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lunes, 16 de septiembre de 2013

DERECHO A UNA VIVIENDA DIGNA




El derecho a la vivienda no hace referencia al simple hecho de tener un tejado por encima de la cabeza [...] debe considerarse más bien como el derecho a vivir en seguridad, paz y dignidad en alguna parte.” ( La Estrategia Mundial de Vivienda de 1989)
El derecho a la vivienda significa “disponer de un lugar donde poderse aislar si se desea, espacio adecuado, seguridad adecuada, iluminación y ventilación adecuada en relación con el trabajo y los servicios básicos, todo ello a un costo razonable ”.
Se reconoce la necesidad de un enfoque integral del derecho a la vivienda que implica la realización de otros derechos humanos fundamentales, como el derecho a la vida, el derecho a la protección de su vida privada, de su familia y de su domicilio, el derecho a no estar sometido a tratos inhumanos o degradantes, el derecho a la tierra, el derecho a la alimentación, el derecho al agua y el derecho a la salud.
Según datos de la ONU, más de 1.000 millones de personas en todo el mundo carecen de una vivienda adecuada y más de 100 millones no tienen hogar. La vivienda debería ser accesible a todas las personas que, además, deberían tener cierta garantía de tenencia que los proteja de desalojos forzados, hostigamiento y otras amenazas. Entre los servicios disponibles deberían encontrarse el agua limpia potable, saneamiento y energía.
De conformidad con las normas internacionales, los Estados deberían tomar medidas para garantizar que las viviendas están ubicadas en zonas seguras y que respetan los derechos culturales


Varias Convenciones Internacionales hacen referencia al derecho a no sufrir discriminación en el acceso a la vivienda. Así, la Convención Internacional contra todas las Formas de Discriminación contra la mujer, la Convención contra la Discriminación Racial, y la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los Trabajadores Migrantes y sus familias. La última recoge el derecho a gozar de igualdad de trato respecto de los nacionales del Estado donde se encuentra trabajando con relación al acceso a la vivienda, y la protección contra la explotación en materia de alquileres.
Los desalojos forzados han sido calificados de “violaciones flagrantes de los derechos humanos”
por la antigua Comisión de Derechos Humanos, en varias de sus resoluciones. “El hecho de hacer salir a personas, familias y/o comunidades de los hogares y/o de las tierras que ocupan, en forma permanente o provisional, sin ofrecerles medios apropiados de protección legal o de otra índole ni permitirles su acceso a ellos.”
(Comité DESC)
Las mujeres son particularmente vulnerables a causa de la discriminación social y jurídica en el derecho de propiedad sobre la vivienda y las tierras. Por otra parte, son especialmente vulnerables a los actos de violencia y abuso sexual cuando se quedan sin hogar.



Fuente : Amnistia Internacional.
Amnistía Internacional es una organización no gubernamental (ONG) internacional. En la actualidad son más de 3 millones de socias, socios, activistas y voluntarias/os, y estan presentes en más de 150 países, trabajando sin descanso por la justicia y por la dignidad de las personas. Su labor se centra en combatir los abusos contra los derechos humanos de víctimas con nombre y apellido a través de la investigación, la denuncia pública y el activismo.Únete a Amnistía Internacional

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