales y los bancos nacionales de desarrollo, así como las instituciones bancarias privadas, según proceda:
a) Aumentar la participación de la mujer, incluidas las mujeres empresarias, en juntas consultivas y otros foros para que las empresarias de todos los sectores y sus organizaciones puedan contribuir a la formulación y el examen de las políticas y los programas que elaboren los ministerios de economía y las instituciones bancarias;
b) Movilizar al sector bancario para que conceda más préstamos y la refinanciación mediante incentivos y la formación de intermediarios que se ocupen de las necesidades de las mujeres empresarias y productoras en las zonas rurales y urbanas, y para que incluya a las mujeres en sus órganos directivos y en la planificación y la adopción de decisiones;
c) Estructurar servicios que queden al alcance de las mujeres de las zonas rurales y urbanas que participan en microempresas y empresas pequeñas y medianas, prestando especial atención a las mujeres jóvenes, a las mujeres de bajos ingresos, a las que pertenezcan a minorías étnicas y raciales, y a las mujeres indígenas, que carezcan de acceso al capital y a los bienes; y ampliar el acceso de la mujer a los mercados financieros seleccionando y alentando reformas financieras en la supervisión y la reglamentación que respalden los esfuerzos directos e indirectos de las instituciones financieras para atender mejor las necesidades de crédito y otras necesidades financieras de las microempresas y las empresas pequeñas y medianas de propiedad de mujeres;
d) Asegurar que las prioridades de la mujer se incluyan en los programas de inversiones públicas para la infraestructura económica, como el agua y el saneamiento, la electrificación y la conservación de energía, el transporte y la construcción de caminos, fomentar una mayor participación de las mujeres beneficiarias en las etapas de planificación y ejecución de proyectos para asegurar el acceso a los empleos y los contratos.

168. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones no gubernamentales:
a) Prestar especial atención a las necesidades de la mujer al difundir información sobre los mercados, el comercio y los recursos e impartir capacitación adecuada en esas esferas;
b) Alentar estrategias de desarrollo económico de la comunidad que se basen en asociaciones entre los gobiernos, y alentar a los miembros del sector privado a que creen empleos y se ocupen de la situación social de las personas, las familias y las comunidades.

169. Medidas que han de adoptar los proveedores de financiación multilaterales, los bancos de desarrollo regionales y los organismos de financiación bilaterales y privados, en los planos internacional, regional y subregional:
a) Examinar, reformular, cuando proceda, y ejecutar políticas, programas y proyectos para procurar que una mayor proporción de recursos quede a disposición de las mujeres en las zonas rurales y apartadas;
b) Elaborar disposiciones flexibles de financiación para financiar instituciones intermediarias que estén orientadas a las actividades económicas de la mujer, y fomentar la autosuficiencia y el aumento de la capacidad y rentabilidad de las empresas económicas de propiedad de mujeres;
c) Elaborar estrategias para consolidar y ampliar su asistencia al sector de las microempresas y las empresas pequeñas y medianas, a fin de ampliar las oportunidades de participación plena de la mujer y para obrar de consuno a fin de coordinar y afianzar la eficacia de ese sector, aprovechando la experiencia y los recursos financieros de sus propias organizaciones, al igual que los de los organismos bilaterales, los gobiernos y las organizaciones no gubernamentales.

170. Medidas que han de adoptar las organizaciones internacionales, multilaterales y bilaterales de cooperación para el desarrollo:
Prestar apoyo, mediante el suministro de capital o de recursos, a las instituciones financieras que atienden a las mujeres empresarias y productoras de bajos ingresos que administran empresas pequeñas y microempresas en los sectores estructurado y no estructurado.

171. Medidas que han de adoptar los gobiernos o las instituciones financieras multilaterales:
Examinar las reglas y los procedimientos de las instituciones financieras nacionales e internacionales del sector estructurado que constituyen un obstáculo para repetir el prototipo del Banco Grameen, que proporciona servicios de crédito a las mujeres rurales.

