1.
El logro de la igualdad de género, el
empoderamiento de todas las mujeres y niñas y el pleno ejercicio de sus
derechos humanos son esenciales para alcanzar un crecimiento económico
sostenido, inclusivo y equitativo y el desarrollo sostenible (véase la resolución
69/313 de la Asamblea General, párr. 6). Además, la urgencia de subsanar el
déficit de recursos para lograr la igualdad de género y el empoderamiento de
las mujeres y las niñas mediante el aumento considerable de la financiación se
ha confirmado ampliamente, incluso en la Agenda 2030, en la que los Estados
Miembros acordaron trabajar para lograr un aumento significativo de las
inversiones destinadas a paliar la disparidad entre los géneros (véase la
resolución 70/1, párr. 20). Además, los Estados Miembros y las entidades del
sistema de las Naciones Unidas y la sociedad civil dieron a conocer un plan de
acción concertado en Addis Abeba sobre la financiación transformadora para la
igualdad de género y el empoderamiento de la mujer, en el que se exhorta a
acelerar el cumplimiento de los compromisos vigentes asumidos en la Declaración
y Plataforma de Acción de Beijing y de los nuevos compromisos en el contexto de
la Agenda 2030.
2.
El apoyo y la financiación suficientes para
aumentar la igualdad de género en distintos sectores contribuirán a reducir
otras desigualdades y normas discriminatorias y tendrán amplios efectos
sociales, económicos y políticos[1].
Por ejemplo, una mayor igualdad de género en la educación y el empleo puede
estimular el crecimiento y ayudar a reducir la pobreza. Los incrementos
relativos en el empleo de las mujeres pueden aumentar su poder de negociación
en el hogar, lo que contribuiría a un mayor control de la mujer sobre su tiempo
e ingresos y a una mayor inversión en el bienestar de los niños y niñas. Las
políticas macroeconómicas que promueven el pleno empleo para todos, el trabajo
decente y la protección social, incluido el derecho a organizarse en el lugar
de trabajo, contribuyen a alcanzar la igualdad de género respecto de los medios
de vida. Estas políticas también deberían facilitar un mayor acceso a los
recursos productivos, como la tierra y el crédito. Deberían asimismo reducir la
carga desproporcionada de trabajo asistencial no remunerado que realizan las
mujeres y las niñas y permitir su redistribución dentro del hogar y entre los
hogares y el Estado. Un entorno macroeconómico propicio que genere empleos y
medios de vida y permita a los gobiernos invertir en infraestructura, servicios
y capacidades humanas es fundamental para financiar la igualdad de género y el
empoderamiento de la mujer. Por lo tanto, un componente clave para la
aplicación de la Agenda 2030 debería ser una mayor atención a esos vínculos y
las respuestas de política conexas.
24.
Un marco macroeconómico inclusivo, sostenible y
con perspectiva de género sentará las bases para la movilización de los
recursos internos. Un marco macroeconómico inclusivo es aquel que promueve un
bienestar ampliamente compartido y que se mide no solo por el crecimiento del
producto interno bruto, sino también por la seguridad que se alcanza respecto
de los medios de vida, el aumento del nivel de vida, la ampliación de las
capacidades y la igualdad sustantiva de la mujer. Los elementos específicos de
un marco macroeconómico inclusivo, sostenible y con perspectiva de género
dependen de la estructura de la economía concreta. Desde la década de 1980, los
objetivos macroeconómicos se han caracterizado por la disciplina fiscal, la
fijación de metas de inflación y la liberalización de los mercados. Sin
embargo, en las últimas décadas el crecimiento ha dado lugar, en general, a la
profundización y la ampliación de las desigualdades, algo que no es deseable ni
sostenible. Se necesita una transformación del pensamiento y la planificación
de políticas de índole macroeconómica para que haya un desarrollo y un
crecimiento compatibles con el aumento de la igualdad. La experiencia de las
últimas tres décadas pone de relieve la necesidad de contar con políticas
macroeconómicas que permitan al Estado promover el desarrollo sostenible y el
crecimiento equitativo e inclusivo. Esto incluiría inversiones públicas
orientadas a objetivos concretos, estrategias para alcanzar el pleno empleo y
políticas fiscales que generen recursos suficientes para la igualdad de género[2].
