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miércoles, 31 de octubre de 2018

El acceso al cuidado esencial de la salud: cómo abordar los riesgos y necesidades específicos a cada género



 Un creciente número de países, entre los que figuran Rwanda, Tailandia y los Estados Unidos de América, han liderado las reformas de la cobertura universal de la salud. La atención sanitaria accesible y asequible es de particular importancia para las mujeres porque tienen menor acceso a ingresos personales, hacen frente a problemas sanitarios con un coste elevado, como el embarazo y el parto, y a menudo son responsables de los cuidados de la salud de los miembros de la familia.

La definición de lo que se entiende por servicios de salud “esenciales” en estos programas es de vital importancia para la igualdad de género, puesto que dichos servicios se establecen como prioritarios de cara a su financiación con cargo a fondos públicos. Para que su cobertura sea verdaderamente universal, es preciso que estos servicios tengan en cuenta los diferentes riesgos, necesidades y contingencias que afrontan las mujeres y los hombres —así como los de otros grupos sociales— en el ámbito de la salud. Para definir el concepto de “servicios esenciales” debería contarse con la participación de las organizaciones de mujeres, y dicha definición debería basarse en un análisis exhaustivo de los patrones de morbilidad y mortalidad específicos a cada género. Como mínimo, debería incluir la atención de la maternidad (incluso el cuidado obstétrico de emergencia), la planificación familiar y servicios integrales de salud sexual y reproductiva para las adolescentes. También debería considerarse la prestación de servicios de salud esenciales a las sobrevivientes de la violencia de género. Cuando se avanza en la cobertura universal de la atención de la salud mediante la extensión de los regímenes de seguro nacionales o comunitarios a grupos que anteriormente estaban excluidos, como las trabajadoras y los trabajadores informales, a menudo solo es posible garantizar la inscripción de las mujeres en estos regímenes subvencionando sus pagos de bolsillo o registrando hogares enteros. Para asegurar que las mujeres puedan acceder también al cuidado de la salud, es preciso abordar en paralelo las barreras de carácter no financiero. Esto exige prestar una mayor atención al lugar, el momento y el modo en que se prestan los servicios de salud. En las zonas rurales, una elevada proporción de las mujeres manifiestan tener dificultades para acceder al cuidado de la salud, debido a que los servicios se encuentran demasiado alejados o a su deficiente calidad. Para hacer frente a estos problemas
cabe la posibilidad de adoptar diferentes tipos de medidas, como muestra el caso de Rwanda (véase el recuadro 2).

martes, 30 de octubre de 2018

Programas de obras públicas: cómo garantizar que las mujeres se beneficien de ellos



 Algunos países en desarrollo han introducido programas de obras públicas a gran escala para mejorar la seguridad de los ingresos entre las personas adultas en edad activa ante un desastre natural o una crisis económica. Varios de ellos —como el Programa nacional de garantía del empleo rural de la India, el Programa ampliado de obras públicas de Sudáfrica y el Programa de red de protección social productiva de Etiopía— se han convertido en intervenciones a largo plazo en respuesta al desempleo y el subempleo estructurales o a la inseguridad alimentaria crónica. Los índices de participación de las mujeres en los programas de obras públicas han sido elevados, lo que refleja la magnitud de la pobreza. En el caso de los programas mencionados que se desarrollan en la India y Sudáfrica, estos índices se vieron impulsados por cuotas de género. Algunos de estos programas ofrecen a las mujeres mejores condiciones que los empleos disponibles en el mercado ordinario. El Programa nacional de garantía del empleo rural de la India, por ejemplo, establece salarios acordes al salario mínimo definido a escala estatal, que en ocasiones es superior al que reciben las mujeres que desempeñan ocupaciones agrícolas no cualificadas11. No obstante, muchos programas de obras públicas presentan sesgos de género que diluyen sus beneficios o resultan perjudiciales para la participación de las mujeres. Dadas las desigualdades de poder en el ámbito rural, por ejemplo, existe el riesgo de que la garantía de 100 días de trabajo por hogar que ofrece el Programa nacional de garantía del empleo rural de la India excluya a las mujeres. El hecho de ampliar la disponibilidad general de las oportunidades de trabajo y definirlas como un derecho individual beneficiaría tanto a las mujeres como a los hombres. Los programas de obras públicas que únicamente ofrecen trabajo físicamente exigente también tienen una mayor probabilidad de situar a las mujeres en desventaja cuando los salarios dependen de la carga de trabajo. En este sentido, la introducción de un componente de servicios sociales en el Programa ampliado de obras públicas de Sudáfrica —que incluye servicios de cuidado de menores y de personas que viven con el VIH— representa una importante innovación que favorece la igualdad de género. Para garantizar que las mujeres se beneficien de estos programas no basta con que tengan en cuenta la perspectiva de género en su diseño; también deben incluir mecanismos de supervisión eficaces. Por ejemplo, tanto el Programa nacional de garantía del empleo rural de la India como el Programa de red de protección social productiva de Etiopía prevén la prestación de servicios de cuidado infantil en el lugar de trabajo; de hecho, este último ofrece teóricamente una reducción del horario laboral y tareas menos exigentes desde el punto de vista físico para las mujeres. 
Sin embargo, estas medidas se han aplicado en muy raras ocasiones12. La supervisión participativa puede mejorar los resultados de los programas y su perspectiva de género. En algunos estados de la India, por ejemplo, las auditorías sociales lideradas por organizaciones de mujeres han conseguido elevar las tasas de participación de las mujeres, sus salarios y su representación en funciones de supervisión13. 