172. Medidas que han de adoptar las organizaciones internacionales:
Prestar apoyo adecuado a los programas y proyectos destinados a fomentar actividades empresariales sostenibles y productivas entre las mujeres, en especial las que se encuentran en situación desventajosa.
Objetivo estratégico F.3. Proporcionar servicios comerciales, capacitación y acceso a los mercados, información y tecnología, particularmente a las mujeres de bajos ingresos
Medidas que han de adoptarse
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73. Medidas que han de adoptar los gobiernos en cooperación con las organizaciones no gubernamentales y el sector privado:
a) Proporcionar infraestructura pública para asegurar la igualdad de acceso a los mercados para los empresarios de ambos sexos;
b) Elaborar programas que proporcionen capacitación y readiestramiento a las mujeres, especialmente en nuevas tecnologías y servicios asequibles en gestión de empresas, desarrollo de productos, financiación, control de la producción y la calidad, comercialización y aspectos jurídicos de la actividad comercial;
c) Proporcionar programas de divulgación para informar a las mujeres de bajos ingresos y a las mujeres pobres, especialmente en las zonas rurales y apartadas, de las oportunidades de acceso a los mercados y las tecnologías, y prestar asistencia para aprovechar dichas oportunidades;
d) Crear servicios de apoyo no discriminatorios para las empresas de propiedad de mujeres, incluidos fondos de inversión, y tener especialmente en cuenta a las mujeres, sobre todo las de bajos ingresos, en los programas de promoción del comercio;
e) Difundir información sobre mujeres empresarias que hayan tenido éxito en actividades económicas tradicionales y no tradicionales y sobre la preparación necesaria para obtener ese éxito y facilitar la creación de redes y el intercambio de información;
f) Adoptar medidas para asegurar la igualdad de acceso de la mujer a la capacitación permanente en el lugar de trabajo, incluidas las mujeres desempleadas, las madres solteras, las mujeres que se reintegran al mercado laboral tras abandonar temporalmente el empleo por un período prolongado debido a responsabilidades familiares y otras causas, y las mujeres desplazadas por nuevas formas de producción o por reducciones del personal, y aumentar los incentivos a las empresas para que incrementen el número de centros de formación profesional y capacitación que capaciten a la mujer en esferas no tradicionales;
g) Prestar servicios de apoyo asequibles, como servicios de guardería de buena calidad, flexibles y asequibles, que tengan en cuenta las necesidades de los trabajadores de ambos sexos.
174. Medidas que han de adoptar las organizaciones empresariales locales, nacionales, regionales e internacionales y las organizaciones no gubernamentales interesadas en las cuestiones relacionadas con la mujer:
Abogar en todos los niveles por la promoción y el apoyo de los negocios y las empresas de propiedad de mujeres, incluidas las del sector no estructurado, y por la igualdad de acceso de la mujer a los recursos productivos.

Objetivo estratégico F.4. Reforzar la capacidad económica y las redes comerciales de la mujer
Medidas que han de adoptarse
175. Medidas que han de adoptar los gobiernos:
a) Adoptar políticas que alienten a las organizaciones empresariales, organizaciones no gubernamentales, cooperativas, fondos rotatorios de préstamo, cooperativas de ahorro y crédito, organizaciones populares, grupos femeninos de autoayuda y otros proyectos a fin de que presten servicios a las empresarias en las zonas rurales y urbanas;
b) Integrar una perspectiva de género en todas las políticas de reestructuración económica y ajuste estructural y elaborar programas para las mujeres que se vean afectadas por la reestructuración económica, incluidos los programas de ajuste estructural, y para mujeres que trabajan en el sector no estructurado;
c) Adoptar políticas para crear un entorno que propicie el establecimiento de grupos de autoayuda para la mujer, así como organizaciones y cooperativas de trabajadoras por medio de formas no convencionales de apoyo, y reconociendo el derecho a la libertad de asociación y el derecho a organizarse;
d) Prestar apoyo a los programas que mejoren la autosuficiencia de grupos especiales de mujeres, como las mujeres jóvenes, las mujeres con discapacidad, las mujeres ancianas y las mujeres que pertenezcan a minorías raciales y étnicas;
e) Fomentar la igualdad entre el hombre y la mujer mediante la promoción de estudios de la mujer y la utilización de los resultados de los estudios e investigaciones sobre el género en todas las esferas, incluidas, las esferas económica, científica y tecnológica;
f) Prestar apoyo a las actividades económicas de las mujeres indígenas teniendo en cuenta sus conocimientos tradicionales, de manera de mejorar su situación y desarrollo;
g) Adoptar políticas que amplíen o mantengan la protección que prestan las leyes laborales y las disposiciones sobre bienestar social a las personas que realizan trabajo remunerado en el hogar;
h) Reconocer y alentar la contribución de las investigaciones efectuadas por las científicas y las tecnólogas;
i) Asegurar que las políticas y las reglamentaciones no discriminen contra las microempresas y las empresas pequeñas y medianas administradas por mujeres.

