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jueves, 1 de enero de 2015

El feminismo y el principio de igualdad IV/V



La teoría feminista ha criticado la exclusión de las mujeres tanto de los espacios de libertad e igualdad como de los criterios definitorios de humanidad. Denise Riley lo plantea con claridad: las mujeres han tenido que transitar de su condición de mujeres a la de seres humanos, para tener acceso a algunos derechos. Simone de Beauvoir, en una tónica semejante, señala que sólo hay dos categorías de personas: seres humanos y mujeres; cuando ellas demandan y exigen su humanidad, se las acusa de querer ser hombres.

La conformación de espacios sociales diferenciados por género, que anotamos en el inciso anterior, tiene múltiples consecuencias. Por una parte, las relaciones de las mujeres con el Estado suelen darse con intermediación de algún (os) hombre(s), comúnmente el padre y luego el marido; por otro, las políticas públicas dirigidas a las familias tienen como interlocutor al jefe del grupo. Nancy Fraser plantea que tales políticas están también generizadas; cuando se formulan en términos masculinos se dirigen al varón adulto de la casa, cuando se feminizan se dirigen a familias encabezadas por mujeres y por lo tanto consideradas defectuosas, incompletas, anómalas. Finalmente, los límites de la acción estatal suelen situarse en el espacio privado –asociado con la unidad doméstica y la familia- en una lógica cifrada en el respeto a esa pequeña comunidad de amor que tan fervientemente preconizaba el derecho romano y que, de manera no sorprendente, tiene un marcado carácter patriarcal. Así, el Estado delega en el jefe de familia, un varón adulto, las funciones de vigilancia y castigo sobre los -¡y las!- demás integrantes del grupo. De esta manera, las relaciones de poder se reproducen en el ámbito privado.

El feminismo, sea como corriente de pensamiento o como movimiento social, no es un cuerpo homogéneo. Existen diversas posturas en torno al principio de igualdad. El feminismo liberal ha sido partidario de la defensa de la igualdad en todos los ámbitos de la vida; su planteamiento podría resumirse de la siguiente manera: somos iguales y por lo tanto requerimos y demandamos derechos iguales. Sin duda alguna, la postura tiene un corte ilustrado y un potencial emancipador, pero pierde de vista el desequilibrio estructural de poder entre mujeres y hombres y se ve compelido a aceptar las consecuencias, muchas veces perversas, de la igualdad jurídica. Al buscar igualdad en el trato mediante reformas legislativas, se intenta tener acceso a un mundo ya constituido con ciertas normas y principios. Por ello la crítica más frecuente es que avalan esa forma patriarcal de organización social, que postula como universales nociones de individuo, ciudadanía y espacio público que en el fondo son masculinas.

Las feministas culturales apuestan por la diferencia. El planteamiento es: “somos diferentes y demandamos derechos diferentes”. Esta postura tiene el mérito de desenmascarar el carácter patriarcal del derecho y sus instituciones, pero entraña el riesgo de que los derechos de las mujeres queden marginados o, peor aún, esencializados. Desde esta óptica se propone recuperar el valor de las virtudes femeninas como forjadoras de ciudadanía, empezando con el tributo a la maternidad; Carol Gilligan opone una “ética del cuidado”, que rotula como feminista, a la “ética de justicia”, que considera  masculina y liberal. Así, las culturalistas centran sus esfuerzos en la defensa de los derechos reproductivos, el cuidado de los hijos e incluso la remuneración del trabajo doméstico. El punto más controvertido es que, al reconocer tales derechos, se asume también que las actividades correlativas corresponden exclusivamente a las mujeres. Si el cuidado de los hijos, por ejemplo, se considera una responsabilidad tanto de la madre como del padre, ellos también podrían obtener guarderías y la familia en conjunto recibiría los beneficios. Si el Estado remunera el trabajo doméstico, se refuerza la separación de espacios y se multiplican los daños que ha causado la brecha entre lo público y lo privado; si es el marido quien tiene que pagar un salario a la esposa, se fortalece una relación de poder basada en la asimetría.

