La Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer (CSW, por sus siglas en inglés) –instancia de las Naciones Unidas– estableció llamamientos globales para que los Estados detengan y sancionen los asesinatos de mujeres por razones de género (feminicidio).
En la declaración final al concluir la 57 sesión de la CSW en Nueva York, se definió al asesinato de mujeres y niñas como “la forma más brutal y deplorable de la violencia de género”.
El documento –respaldado por los 131 Estados miembro de la ONU asistentes a la sesión– determina llamaamientos para la generación de políticas públicas que busquen prevenir, erradicar y sancionar todas las formas de violencia contra las mujeres a nivel global y local, en las que se incluye el delito de feminicidio.
Cimacnoticias consultó el texto en inglés –que se espera sea publicado en breve en varios idiomas– en el cual se condenan los asesinatos de mujeres por razones de género, lo que en México se define y tipifica como feminicidio.
De acuerdo con la relatora de Naciones Unidas para la violencia contra las mujeres, Rashida Manjoo, al año se registra el asesinato de 66 mil mujeres a nivel mundial.
Según el informe 2012 de la organización suiza “Small Arms Survey”, retomado por la relatora, 25 de los países con las más altas tasas de feminicidio están en América Latina (AL) .
Durante la sesión de la CSW, celebrada del 4 al 15 de marzo y cuyo eje temático fue la “Eliminación y prevención de todas las formas de violencia contra las mujeres y niñas”, las delegaciones oficiales de 12 países de AL –entre ellos México– impulsaron que en los resolutivos finales se incluyera la figura de feminicidio.
Así, la CSW definió que la violencia contra las mujeres y niñas es resultado de la inequidad histórica y persistente entre mujeres y hombres, que impide a la población femenina el pleno goce de sus Derechos Humanos.
La instancia del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC, por sus siglas en inglés), estableció que la violencia de género se caracteriza por el uso o abuso del poder y el control público sobre una mujer, que resulta en daño físico, sexual, psicológico, económico o social.
Al mismo tiempo condenó cualquier tipo de violencia cometida contra las mujeres, y puso énfasis en la violencia que sufren las mujeres que se encuentran en un contexto de guerra o posguerra.
En el documento también se establece que a nivel internacional los crímenes de violencia sexual podrán ser considerados como de lesa humanidad o un acto relacionado al genocidio o la tortura.
Los crímenes y agresiones que sufren las defensoras de DH en el cumplimiento de su labor resultaron preocupantes para la CSW, por lo que se incluyó que los Estados deben garantizarles protección.
La CSW urgió a los Estados miembros a emprender acciones inmediatas para sancionar y castigar a quienes violentan a las mujeres –mediante la acción coordinada de todos los niveles de gobierno–, y a brindar protección y atención integral a las víctimas de agresiones o en su caso a las sobrevivientes de la violencia.
Consideró como una de las acciones prioritarias la creación de un marco normativo y legal que sancione todas las formas de violencia contra las mujeres, basado en las recomendaciones y lineamientos de Convenciones internacionales, y que contemplen protocolos para la efectiva aplicación de las leyes.
La CSW planteó que las políticas públicas y acciones de gobierno deben contemplar el fortalecimiento de los marcos jurídicos y la rendición de cuentas; la prevención de la violencia de género que aborde las causas estructurales y subyacentes de la violencia, así como los factores de riesgo; el reforzamiento de los servicios y programas para atender la violencia contra las mujeres, y mejorar la información y datos en la materia.
Por: Anaiz Zamora Márquez
Cimacnoticias | México, DF.- 21/03/2013
http://www.cimacnoticias.com.mx/node/62824
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