lunes, 29 de octubre de 2018

Transferencias monetarias (condicionadas): es necesario hacer algo más que definir a las mujeres como receptoras



Los programas de transferencias monetarias dirigidos a fomentar la seguridad básica del ingreso para niñas y niños y a invertir en su capacitación se utilizan actualmente en más de dos decenas de países en África y Asia, y prácticamente en toda América Latina. La mayoría de ellos definen a las mujeres como colectivo destinatario de dichas transferencias, sabiendo que es más probable que ellas den mayor prioridad que los hombres a invertir en el bienestar de las y los menores. A menudo se da por supuesto que el empoderamiento de las mujeres mejorará automáticamente como resultado de estas intervenciones, pero no siempre es así. Por otro lado, se ha demostrado que las transferencias monetarias —condicionadas o no— mejoran los niveles de asistencia a la escuela, los niveles de nutrición y las tasas de inmunización entre las niñas y los niños. En algunos casos también han reducido las brechas de género en la asistencia a la escuela secundaria a través de medidas afirmativas4. En el caso de las mujeres adultas, el acceso a las transferencias se ha asociado con mejoras moderadas de la tasa de actividad, con mayores inversiones en activos productivos y con un mayor acceso al crédito5. Sin embargo, ha quedado de manifiesto que otras características de estos programas no son tan favorables al empoderamiento. Los niveles de las prestaciones son a menudo demasiado bajos como para que las mujeres puedan tener mayor peso en las decisiones del hogar, y las mujeres no siempre conservan el control sobre los fondos que reciben. La verificación de los recursos puede dar lugar a exclusiones erróneas, estigma y estereotipos, sobre todo para las mujeres pertenecientes a grupos pobres y marginados6. En el Estado Plurincacional de Bolivia, el Ecuador y Sudáfrica, por ejemplo, las transferencias monetarias han generado estereotipos de que las beneficiarias no tienen intención de trabajar o que cuidan a sus hijas e hijos para recibir prestaciones. El temor a enfrentar actitudes discriminatorias puede desalentar a las mujeres a reclamar las ayudas, incluso cuando tienen derecho a ellas7. La integración de las transferencias monetarias en un enfoque universal —como la prestación universal para el cuidado infantil, introducida en la Argentina en 2009— puede contribuir a evitar estos problemas. Además, hay muchos casos en los que las transferencias monetarias están condicionadas a que se garantice la asistencia de las y los menores a la escuela, a que se les practiquen revisiones médicas periódicas o a la participación en talleres sobre crianza. Hasta el momento no hay pruebas que demuestren de forma concluyente que estas condicionalidades generen per se resultados positivos en la salud y nutrición infantiles frente a la simple inyección de fondos en el hogar8. Las condicionalidades, sin embargo, plantean importantes interrogantes desde la perspectiva de género y de derechos humanos9. La expectativa de que son las madres quienes deben cumplir las condiciones establecidas refuerza los estereotipos de género y limita aún más el tiempo del que disponen las mujeres, que se ven obligadas a renunciar a otras actividades, como la educación, la capacitación o el trabajo remunerado. Además, dichas condicionalidades se basan en hipótesis paternalistas acerca de la capacidad de las personas pobres para adoptar decisiones sensatas sobre el bienestar de sus hijas e hijos. Lejos de reflejar una negligencia, el incumplimiento de los requisitos puede deberse a la falta de servicios accesibles, a su baja calidad o —en el caso de las poblaciones indígenas— a barreras lingüísticas. 
Por consiguiente, las transferencias monetarias deben estar respaldadas por inversiones en salud y educación, y vinculadas a programas y servicios complementarios que favorezcan el empoderamiento de las mujeres, como cursos de alfabetización, formación profesional, insumos agrícolas, servicios de cuidado infantil, asistencia jurídica y ayuda para las sobrevivientes de violencia doméstica. Un programa del nordeste del Brasil ha liderado este enfoque de la protección social tan revolucionario desde el punto de vista del género (véase el recuadro 1)

domingo, 28 de octubre de 2018

Estrategias nacionales: integrar el género en los pisos mínimos de protección social



