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miércoles, 31 de mayo de 2017

Prácticas alentadoras 4 26/28


72. A pesar de las importantes limitaciones con que se enfrentan las mujeres indígenas, en muchas oportunidades han logrado movilizarse para luchar por sus derechos. Tales éxitos han llevado a formular prácticas prometedoras en relación con el respeto y la protección de las mujeres indígenas. A continuación se brindan algunos ejemplos no exhaustivos de buenas prácticas:
 a) Como hace notar la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y sus consecuencias, el sistema de justicia tribal de la Banda Oriental de los indios chéroqui en los Estados Unidos posee una infraestructura eficaz para brindar seguridad a las mujeres dentro de su jurisdicción, incluidos códigos especiales para combatir la violencia doméstica y capacitación para el personal de las autoridades tribales encargadas de hacer cumplir la ley, los tribunales tribales, los fiscales y los oficiales de libertad condicional. Además, los tribunales tribales han emitido dictámenes a fin de que los delincuentes sigan programas de reeducación y las tribus apoyen programas dirigidos a alentar a los niños y jóvenes a respetar a las mujeres25 .
 b) Numerosas tribus, como los indios chéroqui de la Banda Oriental, mantienen la práctica de desterrar a quienes cometen actos de violencia contra mujeres de sus límites jurisdiccionales tribales. Ha quedado demostrado que se trata de una sanción eficaz que evita que las mujeres y sus hijos se vean obligados a huir de sus hogares debido a la violencia. El destierro es una sanción grave de la comunidad que aleja a los autores y comunica un enfático mensaje sobre la protección de las mujeres y los niños en la comunidad26. Varias comunidades kankanaey igorot de la región de la Cordillera de Filipinas tienen leyes consuetudinarias que establecen el destierro de los miembros que hayan cometido actos de violación. Así, en esas comunidades, los casos de violaciones son muy escasos en comparación con las zonas urbanas y con otras provincias. Las mujeres de algunas aldeas kalinga igorot de la misma región han logrado convencer a sus líderes tradicionales de abolir las prácticas discriminatorias del pago de un precio por la novia, la dote y los matrimonios arreglados.
 c) El Grupo de Trabajo sobre la cuestión de la discriminación contra la mujer en la legislación y en la práctica informó de que algunos Estados latinoamericanos reconocían formalmente las leyes y tribunales indígenas en sus leyes constitucionales, pero que la devolución del poder estaba condicionada a que se respetaran e hicieran cumplir los derechos de la mujer en el sistema jurídico indígena27 .
 d) En América Latina, el uso de sistemas de cuotas para garantizar la representación política de las mujeres ha tenido cierto éxito. Bolivia (Estado Plurinacional de), Colombia, Nicaragua, Panamá y el Perú, entre otros, han adoptado leyes electorales que incluyen cuotas por origen étnico y género destinadas a aumentar la participación de las mujeres indígenas en los procesos políticos. La Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Perú, por ejemplo, se refiere concretamente a la participación de las mujeres indígenas en la toma de decisiones pública28 .
 e) El Tribunal Provincial de Saskatchewan en el Canadá instituyó un nuevo tribunal que atiende a un obstáculo fundamental que se interpone en el acceso a la justicia mediante la realización de actuaciones judiciales en idioma cree. El Tribunal Cree toma en consideración los valores tradicionales cuando dicta sentencias, fomenta la participación de líderes comunitarios y reconoce explícitamente las tradiciones culturales de las Primeras Naciones. Esta estructura de corte innovador reduce las repercusiones negativas de los obstáculos que se interponen al acceso a la justicia y, al mismo tiempo, permite hacer realidad los derechos de los pueblos indígenas a la libre determinación y la igualdad de participación en el sistema judicial29 .
 f) Varios organismos y mecanismos dentro del sistema de las Naciones Unidas, entre ellos varios titulares de mandatos de los procedimientos especiales, órganos creados en virtud de tratados y ONU-Mujeres, han prestado recientemente atención y recursos a la cuestión de los derechos de los pueblos indígenas. ONU-Mujeres, por ejemplo, ha tenido en cuenta las necesidades de las mujeres indígenas al participar en el Grupo de Trabajo Abierto sobre los Objetivos de Desarrollo Sostenible, ha incorporado los derechos de la mujer en la Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas y ha emprendido una diversidad de iniciativas regionales y nacionales en favor de las mujeres indígenas sobre el empoderamiento económico, la violencia contra las mujeres, la participación política y el fomento de la capacidad en términos amplios30 .
 g) Desde principios del decenio de 1990 se han creado varias redes de mujeres indígenas en Australia, el Ártico, América Latina, América del Norte, África y Asia, entre ellas, el Enlace Continental de Mujeres Indígenas de las Américas, la Red de Mujeres Indígenas de Asia, la Organización de Mujeres Indígenas Africanas, la Organización de Mujeres Sami. Estos grupos han tenido gran repercusión en los debates sobre políticas a través del intercambio de experiencias y de la realización de actividades conjuntas de promoción sobre temas de interés

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lunes, 29 de mayo de 2017

La cocina ya no es de ellas

 Recordamos hoy a nuestra querida Elena Santonja Esquivias en el aniversario de su nacimiento. Ella  nos enseñó a cocina,  a cantar y   mucho más en el programa "Con las manos en la masa" que dirigía y presentaba   y vemos con dolor como el mundo de la cocina ha quedado en manos de  Chef  masculinos o Restauradores y prácticamente nos excluye . 
Hemos pasado de la cocina en el ámbito familiar manejado por las mujeres junto con múltiples quehaceres y cuidados en el hogar a la cocina  el espacio publico que al poner de manifiesto su importancia nos deja sin voz prácticamente. 
Nos hemos pasado por un conocido establecimiento y dejamos la foto de las publicaciones que hoy se ofertan . 
Para otro día nos quedara el reflexionar  sobre está nueva  focalización en la cocina con múltiples programas  de televisión y con distintos enfoques. ¿Será que el nivel de calidad  de la tele es muy bajo ?
Entre tanto recordamos: La igualdad se requiere. Apoyos que nos incluyan son necesarios .  

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Dinámica comunitaria y estigmatización 3f 25/28



 71. Los sistemas de gobernanza y las estructuras de poder indígenas a menudo dependen en gran medida de cuestiones de género y pueden excluir a las mujeres y su perspectiva de la administración de la justicia y el control de la elaboración de normas sociales y decisiones, lo que expone más a las mujeres a sufrir violaciones de sus derechos humanos. Las comunidades indígenas suelen estar estrechamente relacionadas entre sí, lo que puede servir para proteger a los perpetradores y silenciar a las mujeres, y el hecho de ser víctima de violencia comporta asimismo a menudo un alto grado de estigmatización, por lo que las mujeres indígenas con frecuencia sienten miedo de denunciar casos de violencia por temor a caer en el ostracismo dentro de la comunidad. Además, es posible que la gran unión que caracteriza a las comunidades indígenas y el estigma social de la violencia restrinjan la capacidad de las mujeres de buscar justicia en otras jurisdicciones

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sábado, 27 de mayo de 2017

Cuestiones de jurisdicción 3e 24/28


70. Las relaciones entre las jurisdicciones consuetudinarias de las comunidades indígenas y los sistemas nacionales de justicia son a menudo complejas, lo que puede acarrear varias consecuencias para las mujeres que son víctimas de violaciones de sus derechos humanos. En primer lugar, las relaciones pueden crear confusión con respecto a la responsabilidad por sucesos de violencia y desalentar la presentación de denuncias por parte de las mujeres. Cuando las mujeres presentan efectivamente denuncias, es posible que surjan tensiones jurisdiccionales complicadas en cuanto a la competencia para enjuiciar, lo que puede ocasionar retrasos y prolongar así el sufrimiento de la víctima, además de desalentar a las mujeres a denunciar actos de violencia en el futuro. Como efecto de las lagunas existentes en las normas por las que se rige la relación entre las jurisdicciones también puede suceder que los responsables de los delitos evadan ser enjuiciados.