176. Medidas para los intermediarios financieros, los institutos nacionales de capacitación, las cooperativas de ahorro y crédito, las organizaciones no gubernamentales, las asociaciones de mujeres, las organizaciones profesionales y el sector privado, según proceda:
a) Impartir capacitación a los niveles nacional, regional e internacional en diversas materias técnicas, comerciales y financieras que permita a las mujeres, en especial a las jóvenes, participar en la formulación de políticas económicas en esos niveles;
b) Proporcionar servicios comerciales, incluso información sobre el comercio y la distribución, el desarrollo y la creación de nuevos productos, transferencia de tecnología y el control de calidad, a las empresas comerciales de propiedad de mujeres, incluso en los sectores de exportación de la economía;
c) Promover vínculos técnicos y comerciales y crear empresas mixtas entre empresarias en los planos nacional, regional e internacional para apoyar las iniciativas surgidas de la comunidad;
d) Fortalecer la participación de la mujer, incluso la mujer marginada, en cooperativas de producción y comercialización mediante la prestación de apoyo en materia de comercialización y financiación, especialmente en zonas rurales y apartadas;
e) Fomentar y fortalecer las microempresas de mujeres, las empresas pequeñas nuevas, las empresas cooperativas, los mercados ampliados y otras oportunidades de empleo y, cuando proceda, facilitar la transición del sector no estructurado al estructurado, en las zonas rurales y urbanas;
f) Invertir capital y crear carteras de inversión que financien empresas comerciales de propiedad de mujeres;
g) Prestar la debida atención a la prestación de asistencia técnica, servicios de asesoramiento, capacitación y readiestramiento a la mujer en relación con el ingreso a la economía de mercado;
h) Prestar apoyo a redes de crédito y empresas innovadoras, incluidos los sistemas de ahorro tradicionales;
i) Establecer redes para empresarias, incluso oportunidades para que las mujeres más experimentadas aconsejen a las menos experimentadas;
j) Alentar a las organizaciones comunitarias y a las autoridades públicas a crear fondos de préstamo para empresarias, aprovechando modelos de pequeñas cooperativas que hayan tenido éxito.
177. Medidas que ha de adoptar el sector privado, incluidas las empresas transnacionales y nacionales:
a) Adoptar políticas y establecer mecanismos para otorgar contratos sobre bases no discriminatorias;
b) Contratar mujeres para ocupar puestos directivos, de adopción de políticas y de gestión y proporcionarles programas de capacitación, todo ello en un pie de igualdad con los hombres;
c) Cumplir las leyes nacionales en materia de trabajo, medio ambiente, protección de los consumidores, salud y seguridad, sobre todo las que afectan a la mujer.

