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miércoles, 10 de agosto de 2022

Después de Viena: Los derechos de las mujeres son derechos humanos 18/24



 Después de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, se han establecido nuevos puestos y procedimientos de coordinación como medio para implementar los mandatos de integrar los derechos humanos de las mujeres e incorporar la perspectiva de género a través de todo el sistema. Estos incluyen la creación de una Consejera Especial en Asuntos de Género y Adelanto de las Mujeres, la designación de puntos focales en género y un mandato de la Asamblea General a todas las agencias, comités, departamentos, divisiones, unidades etc., para que integren los derechos humanos de las mujeres y la perspectiva de género. Pero las dos más importantes acciones en el período post Viena, para cumplir con los objetivos del movimiento de derechos humanos de las mujeres, han sido la designación de una Relatora Especial en Violencia contra Las Mujeres, sus Causas y sus Consecuencias; y la adopción de la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia Contra las Mujeres


A La relatora especial en violencia contra las mujeres

Esta relatora tiene a su cargo la investigación de los incidentes de violencia contra las mujeres y la elaboración de informes que presenta directamente al Consejo de Derechos Humanos y a la CSW; es parte del sistema de procedimientos especiales que creó la Comisión de Derechos Humanos y por ende, su posición es igual a y lo hace de igual manera que los y las otras/os relatoras/es independientes de derechos humanos. De acuerdo con la solicitud de las ONGs de derechos de las mujeres, la Comisión (ahora se llama Consejo) encaminó la labor de la relatora hacia “la violencia  contra las mujeres, sus causas y sus consecuencias”, permitiéndole así emprender un estudio más abarcador de lo que sería posible a través del estudio de casos individuales. La experta en derechos humanos, Radica Coomaraswamy, de Sri Lanka, fue la primera en ser designada en ese puesto e inició una serie de informes sobre la violencia contra las mujeres en la familia, la comunidad y por el estado, incluso en tiempos de guerra. Después de ella, ha habido 3 relatoras especiales más. En el 2021 se designará a una nueva relatora.

B La declaración sobre la eliminación de la violencia contra las mujeres

Esta Declaración se adoptó por consenso de la Asamblea General el 20 de diciembre de 1993, después de dos años de redacción por un grupo de expertas, organizado por la DAW. Como primer documento de la ONU exclusivamente dedicado al tema de la violencia contra las mujeres, uno de sus más importantes logros es la definición de violencia, la cual incluye el abuso no físico. La Declaración también denuncia la violencia contra las mujeres en el hogar y la comunidad y repudia la idea de que los Estados no son responsables, ni llamados a rendir cuentas por la violencia perpetrada por actores privados. Aunque no es legalmente vinculante, la Declaración, como expresión de voluntad política internacional, puede facilitar la creación de legislación internacional para la protección de las mujeres de la violencia de género. En el sistema Interamericano sí existe un instrumento legalmente vinculante, llamado La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar a Violencia Contra las Mujeres, conocida como la Belém do Pará.


Este texto esta tomado del libro de Alda Facio Montejo titulado La evolución de los derechos humanos de las mujeres en las Naciones Unidas 


 Alda nos dice : Este documento ha sido preparado con fines puramente pedagógicos. No pretende ser una historia oficial ni completa de estos años. Resume, desde la perspectiva de una latinoamericana que ha participado en muchos de los eventos que aquí se narran, una breve etapa de la larga historia de la lucha de las mujeres contra el patriarcado que también está dentro de la ONU. Este pedacito de la historia de resistencia y logros de las mujeres no pretende decir que sea dentro de la ONU o en esos años que hayan sucedido los acontecimientos más importantes para el logro de la igualdad y la justicia social para las mujeres de todo el mundo, de todas las razas/etnias, credos, culturas, edades, nacionalidades, capacidades, sexualidades, etc. 

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