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viernes, 26 de mayo de 2017

Paradigmas económicos y de desarrollo neoliberales 3d 23 /28



68. El neoliberalismo es un paradigma económico que defiende el poder de las fuerzas de mercado y argumenta que, desregulados, los mercados permitirán que se produzca un desarrollo mundial. La prevalencia del neoliberalismo aumentó en las últimas décadas del siglo XX y se infiltró en la política de desarrollo. El ingreso de inversiones extranjeras directas en los territorios indígenas para explotar los recursos minerales y establecer proyectos de megainfraestructura sin el consentimiento libre, informado y previo de los ciudadanos afectados por la liberalización y la desregulación del mercado ha llevado a que se produzcan violaciones sistemáticas de los derechos sobre las tierras y la libre determinación de los indígenas. El predominio mundial del neoliberalismo ha conducido a un desarrollo medido por cifras globales de crecimiento, pero que concede muy poca importancia al hecho de que tal desarrollo desemboque en una reducción de la desigualdad o un alivio de la pobreza, por lo que perjudica en gran medida a los grupos vulnerables, como los pueblos y las mujeres indígenas.
69. Otra forma en la que el neoliberalismo ha afectado a los pueblos y mujeres indígenas se refiere a las políticas de ajuste estructural del Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial. Tales intervenciones de política, basadas en doctrinas neoliberales, prescriben estrictos programas de austeridad fiscal como remedio para el subdesarrollo económico y un alto nivel de endeudamiento en relación con el producto interno bruto. Las drásticas reducciones del gasto público se traducen regularmente en recortes en los servicios vitales, que repercuten de forma desproporcionada en las personas más vulnerables, entre ellas las mujeres indígenas

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jueves, 25 de mayo de 2017

Las mujeres claves en África


Ellas han actuado como líderes y agentes del cambio en levantamientos, han asumido los mismos riesgos que los hombres al exponerse a abusos cometidos por el Estado. Han sufrido hostigamiento, acoso, torturas y malos tratos, como agresiones sexuales y amenazas de violación, relacionados específicamente con su condición de mujeres

Además, siguen siendo discriminadas en numerosos ámbitos de su vida, por ejemplo:
 -En Yemen, las mujeres carecen de libertad para casarse con quien deseen, y algunas son obligadas a contraer matrimonio cuando son menores de edad, a veces con tan solo ocho años. 
 -En Arabia Saudí las mujeres no poder viajar, tener trabajos remunerados, recibir educación superior ni casarse sin el permiso de un tutor varón. 
 -En Egipto se practica la mutilación genital femenina y está prohibido el aborto, incluso en el caso de mujeres y niñas sobrevivientes de violación e incesto, o de embarazos que entrañan grave riesgo para la salud. 


Es hora de que se garanticen  sus derechos. 

Por eso solicitamos  que sus  gobiernos  las escuchen  y ponga fin a la discriminación de que son objeto:

- asegurando que las mujeres tienen igualdad de derechos en cuanto a la participación política y la toma de decisiones
- reconociendo en la legislación su igualdad de derechos en cuanto a, entre otras cosas, el matrimonio, el divorcio, la custodia de los hijos y la sucesión
- protegiendo a las mujeres jurídicamente frente a la violencia de género, incluido el acoso sexual, la violencia intrafamiliar y la violación conyugal
- adecuando todas las leyes, prácticas, políticas y procedimientos en conformidad con las normas del derecho internacional y de los derechos humanos.


Solicitamos  igualmente el cumplimiento de los compromisos internacionales que entendemos ahora focalizados en el beneficio económico de los países más desarrollados, olvidando las consecuencias en el ámbito social en la ciudadanía  africana que afecta especialmente a las mujeres y sus hijas e hijos 


http://www.actitudfem.com/entorno/genero/mujeres/sexo-seco-en-africa
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martes, 23 de mayo de 2017

Falta de sistemas de registro de los nacimientos inclusivos 3c 22/28



66. Muchos países no tienen sistemas de registro de los nacimientos que proporcionen una eficaz certificación de los nacimientos de todos los niños indígenas, lo que agrava el problema de la falta de seguimiento y de datos desglosados. Tal falta de sistemas de registro de los nacimientos coloca a los niños y a las personas indígenas en general en una situación de mayor vulnerabilidad por cuanto son invisibles dentro del sistema estatal. Otras consecuencias son el acceso limitado o la falta de acceso a servicios sociales, sanitarios y educativos, así como una mayor exposición a situaciones de apatridia o trata.

67. La falta de registro de los nacimientos también agrava las deficiencias estadísticas en relación con los pueblos indígenas y su invisibilidad correlativa dentro de los debates políticos y normativos.

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domingo, 21 de mayo de 2017

Falta de datos desglosados 3b 21/28



65. Los efectos de las lagunas y deficiencias en materia de seguimiento se ven agravados por deficiencias sistémicas en los sistemas nacionales de recolección de datos en relación con la comprensión de los pueblos indígenas. Se carece de datos demográficos desglosados, fundamentalmente de estadísticas sobre las mujeres indígenas dentro de estos grupos. Además, rara vez se dispone de información específica sobre las violaciones de los derechos humanos, incluidas las cometidas contra las mujeres. Ello ha impedido comprender y comparar las situaciones que viven las mujeres y niñas indígenas, así como elaborar estructuras de rendición de cuentas claras. Las deficiencias en materia de comprensión y rendición de cuentas son férreas  barreras que se oponen a la formulación de estrategias eficaces de lucha contra las violaciones de los derechos de las mujeres indígenas.

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viernes, 19 de mayo de 2017

Principales desafíos y prácticas alentadoras 3a 20/28


 Lagunas y deficiencias en los sistemas de seguimiento y en materia de concreción de los derechos 

61.El análisis sistemático de las conclusiones de los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas realizado para este informe mostró importantes lagunas y deficiencias en relación con los derechos de las mujeres y las niñas indígenas. La Relatora Especial agradece la atención prestada por otros mecanismos y organismos, en particular los titulares de mandatos de los procedimientos especiales, los órganos de tratados y la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU-Mujeres), y espera que la mayor atención que se viene prestando a los derechos de las mujeres indígenas siga en aumento.

