Acerca de nosotras ·

viernes, 11 de julio de 2014

Derechos humanos de las mujeres.


Los derechos humanos son atributos que forman parte de la dignidad humana y se han convertido en derechos porque han sido incorporados a ordenamientos jurídicos nacionales e internacionales. Constituyen prerrogativas de la persona que el Estado tiene la obligación de proteger* En México, el capítulo de las garantías individuales de la Constitución reconoce que toda persona, independientemente de su sexo, religión, opinión política o cualquier otra circunstancia, tiene derechos fundamentales.
Los derechos humanos no caducan, son universales, indivisibles, interdependientes. Aun cuando son aplicables a todos los seres humanos sin distingo alguno, por diversos factores las mujeres han sido discriminadas de su reconocimiento y goce. Por ello, se habla de derechos humanos de las mujeres, para destacar que aún existe una brecha entre la ley y el ejercicio de los derechos. Hablar de la especficidad de los derechos de las mujeres no supone reconocer distintos derechos de los que tienen los hombres, sino de subrayar las condiciones necesarias para ejercerlos en igualdad.
Se refiere a los derechos que son parte inalienable, integrante e indivisible de los derechos humanos universales contenidos en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (cedaw, por sus siglas en inglés), la Convención sobre los Derechos de la Niñez (CDN), la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém do Pará) y otros instrumentos internacionales en la materia.** 

* Ligia Galvis, Comprensión de los derechos humanos. Una visión para el siglo XXI, Bogotá, 2005, 396 pp
** Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, artículo 5, fracción VIII.
http://vidasinviolencia.inmujeres.gob.mx/sites/default/files/Modelo_Refugios_INMUJERES.pdf

No hay comentarios:

Publicar un comentario