25.
La Agenda 2030 señala que la implicación
nacional es fundamental para el desarrollo sostenible. Los Estados tienen la
responsabilidad de coordinar las políticas y los objetivos nacionales de
desarrollo mediante la consulta amplia con los ciudadanos y las organizaciones
de la sociedad civil. La formulación de políticas gubernamentales debería
basarse primordialmente en una estrategia para lograr resultados macroeconómicos
con perspectiva de género, inclusivos y sostenibles. Además, el Estado,
mediante su propia movilización de recursos internos o la asistencia oficial
para el desarrollo, puede hacer inversiones anticíclicas para proteger a los
más vulnerables en los períodos de crisis, inestabilidad y recesión. En vista
del aumento de las desigualdades en la riqueza y el ingreso, los Estados
también tienen una importante función redistributiva. Los Estados pueden velar
por que las mujeres se beneficien por igual de la redistribución de los
recursos y la riqueza, lo que puede lograrse mediante el cobro de impuestos
sobre la riqueza y la herencia, la fijación de políticas que regulen y limiten
la concentración de la tierra y los recursos naturales o de políticas
orientadas a reformar la estructura tributaria de las industrias extractivas.
26.
Los Estados difieren en cuanto a su capacidad
para articular y promover los objetivos de desarrollo nacionales y las
correspondientes políticas macroeconómicas. En el caso de los países en conflicto
o que salen de un conflicto, los Estados a menudo carecen de los recursos y las
instituciones indispensables para una gobernanza eficaz. Los agentes no
estatales, como las empresas transnacionales y multinacionales, ejercen una
influencia significativa que podría limitar la capacidad y la acción del
Estado. Por lo tanto, es importante definir marcos regulatorios e incentivos
que alienten a todos los agentes, incluido el sector privado, a armonizar los
objetivos macroeconómicos con conceptos ampliamente compartidos del bienestar,
los derechos humanos y la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer,
como se plantea en la Agenda 2030.
27.
En la Agenda 2030 y en la Agenda de Acción de
Addis Abeba se destaca la movilización de los recursos internos como medio para
financiar el desarrollo sostenible, para lo cual es primordial contar con
políticas fiscales con perspectiva de género. Las políticas tributarias
nacionales e internacionales definen la base de recursos internos para lograr
la igualdad sustantiva de la mujer en todos los países. Tanto el efecto
distributivo de los impuestos (sean estos directos, como el impuesto sobre la
renta de las personas físicas y el impuesto sobre las sociedades, o indirectos,
como el impuesto sobre el valor añadido, el impuesto sobre los bienes
suntuarios y el impuesto sobre los combustibles) como el nivel general de los
ingresos tributarios, tienen pertinencia. Los gobiernos pueden y deben emplear
políticas tributarias que generen recursos financieros destinados a una
inversión pública que tenga en cuenta las cuestiones de género, lo que
redundará en la promoción de la igualdad sustantiva de la mujer y contribuirá a
la aplicación de la Agenda 2030[3].
28.