Objetivo estratégico F.5. Eliminar la segregación en el trabajo y todas las formas de discriminación en el empleo
Medidas que han de adoptarse
178. Medidas que han de adoptar los gobiernos, los empleadores, los empleados, los sindicatos y las organizaciones de mujeres:
a) Aplicar y hacer cumplir leyes y reglamentos y promover códigos de conducta que aseguren la aplicación en pie de igualdad de las normas internacionales del trabajo, como el Convenio No. 100 de la Organización Internacional del Trabajo relativo a la igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor;
b) Promulgar y hacer cumplir las leyes e introducir medidas de aplicación, incluso mecanismos de recurso y el acceso a la justicia en caso de incumplimiento, a fin de prohibir la discriminación directa e indirecta por motivos de sexo, estado civil o situación familiar en relación con el acceso al empleo y las condiciones de empleo, con inclusión de la capacitación, los ascensos, la salud y la seguridad, y en relación con el despido y la seguridad social de los trabajadores, incluso la protección legal contra el hostigamiento sexual y racial;
c) Promulgar y hacer cumplir leyes y elaborar políticas aplicables en el lugar de trabajo contra la discriminación por motivo de género en el mercado de trabajo, con especial consideración a las trabajadoras de más edad, en la contratación y los ascensos y en la concesión de las prestaciones de empleo y la seguridad social, así como en lo relativo a las condiciones de trabajo discriminatorias y el hostigamiento sexual; se deben establecer mecanismos para revisar y vigilar periódicamente esas leyes;
d) Eliminar las prácticas discriminatorias utilizadas por los empleadores basadas en las funciones reproductivas de la mujer, incluida la denegación de empleo y el despido de mujeres debido al embarazo o la lactancia;
e) Elaborar y promover programas y servicios de empleo para las mujeres que ingresan por primera vez o se reincorporan al mercado de trabajo, especialmente las mujeres pobres de las zonas urbanas y rurales, las mujeres jóvenes y las mujeres que se hayan visto afectadas por programas de ajuste estructural;
f) Aplicar y supervisar programas de empleo equitativo y de acción positiva en los sectores público y privado para superar la discriminación sistémica contra las mujeres en el mercado de trabajo, en particular contra las mujeres con discapacidad y las mujeres de otros grupos desfavorecidos, en las esferas de la contratación, la retención y los ascensos, y la formación profesional de las mujeres en todos los sectores;
g) Eliminar la segregación en las ocupaciones, especialmente promoviendo una participación igual de la mujer en trabajos de alta especialización y en los puestos de dirección y mediante otras medidas, tales como el asesoramiento y la colocación, que promuevan las perspectivas de carrera y la movilidad ascendente en el mercado de trabajo, y estimulando la diversificación de las posibilidades ocupacionales de las mujeres y los hombres; alentar a las mujeres a realizar trabajos no tradicionales, especialmente en la esfera de la ciencia y la tecnología, y alentar a los hombres a buscar empleo en el sector social;
h) Reconocer que la negociación colectiva constituye un derecho y es un mecanismo importante para eliminar las desigualdades en la remuneración de las mujeres y mejorar las condiciones de trabajo;
i) Promover la elección de mujeres como dirigentes sindicales y asegurar que se garantice a las dirigentes sindicales la protección en el empleo y la seguridad física en el desempeño de sus funciones;
j) Asegurar el acceso a los programas especiales que se elaboren para permitir a las mujeres con discapacidad obtener y mantener un puesto de trabajo y asegurar su acceso a la enseñanza y a laformación a todos los niveles adecuados, de conformidad con las Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad30; modificar las condiciones de trabajo, en la medida de lo posible, a fin de adecuarlas a las necesidades de las mujeres con discapacidad, a las que se debe ofrecer protección legal contra la pérdida infundada del puesto de trabajo debido a su discapacidad;
k) Incrementar los esfuerzos por eliminar las diferencias entre la remuneración de las mujeres y de los hombres, adoptar medidas para aplicar el principio de la remuneración igual por el mismo trabajo o por un trabajo de igual valor mediante el mejoramiento de la legislación, incluido el cumplimiento de la legislación y las normas laborales internacionales, y promover los planes de evaluación de las funciones con criterios imparciales en cuanto al género;
l) Establecer o fortalecer los mecanismos de decisión judicial en materias relacionadas con la discriminación en la remuneración;
m) Fijar plazos para eliminar todas las formas de trabajo infantil que sean contrarias a las normas internacionalmente aceptadas y asegurar el pleno cumplimiento de las leyes vigentes al respecto y, cuando proceda, promulgar la legislación necesaria para aplicar la Convención sobre los Derechos del Niño y las normas de la Organización Internacional del Trabajo a fin de proteger a los niños que trabajan, sobre todo los niños de la calle, mediante la provisión de servicios adecuados de salud y educación y otros servicios sociales;
n) Asegurar que en las estrategias para eliminar el trabajo infantil se aborden también, cuando proceda, las demandas excesivas que se hacen a algunas niñas en lo relativo a las labores no remuneradas en su propio hogar y en otros hogares;
o) Revisar, analizar y, según proceda, reformular las escalas de sueldos y salarios en las profesiones en que predominan las mujeres, como la enseñanza, la enfermería y la atención de los niños, con miras a mejorar su categoría y aumentar la remuneración conexa;
p) Facilitar el empleo productivo de las trabajadoras migrantes documentadas (incluidas las mujeres reconocidas como refugiadas con arreglo a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951), mediante un mayor reconocimiento de la educación y de los títulos, diplomas y credenciales extranjeros y la adopción de un criterio integral en lo que respecta a la formación necesaria para incorporarse al mercado de trabajo, formación que debe incluir la enseñanza del idioma del país.

