El próximo 26 de mayo se celebran las elecciones municipales y autonómicas en la Comunidad de Madrid, donde persisten desviaciones de la media estatal, a pesar de que aquí vivimos el 14,3% de las mujeres de España. Como muestra la tabla que acompañamos, nuestra región está por debajo de la media estatal en protección social, policial y judicial.
Por ello, ante los próximos comicios, desde la Plataforma 7N-Madrid EXIGIMOS:
1. Que la política autonómica contra la violencia hacia las mujeres incluya a las asociaciones de mujeres tal y como establece Convenio de Estambul en sus artículos 8 (los Estados dedicarán recursos financieros para que las organizaciones no gubernamentales y la sociedad civil realicen acciones para prevenir y combatir todas las formas de violencia), 9 (reconocerán, fomentarán y apoyarán y establecerán una cooperación efectiva con el trabajo de las ONGs pertinentes que sean activas en la lucha contra la violencia contra la mujer), 13.1 (promoverán regularmente campañas de sensibilización en cooperación con las ONGs de igualdad y derechos humanos, en particular las organizaciones de mujeres), 18.2 tomarán las medidas legislativas u otras para que existan mecanismos adecuados de cooperación eficaz entre autoridades estatales, locales y regionales, judiciales, fiscales, las fuerzas y cuerpos de seguridad y las ONGs pertinentes para la protección y el apoyo a las víctimas y testigos) o 55.2 (adoptarán medidas legislativas o de otro tipo para garantizar que las ONGs especializadas en violencia doméstica puedan asistir y/o apoyar a las víctimas, a petición de éstas, en los procedimientos judiciales). Ya que nada de esto se hace en la Comunidad de Madrid.
2. Que el presupuesto autonómico para igualdad y violencia de género se restablezca a sus niveles previos a 2008, ya que entre 208 y 2018 ha bajado un 47,4% de -de 44,8 a 23,6 millones de euros- y de 2014 a 2016 ha dejado sin gastar un 25%.
3. No revictimizar a las y los menores víctimas de violencia de género. Penalizar el uso del SAP o su filosofía de nuestra Comunidad, prohibición de la custodia compartida impuesta, Supresión del régimen de visitas y patria potestad en casos de VG aplicando los juzgados los artículos 65 y 66 de la Ley 1/2004.
4. Que la Red de Atención Integral para la violencia de género de la Comunidad de Madrid, los 52 Puntos Municipales de atención jurídica, psicológica y social a mujeres y menores víctimas, esté suficientemente dotada, sea estable y no precarizada. Esta red tiene una baja cobertura y escaso número de atenciones, inestabilidadya que depende de convenios anuales de la Dirección General de la Mujer con los Ayuntamientos y es parcial, lo que favorece su externalización a contratas que duran menos del máximo de 5 años
5. Atención a las víctimas si el agresor no es su pareja o expareja, a las de agresiones sexuales y el incremento de plazas residenciales y Centros de Día para víctimas de trata. En la práctica sólo atiende la violencia ejercida por la pareja o expareja, aunque el artículo 2 de la Ley madrileña 5/2005, a diferencia de la ley estatal 1/2004, no se restringe a ese ámbito.Para las víctimas de violencia sexual hay atención psicológica, jurídica y social en el Centro Víctimas de Agresiones Sexuales (CIMASCAM), pero es insuficiente para los 2,8 millones de mujeres que viven en la C. Madrid. De las que han sufrido violencia sexual, el 7,2% de las de 16 y más años (según la Macroencuesta 2015) y solo hay 2 centros con 19 plazas de residencia temporal para víctimas de trata con fines de explotación sexual o mujeres que desean abandonar la prostitución y un Centro de día para víctimas de Trata.
6. Aprobación de una Ley Integral contra la Explotación Sexual de Mujeres en Prostitución y Trata de la Comunidad de Madrid. La prostitución y trata de mujeres con fines de explotación sexual son formas extremas de violencia sexual contra las mujeres.