Las evaluaciones de los riesgos y vulnerabilidades que tengan en cuenta el contexto son una condición previa para la definición de los pisos mínimos de protección social con perspectiva de género. El diferente grado de exposición de mujeres y hombres a los riesgos del mercado laboral y del entorno, los costos asociados a la enfermedad y la desigual distribución del tiempo, de las responsabilidades y el poder en el hogar son factores clave que deben tenerse en cuenta en dichas evaluaciones. Estas proporcionan además una referencia para evaluar los efectos de los diversos regímenes de protección social desde el punto de vista del género2. En esta sección se analizan tres instrumentos que se han utilizado con frecuencia para establecer pisos mínimos de protección social a escala nacional —transferencias monetarias, programas de obras públicas y reformas de la cobertura universal de la atención de la salud— y se expone cómo se podrían conseguir que dichos instrumentos tuvieran mejor en cuenta las cuestiones de género. Las pensiones no contributivas representan otro instrumento de gran importancia, que se aborda en detalle en otro documento de políticas de esta serie.

sábado, 27 de octubre de 2018

Objetivos a escala mundial: lograr la seguridad básica del ingreso y el acceso al cuidado esencial de la salud para todas las personas



El piso mínimo de protección social es un objetivo de desarrollo a escala mundial con el que se pretende proporcionar una seguridad básica del ingreso a todas las personas, con independencia de su trayectoria laboral o de su capacidad para contribuir a los regímenes de seguridad social. En particular, la Recomendación núm. 202 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) insta a los países a comprometerse a proporcionar cuatro garantías básicas: • el acceso al cuidado de salud esencial, incluida la atención de la maternidad; • la seguridad básica del ingreso para los niños (a través, por ejemplo, de prestaciones familiares); • la seguridad básica del ingreso para las personas en edad activa que no puedan obtener ingresos suficientes en caso de enfermedad, desempleo, maternidad e invalidez); • la seguridad básica del ingreso para las personas de edad. Las mujeres se enfrentan a barreras específicas en lo que concierne a la seguridad de los ingresos y, como resultado de ello, a menudo ven limitados su bienestar y su autonomía. Participan en menor medida en el mercado laboral, perciben salarios inferiores a los de los hombres y disfrutan de un menor acceso que aquellos al crédito y a otros recursos. Además, representan la mayor proporción del empleo informal y pueden ver interrumpido su empleo remunerado por tener que cuidar de personas dependientes, lo que pone en peligro su acceso a la protección social. Las mujeres se encuentran excesivamente representadas en ese 73% de la población mundial que carece de acceso a la protección social o solo disfruta de un acceso parcial a esta; y, en los casos en que obtienen el acceso, suele ser en condiciones notablemente desiguales. 

La definición de un piso mínimo de protección social es una iniciativa dirigida a cerrar las brechas en la cobertura de la protección social, por lo que resulta altamente prometedora para las mujeres. Los regímenes de protección social correctamente diseñados pueden reducir las brechas de género de las tasas de pobreza, mejorar el acceso de las mujeres a los ingresos personales y brindarles un medio de supervivencia, sobre todo a las madres solteras (véase la figura 1). 

viernes, 26 de octubre de 2018

CÓMO CONSEGUIR PISOS MÍNIMOS DE PROTECCIÓN SOCIAL ADECUADOS PARA LAS MUJERES



La idea de un piso mínimo de protección social está ya fuertemente arraigada en la agenda mundial para el desarrollo. Definido como un conjunto de garantías mínimas que incluyen la seguridad básica del ingreso para las niñas y los niños, las personas adultas en activa, las personas mayores y las personas con discapacidad, así como la atención básica de la salud para todas las personas, el piso mínimo de protección social es prometedor para las mujeres, que sufren de forma desproporcionada la exclusión de los regímenes de protección social vigentes. Hasta el momento, sin embargo, la integración de las cuestiones de género en la protección social ha sido desigual y ambigua, omitiendo las limitaciones y los riesgos específicos a las mujeres. Con base en las pruebas obtenidas y las experiencias extraídas a escala internacional, este documento de políticas pone de relieve algunas vías prometedoras para conseguir pisos mínimos de protección social para las mujeres. Queda mucho por hacer para la integración del género en el diseño y la ejecución de los programas de fomento de la seguridad de los ingresos a lo largo de todo el ciclo de vida, incluidos los programas de transferencias monetarias, los de obras públicas y los sistemas de pensiones. No obstante, para que las soluciones aportadas sean duraderas, estas iniciativas deben formar parte de un paquete más amplio que incluya políticas dirigidas a favorecer el acceso de las mujeres a un trabajo decente, que sigue siendo la principal fuente de ingresos para la mayoría de las personas adultas en edad activa y para la familia. 