Como parte del feminismo cultural o de la diferencia, las corrientes maternalistas, ecofeministas y del cuidado intentan rescatar una noción de mujer generalizable o por lo menos unificadora. De manera no sorprendente, fallan en su propósito, porque no existe una esencia común a ningún grupo humano. No es posible hablar de “la mujer” como si se tratara de una identidad homogénea. Apostar por la diferencia es una trampa que se estrella con una realidad en la que el cuidado de los hijos, la preocupación por la familia, la propensión a la intimidad y el compromiso no son valoradas; exaltarlas de manera unilateral –o sea hacer de la necesidad virtud- no conduce a un mayor reconocimiento ni tampoco queda muy claro que tal reconocimiento sea deseable.

Iris Young propone una “ciudadanía diferenciada”, lo que implica una repolitización de la vida pública con mecanismos de representación y reconocimiento de voces que hasta ahora han sido inaudibles por minoritarias (cuantitativa o cualitativamente). El problema sigue siendo la noción esencialista de grupo, como si se tratara de identidades ya constituidas.

  En el lado opuesto del espectro, el feminismo radical busca la transformación del mundo masculino y enfrenta el problema de la definición de estrategias. Entre sus exponentes en el ámbito jurídico, Catharine Mackinnon critica la búsqueda de las liberales de un “trato igual”, así como la de las culturalistas de “un trato diferente” porque el criterio y punto de referencia es siempre masculino. Para esta autora, el derecho ha mantenido a las mujeres “afuera y abajo” al preservar un sistema jerarquizado por género. Su propuesta es expandir el ámbito del derecho y modificar sustancialmente la regulación de las relaciones intergenéricas.

Finalmente, en debate con las propuestas brevemente reseñadas, Chantal Mouffe considera que la identidad política debe ser construída con base en la articulación de relaciones, prácticas e instituciones igualitarias, donde la diferencia sexual sea totalmente irrelevante, precisamente para evitar esencialismos.

Como puede verse, las diversas corrientes de la teoría feminita han hecho aportaciones importantes y críticas sostenidas al principio de igualdad como baluarte de los derechos humanos. En su aspecto de movimiento social, el feminismo militante ha emprendido numerosas batallas por conquistar derechos, es decir, por acortar la brecha que señalaba Dense Riley entre la condición de mujeres y la de seres humanos.

En 1948 se emite la Declaración Universal de los Derechos Humanos (por primera vez se usa un vocablo incluyente en sustitución de “Derechos del Hombre”) y se dan las primeras acciones en materia de protección. Los años 50 y 60 registraron una prolífica producción de instrumentos internacionales para condenar múltiples transgresiones y a la vez desarrollar mecanismos de garantía y exigibilidad de los derechos humanos. Se hablaba de tratos crueles y degradantes, desapariciones, encarcelamientos, ejecuciones; todo ello, se subrayaba, atentaba contra la dignidad del hombre. Rescatar la especificidad del género (por ejemplo, la violencia sexual como arma de terror) era una tarea que poco importaba a los artífices del nuevo derecho internacional y que tuvieron que llevar a cabo las mujeres organizadas. El viaje se sabía largo y el camino tortuoso. Los procesos de dominación expropian la condición humana de las minorías.

Desde el feminismo se ha denunciado la opresión, la explotación y el sufrimiento de las mujeres del mundo. Una tarea importante ha sido desmantelar el discurso que les niega la voz aunque eventualmente les conceda el voto, que descalifica su razón (y por supuesto sus razones), niega sus conocimientos y las excluye de los saberes valorados. Al dejar a las mujeres sin razón, sin discurso y sin poder para desmontar la discriminación y la violencia, se interpreta el daño como si no lo fuera, se tergiversan causas y motivos, se niegan las consecuencias y se manipula la ideología de la igualdad, que permea el edificio conceptual de los derechos humanos.