62. Entre las lagunas y deficiencias encontradas en algunos mecanismos de seguimiento de los derechos humanos y de actividades de desarrollo cabe mencionar las siguientes: a) La falta de equilibrio geográfico que presentan las observaciones formuladas por los diferentes mecanismos; b) La incapacidad de analizar la función que desempeñan las formas concomitantes de discriminación y vulnerabilidad en las violaciones de los derechos de las mujeres y niñas indígenas; c) La limitada investigación realizada acerca de los nexos existentes entre los derechos individuales y los colectivos; d) La falta de un análisis de género a la hora de examinar los problemas que afectan a las comunidades indígenas.

63. Del mismo modo, varios mecanismos de desarrollo y otros mecanismos normativos, como los Objetivos de Desarrollo del Milenio, los objetivos de desarrollo sostenible propuestos y la Plataforma de Acción de Beijing, han prestado proporcionalmente muy poca atención a la cuestión de las necesidades.

64. Estas lagunas y deficiencias en materia de seguimiento y concreción de los derechos humanos de los pueblos indígenas contribuyen a crear una cultura de impunidad y hacen que las violaciones de los derechos sean invisibles para los legisladores y formuladores de políticas nacionales e internacionales.

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miércoles, 17 de mayo de 2017

La CIDH condena los homicidios de mujeres e insta a los Estados a intensificar los esfuerzos de prevención



Comunicado de prensa 62/17
La CIDH condena asesinatos de mujeres e insta a los Estados a intensificar los esfuerzos de prevención
16 de mayo de 2017
Washington, DC - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) reitera su llamamiento a los Estados para que adopten medidas urgentes de género para prevenir, investigar y castigar todos los homicidios contra mujeres. La CIDH expresa su profunda preocupación por la información que sigue recibiendo sobre alarmantes asesinatos y actos de violencia física, psicológica y sexual contra las mujeres que siguen teniendo lugar en todo el hemisferio. 

La CIDH llama la atención sobre algunos ejemplos recientes del ambiente violento para las mujeres en las Américas. La Comisión se enteró de la muerte en Argentina de Micaela García, quien fue hallada muerta el 7 de abril en Gualeguay, mostrando signos de estrangulamiento y violencia sexual. Micaela trabajó como activista y formó parte de un movimiento llamado Ni Una Menos. En Brasil, Ismara Filier fue asesinada el 1 de enero, junto con su hijo de 8 años y otras 10 personas, a manos de su ex esposo en Campinas, en São Paulo. El 2 de enero, Renata Rodríguez Aureliano también fue asesinada por su ex cónyuge en Minas Gerais, Brasil. En Colombia, Claudia Rodríguez fue asesinada el 10 de abril por su ex marido, luego de denunciar sus amenazas y actos de hostigamiento a las autoridades; Mientras tanto, el 11 de abril, Elcy Yamile Olaya Bolívar fue asesinada por su compañera en Comuna 15, en Medellín. En Estados Unidos, Karen Smith, una maestra, fue asesinada por su esposo en una escuela en San Bernardino, California, en un incidente ocurrido el 10 de abril que también dejó un niño de 8 años muerto y un niño de 9 años herido. En México, la Comisión se enteró del asesinato de Lesby Berlin Osorio, de 22 años, el 3 de abril. Su cuerpo fue encontrado junto a una cabina telefónica en las instalaciones de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), estrangulada con el cable telefónico . Unas semanas antes, el cuerpo carbonizado de Lizbeth Sánchez, de 18 años, fue encontrado el 9 de abril; Ella había sido reportada desaparecida dos días antes. También en México, Martha Estela Sosa fue asesinada a tiros por su esposo el 30 de enero. En Trinidad, Jamilia Derevenax murió en una sala de cine el 5 de febrero. 

La CIDH enfatiza, como lo ha hecho muchas veces esta institución, que estos homicidios no son un problema aislado y son sintomáticos de un patrón que afecta a toda América. 

La CIDH señala que existen múltiples factores estructurales que contribuyen a los reiterados asesinatos de mujeres. El machismo, el patriarcado y los estereotipos sexistas siguen poniendo a las mujeres en mayor riesgo de formas extremas de violencia. Además, la discriminación histórica enmarcada en el tejido social de las Américas contribuye a restringir su autonomía en áreas como la salud sexual y reproductiva y el ejercicio de todos sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. También existe una tolerancia social de la violencia contra las mujeres en todas sus dimensiones -fisiológica, psicológica, sexual y económica, entre otras- y la gran mayoría de estos actos continúan impunes, sin una respuesta oportuna y seria de la policía y la justicia autoridades. 

La Comisionada Margaret May Macaulay, en su papel de Relatora de los Derechos de la Mujer, dijo: "Los Estados de las Américas han empleado una serie de importantes esfuerzos legislativos e institucionales para prevenir y responder a los asesinatos de mujeres. Sin embargo, estos esfuerzos son insuficientes. También es necesario abordar los patrones socioculturales discriminatorios que conducen a la consolidación de un entorno social violento y peligroso para las mujeres. Estos patrones son evidentes en la familia y en contextos como la educación, la salud, el empleo y las cárceles, entre otras esferas de la vida pública en los países de la región ". 

Asimismo, la CIDH expresa su preocupación por el carácter intersectorial del riesgo que experimenta la mujer, dada la confluencia de una variedad de identidades y factores que exacerban las violaciones de sus derechos a la vida, a la integridad ya la no discriminación. Variables como etnia, raza, edad, orientación sexual o identidad de género, así como vivir con una discapacidad o como migrante, puede aumentar el riesgo de una mujer de ser asesinada y victimizada. 

Al respecto, la CIDH está alarmada por el continuo asesinato de mujeres lesbianas y transexuales en la región. Durante este período en particular, la CIDH condena el asesinato de Alphonza Watson, mujer transexual de 38 años en Estados Unidos, el 22 de marzo, y el asesinato de Susana Sanhueza, una lesbiana de 22 años en Chile, El 7 de marzo. La CIDH también rechaza el asesinato de Sherlyn Montoya, mujer trans y defensora de los derechos humanos de las personas trans en Honduras, que pertenecía a la organización Muñecas de Arcoris; Su cuerpo fue encontrado el 4 de abril con signos de tortura y estrangulación. La CIDH también condena el ataque físico que resultó en la muerte el 12 de abril de Hérica Izidório, de 24 años, una mujer trans en Brasil; Murió después de haber estado hospitalizada y en coma durante dos meses. La Comisión también ha recibido información preocupante sobre asesinatos de individuos que desafían las normas tradicionales de vestimenta y ropa que la sociedad identifica como "femeninas". En ese sentido, la CIDH fue informada sobre el asesinato de Hipólito Ramírez Calderón, de 45 años, "Polo , "Una trabajadora sexual en México cuyo cadáver fue encontrado con signos de disparos en su lugar de trabajo el 19 de marzo. La Comisión Interamericana invita a los Estados a investigar estos incidentes en un plazo razonable, abriendo líneas de investigación apropiadas que consideren La posibilidad de que estos homicidios pudieran haber ocurrido debido a motivos relacionados con la orientación sexual o identidad de género de las víctimas, reales o percibidas. La Comisión también insta a los Estados a que adopten medidas eficaces para que estos incidentes no queden impunes. 

