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martes, 22 de mayo de 2018

Llamamiento para el establecimiento de un observatorio contra el feminicidio



25. La Relatora Especial ha definido el feminicidio, o el asesinato de mujeres por razones de género, como la matanza de mujeres en razón de su sexo o género. Constituye la forma más extrema de violencia contra la mujer y la manifestación más violenta de discriminación y desigualdad de la mujer.

 26. La cuestión del feminicidio ha recibido una gran atención desde el establecimiento del mandato de la Relatora Especial y se examina sistemáticamente durante las visitas a los países. En 1995, la Relatora Especial presentó un informe temático sobre la violencia en la familia a la Comisión de Derechos Humanos, en el que se puso de relieve el predominio de una ideología familiar con roles arraigados de las mujeres como esposas y madres que les impedía acceder a roles no tradicionales y exponía a las mujeres que no encajaban en los roles característicos de cada sexo, o no los respetaban, a delitos motivados por prejuicios de género. La Relatora Especial destacó que esa ideología legitimaba la violencia contra la mujer, incluidos los asesinatos por honor y otras formas de feminicidio (véase E/CN.4/1999/68). En 2002, la Relatora Especial presentó un informe temático sobre las prácticas culturales dentro de la familia que entrañaban violencia contra la mujer, refiriéndose a los asesinatos por honor, y observó que esos tipos de delitos eran cometidos por esposos, padres, hermanos o tíos, a veces en nombre de consejos tribales (véase E/CN.4/2002/83). La Relatora Especial organizó una reunión de expertos sobre el asesinato de mujeres por razones de género en Nueva York en 2011 a fin de consolidar y aprovechar los conocimientos especializados nacionales, regionales e internacionales sobre las manifestaciones y causas fundamentales de los asesinatos de mujeres por razones de género y las respuestas de los Estados al respecto, debatir problemas normativos, jurídicos e institucionales a nivel nacional, regional e internacional, y determinar las buenas prácticas y las enseñanzas extraídas a ese respecto en distintas regiones (véase A/HRC/20/16/Add.4). El informe temático de 2012 de la Relatora Especial al Consejo de Derechos Humanos se centró en la cuestión del asesinato de mujeres por razones de género (véase A/HRC/20/16).

27. El asesinato de mujeres por razones de género es una clara violación de los derechos de la mujer, entre ellos el derecho a la vida, a no ser sometidas a torturas y a una vida libre de violencia y discriminación. Es un fenómeno mundial que se produce tanto en la esfera privada como en la pública y que obedece, entre otras cosas, a la violencia infligida por la pareja, los conflictos armados, las disputas por la dote y la protección del “honor” de la familia. El asesinato de mujeres por razones de género a menudo es la consecuencia final y más grave de una discriminación generalizada, en particular actos de violencia. 

28. En el informe temático de 2012, la Relatora Especial puso de relieve que el asesinato de mujeres por razones de género no era un fenómeno aislado que había surgido súbita e inesperadamente, sino que representaba la etapa final de violencia después de una situación prolongada e ignorada de violencia que se había intensificado progresivamente. En el informe se observó que la prevalencia de esos asesinatos estaba aumentando a nivel mundial. 

