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domingo, 7 de junio de 2015

Mexico: Demandamos protección para bloguera amenazada

Nos sumamos a las demandas de  activistas para la  protección de la  bloguera amenazada

El Gobierno del Distrito Federal (GDF) deben salvaguardar la integridad y seguridad de la activista por los Derechos Humanos (DH) de las mujeres y bloguera, Luisa N., quien ha sido violentada y acosada en redes sociales mediante amenazas de muerte, tortura y violación sexual.

Ese fue el llamado enérgico que hicieron grupos civiles, entre los que se encuentra Comunicación e Información de la Mujer (CIMAC), el Centro Nacional de Comunicación Social  (Cencos) y Artículo 19, ante las amenazas y mensajes de “carácter misógino y sexista” que recibieron la bloguera y su pareja en redes sociales.

En un pronunciamiento, Artículo 19 relató que los ataques contra la bloguera y su pareja comenzaron aproximadamente el pasado 16 de mayo cuando un grupo de personas se organizó en un chat público y anónimo, para hostigarlas y amenazarlas con mensajes en redes sociales.

Las acciones llevadas a cabo por el grupo de acosadores incluyen la búsqueda de datos personales de Luisa N. y su pareja, amenazas de muerte y violación, así como la publicación de fotografías con acusaciones falsas sobre ellas cometiendo actos de pedofilia.

Desde 2013 –dijo Artículo 19– la activista y su compañera han recibido amenazas y mensajes de carácter “misógino y sexista” a través de redes sociales.

De acuerdo con la organización, dichas amenazas constituyen un acto de “lesbofobia” y un mecanismo para buscar la censura de estas opiniones, “por lo tanto una violación grave a la libertad de expresión que impide escuchar la pluralidad de voces en México”.

Por separado, CIMAC, Cencos, la Red Nacional de Defensoras de Derechos Humanos en México, la Red Nacional de Periodistas y la Red Internacional de Periodistas con Visión de Género explicaron que el acoso y amenazas cometidas contra la activista, violan el derecho a la libre expresión, como se recoge en el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. 

Con la publicación de mensajes colectivos de carácter amenazante en redes sociales –agregaron– se violenta también el artículo 16 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, referente a la “Violencia en la Comunidad” y el cual refiere: “Los actos individuales o colectivos que transgreden derechos fundamentales de las mujeres y propician su denigración, discriminación, marginación o exclusión en el ámbito público”.

Por lo que exigieron al GDF y a las autoridades federales una investigación pronta y expedita que permita identificar y sancionar a los agresores; así como el otorgamiento de medidas de protección urgentes a las activistas y la debida reparación integral del daño.

Para las organizaciones firmantes es “sumamente importante que las autoridades tomen también medidas preventivas que atiendan la problemática de discriminación de género contra las defensoras de los derechos de las mujeres y de la libertad de expresión; como lo es en este caso”.

De acuerdo con el Programa de Libertad de Expresión de CIMAC, de 2002 a 2013 hubo 184 casos de violencia contra mujeres periodistas, y además se documentó que los principales tipos de violencia son: psicológica, por medio de amenazas vía telefónica y en redes sociales, y física, por medio de empujones, jaloneos, golpes y sometimiento.

Según la Asociación para el Progreso de las Comunicaciones (APC), si bien el uso de internet ofrece herramientas que permiten la participación femenina y la diversidad de voces, también ha sido un espacio donde las mujeres son violentadas.

APC define que la violencia contra las mujeres relacionada con la tecnología abarca hechos de violencia de género que se cometen o se agravan, en parte o totalmente, por el uso de tecnologías de la información y la comunicación.

En un mapeo sobre casos de agresiones, APC identificó que hay tres categorías principales de mujeres que experimentan violencia de género relacionada con la tecnología: una mujer en una relación íntima con una pareja que resulta violenta; una profesional con perfil público que participa en espacios de comunicación (por ejemplo, periodistas, investigadoras, activistas y artistas); y una sobreviviente de violencia física o sexual, ya sea por violencia de su pareja o por violación.

En la mayoría de los casos se reporta daño emocional (33 por ciento) que impide la plena participación de las mujeres en los espacios digitales y en la vida real. También se reporta daño a la reputación (18 por ciento) e invasión de la privacidad (18 por ciento).
 Cimacnoticias | México, DF.- 25/05/2015

http://www.cimacnoticias.com.mx/node/69727

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