Al mismo tiempo, la CIDH lamenta profundamente los asesinatos de niñas y adolescentes que han sido objeto de su atención durante este período, muertes que han sido acompañadas por actos de terrible crueldad y violencia sexual. La CIDH deplora el asesinato de Florencia Di Marco, de 12 años, en San Luis, Argentina, a manos de su padrastro y el asesinato de Ornella Dottori, de 16 años, cuyo cadáver fue encontrado en Tucumán, después de haber estado desaparecida desde el 12 de abril; Y el asesinato y violación de Yuliana Samboní, quien tenía 7 años de edad, en Bogotá, Colombia, el 4 de diciembre de 2016. La condición de las niñas y adolescentes las hace más vulnerables a las formas extremas de violencia, violencia sexual y asesinatos; Según la CIDH y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, esto significa que los Estados tienen una obligación reforzada de protección, para prevenir, proteger, investigar, castigar y reparar el daño. 

La CIDH también subraya el mayor deber de los Estados de prevenir y proteger en relación con las mujeres con discapacidad, las mujeres de edad, las mujeres en un contexto de movilidad, las mujeres pertenecientes a pueblos indígenas y comunidades afrodescendientes y las defensoras de derechos humanos. Las mujeres y las niñas con discapacidad corren un alto riesgo de sufrir violencia, explotación y abuso sexual. Además, corren mayor riesgo de encontrar obstáculos para el pleno disfrute de sus derechos fundamentales, como el acceso a la justicia, la falta de servicios de salud adecuados y la ausencia de medidas de accesibilidad, la limitada participación política o la institucionalización sin consentimiento. La CIDH también ha recibido información que indica que las mujeres de edad suelen encontrarse con formas de abuso, abandono, abandono, maltrato y violencia, y un número significativo de obstáculos al ejercicio de todos sus derechos humanos. 

La Comisión ha documentado cómo las mujeres migrantes tienden a ser víctimas de diversas formas de violencia de género, incluida la violencia sexual, física y psicológica a lo largo de todo el continuo migratorio (origen, tránsito, destino y retorno). Las mujeres migrantes están particularmente en riesgo de ser víctimas de la trata de personas con fines de explotación sexual, prostitución forzada, explotación laboral, desapariciones y femicidios. 

La CIDH también ha recibido información este año indicando la situación urgente de mujeres, adolescentes y niñas de ascendencia africana en el hemisferio. Las mujeres afrodescendientes figuran entre los grupos sociales más marginados de la región, sus posibilidades de acceder a la educación, el empleo y la salud son limitadas y enfrentan múltiples obstáculos para acceder a los servicios que necesitan en materia de salud sexual y reproductiva. 

La CIDH también alienta a los Estados a que presten especial atención a la situación de las mujeres privadas de libertad. En el caso de las mujeres, las condiciones de custodia asumen sus propias dimensiones, dando lugar a violaciones específicas y desproporcionadamente graves de sus derechos debido a su sexo y su condición de género. 
En varios países del hemisferio, las defensoras de los derechos humanos siguen estando expuestas de manera permanente a los asesinatos ya las múltiples violaciones de sus derechos humanos cuando desafían las concepciones estereotipadas del género atribuidas a su sexo. La Comisión reitera que todas las mujeres tienen derecho a defender y promover los derechos humanos e insta a los Estados a abordar los contextos que aumentan el riesgo de las mujeres defensoras de ser asesinadas, acosadas o criminalizadas. 

La CIDH insta hoy a los Estados a que adopten medidas inmediatas y urgentes para prevenir, investigar, enjuiciar, castigar y remediar todos los homicidios y actos de violencia contra la mujer. Esto incluye la adopción de medidas preventivas integrales que se elaboren con la participación de las mujeres beneficiarias y que incluyan un componente importante orientado a eliminar todos los estereotipos y patrones de discriminación contra la mujer, establecidos en el artículo 6 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, "Convención de Belém do Pará". 

Las medidas de prevención deben basarse en el género y deben tener en cuenta todos los factores de riesgo y el patrón de discriminación y subordinación histórica que continúan afectando negativamente a las mujeres y deben procurar no sólo la igualdad de las mujeres, sino también su autonomía y autonomía. La participación de las mujeres en el diseño de la legislación, políticas y servicios es esencial para que éstas sean efectivas. 

La CIDH también reitera la necesidad de que todos los asesinatos de mujeres sean investigados con rapidez y profundidad para que estos crímenes no queden impunes; Además, los familiares de las víctimas deben ser tratados con dignidad y respeto durante el proceso de justicia. Por último, la CIDH subraya la necesidad de que los Estados proporcionen reparaciones transformadoras para eliminar los patrones y las causas estructurales que aumentan la discriminación y la violencia contra la mujer. 

Órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), la CIDH deriva su mandato de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover el respeto de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en este ámbito. La Comisión está integrada por siete miembros independientes, elegidos a título individual por la Asamblea General de la OEA y que no representan a sus países de origen ni de residencia.

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Manifestación en Madrid, el jueves 25 de mayo de 2017, a las 19 h, desde el Paseo del Prado


PRESUPUESTOS Y PARTICIPACIÓN, PARA QUE DE VERDAD

LAS VIOLENCIAS MACHISTAS SEAN CUESTIÓN DE ESTADO

Las organizaciones feministas abajo firmantes, ante la prevista aprobación simultánea en junio 2017 de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2017 y de la propuesta de la Subcomisión del Congreso de l@s Diputad@s de ‘Pacto de Estado contra la Violencia de Género’, convocamos la Manifestación de Madrid el jueves 25 de mayo 2017 a las 19 horas y acciones en otras ciudades:

Por la modificación del Proyecto de Presupuestos 2017 presentado por el Gobierno, y que el Congreso de Diputad@s votará en mayo, pues asigna al Programa 232C Violencia de Género 27.728.180 euros (un 9,9% más que en 2016, pero un 10,8% menos que en 2010) y congela en 19.741.840 euros el Programa 232B Igualdad entre mujeres y hombres, un 41,2% menos que en 2010. Las políticas contra la discriminación y la violencia suman 47,47 millones de euros, el 0,0001 % de los gastos del PGE para 2017 (443.133 millones de euros), porcentaje impropio de lo que desde noviembre de 2016 se viene llamando pomposamente ‘Pacto de Estado contra la Violencia de Género’.

No aumentar el presupuesto para 2017 del Programa 232C Violencia de Género significativamente, en al menos 120 millones de euros, sería una ofensa a las víctimas, que no sólo son las asesinadas, sino los 4 millones de mujeres que, según la Macroencuesta 2015 del propio Gobierno, sufren violencia de pareja (2,5 millones de mujeres) o sexual fuera de la pareja (1,5 millones). Sería seguir sin asignar ni un euro a la prevención en los ámbitos educativo, sanitario y de medios de comunicación, no realizar la prevención y atención a la violencia sexual que exige el Convenio de Estambul vigente desde 2014, no mejorar la respuesta judicial y no cubrir el coste de los servicios jurídicos, sicológicos y sociales en las Entidades Locales establecidos en el art. 19 de la Ley O 1/2004.

