25 de
noviembre: Día Internacional contra la Violencia de Género
España: Cuando la
justicia también golpea
Amnistía Internacional
denuncia las trabas que encuentran en los juzgados las mujeres víctimas de
violencia de género
“No podemos ayudarlas si no denuncian. No podemos
ayudarlas, no podemos apostar, y no digo el Gobierno, digo toda la sociedad, si
esas mujeres no denuncian”.
Ana Mato. Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Rueda de prensa, 25 de junio de 2012
Ante la violencia de género, las
autoridades insisten en que si no hay denuncia no puede haber ayuda. Sin
embargo, Amnistía Internacional ha podido constatar cómo casi 8 años después de
la Ley de medidas de protección integral contra la violencia de género (Ley
Integral) las mujeres siguen encontrado graves obstáculos al acceso y a la
obtención de justicia y protección. El número de sobreseimientos es muy
elevado, 48.000 sólo en 2011, y el número de órdenes de protección se ha
reducido en 10 puntos desde 2007, según datos del Consejo General del Poder
Judicial.
Desde la entrada en vigor en enero
de 2005 de la Ley Integral hasta el 8 de noviembre de 2012, 503 mujeres
han perdido la vida a manos de su pareja o ex parejas. Y según la Macroencuesta
realizada por el Gobierno español en 2011, se estima que en todo el territorio
español más de dos millones de mujeres han sufrido maltrato alguna vez en su
vida. Cerca de 600.000 en los últimos doce meses. Sin embargo, los datos del
Consejo General del Poder Judicial constatan la tendencia a la baja en el
número de denuncias desde 2008.
La Ley Integral estableció la
creación de Juzgados de Violencia sobre la Mujer (JVM). Y aunque, Amnistía
Internacional reconoce la importante labor que realizan los profesionales en
este ámbito, desde la puesta en marcha de estos juzgados, Amnistía
Internacional alertó de la persistencia de trabas que dificultaban el acceso de
las mujeres a la protección y la justicia. A más de siete años de su
funcionamiento, la organización lamenta que éste no se haya evaluado, pese a
que existen cifras preocupantes.
Según el Consejo General del Poder
Judicial, entre 2006 y 2011, el 64% de los casos fueron sobreseídos. Sólo en
2011 se archivaron en el conjunto del Estado una media del 45% de las
denuncias. También se produjo un descenso en la concesión de órdenes de
protección solicitas por las mujeres: un 36,8% de las solicitudes de orden de
protección fueron rechazadas. Y las sentencias condenatorias se sitúan en el
50%, diez puntos por debajo del porcentaje de 2006.
“Todos estos datos sugieren que
existen importantes barreras en el acceso a la protección, a la justicia y a la
reparación de las víctimas. Y en lugar de justificar la inacción de las instituciones
descargando en las víctimas la “obligación” de denunciar, las autoridades deben
verificar la efectividad de esa protección, e identificar los obstáculos que
impiden que las mujeres puedan obtener justicia y protección real”, señaló
Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional España.
Obstáculos que explican la
caída de las cifras
Amnistía Internacional ha
identificado seis ámbitos de especial preocupación en los que se pone de
manifiesto la grave desprotección y/o falta de diligencia en la protección a
las mujeres y niñas víctimas de violencia que han decidido denunciar:
1.No todas las mujeres son adecuadamente
informadas sobre sus derechos. La Ley Integral garantiza el derecho a la
información de las víctimas. Sin embargo, Amnistía Internacional ha comprobado
cómo la información no llega a las personas que no conocen el idioma o el
funcionamiento del sistema penal, al no garantizarse intérpretes de calidad en
comisarías y en juzgados.
2. Déficit en la disponibilidad y la calidad de
la asistencia letrada. La Ley Integral contempla la creación de “turnos de
oficio de guardia”. Amnistía Internacional ya puso de relieve la desigual
dotación de estos turnos de oficio, en muchos casos infravalorados. En la
actualidad, los recortes presupuestarios en justicia podrían estar mermando aún
más la disponibilidad de abogados y abogadas. La mayoría de los casos seguidos
por Amnistía Internacional se encontraron con sus representantes legales
minutos antes de empezar el juicio. A esto hay que unir que la calidad de la
asistencia está directamente vinculada al interés y sensibilidad de cada
profesional, que siguen sin contar con una formación adecuada.