Es posible superar las dificultades para generar
recursos internos e ingresos tributarios suficientes para la igualdad de
género. La globalización financiera y las políticas macroeconómicas dominantes
han llevado a la disminución de los impuestos sobre las sociedades y de las
tasas impositivas que gravan a los más ricos. Las disminuciones han sido
sustanciales: las tasas mundiales del impuesto sobre la renta de las sociedades
disminuyeron, en promedio, del 38% en 1993 al 24,9% en 2010[4]. Las
exenciones tributarias y otros incentivos, entre ellos la flexibilización de
las normas laborales y ambientales para atraer a la inversión extranjera
directa, también han privado a los países en desarrollo de una cantidad
importante de ingresos y han disminuido la eficacia regulatoria. Debido a la
elusión fiscal de las empresas transnacionales, los países en desarrollo han
sufrido una pérdida estimada de 189.000 millones de dólares anuales, lo que
efectivamente limita la capacidad de esos países para obtener recursos para el
desarrollo sostenible y la igualdad de género[5]. Entre
2002 y 2006 se habría perdido una cifra estimada de ingresos tributarios de
98.000 a 106.000 millones de dólares por año tan solo por la manipulación de
los precios comerciales (distorsiones de los precios comerciales entre
subsidiarias de una misma empresa multinacional a fin de reducir al mínimo el
pago de impuestos). Aproximadamente el 60% del comercio se produce en el ámbito
de las empresas multinacionales. La pérdida de ingresos superó en casi 20.000
millones de dólares los costos de capital anuales necesarios para alcanzar la
cobertura universal de los servicios de agua y saneamiento en 2015[6].
Los países más pobres, en los que las posibilidades de desarrollo sostenible se
ven más comprometidas por la marcada disminución de los ingresos tributarios,
son los más afectados (A/HRC/26/28).
En la Agenda de Acción de Addis Abeba se insta a los países a reducir y, en
última instancia, eliminar las corrientes financieras ilícitas procedentes de
la evasión de impuestos y la corrupción mediante el fortalecimiento de la
regulación nacional y la cooperación internacional.
29.
Debido a la considerable reducción de los
impuestos sobre las sociedades y el comercio, los sistemas impositivos
nacionales se han vuelto más regresivos y ha habido un vuelco hacia los
impuestos sobre el consumo, lo que ha tenido consecuencias claras en materia de
género. Por ejemplo, el aumento de los impuestos sobre los bienes de consumo
básicos y sobre los pequeños agricultores y empresas afecta de manera
desproporcionada a las mujeres. La imposibilidad de movilizar recursos
suficientes limita la capacidad del Estado para financiar los servicios
públicos y la protección social y de invertir en una infraestructura que ahorre
tiempo y energía. Esto afecta negativamente a la mayoría de las mujeres que,
debido a sus bajos ingresos y su función de cuidadoras principales, gastan una
mayor proporción de sus ingresos en bienes y servicios básicos y dependen de la
infraestructura pública y los servicios sociales. Si no se dispone de servicios
para el cuidado de los niños ni de infraestructura para el suministro de agua o
electricidad, las mujeres deberán soportar la carga de proveer al hogar, lo que
efectivamente aumenta el trabajo asistencial no remunerado que realizan[7].
La tributación progresiva sobre la renta, la riqueza y la herencia, así como
sobre las transacciones financieras, contribuiría a proporcionar la base de
recursos internos para la aplicación con perspectiva de género de la Agenda
2030 (véase A/HRC/26/28)[8].
30.
En lo que respecta a la asignación de recursos
internos, existe una serie de opciones de política para la consecución de la
igualdad de género y el empoderamiento de la mujer en el contexto de la
aplicación con perspectiva de género de la Agenda 2030. La inversión pública
con perspectiva de género crea por sí misma un margen fiscal pues acrecienta la
base productiva de la economía. La inversión pública en infraestructura física
y social puede promover la igualdad de género, reducir el trabajo asistencial
no remunerado de la mujer, estimular el empleo y conducir al crecimiento de la
productividad. Esas inversiones fortalecen las capacidades y tienen efectos indirectos
positivos en el conjunto de la economía. Por lo tanto, el gasto público en
infraestructura esencial y de apoyo debería considerarse como una inversión,
más que como un gasto. Permite a los Estados contar con un margen fiscal para
adoptar políticas anticíclicas que pueden amortiguar el golpe del desempleo y
la recesión mediante el gasto en bienes, servicios y estrategias de pleno
empleo, incluida la protección social. La inversión pública puede estimular el
crecimiento del ingreso y ampliar la base imponible correspondiente[9].
31.