Tampoco se pueden hacer políticas para las mujeres sin las mujeres y las organizaciones de mujeres. Para que las políticas públicas para erradicar las violencias machistas sean de verdad una Cuestión de Estado, no una foto de propaganda de nuestros gobernantes, convocamos


Manifestación en Madrid, el jueves 25 de mayo de 2017, a las 19 h, desde el Paseo del Prado a la altura del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad hasta Cibeles.

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Granada, 18 de mayo, 20,00 h : Hacia el fin de los géneros




Ciclo de conferencias "El pensamiento feminista contemporáneo" del Ateneo de Granada.
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Trata 2d6 19/28



60. Muchos pueblos indígenas, forzados por la necesidad económica, los conflictos armados y la negación del derecho a la libre determinación y sobre la tierra en el contexto de grandes proyectos de desarrollo económico, emigran de sus comunidades de origen en las zonas rurales hacia centros urbanos. Las mujeres y niñas indígenas que abandonan sus comunidades son muy vulnerables a la trata, que puede conducir a múltiples violaciones de sus derechos humanos, incluida la posibilidad de graves explotaciones económicas y sexuales y violencia sexual. Existen también casos de mujeres indígenas elegidas por traficantes organizados dentro de sus propias comunidades. Entre las denuncias de casos de trata de mujeres y niñas indígenas cabe mencionar las siguientes: 
 a) En las comunidades miskitu de Nicaragua, las mujeres indígenas han denunciado el fenómeno de la venta y trata de niñas y niños indígenas, citando como causa la violencia comunitaria; 
 b) En varios países asiáticos, como Camboya, la India, Nepal y Tailandia, las mujeres indígenas son apartadas de sus comunidades para forzarlas a realizar una servidumbre doméstica o la prostitución; 
 c) En México se han denunciado casos de trata de mujeres indígenas con fines de explotación; 
 d) Se informa de que las mujeres indígenas en el Canadá corren mayor riesgo de ser objeto de trata con fines de explotación sexual que las mujeres no indígenas24 .
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lunes, 15 de mayo de 2017

Violencia doméstica 2d5 18/28


57. La información sobre violencia doméstica es limitada debido a la falta de informes presentados sobre el tema y de inversión en la recolección de datos. Sin embargo, según los datos disponibles, hay muchas más probabilidades de que sean víctimas de violencia doméstica las mujeres indígenas que las mujeres no indígenas.

58. La violencia doméstica puede tener graves consecuencias para las víctimas, entre ellas problemas de salud mental, abuso de sustancias, problemas de salud graves y dificultades en la prestación de cuidados a los niños. Es posible que esas consecuencias se hagan sentir más en las mujeres indígenas debido a la falta de acceso a servicios de apoyo y a la justicia, así como a sus circunstancias culturales y económicas concretas.

59. La violencia doméstica debe considerarse en el contexto de las violaciones de los derechos humanos que sufren de forma más generalizada las comunidades indígenas. Se han definido una serie de posibles causas básicas, muchas de las cuales están vinculadas a cuestiones de derechos humanos que afectan específicamente a los pueblos indígenas y a violaciones históricas de sus derechos, como un entorno familiar violento; políticas estatales abusivas desde temprana edad; problemas financieros y pobreza; desempleo; falta de educación; mala salud física y mental; estrés debido al racismo; negación de derechos a la libre determinación, la tierra y la cultura, entre otros, lo que lleva a una pérdida de identidad y autoestima, así como el colapso del sistema de parentesco comunitario y la legislación indígena. Si bien nada puede negar la violencia doméstica, que constituye un delito grave, las estrategias para su reducción y eliminación deben tener en cuenta sus causas y consecuencias desde una perspectiva integral y basada en los derechos humanos. Las intervenciones tales como los servicios de apoyo y recuperación también deben tener en cuenta las necesidades particulares de las mujeres y las niñas indígenas.

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sábado, 13 de mayo de 2017

Violencia en nombre de la tradición 2d4 17/28



54. Como examinó la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias en su informe temático de 2007, la política de identidad basada en la cultura puede utilizarse para justificar actos de violencia contra la mujer en nombre de prácticas o valores tradicionales22. Las prácticas realizadas habitualmente en nombre de la tradición, como la mutilación genital femenina y los matrimonios infantiles, afectan a algunas comunidades, pero no a todas. El hecho de que tales prácticas tradicionales no dependan de la religión, el lugar geográfico ni las características étnicas demuestra que existen factores causales multidimensionales y que no se trata de que un factor atribuido a la identidad de las mujeres sea el que las vuelve vulnerables. Las violaciones que sufren las mujeres y niñas indígenas deben tomarse en consideración en el contexto de la amplia variedad de violaciones experimentadas y de sus vulnerabilidades concretas como miembros de comunidades indígenas.
55. La Organización Mundial de la Salud (OMS) estima que entre 100 millones y 140 millones de mujeres y niñas en todo el mundo han sufrido mutilación genital femenina. Tal práctica ha sido documentada principalmente en África, pero también en algunos países de Oriente Medio, Asia y América Central y del Sur. Como reconoce la OMS, la mutilación genital femenina no plantea ninguna ventaja; de hecho, el procedimiento puede tener muchas consecuencias negativas para las mujeres, como infecciones, complicaciones en el parto, dolor, infertilidad y quistes, así como un desempoderamiento generalizado en la sociedad. Existe muy poca información sobre la prevalencia de la mutilación genital femenina y los factores que la incentivan en las comunidades indígenas, pero se sabe que se practica en algunas pero no en todas las comunidades indígenas.

56. Tampoco existe mucha información desglosada sobre las dinámicas concretas de los matrimonios infantiles en las comunidades indígenas, pero se sabe que se practica en algunas comunidades. La mayor parte de la bibliografía sobre matrimonios infantiles demuestra que están fuertemente asociados con situaciones de pobreza, por lo que es probable que las violaciones más amplias de los derechos humanos de las mujeres y niñas indígenas sean importantes factores causales de tales matrimonios. Los matrimonios infantiles no son solo una forma de violencia, sino también una violación de los derechos de los niños a la educación y a la vida familiar. Tales matrimonios también pueden generar violaciones de los derechos a la vida y la salud, ya que las niñas jóvenes padecen con frecuencia complicaciones en el embarazo y el parto, lo que puede incluso ocasionarles la muerte. Por otra parte, los matrimonios infantiles generan vulnerabilidad a la violación conyugal23 .

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viernes, 12 de mayo de 2017

Amelia Valcárcel y Bernaldo de Quirós : ¿Quiénes son los demás?



En el proceso de autoformación que planteamos desde este blog, poner atención a los discursos de Amelía es fundamental. Contamos con que a su sabiduría se añade un grandísimo ingenio que facilita la trasmisión de sus conocimientos. Su humor sutil es un extraordinario aliado 
 Las dejamos con su conferencia "¿Quiénes son los demás?" publicada el 6 de junio de 2014 .


Amelia Valcárcel y Bernaldo de Quirós (Madrid, 16 de noviembre de 1950) es una filósofa española. 