http://www.unwomen.org/en/digital-library/publications/2015/12/making-social-protection-floors-work-for-women

jueves, 25 de octubre de 2018

Acto sobre la Abolición de la Prostitución




Convocatoria a los Medios de Comunicación 


La Plataforma 7N Madrid contra las Violencias Machistas, ha convocado, el 30 de Octubre, a los grupos municipales de los partidos PSOE, PP, Ciudadanos, Ahora Madrid, para pedir la incorporación de políticas abolicionistas de la prostitución en el ámbito de sus competencias y os invita al acto que será introducido por Rosa Cobo Bedia 

Consideramos que la prostitución es una forma de violencia y atenta contra los DDHH de las mujeres.La Plataforma 7N Madrid, al igual que la mayoría de organizaciones feministas, tiene argumentos legales y empíricos para demandar de manera explícita la abolición de la prostitución. 

Desde los argumentos legales nos remitimos sobre todo, al Convenio de Estambul de 2011, suscrito por España en 2014 donde, además de la inclusión de la prostitución  forzada y trata como violencia machista, se insta a los gobiernos a actuar específicamente en el ámbito de la educación para modificar las pautas sociales y culturales de comportamiento de los hombres hacia las mujeres. Desde la experiencia, decimos que la prostitución es inseparable de la trata puesto que la demanda es cada vez mayor, y con prácticas más violentas, y para cubrirla se acude a la trata de mujeres pobres de otros países. Decimos también, que mientras el modelo abolicionista sueco ha reducido la demanda, la trayectoria que han seguido Alemania y Países Bajos legalizando esta actividad, no sólo no ha eliminado la trata, sino que han elevado la demanda. 

Hasta ahora la orientación habitual ha sido hacer recaer la responsabilidad sobre las mujeres prostituidas. Queremos que el estigma cambie de bando. Queremos que se sancione a los responsables, los puteros y los proxenetas y que se ofrezcan a las mujeres recursos adecuados para la salida de la prostitución. Queremos campañas públicas sostenidas para disuadir de la demanda de prostitución. Pero por encima de estas consideraciones, mantenemos la necesidad de abolir, que no prohibir, la prostitución, por un principio inapelable de igualdad. Los Ayuntamientos tienen mucho por hacer, tanto en sus propias competencias, como en su papel de administración más cercana a la ciudadanía, servir de interlocución ante otras administraciones para trabajar de manera coherente por la erradicación de la prostitución.  Por todo ello, convocamos a los Medios de Comunicación a que estén presentes en este encuentro y os agradecemos de antemano vuestra presencia: 


Fecha: Martes 30 de Octubre a las 18,30h Lugar: Edificio de los Grupos Municipales. C/Mayor, 71 Contacto : comunicacion7n@gmail.com. 




miércoles, 24 de octubre de 2018

Cómo evitar la violencia doméstica 13/13

Cómo evitar la violencia doméstica 
La violencia doméstica (siglas en inglés: IPV), afecta a casi un tercio de las mujeres estadounidenses. Aunque la tecnología puede ofrecer herramientas a las víctimas (por ej. para recopilar pruebas contra un maltratador), lamentablemente también puede ser utilizada por los maltratadores. Esto se debe a que el control es un elemento integral de la violencia doméstica, y el uso incorrecto de la tecnología puede ofrecer a los maltratadores un medio de ejercer control sobre sus víctimas.
Según un estudio reciente, aunque muchos maltratadores utilizan tecnología diseñada específicamente para la vigilancia, es mucho más común el uso de otro tipo de apps con esta finalidad. Algunas de esas apps incluyen las de tipo find my phone (encuentra mi teléfono) y apps de monitorización familiar y de niños.
El problema de esto es que es que los activistas en contra de la violencia doméstica no pueden ir tras las empresas que producen estas aplicaciones, y las app stores no las pueden bloquear ya que, la mayor parte del tiempo, se usan con fines totalmente legítimos.
Muchas de estas apps permiten a los maltratadores realizar un seguimiento de la ubicación de la víctima, leer sus mensajes haciendo que sean reenviados a un dispositivo diferente, e incluso observarla y escucharla remotamente al activar la cámara y el micrófono del teléfono.
Como mencionamos arriba, también existen apps que se anuncian explícitamente como apps para vigilancia no consentida. Aunque es raro encontrar este tipo de apps en una app store legítima, existe una gran cantidad de ellas en los rincones de Internet. Y aunque la mayoría de teléfonos vienen con ajustes que bloquean las apps que no son de app stores legítimas, en Internet es posible encontrar guías para anular estos ajustes.
Uno de los elementos más nefarios de este tipo de apps es que pueden ser configuradas para que el icono de la app esté oculto, haciendo prácticamente imposible que la víctima la detecte en su teléfono.
Podrías pensar que la solución sería escanear el teléfono en busca de spyware, pero lamentablemente, algunos de los nombres más conocidos de la industria como son Symantec, Kaspersky y Avast, han demostrado ser ineficaces a la hora de detectar estas apps.
Por tanto, ¿qué puedes hacer para protegerte?

