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domingo, 18 de diciembre de 2016

Actúa: INSTA AL PRESIDENTE de Republica Dominicana A DESPENALIZAR EL ABORTO


Con infinita alegría les compartimos la observación presidencial del Código Penal que reintroduce las tres casuales de aborto (20/12/2016)



El Congreso de República Dominicana aprobó una una reforma integral del Código Penal que mantiene la penalización del aborto salvo cuando el embarazo suponga un riesgo para la vida de la mujer o niña embarazada. El siguiente paso es su promulgación como ley por el presidente de la República. Si se promulga, se estarían violando los derechos de las mujeres y las niñas.

 El Senado, la cámara alta del Congreso dominicano, aprobó el 14 de diciembre una nueva versión del Código Penal que representa un retroceso para los derechos de las mujeres y las niñas dominicanas. El texto había sido aprobado en julio por la Cámara de Diputados. Esta reforma constituye un retroceso respecto a la versión anterior del Código Penal, aprobada en 2014, ya que ahora sólo se admite que el aborto no esté penalizado cuando el embarazo pueda poner en peligro la vida de la mujer o la niña embarazada, y sólo tras haber hecho todo lo posible para salvar la vida de la madre y del feto. 

Varios grupos dominicanos de derechos de las mujeres temen que esta excepción sea tan restrictiva que haga imposible en la práctica que las mujeres y las niñas cuya vida corre peligro accedan a servicios de aborto. Con la actual reforma, las mujeres recibirán sanciones penales de entre dos y tres años de prisión, y los profesionales de la salud que proporcionen servicios de aborto serán sancionados con penas de entre cuatro y diez años. El texto tiene que remitirse ahora al presidente Danilo Medina para su promulgación. 

En 2014, el presidente vetó un intento previo de mantener la prohibición total del aborto y alegó que las tres circunstancias para la despenalización son necesarias para proteger el derecho de las mujeres y niñas a la vida, la salud y el respeto por su dignidad humana y su integridad física y moral que, según reconoció, están garantizados por la Constitución dominicana y por los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por la República Dominicana. El presidente tiene el poder de oponerse a la reforma propuesta e insistir en las excepciones a la penalización del aborto en las tres circunstancias, tal como hizo en 2014. Cualquier otra acción constituiría un retroceso para los derechos de las mujeres y las niñas.

 Escriban inmediatamente en español o en su propio idioma: - instando al presidente de la República a no promulgar la reforma aprobada del Código Penal; - expresando honda preocupación por el hecho de que las mujeres y niñas de la República Dominicana corren peligro de que esta ley viole su derecho a la vida y la salud y su derecho a no sufrir discriminación ni ser sometidas a tortura o malos tratos; - pidiendo al presidente que garantice el acceso al aborto en la ley y en la práctica, como mínimo en los casos en los que el embarazo entrañe un riesgo para la salud física o mental de la mujer o niña, cuando el feto no pueda sobrevivir fuera del útero y cuando el embarazo sea consecuencia de violación o de incesto. 




ENVÍEN LLAMAMIENTOS ANTES DEL 25 de enero de 2017 A


Presidente de la República
Danilo Medina
Palacio Nacional
Avenida México esquina Doctor Delgado
Gazcue, Santo Domingo
República Dominicana
Fax: +1809 682 0827
Correo-e: prensa2@presidencia.gob.do
Twitter: @PresidenciaRD
Tratamiento: Señor Presidente / Dear
President


Directora General de Derechos
Humanos
Dra. Rhadys Abreu de Polanco
Ministerio de Relaciones Exteriores
Av. Independencia #752
Estancia San Geronimo
Santo Domingo, República Dominicana
Correo-e: rabreu@mirex.gob.do
Tratamiento: Señora Embajadora /
Dear Ambassador

Y copias a:
Colectiva Mujer y Salud
Correo-e:
ciudadaniaactivadelasmujeres@gmail.com





 INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

 La reforma integral del Código Penal lleva ya varios años en marcha. En virtud del Código Penal actualmente vigente, las mujeres que tratan de obtener servicios de aborto y quienes prestan estos servicios se exponen a sanciones penales, sin que se tengan en cuenta las circunstancias en las que se trató de obtener o se practicó el aborto. En 2010 entró en vigor una nueva Constitución cuyo artículo 37 proclama la inviolabilidad del derecho a la vida "desde la concepción hasta la muerte". 

En 2014, y como consecuencia de la presión de grupos religiosos, el Congreso dominicano aprobó un borrador de reforma del Código Penal que mantenía la penalización total del aborto. Pero el presidente dominicano, Danilo Medina, rechazó el nuevo Código Penal e instó al Congreso a levantar la prohibición total del aborto y abrir la posibilidad de despenalizarlo en tres circunstancias: cuando el embarazo suponga un peligro para la vida de la mujer o niña embarazada, cuando el feto no tenga posibilidades de sobrevivir fuera del útero, o cuando el embarazo sea resultado de violación o incesto. La versión revisada fue aprobada por la Cámara de Diputados y estaba previsto que entrara en vigor un año después, en diciembre de 2015, e iba a regularse en una legislación aparte. 

La postura pública contra la prohibición total del aborto adoptada por el presidente Medina y el Congreso en 2014 supuso un gran paso adelante para los derechos de las mujeres y las niñas en la República Dominicana. Sin embargo, un año después, el Tribunal Constitucional anuló las reformas propuestas después de que tres grupos de presión religiosos y conservadores apelaran contra la decisión del Congreso y alegaran errores de procedimiento. La sentencia del Tribunal anuló las reformas penales aprobadas por el Congreso y mantuvo en vigor el antiguo Código Penal, que data de 1884. Los datos demuestran que la prohibición total del aborto no reduce el número de abortos, sino que incrementa el riesgo de que la mujer muera a causa de abortos ilegales e inseguros.

 La Organización Mundial de la Salud ha advertido de que las leyes de aborto restrictivas ponen a las mujeres y niñas que viven en la pobreza, y a las que viven en zonas rurales y más aisladas, en un riesgo especial de sufrir abortos inseguros. La penalización del aborto en todas las circunstancias disuade a las mujeres de buscar atención médica y crea un "efecto amedrentador" en el personal médico, que tiene miedo de proporcionar tratamiento que podría salvar la vida a mujeres cuya vida o salud corre peligro a causa del embarazo, o que sufren complicaciones derivadas de un aborto inseguro. 

En la República Dominicana, la actual prohibición total del aborto sigue provocando la muerte, por motivos evitables, de mujeres y niñas. Una de esas muertes fue la de Rosaura Almonte, conocida por los medios de comunicación como “Esperancita”, que murió en 2012 por no recibir la quimioterapia que podría haberle salvado la vida frente a la leucemia que sufría porque en aquellos momentos estaba embarazada de siete semanas y el tratamiento que necesitaba habría afectado al feto. Los médicos retrasaron el tratamiento porque tanto el aborto como aquellos que lo faciliten pueden ser objeto de sanción penal. 

Más información sobre AU: 151/16 Índice: AMR 27/5360/2016 Fecha de emisión: 15 de diciembre de 2016
Apoyamos esta acción urgente  de Amnistía Internacional , esperamos que nos acompañes y difundas . GRACIAS 

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