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lunes, 17 de junio de 2013

Los derechos humanos de la mujer


En la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada en Beijing en 1995, se reafirmó que el disfrute pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales por la mujer y la niña constituía una prioridad para los gobiernos y las Naciones Unidas y era esencial para el adelanto de la mujer. Se destacó que los gobiernos no sólo debían abstenerse de violar los derechos humanos de todas las mujeres, sino también trabajar activamente para promover y proteger esos derechos.
La Plataforma de Acción, aprobada por la Conferencia de Beijing, identificó la falta de respeto de los derechos humanos de la mujer como una de las 12 esferas de principal preocupación que requerían la adopción de medidas por parte de los gobiernos y la comunidad internacional. En la Plataforma se hizo un llamamiento en favor de la aplicación íntegra de todos los instrumentos de derechos humanos, especialmente la Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. También se destacó la importancia de garantizar la igualdad y la no discriminación, con arreglo al derecho y en la práctica, y la capacitación jurídica básica.
Durante su 42o período de sesiones, celebrado en 1998, la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer propuso que los Estados Miembros y la comunidad internacional adoptaran nuevas medidas para promover los derechos humanos de la mujer, incluida la incorporación de una perspectiva de género en todos los programas y políticas pertinentes. Entre las conclusiones convenidas del período de sesiones había medidas para alentar y apoyar los diálogos basados en la comunidad y de amplia base nacional sobre el significado de los derechos humanos y sobre la discriminación y las violaciones basadas concretamente en el género. Las conclusiones también se centraron en la necesidad de garantizar la existencia de marcos jurídicos y normativos a escala nacional que garantizaran el pleno disfrute de todos los derechos humanos de las mujeres y las niñas.