 Formas de evitar que te monitorice una pareja abusiva 
1.Ten el teléfono en tu poder en todo momento
Prácticamente todas las apps estudiadas requieren que el abusador tenga acceso físico al teléfono de la víctima al menos una vez.
2.Sé prudente al utilizar cualquier teléfono que no hayas obtenido por ti misma
Los abusadores con mucho control sobre sus víctimas a menudo también controlan su dinero, por lo que son ellos quienes compran los nuevos teléfonos de las víctimas. En estos casos no sólo pueden preinstalar apps de doble propósito, sino también pueden incluso rootear el dispositivo, permitiéndoles instalar las apps más nefarias. Incluso existen empresas que venden teléfonos ya rooteados o con software de vigilancia y monitorización preinstalado.
3.Protege tu teléfono con contraseña y no compartas tu contraseña con nadie
Como mencionamos arriba, tener tu teléfono bloqueado por contraseña es la primera línea de defensa para mantener a salvo su contenido. Si sospechas que tu pareja está accediendo a tu dispositivo, cambia inmediatamente tu contraseña. Elige una larga y compleja y asegúrate de no utilizar elementos que puedan adivinar, como tu cumpleaños o el nombre de tu mascota.
Dicho esto, no somos ingenuos y no podemos ignorar la realidad de que muchas víctimas de violencia doméstica son obligadas a revelar su contraseña o “permitir” que se instale este tipo de apps peligrosas en sus teléfonos.
Estés o no en posición de proteger tu dispositivo, si eres víctima de violencia doméstica, existen recursos que pueden ayudarte a salir de la situación. Estas sólo son alguna de las organizaciones cuya misión es ayudar a las víctimas:
National Network to End Domestic Violence: https://nnedv.org/
The National Domestic Violence Hotline: 1-800-799-7233, http://www.thehotline.org/resources/

Family and Youth Services Bureau: https://www.acf.hhs.gov/fysb/resource/help-fv
https://es.wikihow.com/lidiar-con-una-persona-violenta

Apps de SOS 
En general, es buena idea tener instalada una app de emergencia en tu teléfono por si las moscas. Estas te permiten notificar a amigos o familiares cuando sientes que estás en peligro y/o contactar con los servicios de emergencia.
Algunos tipos de teléfonos vienen con estas funciones incluidas, así que merece la pena ver si el tuyo lo tiene. Si no es así, echa un vistazo a estas apps, todas disponibles tanto para Android como para iOS.
  1. ICE, siglas en inglés de In Case of Emergency (en caso de emergencia), te permite enviar un mensaje y tu ubicación GPS a contactos determinados cuando quieres que tus amigos o familiares estén al tanto de tu paradero. También puedes configurar que el mensaje se envíe a una hora concreta, de modo que, por ejemplo, si no vuelves de un paseo cuando anochece, en ese momento recibirán el mensaje.
  2. React Mobile hace lo mismo que ICE pero también tiene un botón “SOS Help Me” (ayúdame) que notifica a tus contactos previamente seleccionados por email y texto, y también publica un mensaje en Facebook y Twitter si así lo estableces. Al mismo tiempo, la app contacta automáticamente con los servicios de emergencia locales.
  3. Siren GPS no se pondrá en contacto con tus amigos o familiares, pero con sólo un botón alertará a los servicios de emergencia y les proporcionará tu ubicación. También puedes crear un perfil personal con información relevante que se facilite a las autoridades en caso de emergencia. Este puede incluir tu estado de salud e información de contacto en caso de emergencia. La app también te da la opción de llamar al departamento de bomberos, una ambulancia o a la policía.
También puedes mostrar la información que quieras en tu pantalla de bloqueo para que se utilice en caso de darse una situación en la que no seas capaz de proporcionar la información por ti misma. Por ejemplo, puedes escribir algo como “En caso de emergencia, llamen a [nombre de alguien]”, seguido de su número de teléfono. O, si tienes un problema de salud específico como una alergia severa o epilepsia, puedes incluir información relevante ahí.