Objetivo estratégico F.6. Fomentar la armonización de las responsabilidades de las mujeres y los hombres en lo que respecta al trabajo y la familia
Medidas que han de adoptarse

179. Medidas que han de adoptar los gobiernos:

a) Adoptar políticas para asegurar la protección apropiada de las leyes laborales y los beneficios de la seguridad social a los empleos en jornada parcial y los empleos temporales, a los trabajadores estacionales y a los que trabajan en el hogar, para promover las perspectivas de carrera sobre la base de condiciones de trabajo que concilien las responsabilidades laborales con las familiares;
b) Asegurar que las mujeres y los hombres puedan decidir libremente y en un pie de igualdad si trabajan en jornada completa o jornada parcial, y examinar la posibilidad de proporcionar una protección adecuada a los trabajadores atípicos en lo relativo al acceso al empleo, las condiciones de trabajo y la seguridad social;
c) Asegurar, mediante leyes, incentivos o estímulos que se den oportunidades adecuadas a las mujeres y los hombres para obtener licencias y prestaciones de maternidad o paternidad; promover que la distribución de las responsabilidades del hombre y la mujer respecto de la familia en pie de igualdad, incluso mediante leyes, incentivos o estímulos apropiados, y promover además que se facilite la lactancia a las madres trabajadoras;
d) Elaborar políticas, entre otras cosas, en la esfera de la enseñanza, para modificar las aptitudes que refuerzan la división del trabajo sobre la base del género, con objeto de promover el concepto de las responsabilidades familiares compartidas en lo que respecta al trabajo doméstico, en particular en lo relativo a la atención de los niños y los ancianos;
e) Mejorar el desarrollo de tecnologías que faciliten el trabajo profesional, así como el trabajo doméstico, y promover el acceso a esas tecnologías, estimular la autosuficiencia y las actividades generadoras de ingresos, transformar dentro del proceso productivo los papeles establecidos en función del género y dar a las mujeres la posibilidad de cambiar los trabajos mal remunerados por otros mejores;
f) Examinar una serie de políticas y programas, incluso las leyes sobre seguridad social y los regímenes fiscales, de conformidad con las prioridades y las políticas nacionales, para determinar cómo promover la igualdad de género y la flexibilidad en el modo en que las personas dividen su tiempo entre la educación y la formación, el empleo remunerado, las responsabilidades familiares, las actividades voluntarias y otras formas de trabajo, descanso y esparcimiento socialmente útiles, y en el modo en que obtienen beneficios de esas actividades.
180. Medidas que han de adoptar, según proceda, los gobiernos, el sector privado y las organizaciones no gubernamentales, los sindicatos y las Naciones Unidas:
a) Adoptar, con la participación de los órganos gubernamentales y las asociaciones de empleadores y empleados pertinentes, medidas adecuadas para que las mujeres y los hombres puedan obtener licencias temporales, tener la posibilidad de transferir sus prestaciones laborales y su jubilación y hacer arreglos para modificar el horario de trabajo sin sacrificar sus perspectivas de perfeccionamiento profesional y de carrera;
b) Elaborar y suministrar programas educacionales mediante campañas innovadoras en los medios de información y programas de enseñanza a nivel escolar y comunitario a fin de promover la igualdad de género y la exclusión de los estereotipos basados en el género de los papeles que desempeñan las mujeres y los hombres dentro de la familia; proporcionar servicios e instalaciones de apoyo, como guarderías en el lugar de trabajo y horarios de trabajo flexibles;
c) Promulgar y aplicar leyes para luchar contra el acoso sexual y otras formas de hostigamiento en todos los lugares de trabajo.


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