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jueves, 11 de mayo de 2017

Violencia en un contexto de conflicto 2d3 16/28


51. Las mujeres indígenas a menudo quedan atrapadas en los fuegos cruzados de situaciones de conflicto y se ven sometidas a la violencia militarizada. Los conflictos pueden producirse entre distintos grupos étnicos y pueden también implicar a fuerzas gubernamentales y agentes empresariales. Las mujeres y niñas indígenas han sido víctimas de violencia por motivos de género en conflictos por ejemplo en Colombia, Filipinas, Guatemala, México, Nicaragua, Nigeria y el Perú.

52. Como hizo observar la Relatora Especial sobre los Derechos de la Mujer de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la situación de las mujeres y niñas indígenas es particularmente crítica en el contexto de conflictos armados, puesto que ya están expuestas a múltiples formas de discriminación. Esto, a su vez, demuestra una vez más las repercusiones que pueden tener las formas concomitantes de desigualdad y discriminación en las mujeres indígenas.

53. Entre los ejemplos de violencia contra las mujeres en contextos militares cabe mencionar los siguientes: a) En Colombia, las mujeres y niñas indígenas sufren regularmente situaciones de violación, prostitución forzada y explotación en el contexto de la ocupación de tierras indígenas. b) En Bangladesh, las mujeres indígenas se enfrentan a múltiples formas de discriminación y existe una elevada prevalencia de violencia sexual, utilizada también como herramienta en los conflictos comunitarios en las zonas rurales. c) En los estados de Karen, Karenni, Mon y Shan (Myanmar), las mujeres indígenas tiene contacto diario con los soldados del ejército birmano que ocupa la zona. Según la Relatora, la violación de mujeres indígenas no solo es una forma de “entretenimiento” para los soldados, sino que forma también parte de una estrategia de desmoralización y debilitamiento de las comunidades indígenas. Supuestamente, los soldados utilizan la violación como forma de obligar a las mujeres a contraer matrimonio y a quedar embarazadas, como parte de la política de asimilación cultural forzada. d) En Fiji, Filipinas, la India, Myanmar, Nepal, Tailandia y Timor-Leste, la militarización del conflicto sobre las tierras indígenas ha conducido a situaciones de violaciones colectivas, esclavitud sexual y asesinato de mujeres y niñas de tribus.
e) En la República Popular Democrática del Congo ha habido denuncias de mujeres indígenas víctimas de violación por grupos armados y por el ejército. f) En la parte noroccidental de Kenya, soldados británicos apostados en la zona desde el decenio de 1980 han presuntamente violado a más de 1.400 mujeres masai y samburu. Las supervivientes de las violaciones y sus familias aún padecen el legado de tales ataques, como la estigmatización de las familias con niños mestizos21 .

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miércoles, 10 de mayo de 2017

Feminicidios vinculados cuestión de Estado #ParemosLaViolenciaMachista


 Los números hablan y nos piden ir al fondo de la cuestión a buscar las respuestas. Romper con el patriarcado desigual insertado por siglos  requiere acciones planificadas que den formación a toda la sociedad. No sirven parches, ni carreras, ni lazos. Cada pequeña o pequeño asesinado es responsabilidad de toda la sociedad:

Un niño asesinado al mes a manos de su padre o de la pareja de su madre en 2017
Desde 2013, cuando el Ministerio de Sanidad empezó a incluir a los menores como víctimas de violencia de genero, suman veintisiete víctimas


Ya son cinco, los mismos meses que llevamos de año, los niños asesinados a manos de sus padres o de las parejas de sus madres, que no han dudado en acabar con la vida de los pequeños para causarles el mayor daño posible a ellas.

La última víctima de esta atrocidad es un niño de 11 años hallado muerto este martes en una zona arbolada del municipio coruñés de Oza-Cesuras, a quien se le buscaba desde ayer cuando su madre denunció su desaparición después de que el padre se lo llevara para pasar el fin de semana y no lo devolviera. El padre ha sido detenido por ser el presunto asesino.

En lo que va de año veinticuatro mujeres han muerto asesinadas por sus parejas o exparejas (uno de los casos aún está en investigación) y nueve menores han quedado huérfanos.



La cifra de menores víctimas mortales de la violencia machista aumenta de manera alarmante y ya suman veintisiete desde 2013, primer año desde el que el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad incluye a los menores muertos como víctimas de esta lacra.

De estos veintisiete casos, ocho, incluido el de hoy en La Coruña, se encuentran en investigación. De los ocurridos este año, cuatro están confirmados y el de hoy a falta de tomar declaración al presunto asesino.

La semana pasada, el 2 de mayo, una mujer de 44 años y su hijo de 12 fueron asesinados con un arma blanca en Alcobendas a manos de la pareja de ella.

Poco más de un mes antes, el 29 de marzo, una mujer y sus dos hijos, un niño de 5 años y una niña de 8, aparecieron muertos en una vivienda de Campo de Criptana (Ciudad Real) a manos de su padre, quien posteriormente se suicidó.

Y un mes antes, el 3 de febrero, un hombre mató a su hija de un año al arrojarse con ella desde una ventana del hospital madrileño de La Paz tras discutir con la madre de la pequeña.

«Te voy a dar donde más te duele», fueron las palabras del hombre, Vladimir V., que iban dirigidas a la madre de la niña, con la que estaba discutiendo.

Como él, desde 2013, otros veintiún varones han asesinado a sus propios hijos o a los de sus parejas. De ellos, la mayoría se suicidaron o lo intentaron, de forma que llegaron a consumarlo tres en 2013, uno en 2014, dos en 2015 y otros dos en 2017.

2015 fue el año más cruel para los menores, con el asesinato de nueve niños. Tres de los asesinos se llevaron por delante la vida de dos hijos cada uno.

En el primer año del que hay datos, 2013, los seis niños fueron asesinados por sus propios padres. Dos en Andalucía, uno en Canarias, dos en Castilla-La Mancha y uno en la Comunidad Valenciana.

En 2014, fueron asesinados cinco menores, dos en Asturias, otros dos en Madrid y sigue en investigación el crimen ocurrido en San Roque (Cádiz) el 5 de marzo, cuando un belga de 53 años acabó con la vida de su compañera sentimental y de la hija de ésta, de 9 años.

El verano de 2015 fue especialmente dramático. En apenas siete días del mes de agosto, cuatro menores -dos en Castelldefels (Barcelona) y otros dos en Moraña (Pontevedra)- fueron asesinados por sus padres en unos crímenes en los que también perdió la vida una de las madres.

De hecho, el agresor de Moraña, David O.R., intentó suicidarse tras haber matado a sus dos hijas con una radial horas antes de que tuviera que entregarlas a su exmujer.

En 2016 se confirmó el caso, en Níjar (Almería), de un bebé de un mes y medio que murió de un golpe en la cabeza propinado por su padre. Y sigue en investigación el de un hombre de 30 años que en enero arrojó por la ventana de una vivienda de Vitoria a un bebé de 17 meses durante una pelea con la madre de la niña.

Además de los veintisiete menores asesinados, la sinrazón de la violencia machista ha dejado a 169 niños huérfanos desde 2013.