Instrumentos jurídicos internacionales
En la Plataforma de Acción se destaca el papel central de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer en el adelanto de la mujer y en los esfuerzos por lograr la igualdad entre los géneros. En la Convención se establece no sólo una declaración de derechos en favor de la mujer, sino un programa relativo a las medidas que deben adoptar los gobiernos para garantizar el disfrute de esos derechos.
La Convención fue aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en diciembre de 1979 y entró en vigor como tratado internacional el 3 de septiembre de 1981. En la Plataforma de Acción se preveía la ratificación universal de la Convención a más tardar en el año 2000.
  • Al 1o de noviembre de 1999, el número de Estados Partes en la Convención había ascendido a 165, con la ratificación de Nueva Zelandia, que también incorporaba a las Islas Cook y Niue. La mayoría de ellos han aceptado sus obligaciones incondicionalmente, aunque otros han presentado reservas sustantivas, algunas de ellas basadas en leyes religiosas y tradiciones culturales.
  • El Protocolo Facultativo de la Convención se abrió a la firma el Día de los Derechos Humanos, el 10 de diciembre de 1999. Cuando entre en vigor, tres meses después de que se haya recibido el décimo instrumento de ratificación o de adhesión, el Protocolo Facultativo situará a la Convención en un pie de igualdad con otros instrumentos internacionales de derechos humanos que tienen procedimientos de presentación de denuncias. El Protocolo Facultativo permitirá que las mujeres víctimas de discriminación basada en el sexo presenten denuncias ante el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, el órgano creado en virtud de la Convención.
Mecanismos internacionales de derechos humanos
En la Plataforma de Acción se destaca la importante función del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. El Comité examina los informes de los Estados Partes sobre la aplicación de la Convención. Otros órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos también reconocen cada vez más las situaciones relativas a los derechos humanos que afectan específicamente a la mujer.
  • Desde 1995, el Comité ha examinado 57 informes de Estados Partes. Al 1o de agosto de 1999, el número de informes atrasados que debieron haberse presentado al Comité ascendía a 252.
  • La Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas incluye ordinariamente en su programa un tema sobre la integración de los derechos humanos de la mujer y la perspectiva de género, al tiempo que destaca la necesidad de incorporar una perspectiva de género en todos los temas de su programa.
  • Muchos gobiernos promueven activamente los derechos humanos de la mujer en foros internacionales y cooperan con relatores especiales de la Comisión de Derechos Humanos. En 1999, la Relatora Especial sobre la Violencia contra la Mujer visitó, entre otros países, Cuba, Indonesia y Timor Oriental y los Estados Unidos.
Garantizar la igualdad y la no discriminación
En todas las regiones se ha logrado progresar en el fortalecimiento del marco jurídico que propicie la igualdad y en la adhesión a la legislación. Se ha perfeccionado el establecimiento de los mecanismos para reparar violaciones de los derechos, y los tribunales de un número cada vez mayor de países fomentan activamente el respeto de los derechos humanos de la mujer. Los gobiernos también han reconocido la necesidad de complementar su legislación con otras medidas, incluida la reforma social, para garantizar el disfrute de hecho de los derechos humanos de la mujer.
  • Eritrea, Etiopía, Marruecos y Polonia han fortalecido las disposiciones de sus respectivas constituciones que garantizan la igualdad entre el hombre y la mujer y la protección de los derechos humanos de la mujer.
  • En Omán se fortalecieron los derechos políticos de la mujer cuando se le otorgó el derecho al voto en 1997.
  • Mónaco y la República de Corea están entre los países que han eliminado disposiciones de sus leyes sobre nacionalidad en las que se discriminaba a las mujeres.
  • Brunei Darussalam, con la introducción de una nueva Ley sobre la familia islámica, está entre los países que han revisado su código civil y el de la familia. En muchos países las revisiones reflejan la distribución equitativa de los bienes comunales entre los cónyuges, la igualdad entre el hombre y la mujer ante el matrimonio y la ley sobre el divorcio, así como la normalización de la herencia.
  • Mongolia, Nepal y la República Unida de Tanzanía han reemplazado sus leyes discriminatorias o introducido nuevas leyes en relación con la herencia, la propiedad, la tierra y otros derechos de propiedad.
  • Varios países africanos, entre ellos Ghana y el Senegal, han introducido leyes que penalizan prácticas tradicionales dañinas, como la mutilación genital de las niñas y las mujeres.
  • Turquía es uno de los varios países que han modificado su código penal para eliminar el tratamiento diferenciado del hombre y la mujer en relación con el adulterio, así como con el homicidio de uno de los cónyuges.
  • El Canadá ha aumentado la accesibilidad de los grupos vulnerables, entre ellos las aborígenes y las mujeres con discapacidades, al sistema de justicia penal.
  • La República Islámica del Irán y Nepal han hecho progresos en el establecimiento de cortes especiales de la familia y oficinas encargadas de las cuestiones relativas a la mujer en la magistratura.
  • La Comisión Nacional de Derechos Humanos de México emprendió un estudio comparativo entre las normas federales y estatales relativas a las mujeres y los niños y las disposiciones de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y de la Convención sobre los Derechos del Niño. Sobre la base de las conclusiones a las que se llegó, se hicieron recomendaciones con miras a la reforma legislativa en varias esferas.
  • En la Federación de Rusia, la Duma estatal aprobó directrices sobre medidas legislativas para garantizar la igualdad de derechos y de oportunidades para el hombre y la mujer.
Fomentar la capacitación jurídica básica
Se han adoptado medidas para promover la capacitación jurídica básica mediante la publicación y difusión de información sobre leyes relativas a la igualdad de la condición jurídica y social de todas las mujeres y sus derechos humanos.
  • Albania, Burkina Faso, Chile, el Ecuador y el Senegal están entre los países que han iniciado programas de educación jurídica en los que se presta especial atención a los derechos humanos de la mujer. Los programas comprenden la capacitación de magistrados y de funcionarios encargados de hacer cumplir las leyes.
  • La Comisión Nacional de la Mujer de México publicó un manual titulado Cómo legislar desde una perspectiva de género? y lo utilizó en seminarios de información dirigidos a los legisladores.
  • Muchos países han llevado a cabo actividades de sensibilización y fomento de la toma de conciencia respecto de los derechos humanos de la mujer en las que los mecanismos nacionales han desempeñado una función primordial en relación con la difusión sistemática entre las mujeres de información acerca de sus derechos. Se han traducido a idiomas locales tratados internacionales y códigos nacionales que han sido ampliamente difundidos.
  • Algunos gobiernos han apoyado la creación de secciones dedicadas a los derechos humanos de la mujer en el seno de organizaciones no gubernamentales.

Esta nota informativa se basa en el documento titulado "Examen y evaluación de la aplicación de la Plataforma de Acción de Beijing: informe del Secretario General" (E/CN.6/2000/PC/2).

http://www.un.org/spanish/conferences/Beijing/fs9.htm
Gracias a Martha Peñafiel .

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