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lunes, 7 de marzo de 2016

Entornos propicios para la aplicación con perspectiva de género de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 3/7



14.           La comunidad internacional comienza a aplicar la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, por lo que deben definirse y mejorarse las condiciones propicias para alcanzar la igualdad de género y hacer efectivos el empoderamiento de la mujer y el disfrute de sus derechos humanos. La amplitud y los propósitos ambiciosos de la Agenda 2030 exigen una financiación transformadora y una inversión considerablemente mayor para asegurar la coherencia de las políticas y reforzar las capacidades y los recursos institucionales. La Agenda 2030 ofrece una oportunidad fundamental para lograr una aplicación con perspectiva de género que sea transparente y mensurable y que disponga la rendición de cuentas, al tiempo que mejora la coherencia de las políticas para el desarrollo sostenible.

15.           La aplicación con perspectiva de género de la Agenda 2030 pondría de relieve la necesidad de acelerar las medidas para cumplir los compromisos nuevos y los ya existentes en materia de igualdad de género y de empoderamiento y derechos humanos de la mujer. El cumplimiento de las obligaciones y los compromisos contraídos en la Plataforma de Acción de Beijing y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer[1] debe ser una parte integrante de las iniciativas de aplicación. Las consideraciones relativas a la igualdad de género en otros marcos normativos también son importantes y reflejan la naturaleza integrada e intersectorial de la Agenda 2030. Esos marcos incluyen, entre otros, los convenios de la Organización Internacional del Trabajo, los acuerdos de la Organización Mundial del Comercio y los acuerdos ambientales multilaterales, como el Convenio sobre la Diversidad Biológica[2] y la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático[3].


             A.    Marcos normativos, jurídicos y de política


16.           Se prevé que la aplicación de la Agenda 2030 a nivel nacional se base en los marcos de política, las estrategias de desarrollo y los instrumentos normativos nacionales existentes. Varios países —entre ellos Alemania, Belice, Colombia, Costa Rica, Etiopía, Honduras, México, el Togo, Uganda y Viet Nam— ya están integrando el desarrollo sostenible en sus planes y estrategias nacionales de desarrollo o armonizando los Objetivos de Desarrollo Sostenible con los contextos nacionales y adaptándolos a estos. El sistema de las Naciones Unidas y los equipos en los países han venido apoyando a los Estados Miembros y a los interesados nacionales en la preparación para la aplicación de los Objetivos a nivel nacional. Uganda está incorporando los Objetivos y las metas ajustadas al país al próximo ciclo nacional de planificación del desarrollo. En Colombia se está haciendo hincapié en la creación de capacidades descentralizadas para incorporar los Objetivos en la planificación y la supervisión a nivel regional y local. En el caso de algunos países, como Costa Rica y Viet Nam, cuyas iniciativas nacionales de planificación del desarrollo sostenible se remontan a más de una década, los próximos pasos suponen un examen y consultas con múltiples interesados respecto del marco de política para el mejoramiento de la gobernanza del desarrollo sostenible. El Canadá ha elaborado una cuadrícula para el análisis de la sostenibilidad que contribuirá a evaluar los planes y las iniciativas existentes a fin de armonizarlos con los Objetivos de Desarrollo Sostenible[4].

17.           A medida que esos procesos avanzan y los marcos nacionales de política y planificación para el desarrollo se armonizan con la Agenda 2030, se necesitan esfuerzos decididos para incorporar de manera sistemática las perspectivas de género en los planes y estrategias nacionales de desarrollo sostenible. Un paso clave para lograr este objetivo es la participación de los defensores de la igualdad de género y las organizaciones de mujeres en las consultas a los múltiples interesados sobre la planificación nacional del desarrollo sostenible. Las políticas, las estrategias y los planes de acción existentes relativos a la igualdad de género también deben estar en consonancia con los procesos nacionales de planificación y aplicación de la Agenda 2030 a fin de asegurar la integración y la coherencia de las políticas y los resultados acelerados para las mujeres y las niñas en relación con todos los Objetivos de Desarrollo Sostenible. En México se están utilizando instrumentos para la incorporación de la perspectiva de género en la planificación nacional de los Objetivos de Desarrollo Sostenible a fin de integrar las consideraciones de género en las políticas y los presupuestos del Gobierno. Uno de estos instrumentos permite definir y desglosar los gastos en materia de género en todos los sectores en un año determinado, lo que sirve de apoyo a las reformas orientadas a asegurar que todos los programas del Gobierno logren resultados con perspectiva de género12.