El medio siglo vio generalizarse el sufragio femenino y abrió nuevas vetas para la reflexión y el debate: derechos civiles, prestaciones laborales, incorporación de algunas necesidades de las mujeres en la legislación, etc. Se da un proceso de homologación de normas jurídicas para erradicar preceptos discriminatorios, pero sigue subrayándose la separación de espacios; por ejemplo, se habla de madres trabajadoras y no de trabajadoras con hijos. El imaginario social no puede sostener ya a la mujer doméstica como tal, pero enfatiza una suerte de esencia: un modo de ser, una peculiaridad, algo más bien indefinible común a todas las mujeres precisamente por ser mujeres. Así, se afirma que las mujeres agregan un “toque femenino” a la política, a la organización de las empresas, a los negocios o a la administración pública. Ese “toque femenino” implica las cualidades socialmente atribuidas y ensalzadas en las mujeres: bondad, paciencia, dulzura, frivolidad, abnegación, sacrificio, benevolencia, comprensión. Todo ello sirve para complementar –desde luego en forma secundaria y prescindible- las virtudes masculinas: inteligencia, rigor, energía, decisión, fuerza.

En pocas palabras, la nueva imagen intenta conciliar las nociones de mujer y de individuo; se reconocen los nuevos roles pero se subraya la alteridad. La figura de la madre se fortalece, aunque ya no se considera la única opción; al ensalzar las virtudes de las mujeres, se pone en marcha una lógica perversa que oculta o por lo menos diluye la opresión. La asociación con la domesticidad se vuelve cada vez más complicada y los referentes identitarios empiezan a diversificarse en un proceso lleno de altibajos y contradicciones. Es necesario incorporar los nuevos roles sociales desempeñados por las mujeres en la construcción del imaginario social y la tarea no es precisamente sencilla. La identidad femenina se construye ahora en torno a múltiples exigencias. Las mujeres contemporáneas deben ser capaces de cumplir con una serie, siempre en aumento, de imperativos sociales: madre ejemplar, esposa eficiente, trabajadora responsable, profesionista exitosa, amante sensual, proveedora económica confiable y generosa, anfitriona insuperable, sostén emocional… y un etcétera interminable, en el que por cierto no aparece el carácter de individuo.

Los gobiernos y los organismos internacionales en términos retóricos reconocen y ensalzan la igualdad, pero incluso en el discurso la cuestión está acotada a ciertos temas, como el sufragio universal o la educación básica. Al introducir el debate de género e intentar que la atención se centre en las condiciones de vida de las mujeres, las respuestas oscilan entre la evasión y el rechazo. Así, la discriminación sexual se considera trivial, “natural” y por lo tanto inevitable, el abuso y la violencia se ven como parte de tradiciones culturales que operan como una barrera a los derechos humanos o, en el mejor de los casos, como hechos lamentables que tendrían que desaparecer, pero que están tan extendidos que cualquier intento de erradicarlos implica un desperdicio de energía. Finalmente, se habla de los derechos humanos de las mujeres como una buena bandera para diversas actividades, pero se subraya que no son derechos humanos per se.

Los reclamos de autonomía de las mujeres siguen viéndose como amenaza para regímenes patriarcales, formas de organización social y comunitaria basadas en la desigualdad genérica e incluso para la integridad subjetiva de muchos hombres. Por ello en la modernidad reflexiva reaparecen viejos fundamentalismos, castigos ejemplares a mujeres que transgreden anquilosadas normatividades culturales y nuevas prácticas de sometimiento y sujeción. El camino hacia la igualdad parece ser un laberinto rizomático.
Marta Torres Falcón.  Doctora en ciencias sociales con especialidad en mujeres y relaciones de género. Universidad Autónoma Metropolitana.

http://zapateando2.wordpress.com/2009/02/06/el-concepto-de-igualdad-y-los-derechos-humanos-un-enfoque-de-genero/

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