La elaboración de presupuestos con perspectiva
de género es un instrumento para que los gobiernos reformen las políticas
presupuestarias, las asignaciones y los resultados, y para que canalicen los
recursos destinados al cumplimiento de los compromisos relativos a la igualdad
de género y los derechos humanos de la mujer[10]. Esa
forma de elaborar presupuestos también contribuye al análisis de las
consecuencias de las políticas fiscales en la igualdad de género. La
elaboración de presupuestos con perspectiva de género puede contribuir a
remediar la insuficiencia crónica de financiación de los mecanismos nacionales
previstos para fomentar la igualdad de género. También puede mostrar la manera
en que las prioridades del gasto público afectan a las mujeres y las niñas y
contribuir a la formulación y financiación de medidas para corregir las
desigualdades. Como se señaló en la Plataforma de Acción de Beijing, la
elaboración de presupuestos con perspectiva de género también puede contribuir
a que los recursos internos que se asignan a los gastos militares y de defensa[11]
pasen a asignarse, por ejemplo, a las inversiones en infraestructura física y
social, lo que mejoraría las capacidades y los medios de vida y promovería la
existencia de comunidades seguras y resilientes.
32.
La asistencia oficial para el desarrollo puede
ser un complemento útil de la movilización de recursos internos en todos los
países en desarrollo, como se reconoció en la Agenda 2030 y se afirmó en la
declaración política del 59º período de sesiones de la Comisión de la Condición
Jurídica y Social de la Mujer (véase la resolución 59/1, párr. 6). Por lo
tanto, la asistencia oficial para el desarrollo es crucial para solucionar la insuficiencia
crónica y persistente de las inversiones en la igualdad de género y el
empoderamiento de la mujer. La aplicación con perspectiva de género de la
Agenda 2030 podría acelerarse efectivamente mediante el cumplimiento de los
compromisos de larga data asumidos por los países desarrollados de aportar el
0,7% de su ingreso nacional bruto a la asistencia oficial para el desarrollo y
entre el 0,15% y el 0,2% a los países menos adelantados. El análisis de la
ayuda proporcionada por los miembros del Comité de Asistencia para el
Desarrollo de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE)
indica que aproximadamente el 5% de la ayuda suministrada en 2012-2013 tuvo
como objetivo principal la igualdad de género, mientras que el 25% la consignó
como objetivo secundario[12].
Las esferas prioritarias de la ayuda para el logro de los objetivos de igualdad
de género fueron la salud y la educación, sin tenerse en cuenta los sectores
económicos. En el análisis también se constató que la ayuda dirigida a las organizaciones
de mujeres de la sociedad civil fue un porcentaje ínfimo del total de los
fondos destinados a la igualdad de género.
33.
Las alianzas entre el sector público y el
privado también han surgido como una modalidad clave para la aplicación de la
Agenda 2030 y el empoderamiento de la mujer, en particular en los sectores del
agua, el saneamiento y la energía. Históricamente, los servicios de
abastecimiento de agua, saneamiento y electricidad se han ampliado mediante las
inversiones del sector público. Desde la década de 1980, esos servicios,
especialmente en los países en desarrollo, se han abierto a la participación
del sector privado, en parte como respuesta al fracaso del sector público en la
prestación de servicios a hogares de ingresos bajos, y, en parte, debido a que
los gobiernos no podían financiar adecuadamente los servicios públicos y
buscaron financiación. El resultado de las alianzas entre el sector público y
el privado ha sido desigual. Los datos que podrían indicar si las alianzas
entre el sector público y el privado benefician a las mujeres proporcionándoles
un servicio fiable y eficiente, o si resultan perjudiciales para ellas al
exigirles contribuciones monetarias y tarifas que quizás no puedan pagar
todavía son dispares (véase A/69/156).
La experiencia de la participación del sector privado en el abastecimiento del
agua muestra que no existe una diferencia significativa entre los operadores
públicos y privados en lo que respecta a la eficiencia o la transparencia[13].
Sin embargo, la participación del sector privado ha redundado en un mayor
descuido de las zonas rurales y distantes. Es por ello que los Estados deben
seguir suministrando un marco normativo propicio para los agentes privados y
una asistencia directa a las mujeres y los hogares más pobres, para que el
acceso al agua, el saneamiento y la electricidad sea universal (véase A/69/156).