18.           Para que los marcos normativos, jurídicos y de política sean propicios para la aplicación de las dimensiones de género de la Agenda 2030, deben recoger los compromisos existentes en materia de igualdad de género y disfrute de los derechos humanos de la mujer que figuran en las leyes y las políticas nacionales, así como en los acuerdos internacionales. Es por ello que los Estados, en tanto garantes de derechos, deben asegurar que existan leyes, políticas y procesos de planificación no discriminatorios que tengan en cuenta las cuestiones de género.
19.           Si bien las constituciones y las leyes de la mayoría de los países incluyen disposiciones sobre la igualdad de género, en todos los sectores persisten barreras jurídicas discriminatorias para el empoderamiento y el disfrute de los derechos humanos de la mujer. Por ejemplo, en un informe reciente del Banco Mundial se pone de relieve la persistencia de la discriminación por razón de género en la legislación[5]. De los 173 países examinados, 155 tienen al menos una ley que menoscaba las oportunidades económicas de las mujeres, lo que también se relaciona con las disparidades en los resultados económicos. Las disposiciones jurídicas discriminatorias redundan en que el número de niñas que asisten a la escuela secundaria sea menor que el de varones y el número de mujeres que trabajan o dirigen una empresa sea menor que el de hombres y en que exista una mayor disparidad salarial por razón de género. Del mismo modo, la existencia de marcos de política y jurídicos inadecuados, aunada a normas y prácticas culturales discriminatorias, impiden el acceso de la mujer a la tierra y a otros recursos productivos y a su control. Según los datos de 160 países, solo en el 37% de ellos las mujeres y los hombres tienen los mismos derechos sobre la tierra[6]. En el 59% de esos países, a pesar de que existen leyes que garantizan a las mujeres y los hombres los mismos derechos, las prácticas discriminatorias contra las mujeres menoscaban la aplicación plena de las normas jurídicas nacionales. Además, en el 4% de esos países se ha establecido explícitamente que las mujeres no tienen derechos sobre la tierra. Es necesario tomar medidas inmediatas respecto de estas disposiciones para eliminar la discriminación por razón de género, como se estipula en diferentes objetivos de la Agenda 2030.


             B.    Arreglos institucionales nacionales


20.           Debido al carácter amplio, integrado e intersectorial de la Agenda 2030, todas las partes del gobierno participarán en su aplicación; para la consecución de todos los Objetivos y las metas será esencial que las instituciones nacionales sean eficaces e inclusivas. Por ejemplo, el Consejo Alemán para el Desarrollo Sostenible contrató expertos gubernamentales y no gubernamentales para evaluar la manera en que la aplicación nacional de los Objetivos de Desarrollo Sostenible repercutiría en el marco de sostenibilidad del país. Colombia ha creado una comisión interinstitucional de alto nivel integrada por un grupo central de ministerios para supervisar la incorporación de los Objetivos en todas las políticas públicas y su aplicación, seguimiento y examen[7]. Todas las iniciativas de aplicación de la Agenda deberían contribuir a la consecución de la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y las niñas. Las instituciones nacionales de todas las ramas y sectores de gobierno deberán asegurar que la planificación, la adopción de decisiones, las medidas de política y la formulación de presupuestos tengan en cuenta las consideraciones de igualdad de género y beneficien a todas las mujeres y las niñas. Los países que cuentan con mecanismos nacionales de desarrollo sostenible deberían incorporar las perspectivas de género si aún no lo han hecho. Los mandatos de las nuevas estructuras institucionales que algunos países prevén establecer, como órganos de planificación o consulta de carácter intersectorial y con múltiples interesados o comités directivos nacionales para orientar y supervisar la tarea de aplicación, deben incluir explícitamente la responsabilidad de incorporar la perspectiva de género. Para lograr resultados, será fundamental el compromiso al más alto nivel gubernamental respecto de la aplicación con perspectiva de género de la Agenda 2030.

