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domingo, 19 de marzo de 2017

Modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, incluyendo el diseño de programas de educación formales y no formales apropiados a todo nivel del proceso educativo, para contrarrestar prejuicios y costumbres y todo otro tipo de prácticas que se basen en la premisa de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los géneros o en los papeles estereotipados para el hombre y la mujer que legitimizan o exacerban la violencia contra la mujer

La transformación de los patrones socioculturales que colocan a la mujer en un nivel de inferioridad debe ir acompañada con la eliminación de la concepción de que la violencia de género es inevitable. La adopción de medidas jurídicas no es suficiente para erradicar la violencia de género. Se requiere que los Estados tomen medidas integrales efectivas tanto para eliminar los estereotipos como las actitudes discriminatorias. 

Esta obligación implica que todas las ramas del poder público deben adoptar medidas adecuadas para lograr la modificación de los patrones socioculturales de conducta para lograr así que se eliminen dichos prejuicios y prácticas en todos los sectores de la sociedad. Una medida esencial para lograr la modificación de actitudes y creencias socioculturales que perpetúan la violencia contra las mujeres es incidir en el sistema educativo. En este sentido, el inciso se refiere al deber del Estado de adoptar medidas eficaces para superar estas actitudes y prácticas, introduciendo programas de educación y de información que ayuden a suprimir prejuicios que obstaculizan el logro de la igualdad de la mujer.211 

En las escuelas y colegios debe sensibilizarse sobre la violencia contra las mujeres y promover su seguridad, capacitando a docentes y estudiantes sobre la igualdad entre los géneros y sobre derechos humanos. Más aún, los programas de estudio y material educativo deben ser revisados a fin de eliminar los estereotipos de género y promover la eliminación de la violencia contra las mujeres.212 Pero además, se requiere de intervenciones integrales multisectoriales que involucren a líderes claves (tradicionales, religiosos, comunitarios, políticos, entre otros), quienes puedan influir en aquellas actitudes perjudiciales, opiniones y prácticas que mantengan un trato inequitativo de las mujeres y hombres y que además perpetúen la violencia contra las mujeres.

La Relatora Especial de Naciones Unidas sobre la violencia contra las mujeres, sus causas y consecuencias, al referirse a la transformación sociocultural ha señalado que los Estados deben adoptar un enfoque de “negociación cultural”, el cual permite hacer frente a las causas profundas de la violencia y aumentar la sensibilización sobre el carácter opresivo de determinadas prácticas sociales. Esa negociación cultural supone la identificación y el cuestionamiento de la legitimidad de quienes monopolizan el derecho de hablar en nombre de la cultura y de la religión. No son la cultura o la religión en sí mismas las que disponen que una mujer deba ser golpeada, mutilada o asesinada, sino que esos preceptos los dictan quienes monopolizan el derecho a hablar en nombre de la cultura o de la religión. En consecuencia, el compromiso del Estado con el empoderamiento de la mujer y la transformación de la sociedad es capital para propiciar el cambio de las estructuras y prácticas patriarcales hegemónicas.213

https://www.oas.org/es/mesecvi/docs/BdP-GuiaAplicacion-Web-ES.pdf

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