34.
Las alianzas entre el sector público y el
privado se concentran en los sectores y mercados más rentables, como los de la
energía y las telecomunicaciones. Sin embargo, cuando estas alianzas se
utilizan para prestar servicios sociales, como la salud y la educación, existe
el riesgo de exacerbar las desigualdades existentes y marginar a las mujeres y
las niñas. Por ejemplo, la privatización de los servicios educativos ha tenido
efectos discriminatorios negativos en la asistencia escolar de las niñas (véase
A/HRC/29/30). Las alianzas entre
el sector público y el privado no eximen al Estado de su responsabilidad de
cumplir las obligaciones en materia de derechos humanos, como la de asegurar el
acceso universal a los servicios públicos y la protección social, que son
vitales para lograr la igualdad de género. Por lo tanto, la financiación del
sector privado para el desarrollo sostenible en el contexto de una aplicación
con perspectiva de género de la Agenda 2030 debe estar en consonancia con las
normas internacionales de derechos humanos y con las iniciativas nacionales
para promover la igualdad de género y el empoderamiento y los derechos humanos
de la mujer. Esas alianzas también deben reflejar los Principios Rectores sobre
las Empresas y los Derechos Humanos (A/HRC/17/31,
anexo), los convenios pertinentes de la Organización Internacional del Trabajo,
y los Principios para el Empoderamiento de la Mujeres establecidos por el Pacto
Mundial de las Naciones Unidas y ONU-Mujeres (véase la resolución 70/1 de la
Asamblea General, párr. 67).
35.
La metodología formulada por el Comité de
Asistencia para el Desarrollo para hacer un seguimiento de la asistencia
oficial para el desarrollo orientada a la igualdad de género constituye una
buena práctica que debería aplicarse más ampliamente, en particular a las
alianzas entre el sector público y el privado y la filantropía. La influencia
del apoyo empresarial y filantrópico en la igualdad de género y el
empoderamiento de la mujer está aumentando y a menudo determina las prioridades
y las agendas de la financiación. Un análisis reciente de 170 importantes
intervenciones empresariales y filantrópicas dirigidas a las mujeres y las
niñas es uno de los primeros intentos de hacer un seguimiento de esas fuentes
de financiación para la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y
las niñas. En él se observó que existe un enfoque limitado sobre determinadas
cuestiones y beneficiarios, y una financiación directa mínima para las
organizaciones de mujeres[14].
36.
La cooperación Sur-Sur puede promover la
igualdad de género y el empoderamiento de la mujer mediante el intercambio de
conocimientos y experiencias entre los países sobre la reducción de la pobreza,
la protección social y el desarrollo de la capacidad técnica, entre otras
cuestiones, pero se dispone de escasa información sobre el alcance y los
efectos de esa cooperación.
[11] El
Instituto Internacional de Estocolmo para la Investigación de la Paz informó de
que en 2014 el gasto militar mundial había llegado a una cifra estimada de
1.776 millones de dólares, equivalente al 2,3% del PIB mundial. Puede
consultarse en http://www.sipri.org/research/armaments/milex (consultado el 4
de diciembre de 2015).
[12] Red de Igualdad de Género (GENDERNET) del Comité de Asistencia para
el Desarrollo de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE),
“From commitment to action: financing gender equality and women’s rights in the
implementation of the Sustainable Development Goals” (marzo de 2015).
[13] Satoko
Kishimoto, Emanuele Lobina y Olivier Petitjean, editores, “Our Public Water
Future: the Global Experience with Remunicipalization” (Transnational Institute
y otros, Amsterdam, Londres, París, Ciudad del Cabo y Bruselas, 2015); y Fondo
Monetario Internacional, “Public-private partnerships” (marzo de 2004). Puede
consultarse en www.imf.org/external/np/fad/2004/pifp/eng/031204.htm
(consultado el 29 de diciembre de 2015).
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