21.           Los mecanismos nacionales de fomento de la igualdad de género son los principales órganos gubernamentales encargados de coordinar políticas en favor de la igualdad de género y del empoderamiento y los derechos humanos de la mujer. Supervisan, facilitan y vigilan la formulación y aplicación de las políticas y los programas gubernamentales en materia de igualdad de género. En colaboración con los ministerios competentes y diferentes ramas y niveles del gobierno, los mecanismos nacionales de fomento de la igualdad de género prestan apoyo para incorporar la perspectiva de género en todas las esferas de política. También colaboran con las organizaciones de la sociedad civil, especialmente las organizaciones de mujeres, el sector privado y otros interesados para la consecución de objetivos comunes. Al mismo tiempo, los mecanismos nacionales de fomento de la igualdad de género de todo el mundo se caracterizan por la limitación de su capacidad técnica y estratégica, del poder de toma de decisiones y del reconocimiento dentro del gobierno. Habitualmente carecen de la financiación, la dotación de personal y la capacidad necesarias para ejecutar sus mandatos de manera plena y eficaz (véase E/CN.6/2015/3).

22.           Los mecanismos nacionales de fomento de la igualdad de género deben ser agentes fundamentales en todos los arreglos institucionales nacionales para la aplicación con perspectiva de género de la Agenda 2030 (véase la resolución 70/1, párr. 20). Deben estar estratégicamente posicionados y contar con autoridad y poder, así como con financiación y capacidad, para asegurar que las consideraciones de igualdad de género se incorporen sistemáticamente en la aplicación, en todos los sectores, a todos los niveles de gobierno y por todos los actores. Esto debe extenderse a los niveles subnacionales y locales descentralizados, donde los coordinadores o los grupos de trabajo sobre cuestiones de género en los gobiernos provinciales, municipales y locales serán indispensables para asegurar la aplicación coordinada sobre el terreno. Las comisiones parlamentarias o asambleas electorales en pro de la igualdad de género también deberían ser parte del sistema institucional que promueve y supervisa la aplicación con perspectiva de género de la Agenda 2030.


23.  A medida que los países avanzan en la aplicación, deberían evaluarse las capacidades institucionales para incorporar la perspectiva de género, al tiempo que se desarrolla la capacidad en esta materia y se presta apoyo técnico para asegurar la colaboración intersectorial en todos los niveles de gobierno necesaria para la ejecución coordinada y con perspectiva de género de la Agenda 2030. La consulta y la cooperación con la sociedad civil, en particular con grupos de mujeres, organizaciones de derechos humanos y expertos en igualdad de género, sobre todos los aspectos de la Agenda 2030 debería ser parte integrante de la aplicación




       [1] Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1249, núm. 20378.
       [2] Ibid. vol. 1760, núm. 30619.
       [3] Ibid. vol. 1771, núm. 30822.
       [4] “Report of the Capacity-Building Workshop and Expert Group Meeting on Integrated Approaches to Sustainable Development Planning and Implementation” (Naciones Unidas, Nueva York, mayo de 2015); y Grupo de las Naciones Unidas para el Desarrollo, “Mainstreaming the 2030 Agenda for Sustainable Development: interim reference guide to United Nations country teams” (Nueva York, octubre de 2015).
       [5] Grupo del Banco Mundial, Women, Business and the Law 2016: Getting to Equal (Washington D.C., 2015).
       [7] Grupo de Desarrollo de las Naciones Unidas, “Mainstreaming the 2030 Agenda for Sustainable Development”; y Colombia, Ministerio de Relaciones Exteriores, “Colombia y los ODS: avances y desafíos para su implementación”, ponencia presentada en las negociaciones intergubernamentales sobre los Objetivos y metas de desarrollo sostenible con posterioridad a 2015 (Nueva York, 23 a 27 de marzo de 2015). 

1 comentario:

  1. Hoy es el día de la mujer(8 de Marzo), es pues un día para que yo, hombre, lo celebre: Felicitaciones mutuas.

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