Cómo establecer un mensaje en la pantalla de bloqueo dependerá del modelo de teléfono que tengas.

https://es.vpnmentor.com/blog/completa-guia-de-seguridad-en-internet-para-mujeres/

lunes, 22 de octubre de 2018

Cómo cambiar usos machistas: Empadronar en Madrid



Que la sociedad está llena de comportamientos machistas podemos verlo por doquier. Hoy vi de nuevo una espantosa imagen de publicidad de Bankia (de la que pongo fotografía),  que buscando la salida de la crisis inundó Madrid, poniéndonos de caprichosas imbéciles mientras,  el banco  les perdonaba las comisiones a los pobres y comprensivos hombres que debían soportar nuestras insensateces.
Seguro que frente a múltiples quejas, entre ellas la mía, se  cambió la publicidad, pero muchos folletos repartidos por todas las sucursales siguen vendiendo una imagen penosa de nosotras como hoy pude comprobar.
Esta caja de ahorros no nos representa, no vela por nosotras y nosotros, buscando claramente sus intereses. Evidentemente entiende que congratularse con el sexo masculino le da mas beneficios y será verdad pues dicen muchos estudios que  las mujeres somos las pobres del mundo.

El Ayuntamiento  como expresión democrática de sus votantes  si tiene un carácter más próximo, de él  se espera atención a la ciudadanía y entristece ver para el caso de un empadronamiento la rigidez y el machismo de comportamiento, aunque venga de funcionarias.
Hace más de un mes pedí hora para poder empadronar a mi madre en mi casa. Ella vive en una residencia, que no se considera espacio para empadronarse. Pedí mi cita y me presenté con sus documentos con la idea de empadronarla. Tras verificar estos, el funcionario me dice que como justifico yo  mi empadronamiento  en mi casa ya que yo fui empadronada en base a un recibo a nombre de mi compañero. Me sugiere que presente las escrituras de propiedad de la casa y pospone mi cita para más adelante,  sin que yo pudiera empadronar a mi madre.
 Pocos días después me presento con la escritura de compraventa de mi casa, con un recibo del banco a mi nombre, en el que costa el pago de los gastos de comunidad de la casa.  Nada de eso me sirve para nada. Añado alguna carta de Salud Madrid con alguna cita medica enviada a mi domicilio pero tampoco me sirve.
Según la funcionaria ella esta para cumplir el reglamento que establece que un alta en el padrón se da con la última factura de la empresa suministradora de telefonía fija, agua, electricidad o gas o  con un contrato de suministro formalizado dentro del año anterior a la fecha de solicitud, subrayándome este concepto a la vuelta del impreso .


Yo llevo viviendo en mi casa desde hace 36 años, de ella me he alejado y por eso fue la baja en el padrón para vivir en América Latina, pero los servicios todos están  a nombre de mi compañero  desde el inicio. La funcionaria me propone que cambie la titularidad de alguno, debiendo esperar a la nueva factura dentro de uno o dos meses.

Me cabe la opción de meter de por medio a mi compañero y que el sea el que empadrone a mi madre abriendo la puerta a cuestionamientos de si se debe o no hacer, o de porqué yo y no mis hermanas toman esta responsabilidad...

Finalmente no he podido empadronar a mi madre con graves prejuicios para ella, que esta en proceso de necesitar ayuda, bien merecida por su múltiple aporte social, debido a la inevitable dependencia que da la edad.
Me imagino y me enfadan las pérdidas de tiempo ocasionadas por normas que no ponen atención al género a montones de mujeres en situación análoga o peor que la mía.

Reviso además que el aporte de la escritura de propiedad de la vivienda es otra condición para la concesión del empadronamiento que la funcionaria paso por alto.
Recuerdo la frase de Rosa Luxemburgo :  “Quien no se mueve, no siente las cadenas” y pongo atención en  esos usos y reglas machistas que deben revisarse y terminar.  Y les pregunto : ¿En cuantos buzones de cada casa aparece la mujer en primer lugar?

CAPÍTULO XII Cláusulas finales 12/12


ARTÍCULO 73
Efectos del Convenio


Las disposiciones del presente Convenio no afectarán a las disposiciones de la legislación interna ni a las de otros instrumentos internacionales vinculantes vigentes o que puedan entrar en vigor y en cuya aplicación se reconozcan o puedan ser reconocidos a las personas derechos más favorables en materia de prevención y de lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica.

ARTÍCULO 74
Solución de controversias


1. En caso de cualquier divergencia en torno a la aplicación o la interpretación de las disposiciones del presente Convenio las Partes deberán tratar de encontrar su solución, ante todo, por medio de negociación, conciliación o arbitraje, o por cualquier otro medio de solución pacífica aceptado conjuntamente por las mismas.


2. El Comité de Ministros del Consejo de Europa podrá establecer procedimientos de solución que puedan ser utilizados por las Partes en un litigio, en el caso de que estas consientan su aplicación.

ARTÍCULO 75
Firma y entrada en vigor


1. El presente Convenio estará abierto a la firma de los Estados Miembros del Consejo de Europa, los Estados no miembros que hayan participado en su elaboración, y de la Unión Europea.


2. El presente Convenio estará sujeto a ratificación, aceptación o aprobación. Los instrumentos de ratificación, aceptación o aprobación serán depositados en poder del Secretario General del Consejo de Europa.