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Lupus otra enfermedad de mujeres (90%)







El Lupus Eritematoso Sistémico (LES) es una enfermedad crónica, potencialmente mortal y que daña todos los órganos del cuerpo. Afecta principalmente a mujeres (90%), siendo dos a tres veces más frecuente en hispanas, asiáticas y afroamericanas, que en caucásicas.


El Lupus es conocido como la enfermedad de los inocentes, porque ataca a mujeres jóvenes, entre los 15 y 45 años, que repentinamente se enferman, cambiando por completo su vida y la de sus familiares más directos”.

En relación a la causa del LES, se desconoce una causa exacta, sin embargo, se han identificado una serie de alteraciones genéticas que parecen hacer que las personas sean más propensas a la condición. Existen componentes que podrían detonar la activación del lupus en individuos genéticamente susceptibles: hormonales (menarquía, embarazo y menopausia) y ambientales (exposición al sol, estrés). 


Los síntomas del LES son muy variados y la evolución suele transcurrir entre “brotes o exacerbaciones” seguidos por periodos de “remisión” durante los cuales esos síntomas están controlados. Las manifestaciones clínicas más comunes son:

  • FATIGA PERMANENTE.
  • FIEBRE RECURRENTE SIN EVIDENCIAS DE INFECCIÓN ASOCIADA A OTRA CAUSA QUE LA EXPLIQUE.
  • DOLOR EN LAS ARTICULACIONES (A VECES CON HINCHAZÓN) Y EN LOS MÚSCULOS.
  • ERUPCIONES CUTÁNEAS DE DISTINTO TIPO QUE PREDOMINAN EN ÁREAS EXPUESTAS AL SOL.
  • MANCHA CON FORMA DE MARIPOSA EN LA CARA.
  • ÚLCERAS O EROSIONES EN MUCOSAS (POR EJEMPLO EN LA CAVIDAD BUCAL)
  • PÉRDIDA CONTINUA DEL CABELLO

COMO EN EL CASO DEL CÁNCER DE MAMA, PROBLEMAS CON LA TIROIDES, ENDOMETRIOSIS... PEDIMOS SE INTENSIFIQUEN LAS AYUDAS PARA INVESTIGACIÓN. LAS MUJERES NO QUEREMOS SEGUIR SIENDO INVISIBLES PARA EL MUNDO DE LA CIENCIA .

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martes, 9 de mayo de 2017

Homicidios por razones de género 2d2 15/28

 49. La Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y sus consecuencias definió los homicidios por razones de género en su informe de 2012 (A/HRC/20/16), como asesinatos por motivos de género directos o indirectos que tienen lugar en la familia, en las comunidades, y que a veces son perpetrados o consentidos por los Estados ya sea por acción u omisión. Los describe como una forma extrema de violencia, parte de un continuo de violencia que se ve influido por las fuentes de vulnerabilidad estructural establecidas en las vidas de las mujeres. En su informe, la Relatora Especial describió la forma en que este fenómeno puede repercutir en las mujeres indígenas, como resultado de su marginación y opresión social, cultural, económica y política, que conduce a la violencia. Los homicidios de mujeres indígenas por motivos de género pueden adoptar múltiples formas, a saber, asesinatos intercomunitarios; represalias por defender sus derechos humanos; asociación a conflictos; en el contexto de desplazamientos de sus comunidades debido a evicciones de tierra; denuncias de “mujeres desaparecidas” que supuestamente han sido asesinadas. 

50. Native Women’s Association of Canada y Amnistía Internacional documentan y denuncian casos de mujeres y niñas indígenas desaparecidas o asesinadas en el Canadá. Tales denuncias han sido presentadas al Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas, al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y a los anteriores y actuales Relatores Especiales sobre los derechos de los pueblos indígenas. Se desprende de estadísticas de la Real Policía Montada del Canadá del año 2014 que las probabilidades de ser asesinadas se multiplican por cuatro en el caso de las mujeres indígenas en comparación con las mujeres no indígenas. En el informe se indica asimismo que entre 1980 y 2012 fueron asesinadas 1.017 mujeres y niñas indígenas19 . Los órganos antes mencionados han formulado varias recomendaciones, entre las que cabe citar las siguientes: 
a) un plan de acción nacional para poner fin a la violencia contra las mujeres indígenas, que ataque las causas básicas de la violencia y defina medidas integrales y adaptadas al contexto cultural para prevenir la violencia y brindar apoyo a quienes son afectados por ella; 
b) una investigación pública nacional sobre las mujeres indígenas desaparecidas y asesinadas, centrada en exponer la naturaleza de esa forma de violencia y en garantizar la debida responsabilización del Gobierno y la policía de modo que la respuesta sea efectiva y coordinada; y
 c) una recolección de datos regular y exhaustiva sobre los actos de violencia perpetrados contra mujeres indígenas en estadísticas de delitos oficiales. 
Desafortunadamente, aún no se ha realizado la investigación pública nacional tan esperada. Tal como recomendaron la anterior Relatora Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas y el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, el Gobierno del Canadá debería llevar a cabo una investigación completa e independiente de los casos de mujeres y niñas indígenas desaparecidas y asesinadas 20 .

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domingo, 7 de mayo de 2017

#SiMeMatan. #JusticiaParaLesby #NiUNaMenos









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Violencia sexual 2d1 14/28



 47. Las probabilidades de que las mujeres indígenas sean violadas son significativamente mayores que en el caso de las mujeres no indígenas. Se ha estimado que más de una de cada tres mujeres indígenas sufre una violación durante su vida. Estas impactantes estadísticas esconden múltiples formas de violencia sexual contra las mujeres indígenas perpetradas por una gran diversidad de actores en distintas regiones geográficas. La información coordinada y comparativa sobre violencia sexual es muy limitada, en parte debido a una importante falta de información al respecto, así como de inversión en la recolección de datos desglosados, que incluyan a las mujeres y comunidades indígenas. Esto vuelve sumamente difícil analizar la prevalencia y las tendencias a nivel sistémico. Se ha informado de diferentes formas de violencia sexual, entre las que pueden mencionarse las siguientes: a) Violaciones, que pueden ser perpetradas por personas conocidas de las mujeres o niñas indígenas, como una forma de control, castigo o maltrato. b) Gran número de mujeres y niñas indígenas trabajan en casas particulares. El trabajo doméstico no está comprendido en el marco reglamentario aplicable a los empleadores, lo que deja a las mujeres y niñas aisladas y expuestas a la violación y el abuso de los empleadores. c) Se ha informado de que las mujeres han sido objeto de acoso, extorsión y violación por parte de funcionarios estatales en cruces fronterizos. Las mujeres miskito, por ejemplo, cuyos territorios se extienden entre Nicaragua y Honduras y que cruzan las fronteras nacionales cada día para ir a trabajar sus tierras o a recoger plantas medicinales, están regularmente expuestas a la violencia sexual. Además, las autoridades militares pueden recurrir a la violencia sexual como herramienta para socavar la determinación de las comunidades indígenas en las disputas militarizadas sobre tierras y recursos. d) En los Estados Unidos, gran número de mujeres indígenas han sufrido violaciones perpetradas por hombres de fuera de sus comunidades. Según las estadísticas, las probabilidades de que las mujeres indígenas de los Estados Unidos y de Alaska sean violadas o agredidas sexualmente son más de dos veces y media superiores que las de otras mujeres estadounidenses y, en el 86% de los casos, las violaciones o agresiones sexuales contra mujeres indígenas estadounidenses y de Alaska son cometidas por hombres no indígenas. e) Se informa de que las mujeres indígenas han sido objeto de violencia sexual por parte de hombres de otros grupos indígenas. En la región de los Grandes Lagos de África, una mujer batwa informó de que hombres bantúes habían violado a mujeres pigmeas del Congo y que habían alegado que lo hacían para tratar problemas médicos. f) Ha habido informes de varias organizaciones no gubernamentales sobre la violación de mujeres indígenas de manera individual y colectiva en el contexto de actividades comerciales en tierras indígenas18 .

