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miércoles, 31 de mayo de 2017

Prácticas alentadoras 4 26/28


72. A pesar de las importantes limitaciones con que se enfrentan las mujeres indígenas, en muchas oportunidades han logrado movilizarse para luchar por sus derechos. Tales éxitos han llevado a formular prácticas prometedoras en relación con el respeto y la protección de las mujeres indígenas. A continuación se brindan algunos ejemplos no exhaustivos de buenas prácticas:
 a) Como hace notar la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y sus consecuencias, el sistema de justicia tribal de la Banda Oriental de los indios chéroqui en los Estados Unidos posee una infraestructura eficaz para brindar seguridad a las mujeres dentro de su jurisdicción, incluidos códigos especiales para combatir la violencia doméstica y capacitación para el personal de las autoridades tribales encargadas de hacer cumplir la ley, los tribunales tribales, los fiscales y los oficiales de libertad condicional. Además, los tribunales tribales han emitido dictámenes a fin de que los delincuentes sigan programas de reeducación y las tribus apoyen programas dirigidos a alentar a los niños y jóvenes a respetar a las mujeres25 .
 b) Numerosas tribus, como los indios chéroqui de la Banda Oriental, mantienen la práctica de desterrar a quienes cometen actos de violencia contra mujeres de sus límites jurisdiccionales tribales. Ha quedado demostrado que se trata de una sanción eficaz que evita que las mujeres y sus hijos se vean obligados a huir de sus hogares debido a la violencia. El destierro es una sanción grave de la comunidad que aleja a los autores y comunica un enfático mensaje sobre la protección de las mujeres y los niños en la comunidad26. Varias comunidades kankanaey igorot de la región de la Cordillera de Filipinas tienen leyes consuetudinarias que establecen el destierro de los miembros que hayan cometido actos de violación. Así, en esas comunidades, los casos de violaciones son muy escasos en comparación con las zonas urbanas y con otras provincias. Las mujeres de algunas aldeas kalinga igorot de la misma región han logrado convencer a sus líderes tradicionales de abolir las prácticas discriminatorias del pago de un precio por la novia, la dote y los matrimonios arreglados.
 c) El Grupo de Trabajo sobre la cuestión de la discriminación contra la mujer en la legislación y en la práctica informó de que algunos Estados latinoamericanos reconocían formalmente las leyes y tribunales indígenas en sus leyes constitucionales, pero que la devolución del poder estaba condicionada a que se respetaran e hicieran cumplir los derechos de la mujer en el sistema jurídico indígena27 .
 d) En América Latina, el uso de sistemas de cuotas para garantizar la representación política de las mujeres ha tenido cierto éxito. Bolivia (Estado Plurinacional de), Colombia, Nicaragua, Panamá y el Perú, entre otros, han adoptado leyes electorales que incluyen cuotas por origen étnico y género destinadas a aumentar la participación de las mujeres indígenas en los procesos políticos. La Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Perú, por ejemplo, se refiere concretamente a la participación de las mujeres indígenas en la toma de decisiones pública28 .
 e) El Tribunal Provincial de Saskatchewan en el Canadá instituyó un nuevo tribunal que atiende a un obstáculo fundamental que se interpone en el acceso a la justicia mediante la realización de actuaciones judiciales en idioma cree. El Tribunal Cree toma en consideración los valores tradicionales cuando dicta sentencias, fomenta la participación de líderes comunitarios y reconoce explícitamente las tradiciones culturales de las Primeras Naciones. Esta estructura de corte innovador reduce las repercusiones negativas de los obstáculos que se interponen al acceso a la justicia y, al mismo tiempo, permite hacer realidad los derechos de los pueblos indígenas a la libre determinación y la igualdad de participación en el sistema judicial29 .
 f) Varios organismos y mecanismos dentro del sistema de las Naciones Unidas, entre ellos varios titulares de mandatos de los procedimientos especiales, órganos creados en virtud de tratados y ONU-Mujeres, han prestado recientemente atención y recursos a la cuestión de los derechos de los pueblos indígenas. ONU-Mujeres, por ejemplo, ha tenido en cuenta las necesidades de las mujeres indígenas al participar en el Grupo de Trabajo Abierto sobre los Objetivos de Desarrollo Sostenible, ha incorporado los derechos de la mujer en la Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas y ha emprendido una diversidad de iniciativas regionales y nacionales en favor de las mujeres indígenas sobre el empoderamiento económico, la violencia contra las mujeres, la participación política y el fomento de la capacidad en términos amplios30 .
 g) Desde principios del decenio de 1990 se han creado varias redes de mujeres indígenas en Australia, el Ártico, América Latina, América del Norte, África y Asia, entre ellas, el Enlace Continental de Mujeres Indígenas de las Américas, la Red de Mujeres Indígenas de Asia, la Organización de Mujeres Indígenas Africanas, la Organización de Mujeres Sami. Estos grupos han tenido gran repercusión en los debates sobre políticas a través del intercambio de experiencias y de la realización de actividades conjuntas de promoción sobre temas de interés

http://unsr.vtaulicorpuz.org/site/images/docs/annual/2015-annual-hrc-a-hrc-30-41-sp.pdf

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