3. El presente Convenio entrará en vigor el primer día del mes siguiente a la expiración de un plazo de tres meses a partir de la fecha en que diez signatarios, al menos ocho de los cuales sean Estados miembros del Consejo de Europa, hayan expresado su consentimiento en quedar vinculados por el Convenio de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2.


4. En el caso de que un Estado de los que hace referencia el apartado 1, o la Unión Europea, exprese con posterioridad su consentimiento en quedar vinculado por el Convenio, éste entrará en vigor con respecto al mismo el primer día del mes siguiente a la expiración de un plazo de tres meses a partir de la fecha del depósito de su instrumento de ratificación, aceptación o aprobación.

ARTÍCULO 76
Adhesión al Convenio


1. Después de la entrada en vigor del presente Convenio, el Comité de Ministros del Consejo de Europa, podrá invitar, previa consulta con las Partes del presente Convenio y después de haber obtenido su consentimiento unánime, a cualquier Estado no miembro del Consejo de Europa que no haya participado en la elaboración del Convenio, a adherirse al presente Convenio mediante una decisión tomada por la mayoría prevista en el artículo 20.d, del Estatuto del Consejo de Europa, y con el voto unánime de los representantes de los Estados Contratantes con derecho a formar parte del Comité de Ministros.


2. Respecto a cualquier Estado que se adhiera, el Convenio entrará en vigor el primer día del mes siguiente a la expiración de un plazo de tres meses a partir de la fecha del depósito del instrumento de adhesión en poder del Secretario General del Consejo de Europa.


ARTÍCULO 77
Aplicación territorial


1. Cualquier Estado, o la Unión Europea, podrá designar, en el momento de la firma o del depósito de su instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, el territorio o territorios a los que se aplicará el presente Convenio.


2. Toda Parte podrá ampliar, en fecha posterior y mediante una declaración dirigida al Secretario General del Consejo de Europa, la aplicación del presente Convenio a cualquier otro territorio expresado en la declaración de cuyas relaciones internacionales sea responsable o en cuyo nombre esté autorizado para comprometerse. Con respecto a dicho territorio, el Convenio entrará en vigor el primer día del mes siguiente a la expiración de un plazo de tres meses a partir de la fecha de recepción de dicha declaración por el Secretario General.


3. Toda declaración formulada en virtud de los dos apartados anteriores podrá ser retirada, respecto de cualquier territorio designado en dicha declaración, mediante notificación dirigida al Secretario General del Consejo de Europa. La retirada surtirá efecto el primer día del mes siguiente a la expiración de un plazo de tres meses a partir de la fecha de recepción de la notificación por el Secretario General.

ARTÍCULO 78
Reservas


1. No podrá formularse ninguna reserva a las disposiciones del presente Convenio, a excepción de las previstas en los apartados 2 y 3.


2. Todo Estado o la Unión Europea podrá precisar, en el momento de la firma o del depósito de su instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, mediante declaración dirigida al Secretario General del Consejo de Europa, que se reserva el derecho a no aplicar, o a aplicar únicamente en casos o condiciones específicas, las disposiciones establecidas en:

– El apartado 2 del artículo 30;

– Los apartados 1.e, 3 y 4 del artículo 44;

– El apartado 1 del artículo 55, en lo que concierne al artículo 35 con respecto a los delitos de menor importancia;

– El artículo 58 en lo que se refiere a los artículos 37, 38 y 39;

– El artículo 59.


3. Cualquier Estado o la Unión Europea podrá precisar, en el momento de la firma o del depósito de su instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, mediante declaración dirigida al Secretario General del Consejo de Europa, que se reserva el derecho a prever sanciones no penales, en lugar de sanciones penales, con respecto a las conductas indicadas en los artículos 33 y 34.


4. Cualquier Parte podrá retirar total o parcialmente una reserva mediante una declaración dirigida al Secretario General del Consejo de Europa. Esta declaración surtirá efecto en la fecha de su recepción por el Secretario General.


ARTÍCULO 79
Validez y examen de las reservas


1. Las reservas previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 78, tendrán validez durante cinco años a partir del primer día de la entrada en vigor del Convenio con respecto a la Parte de que se trate. No obstante, dichas reservas podrán prorrogarse por plazos de igual duración.


2. Dieciocho meses después de la expiración de la reserva, el Secretario General del Consejo de Europa informará a la Parte de que se trate de dicha expiración. Tres meses antes de la fecha de expiración, la Parte notificará al Secretario General su intención de mantener, modificar o retirar la reserva. En caso contrario, el Secretario General informará a esa Parte de que su reserva queda prorrogada automáticamente por un plazo de seis meses. En el caso de que la Parte de que se trate no notifique su decisión de mantener o modificar sus reservas antes de expirar dicho plazo, la reserva o las reservas se considerarán caducadas.


