Mujeres y niñas en Marruecos: AI denuncia la parcialidad del Código Penal
PES.- En marzo de 2012, la joven marroquí Amina Filali, de 16 años, se suicidó ingiriendo un veneno para ratas tras ser obligada a casarse con el hombre que, según denunció, la había violado, recuerda Amnistía Internacional, porque “la trágica historia de Amina no es algo insólito en Marruecos, donde el artículo 475 del Código Penal permite que los violadores eludan el enjuiciamiento si se casan con la víctima”.
Pero su final trágico afectó a la sociedad marroquí y la oleada de indignación pública que desató dio lugar a que las autoridades propusieran un cambio al vergonzoso artículo en enero de 2013, dice la ONG.
Las organizaciones de derechos humanos, incluida Amnistía Internacional, aplaudieron la iniciativa, pero advirtieron que había que modificar muchos artículos más del Código Penal para proteger a las mujeres y las niñas de la violencia y la discriminación.
Delitos contra la moral
Una de las disposiciones del Código Penal marroquí que cuestionan las organizaciones de derechos humanos es el artículo 486.
En el apartado relativo a los delitos contra la “moral”, define la violación como un acto en el que “un hombre tiene relaciones sexuales con una mujer contra la voluntad de ésta”, y prevé un castigo de entre cinco y 10 años de prisión.
Si la víctima de la violación es menor de 18 años, tiene una discapacidad o está embarazada, la pena aumenta a entre 10 y 20 años de cárcel.
Los castigos varían también en función del estado civil de la víctima y de si es o no virgen: el artículo 488 estipula penas más duras si a consecuencia de la violación y del “atentado contra el pudor” la mujer pierde la virginidad.
En el caso de la violación, la pena es de entre 10 y 20 años de prisión, y de entre cinco y 10 años si la mujer no pierde la virginidad.
Las activistas consideran que hay que cambiar la definición de violación para que sea neutral en cuanto al género y se tengan en cuenta otras circunstancias coercitivas que no exigen necesariamente la violencia física.
También debe reconocerse la violación marital como delito específico.
“El hecho de que la violación se aborde en el apartado de delitos contra la ‘moral’ pone el énfasis en la moralidad y el estado civil y no en la agresión contra la integridad de la víctima”, declaró Hassiba Hadj Sahraoui, directora adjunta del Programa Regional para Oriente Medio y el Norte de África de Amnistía Internacional.
“Nos preocupa que la enmienda propuesta al artículo 475 siga manteniendo la distinción entre las mujeres vírgenes y las que no lo son, lo que es discriminatorio y degradante”.
Autonomía de la mujer
Hace falta modificar también otros artículos del Código Penal para ayudar a proteger a las mujeres víctimas de abusos.
El artículo 496, por ejemplo, establece que ocultar a una mujer casada “eludiendo la autoridad a la que está legalmente sometida” está castigado con una pena de entre uno y cinco años de prisión y el pago de una multa.
“Este tipo de disposiciones permiten que los refugios para mujeres que huyen de la violencia en el ámbito familiar puedan sufrir sanciones penales. Ponen el énfasis en la posibilidad de que la mujer sea sustraída de la autoridad de otra persona”, afirmó Hadj Sahraoui.
El artículo 490 penaliza las relaciones sexuales mantenidas de mutuo acuerdo entre personas no casadas y las castiga con una pena de entre un mes y un año de prisión.
“Penalizar las relaciones sexuales que mantienen dos personas adultas de mutuo acuerdo —con independencia de su estado civil— viola el derecho a la intimidad y a la libertad de expresión. Además, esta disposición disuade a las víctimas de violación de presentar una denuncia, porque podrían ser procesadas por mantener relaciones sexuales fuera del matrimonio”, prosiguió Hadj Sahraoui.
Protección integral de la mujer
En julio de 2011, Marruecos adoptó una nueva Constitución que garantiza la igualdad entre hombres y mujeres.
Sin embargo, los expertos de Amnistía Internacional consideran que ni siquiera esas disposiciones legales son suficientes para garantizar la protección de las mujeres y las niñas de la violencia y la discriminación.
“Para garantizar la protección de los derechos de las mujeres son cruciales las reformas legislativas que hagan que las leyes marroquíes sean compatibles con las normas internacionales de derechos humanos, pero cambiar la ley no basta en una sociedad en la que las mujeres no gozan de igualdad respecto de los hombres. No se trata sólo de la ley, sino también de unas actitudes sociales profundamente arraigadas que desembocan en la discriminación”, concluye Hadj Sahraoui.
“Entre las medidas fundamentales que hay que adoptar figuran impartir formación a la policía y al poder judicial sobre cómo abordar con sensibilidad las denuncias de violencia contra mujeres y niñas y proteger a las propias víctimas, no su presunto honor o moralidad”.
02 de Marzo de 2013http://www.periodistas-es.org/derechos-humanos/mujeres-y-ninas-en-marruecos-ai-denuncia-la-parcialidad-del-codigo-penal
http://amnistiainternacional.periodismohumano.com/2013/03/01/marruecosla-parcialidad-del-codigo-penal-pone-en-peligro-a-mujeres-y-ninas/
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