3. Falta de diligencia en la investigación
judicial. Es la propia víctima quien tiene que aportar las pruebas
necesarias, y los casos son sobreseídos sin apenas investigación de oficio por
parte del juzgado competente, ni por parte de la Fiscalía. Amnistía
Internacional ha documentado casos en los que las pruebas que presenta la mujer
son denegadas por el juzgado al considerarlas “innecesarias”, a la vez que los
casos son archivados, incluso en casos en los que hay niñas abusadas
sexualmente. Según datos del CGPJ, en 2011, de los 48.000 autos de
sobreseimiento en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, más de 40.000
fueron dictados por ese motivo.
4. Sin “marcas físicas”, los obstáculos se
multiplican. Amnistía Internacional ha podido contrastar que en casos de
violencia psicológica y/o sexual o de violencia habitual, sin lesiones físicas
recientes, existen aún mayores dificultades para que las denuncias de las
víctimas prosperen. En todos los casos documentados por AI, y en los de las mujeres asesinadas que
contaron con denuncias previas sólo lograron enjuiciar alguna de las conductas,
normalmente de escasa entidad.
5. La contradenuncia como estrategia de
impunidad. Amnistía Internacional contempla con gran preocupación la
práctica de algunos agresores de denunciar a las mujeres. Cientos de mujeres
son condenadas y se enfrentan a penas muy similares a las de sus agresores, lo
que resulta una fuente extrema de revictimización.
6. Prejuicios y trato irrespetuoso en la
obtención del testimonio de las víctimas. La organización ha contrastado
cómo las víctimas de violencia de género se enfrentan a prejuicios que ponen en
duda la credibilidad de sus testimonios, especialmente las mujeres extranjeras
en situación irregular. También a falta de pruebas se las somete a duros
interrogatorios para intentar “desacreditar”
sus testimonios, una práctica contraria a las recomendaciones de
organismos internacionales.
Consecuencias de estos
obstáculos
“Me pueden dar un
golpe, me pueden llevar un pedazo, pero yo no vuelvo a denunciar”.
Mujer dominicana que vio denegada la orden de protección y archivadas
sus dos denuncias por violencia de género en 2012
En los casos de las mujeres y las
niñas documentados por la organización se han encontrado procedimientos
judiciales no adaptados a sus necesidades, con trabas que les han impedido la
obtención de justicia y que no han facilitado la justa resolución de los casos.
“Ante esta situación hemos
constatado en primer lugar, el impacto negativo en el proceso de recuperación
de las mujeres, así como la pérdida de confianza en la justicia y la búsqueda
de protección al margen del sistema judicial, aunque para ello tengan que vivir
escondidas. En segundo lugar, con los sobreseimientos y la absolución de los
agresores, éstos se siente más legitimados, y en todos los casos que hemos
documentado se han repetido las agresiones. Y por último, la falta de
evaluación consolida las malas prácticas profesionales”, manifestó Esteban
Beltrán.
Peticiones de Amnistía
Internacional
Amnistía Internacional insta al
Estado español a rendir cuentas sobre el
cumplimiento de sus obligaciones internacionales concernientes al acceso y la
obtención de justicia y protección para las víctimas de violencia de género.
Y a todas las demás instituciones
(Parlamento, Ministerio de Justicia, Consejerías de Justicia, Consejo General
del Poder Judicial, Fiscalía General y Fiscalías especiales y los Colegios de abogados), la organización
les pide según sus competencias:
•
que lleven a cabo un estudio en profundidad
sobre la garantía de los derechos de las víctimas ante la justicia en los
Juzgados de Violencia sobre la Mujer, y de las cifras que se están dando en
estos siete años de funcionamiento.
•
que aseguren la especialización real, no sólo
nominal, de los órganos judiciales encargados de violencia de género.
•
que garanticen la disponibilidad y la calidad de
la asistencia letrada a las víctimas de violencia de género, incluida la
violencia sexual y la trata de personas desde la interposición de la denuncia y
durante todo el proceso judicial. Para ello se debería fijar el número de
letrados y letradas adscritos a estos turnos, en función del número de
población del territorio correspondiente.
•
que mejoren los mecanismos de formación inicial
y continua de jueces, fiscales, abogados e intérpretes en materia de derechos
humanos y violencia contra las mujeres desde un enfoque de género.
/// FIN
Imagen de pintura de Maria Jesus Hernandez Sanchez
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