3. Cuando una de las Partes formule una reserva conforme a los apartados 2 y 3 del artículo 78, deberá dar explicaciones al GREVIO, con anterioridad a su prórroga o cuando sea requerida para ello, sobre los motivos que justifican su mantenimiento.

ARTÍCULO 80
Denuncia


1. Toda Parte podrá denunciar en cualquier momento el presente Convenio dirigiendo una notificación al Secretario General del Consejo de Europa.


2. Dicha denuncia surtirá efecto el primer día del mes siguiente a la expiración de un plazo de tres meses a partir de la fecha de recepción de la notificación por el Secretario General.

ARTÍCULO 81
Notificaciones


El Secretario General del Consejo de Europa notificará a los Estados Miembros del Consejo de Europa, a los Estados no miembros del Consejo de Europa que hayan participado en la elaboración del presente Convenio, a cualquier signatario, a toda Parte, a la Unión Europea y a cualquier Estado invitado a adherirse al presente Convenio:


a) Toda firma;

b) El depósito de cualquier instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión;

c) Cualquier fecha de entrada en vigor del presente Convenio de conformidad con los artículos 75 y 76;

d) Toda enmienda adoptada de conformidad con el artículo 72, así como la fecha de entrada en vigor de dicha enmienda;

e) Toda reserva y toda retirada de reservas efectuadas en aplicación del artículo 78;

f) Toda denuncia hecha en virtud de lo dispuesto en el artículo 80;

g) Cualquier otro acto, notificación o comunicación que se refieran al presente Convenio.

En fe de lo cual, los abajo firmantes, debidamente autorizados a tal efecto, firman el presente Convenio.


Hecho en Estambul, el 11 de mayo de 2011, en francés e inglés, siendo ambos textos igualmente auténticos, en un solo ejemplar que quedará depositado en los archivos del Consejo de Europa. El Secretario General del Consejo de Europa transmitirá copias certificadas conformes a cada Estado Miembro del Consejo de Europa, a los Estados no miembros que hayan participado en la elaboración del presente Convenio, a la Unión Europea y a cualquier Estado invitado a adherirse al presente Convenio.



domingo, 21 de octubre de 2018

Como estar segura en Meetup.com 12/13

Una de las cosas geniales de Internet es que puede conectar a completos desconocidos que tienen algo en común pero nunca se habrían conocido si no fuera por la red.
Una forma de hacerlo es a través de la web Meetup.com, la cual permite a los usuarios crear y unirse a eventos y actividades de temas que les interesan. Algunas categorías populares de los meetups (encuentros) incluyen cine, salud y bienestar, LGBT o mascotas. Es una forma fantástica de hacer nuevos amigos y cultivar tus intereses.
Pero ¿no te decía siempre tu madre que no hablaras con extraños? ¿Te lo decía con motivos, o sólo eran paranoias?
Un poco de ambas cosas. Claramente deberías salir ahí fuera y disfrutar de la vida… pero tomando algunas precauciones.
3 Formas de protegerte en Meetup.com
1.No incluyas demasiada información personal en tu perfil
Ten en cuenta que la página de tu perfil es completamente accesible a cualquiera con Internet, por lo que incluye solamente información que no te importe que sea pública.
Si te apasiona la comida y estás impaciente por encontrar encuentros culinarios en tu ciudad, desde luego deberías mencionar el nuevo puesto de tacos con el que estás obsesionada. Pero no digas que se encuentra justo en la puerta de tu edificio en el 333 de Main Street, que vives en el piso 4D y, ya que estamos, que no tiene cerrojo.
Si te interesan los encuentros familiares, escribe que tienes hijos de diez y seis años, pero no incluyas que se llaman Timmy y Sue, que van al colegio Lincoln y que vuelven a casa caminando solos a las 2:30 pm.
2.Conoce a la gente en la vida real antes de comunicarte con ellos en privado
Meetup tiene un sistema de reenvío de emails, por lo que puedes recibir los mensajes que te envíen los miembros en tu email sin que ellos tengan tu dirección de email.
Aun así, si no te interesa que la gente contacte contigo antes del encuentro y de conocerla en la vida real, puedes optar por bloquear los mensajes de los usuarios y sólo recibir mensajes de organizadores de eventos. Simplemente ve a tu cuenta y haz clic en Settings>Privacy.
Ahí puedes elegir si quieres que tu perfil muestre tus grupos o intereses. También puedes elegir quién puede contactarte en Meetup: organizadores, miembros de tus encuentros o cualquiera de la web.
3.Informa a un amigo de dónde vas a estar

En cualquier situación en la que vayas a quedar con desconocidos, es buena idea decirle un amigo adónde vas y fijar una hora para escribirle y que sepa que llegaste a casa sana y salva. Además, si en el encuentro habrá bebidas, nunca pierdas de vista tu vaso.

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