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martes, 2 de agosto de 2022

La cuarta conferencia en Beijing 10/24


La última y cuarta conferencia se realizó en 1995 en Beijing. Al evaluar que a pesar de todas las medidas adoptadas aún persistían los obstáculos para lograr la igualdad de oportunidades y derechos de las mujeres, esta conferencia adoptó “La Plataforma de Acción” que consta de una serie de medidas que los Estados estaban obligados a implementar en los quince años posteriores a la conferencia. Se ha dicho que esta conferencia tuvo un carácter “vinculante” en el sentido de que asoció las medidas que los Estados debían adoptar con las obligaciones legales estipuladas en la CEDAW21 . En este sentido, es la conferencia sobre la mujer que más explícitamente ha planteado sus temas desde un enfoque de género y de derechos humanos, gracias a todo lo que se logró en la Conferencia Mundial de DDHH en Viena. Por la importancia de estas conferencias para los años venideros y para el tema de los derechos humanos de las mujeres, he incluido apartados independientes sobre las mismas. 

Después de las cuatro conferencias de la mujer, la CSW ha seguido reuniéndose cada año para discutir la implementación de la Plataforma de Acción de Beijing por áreas y en el año 2000 organizó la reunión llamada Beijing+5 para evaluar los avances en la implementación de la Plataforma. Aquí es importante recordar que después de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos en Viena, justo dos años antes de la 4ta Conferencia, la CSW cambió su enfoque hacia uno de derechos humanos. Sin embargo, la plena incorporación de esta perspectiva y de esta forma de entender los obstáculos que no permiten realizar el anhelo de igualdad, está probando ser muy difícil debido al creciente empoderamiento del Vaticano y la siempre creciente participación de ONGs evangélicas, derechistas y misóginas en las reuniones de la ONU, así como la proliferación en todo el mundo de Estados autoritarios con regímenes fundamentalistas y, por ende, misóginos, homofóbicos y racistas.


21 Aunque es importante anotar que hay juristas que sostienen que todos los acuerdos de las conferencias internacionales tienen un carácter vinculante en la medida en que son resoluciones que contienen el deseo de los que las adoptan de cumplir con la Carta de las Naciones Unidas. Además, cada resolución representa un compromiso internacional para aquellos Estados que votaron a favor de ella.



Este texto esta tomado del libro de Alda Facio Montejo titulado La evolución de los derechos humanos de las mujeres en las Naciones Unidas 

 Alda nos dice : Este documento ha sido preparado con fines puramente pedagógicos. No pretende ser una historia oficial ni completa de estos años. Resume, desde la perspectiva de una latinoamericana que ha participado en muchos de los eventos que aquí se narran, una breve etapa de la larga historia de la lucha de las mujeres contra el patriarcado que también está dentro de la ONU. Este pedacito de la historia de resistencia y logros de las mujeres no pretende decir que sea dentro de la ONU o en esos años que hayan sucedido los acontecimientos más importantes para el logro de la igualdad y la justicia social para las mujeres de todo el mundo, de todas las razas/etnias, credos, culturas, edades, nacionalidades, capacidades, sexualidades, etc. 

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