La promulgación de unos derechos conlleva una doble variable: la afirmación consciente de lo que se intuye, se percibe y por lo tanto que ya existe, por una parte y, por otra, la codificación de las libertades desde un enfoque ético y ideológico claro que exprese el deseo colectivo de alcanzar un objetivo valorativo, por encima de las circunstancias históricas puntuales.
Los derechos recogidos en las sucesivas declaraciones son, por lo tanto, además de declaraciones de buenas intenciones, la expresión de una sólida convicción y confianza en un futuro más justo y más
igualitario.
Interpretando las palabras de Hernando Valencia Villa, Expedir una declaración de derechos pone en evidencia las dos funciones del derecho: la instrumental y la simbólica. Pues en su relación con la realidad social, el derecho se propone no sólo inducir una conducta mediante la aplicación de una regla coactiva sino, además enjuiciar lo existente a partir de un valor ético, lo cual se logra casi siempre al conferir a la situación un carácter ritual o simbólico.
Tomado del texto DERECHOS HUMANOS, MUJER E INMIGRACIÓN:
Hacia una educación intercultural en el aula
de Luz Martínez Ten y Martina Tuts
www.uasb.edu.ec/padh/centro/pdf1/GRIJALVAAGUSTIN.pdf
http://www.aulaintercultural.org/guiaddhhmujeres/guiacompleta.pdf
Muchas gracias por este estudio. Como mujer y jurista siempre se esta aprendiendo. Gracias. Feliz Año.
ResponderEliminarComo seres humanos que somos todas y todos estamos siempre aprendiendo .Creemos que es muy bueno que todas las mujeres conozcan sus derechos para que se trabaje en hacerlos realidad . gracias por estar por aqui .
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