 48. La variedad de formas de violencia sexual refleja, en cierta medida, las diferentes experiencias de las mujeres y niñas indígenas en todo el mundo. Indica asimismo las maneras multidimensionales en que las mujeres indígenas están expuestas a la violencia y la grave amenaza de la revictimización.

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viernes, 5 de mayo de 2017

Múltiples formas de violencia 2d 13/28



46. El tema de la violencia contra las mujeres está inseparablemente asociado a las categorías de derechos antes examinadas. De hecho, las violaciones endémicas de los derechos colectivos, civiles y políticos, y económicos, sociales y culturales pueden considerarse una forma de violencia estructural contra las mujeres y niñas indígenas. La violencia estructural genera la victimización de las mujeres por las realidades de las circunstancias de su vida cotidiana y su sistemática exclusión del goce de los derechos y recursos garantizados a otros ciudadanos. Como se analiza a continuación, la violencia estructural está interrelacionada con otras formas de violencia, con las que se refuerza mutuamente.

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jueves, 4 de mayo de 2017

La propuesta-trampa de la Comisión Europea sobre conciliación




 Nos  seguimos sumando  a los criterios de la PPiiNA :


La Comisión Europea ha propuesto al Parlamento Europeo una reforma supuestamente dirigida a mejorar la conciliación y a implicar a los hombres en el cuidado. La Plataforma por Permisos Iguales, Intransferibles y Pagados al 100% (PPIINA) denuncia que se trata de una maniobra más para consolidar la desigualdad con apariencia de igualdad.

Madrid, 3 de mayo de 2017.  Actualmente existen dos directivas sobre permisos totalmente desconectadas: 1) la Directiva de Maternidad (92/85/EEC) establece un mínimo de 14 semanas para las madres pagadas al 100% del salario; y 2) la Directiva de Permisos Parentales (2010/18/EU) establece un mínimo de 4 meses para los padres, de los cuales solo uno tiene que ser intransferible y ninguno tiene que ser pagado (son las llamadas excedencias en España). Los hombres en general no usan ninguno de estos dos tipos de permisos, pues solo se toman masivamente los que son de su titularidad, son intransferibles y están pagados por encima del 80% del salario.

Ahora, la CE nos propone reformar la Directiva de Permisos Parentales, pero sin tocar la Directiva de Maternidad. Propone 4 meses de permiso parental intransferible para cada persona progenitora (a tomar a lo largo de 12 años), y un nuevo permiso de paternidad de 10 días (a tomar a partir del nacimiento); ambos pagados al nivel de la baja por enfermedad. A simple vista puede parecer un avance, pero en realidad es una trampa muy peligrosa que aumentaría la ya insoportable desigualdad en el uso de los permisos por parte de hombres y mujeres:

- Al estar pagados, la mayoría de las madres prolongaría su permiso de maternidad con esos 4 meses o mucho más, ya que podrían tomarse a tiempo parcial en conexión con la reducción de Jornada. Así, en España, las madres cuidarían a tiempo completo durante los primeros 8 meses o incluso durante todo el primer año.

- Pero esa remuneración (75% en España) no llega al nivel  del 80% por encima del cual la mayoría de los padres sí se toman  los permisos intransferibles. Además, los 4 meses podrían tomarse con cuentagotas a lo largo de 12 años. Así, en España, lo que se tomarían seguido los padres sería únicamente sus 4 semanas de permiso de paternidad a partir del nacimiento,  coincidiendo con la madre (por tanto, ningún periodo al cargo del bebé).

Desde la PPIINA denunciamos las trampas que la Comisión Europea pretende colar en la letra pequeña aprovechándose de una regulación caótica y dispersa cuyos efectos reconoce pero mantiene interesadamente:

Trampa de la remuneración al nivel de la baja por enfermedad: ¿Por qué estos nuevos permisos no estarían pagados al 100% como el de maternidad? Cuidar no es ninguna enfermedad, ni para madres ni para padres.

Trampa de que el permiso pueda tomarse hasta los 12 años: Esta propuesta favorece que los padres se tomen esos 4 meses en días sueltos, en lugar de asumir la misma responsabilidad en el cuidado que la madre durante los primeros meses de vida.

Trampa del permiso a tiempo parcial en conexión con la reducción de jornada: ¿Por qué se llama tiempo parcial lo que en la práctica haría que muchas mujeres se tomaran el doble de tiempo a la mitad de paga?

Trampa de la legislación engorrosa: ¿Por qué dos Directivas separadas para establecer permisos por nacimiento o adopción?¿Por qué en una de ellas se establecen permisos supuestamente iguales "olvidando" que estos son una prolongación de los muy desiguales permisos de maternidad (14 semanas) y paternidad (2 semanas)? ¿Por qué distintas denominaciones, condiciones de disfrute, remuneraciones y otros mecanismos complicados que confunden a  la ciudadanía y que eluden el objetivo de igualdad?

Todas estas trampas tienen el mismo efecto: que sigan siendo las mujeres quienes cuidan a los bebés, y que los hombres sigan alejados de ese cuidado durante los primeros meses de vida.

La PPIINA advierte: si esta propuesta de la Comisión Europea se aprobara, supondría un grave retroceso que dificultaría enormemente el camino hacia los permisos iguales, intransferibles y tomados al 100% en todos los países. Las mujeres lo pagaríamos muy caro en el empleo y los hombres seguirían sin poder cuidar en igualdad. Y esta reforma sería muy difícil de revertir.

La Comisión Europea reconoce desde el año 2.000 que el uso equilibrado de los permisos por hombres y mujeres es una condición sine-qua-non para la igualdad en el cuidado y en el empleo. También reconoce que los hombres solo se toman los permisos intransferibles y pagados a más del 80% del salario. Sin embargo, a la hora de legislar se olvida de estas evidencias y de sus propias declaraciones a favor de la igualdad.

La Plataforma Internacional Por Permisos Iguales, Intransferibles y Pagados al 100% (PLENT), de la que forma parte la PPIINA, lleva 7 años reclamando la sustitución de las dos directivas actuales por una única directiva que establezca permisos iguales, intransferibles y pagados al 100% para cada personas progenitora.

¡Basta de trampas, exigimos igualdad real ya!
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