7. Formación en igualdad y violencia de género cada año. Solo el 6% de los estudiantes y el 0,7% del profesorado han recibido esta formación. Se sigue limitando la prevención en el ámbito escolar a ofertar cada año charlas esporádicas que acepta una minoría de centros, incumpliendo el artículo 14 del Convenio de Estambul y el art. 8 de la LICVGCM autonómica.
8. Que se reconozcan los casos de violencia psicológica en aplicación del art. 33 del C. Estambul, siendo imprescindible que se pongan en marcha todas Unidades de Valoración Forense Integral necesarias formadas por profesionales de la sanidad, la psicología y el trabajo social forense.
9. Mejorar la atención psicológica a niñas y niños víctimas de violencia de género y en los puntos de encuentro familiar. Sólo 20 de los 52 Puntos Municipales, y por tanto solo el 11% de los 182 municipios, reciben un día a la semana 4 o 5 horas de servicio itinerante de atención psicológica infantil, que en 2016 atendió a 283 niñas y niños víctimas de violencia de género, con casi 3.000 intervenciones. Sólo hay un centro de intervención especializado en abuso sexual infantil (CIASI) en Madrid, donde el 14,4% de la población son menores de 16 años.
10. Incremento de las de plazas residenciales en centros de emergencia, casa de acogida y pisos tutelados. En 2015 el Informe Sombra de Generando Red pedía aumentar las 299 plazas de la red de recursos residenciales y que se dotaran de suficientes profesionales, principalmente de psicólogas, y recursos para cumplir su finalidad como centros de recuperación del daño sufrido, y, dado que son gestionados por empresas, que en los pliegos de contratación no primara el precio en detrimento de la calidad del servicio. La escasez fue reiterada por el Informe Sombra al CEDAW en 2017, que sumaba 492 plazas.
11. Necesitamos más transparencia y mejores datos, como herramienta de sensibilización social, de participación ciudadana y de evaluación y mejora de los servicios. Se carece de un Portal de datos como el de la Delegación de Gobierno contra la Violencia de Género y los informes trimestrales del Consejo General del Poder Judicial, sigue primando la opacidad y faltan desgloses e indicadores que permitan sensibilizar, evaluar y mejorar las políticas. La Memoria 2016 de evaluación de la Estrategia regional de VG es autocomplaciente, poco contrastada y sin marco social. No cumple el artículo 11 del Convenio de Estambul, con datos estadísticos detallados relativos a todas las formas de violencia incluidas en el ámbito de aplicación del Convenio, ni siquiera las de su propia Ley 5/2015.
12. Formación del personal sanitario enfocada al reconocimiento, detección precoz y mejora de la asistencia de situaciones de violencia de género (art. 20.2 Convenio de Estambul y art. 10 ley 5/2005).
13. Medidas dirigidas Mujeres refugiadas y solicitantes de asilo. Como señalóó la Plataforma CEDAW Sombra en 2017, “en la integración social (que) es donde la Comunidad de Madrid despliega todo su ámbito competencial”, su Plan de Atención a refugiados 2015 no prevé una atención específica a las mujeres, pese a que se estima que una de cada tres ha sufrido VG.
14. Prevención en el ámbito laboral. La Inspección de Trabajo detecta un caso al día de acoso sexual en el ámbito laboral, entre los 8,6 millones de mujeres con empleo en España (2.484 de 2008 a 2015, con 489 requerimientos y sanciones por valor de 237.748€, en esos 8 años) y en los juzgados solo hubo 49 sentencias condenatorias por acoso, según UGT.
15. Mejoras estructurales con el dinero recibido a través del Pacto de Estado. Inversión en las deficiencias señaladas, especialmente en prevención en los centros educativos y sanitarios, protección social, seguridad y protección judicial de mujeres y menores sometidos a VG.
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