29. La actual Relatora Especial ha decidido que una de sus prioridades inmediatas será la prevención del feminicidio y la utilización de datos sobre la violencia contra la mujer como instrumento a tal fin (véase A/HRC/32/42). El 25 de noviembre de 2015, a fin de celebrar el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, la Relatora Especial exhortó a todos los Estados a establecer un observatorio contra el feminicidio o un “observatorio contra el asesinato de mujeres por razones de género”. Propuso que se publicaran cada año, el 25 de noviembre, datos sobre el número de feminicidios o casos de asesinato de mujeres por razones de género, desglosados por edad y origen étnico de las víctimas y sexo de los autores y que indicaran la relación entre el autor y la víctima o las víctimas, junto con información sobre el enjuiciamiento y castigo de los autores. Habida cuenta de las deficiencias de muchos sistemas nacionales de prevención, la falta de datos y evaluaciones fiables del riesgo y la consiguiente identificación errónea, ocultación y escasez de denuncias de los asesinatos por razones de género, en particular de mujeres pertenecientes a minorías étnicas, la propuesta facilitaría la obtención de información crucial con miras a elaborar estrategias eficaces para hacer frente a esta grave violación de los derechos humanos. Se debería analizar detenidamente cada asesinato de mujeres por razones de género para determinar posibles deficiencias en la protección, con miras a mejorar y desarrollar aún más las medidas preventivas. A fin de reunir, analizar y publicar esos datos, los Estados deberían cooperar con las organizaciones no gubernamentales y las instituciones independientes de derechos humanos que trabajan sobre el terreno, los representantes de las víctimas y otras organizaciones internacionales pertinentes y las partes interesadas. 

30. Basándose en la labor y las actividades realizadas a nivel internacional, regional, nacional y local, la Relatora Especial propone la adopción de una metodología flexible que sea factible para todos los Estados a fin de ayudarlos a establecer un observatorio contra el feminicidio o un observatorio contra el asesinato de mujeres por razones de género como mecanismos separados o adscritos a los mecanismos u observatorios nacionales existentes sobre la violencia contra la mujer. La labor de la Representante Especial sobre la prevención del feminicidio y otras formas de violencia contra la mujer se inscribe también en el contexto más amplio de la recopilación y el análisis de datos sobre la violencia contra la mujer previstos en los Objetivos de Desarrollo Sostenible y sus metas e indicadores conexos, que, por primera vez, incluyen la eliminación de la violencia contra la mujer como meta para el logro de la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer. 

31. Las investigaciones sobre los homicidios resultantes de la violencia infligida por la pareja ponen de manifiesto que, prácticamente sin excepción, las mujeres corren mayor riesgo que los hombres y que la mayoría de las mujeres víctimas de homicidio son asesinadas por su pareja masculina. Estudios de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) también confirman que, en muchos países, los homicidios resultantes de la violencia infligida por la pareja o la familia son la principal causa de homicidios de mujeres y que es mucho más probable que las tasas de homicidio de mujeres se vean impulsadas por ese tipo de violencia que por la tipología de homicidio relacionado con la delincuencia organizada, que afecta desproporcionadamente a los hombres. En 2012, casi la mitad de todas las mujeres víctimas de homicidio en todo el mundo (47%) fueron asesinadas por un familiar o por su pareja, en comparación con el 6% de los hombres víctimas de homicidio. Como ocurre con todas las formas de violencia infligida por la pareja, es muy probable que el feminicidio cometido por la pareja no se detecte ni se denuncie tanto como se debería. Los enjuiciamientos por lo general no incorporan una perspectiva de género. Existe una clara necesidad de centrar la atención en el feminicidio a los efectos de establecer modalidades para un observatorio nacional contra el feminicidio y observatorios sobre la violencia contra la mujer. 

32. A fin de ayudar a la Relatora Especial a definir las modalidades para el establecimiento de mecanismos de esa índole a nivel nacional que, más allá del registro sistemático y pormenorizado de feminicidios, sustenten la formulación de medidas y estrategias eficaces necesarias para impedir los feminicidios, el Centro para la Mujer, la Paz y la Seguridad de la London School of Economics organizó una reunión de un grupo de expertos sobre el feminicidio el 1 de junio de 2016. La reunión congregó a 16 expertos del mundo académico, organizaciones de la sociedad civil y organismos y órganos de las Naciones Unidas con conocimientos técnicos y prácticos y experiencia en la lucha contra la violencia contra la mujer, en particular en el ámbito de las estadísticas y la prevención del delito, que examinaron las iniciativas mundiales y regionales recientes en materia de feminicidio. El debate y el material compartido por los participantes se han tenido en cuenta en gran medida en el presente informe, al igual que las aportaciones de otros expertos y organismos de las Naciones Unidas, especialmente la UNODC. 

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