El derecho a la libertad de religión y creencias propias dentro de la ley
A la luz de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos este derecho comprende la libertad de toda
mujer de conservar su religión o sus creencias, o de
cambiar de religión o creencias, así como la libertad de
profesar y divulgar su religión o creencias, individual
o colectivamente, tanto en público como en privado.
Además, ninguna mujer puede ser objeto de medidas
restrictivas que puedan menoscabar su libertad de
conservar su religión o sus creencias, o de cambiar
ambas.
La liberta de manifestar la propia religión y las propias
creencias está sujeta únicamente a las limitaciones
prescritas por la ley y que sean necesarias para
proteger la seguridad, el orden, la salud o la moral
públicos o los derechos o libertades de los demás.90
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